2. CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LA
REPÚBLICA DE
GUATEMALA
Decreto No. 68-86
Ley de Protección
y Mejoramiento
del Ambiente
Decreto No. 90-97
Código de Salud
Decreto No.12-2002
Código Municipal
Acuerdo Gubernativo 137-2016
Reglamento de Evaluación,
Control y Seguimiento
Ambiental
Acuerdo Ministerial 666-2013
Mesa Coordinadora para la
Gestión Integral de los Residuos
y los Desechos Sólidos
Reglamentos y
Ordenanzas Municipales
Acuerdo Ministerial 204-2019
Listado Taxativo de Proyectos,
Obras, Industrias o Actividades
Acuerdo Gubernativo 281-2015
Política Nacional para la
Gestión Integral de Residuos y
Desechos Sólidos
Términos de Referencia del Sector
11: Saneamiento; Subsector A
» Guía Práctica para la Formulación de Planes
Municipales para la Gestión Integral de Residuos y
Desechos Sólidos
» Guía para la Identificación Gráfica de los Residuos
Sólidos Comunes
» Guía para elaborar Estudios de Caracterización de
Residuos y Desechos Sólidos Comunes
» Guía de Compostaje Municipal
Tratados y Convenios Internacionales
3. Artículo 1
El presente Reglamento tiene por
objeto establecer las normas
sanitarias y ambientales que
deben aplicarse para la gestión
integral de los residuos y
desechos sólidos comunes, en
función de asegurar la
protección de la salud humana y
evitar la contaminación del
ambiente.
4. Velar por el cumplimiento del
presente Reglamento compete,
de manera conjunta y en
coordinación con las
municipalidades del país, al
Ministerio de Ambiente y
Recursos Naturales -MARN- y al
Ministerio de Salud Pública y
Asistencia Social -MSPAS-, dentro
del ámbito de sus competencias.
Artículo 2
6. PLANES MUNICIPALES
(Artículo 04)
El Ministerio de Ambiente y Recursos
Naturales coordinará con las Municipalidades,
la elaboración de los planes relativos a la Gestión
integral de residuos y desechos sólidos y así evitar el
deterioro ambiental, con el fin de prevenir o mitigar
impactos relacionados a los sistemas ambientales
hídrico, edáfico, biótico, atmosférico y visual;
regulados en la ley de Protección y Mejoramiento
del Medio Ambiente.
El Plan Municipal para la Gestión Integral de Residuos y
Desechos Sólidos podrá ser evaluado cada año y
actualizado cada cinco años.
> Actualización (Artículo 62)
7. El MARN elaborará las guías* que sean
necesarias y pertinentes para desarrollar dichos
planes municipales, en concordancia con las
políticas generales del Estado y con la Política
Nacional para la Gestión Integral de los Residuos y
Desechos Sólidos.
* Guía Práctica para la Formulación de Planes Municipales para la GIRDS
* Guía para elaborar Estudios de Caracterización de Residuos Y Desechos Sólidos Comunes
Un eslabón importante en el desarrollo de este plan
municipal, es la realización del Estudio de Caracterización
de Residuos y Desechos Sólidos Comunes, tal como se
establece en el articulo 03 del presente reglamento, pues
los resultados obtenidos serán determinantes para
establecer una ruta de acción efectiva en el municipio.
PLANES MUNICIPALES
(Artículo 04)
8. Artículos
12 y 13
Durante los primeros dos años de
vigencia la separación es obligatoria
de acuerdo con la Clasificación
Primaria, como mínimo.
Aquellas municipalidades que así lo
dispongan, de acuerdo con sus
políticas y planes para la gestión de
los residuos y desechos sólidos,
podrán utilizar inmediatamente la
Clasificación Secundaria, cuya
aplicación es obligatoria a partir de
los dos años de vigencia.
Clasificación Secundaria
Clasificación Primaria
Fuente: Guía para la Identificación Gráfica de los Residuos Sólidos
Comunes, 2022
11 Agosto 2021 al
10 Agosto 2023
11 Agosto 2023 en adelante
9. Capítulo VI
Artículos
49-57
Toda persona, en especial los
funcionarios y empleados públicos en
ejercicio de sus funciones, que tenga
conocimiento de algún hecho, acto
u omisión que contravenga las
disposiciones del presente
Reglamento, está obligado a
denunciar ante la autoridad
competente.
> Obligación de Denuncia
Toda infracción cometida por los
entes sujetos a la presente normativa,
será sancionada por el MARN, de
conformidad con las sanciones
establecidas en la Ley de Protección
y Mejoramiento del Medio Ambiente.
> Sanciones
10. Artículo 58
El MSPAS, a través del
Departamento de Promoción y
Educación en Salud, y el MARN,
a través del área encargada del
manejo de residuos y desechos
sólidos, en coordinación con
MINEDUC y las municipalidades,
debe diseñar y desarrollar las
campañas educativas que sean
necesarias, con el objeto de
promover en la población la
práctica de las normas sanitarias
correspondientes a su rol como
entes generadores de residuos y
desechos sólidos comunes.
11. (DIMARDS Y
DELEGACIONES DEPARTAMENTALES)
» Coordinación de diferentes jornadas de limpieza
en las playas publicas
» Acompañamiento de georreferenciación de
vertederos ilegales a través de una Aplicación
» Eliminación de vertederos ilegales
» Elaboración de Guías Técnicas dirigidos a los Gobiernos Locales
» Asesoría técnica en la elaboración de sus Planes Municipales
» Acompañamiento de la elaboración de Estudios de
Caracterización
» Acompañamiento en la elaboración o actualización de sus
Ordenanzas Municipales
» Diplomado de GIRDS dirigido a Técnicos Municipales
» Asesoría técnica en los cierres técnicos, remediación de vertederos
a cielo abierto y nuevo proyectos de sitios de disposición final
» Acompañamiento en búsqueda de terrenos viables para sus futuros
rellenos sanitarios.
» Campañas de Educación Ambiental
» Visitas de campo para intercambio de experiencias
12. » Eliminación de vertederos ilegales
» Campañas Educativas para divulgación de
la correcta clasificación a población en general
» Elaboración de Estudios de Caracterización
» Elaboración de sus Planes Municipales
» Elaboración o Actualización de Ordenanza Municipales
bajo el Marco del AG 164-2021
» Propuesta de terrenos con características físicas y
ambientales para relleno sanitario
» Cierres técnicos o remediación de vertederos a cielo
abierto y presentación de nuevo proyecto de sitios de
disposición final
13. MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Dirección de Coordinación Nacional
Delegación Departamental de Izabal
Dirección: 7a. calle entre 7a y 8a avenida, Puerto Barrios, Izabal
Teléfono: (502) 79429620
Horario de Atención: Lunes a Viernes 08:00 – 16:30 horas
Correo electrónico: izabal@marn.gob.gt