SlideShare a Scribd company logo
1 of 13
UNIDAD 6
LA POSESION Y LA
PREESCRIPCION
Según Regina Villegas
Posesión: Relación o estado
de hecho, que confiere a una
persona el poder exclusivo de tener
una cosa para ejecutar actos
materiales de aprovechamiento
como consecuencia de un derecho
real o persona, o sin derecho alguno.
Concepto Romano
Posesión: Considera como
una relación o estado de hecho que
permitía ejercer un poder físico
exclusivo para ejecutar actos
materiales sobre una cosa animus
domini.
Código de 1884
Posesión: Tendencia de una
cosa o el goce de un derecho por
nosotros mismos o por otro en
nuestro nombre.
Artículo 790 del código
actual del DF
Posesión: Poder de hecho que
se ejerce sobre las cosas o el goce
de los derechos.
Planiol y Ripert
La posesión de las cosas es la posesión del derecho de
propiedad. Lo que se ha llamado posesión de cosas, es una posesión
especial del derecho real por excelencia, que es la propiedad, pero
propiamente debe hablarse una persona posee una cosa, quiere decir
que conduce como propietario ejecutando actos materiales de
aprovechamiento semejantes a los actos que ejecuta al propietario en
el uso y goce.
Los romanos no afirman el que tenga la posesión de una cosa sea
propietario, simplemente se conduce como propietario y ejecuta esos
actos. En cambio, en vista de Planiol y Ripert, dicha persona posee el
derecho de propiedad, pero no que tenga ese derecho de propiedad,
pero no que tenga ese derecho de propiedad. En cuanto al goce de los
otros derechos, la situación es idéntica, pues para gozar del derecho
de usufructuario es necesario conducirse como usufructuario,
ejecutando actos que demuestren el deseo de apropiarse de los frutos
de una cosa, como lo haría un usufructuario. Para gozar del derecho
arrendamiento, es necesario conducirse como arrendatario, luego
entonces la posesión de los derechos abarca la posesión de otros
derechos reales o personales. Cuando se ejecutan actos como si fuera
titular de esos derechos.
Elemen
tos de la
Posesión
1. Corpus
Comprende el
conjunto de actos materiales
que demuestran la existencia
del poder físico que ejerce el
poseedor sobre la cosa, para
retenerla en forma exclusiva.
2. Animus
Comprende el
conjunto de actos materiales
que demuestran la existencia
del poder físico que ejerce el
poseedor sobre la cosa, para
retenerla en forma exclusiva.
865. Es poseedor de una cosa el que ejerce
sobre ella un poder de hecho, salvo lo dispuesto en el
artículo 868. Posee un derecho y goza de él.
En la posesión de
los derechos es necesario
distinguir dos cosas
completamente distintas.
• Poseer una cosa por
virtud de un derecho:
Consiste en poseer
una cosa por virtud de un
derecho real. Ejemplo; la
posesión que tiene el dueño
como consecuencia de la
propiedad, la posesión del
usufructuario sobre la cosa u
objeto de usufructo.
• Poseer un derecho en
sí:
Es cuando se posee
un derecho real en sí mismo
pero sin tener el título que
legalmente acredite ese
derecho. Consiste en
efectivo, téngase título o no.
Art. 866 C. C. H
Cuando en virtud de
un acto jurídico el propietario
entrega a otro una cosa
concediéndole el derecho de
retenerla temporalmente en
su poder en calidad de
usufructuario, arrendatario,
acreedor pignoraticio,
depositario, u otro título
análogo, los dos son
poseedores de la cosa.
Adquisición de la posesión
Se refiere a que la posesión se adquiere cuando se reúnen en una misma
persona el corpus y el animus.
Efectos de la Posesión
Se refiere a obtener la protección jurídica que corresponde a este derecho,
en las diferentes especies de posesión.
Los efectos de la posesión han generado polémicas doctrinarias.
Para Savigny la posesión no
produce sino dos efectos:
•La posibilidad de protección
mediante interdictos posesorios.
•La posibilidad de adquisición del
dominio por medio de la usucapión.
Para Aubry y Rau el único
efecto que produce la posesión
consiste en la presunción de
propiedad que crea a favor del
poseedor.
Otros autores
encuentran sesenta
o setenta efectos
derivados de la
posesión. A esa
cuestión de los
efectos es un tema
debatido en la
Doctrina.
Efectos Mediatos e Inmediatos
(Conceptos y Diferencias)
Efectos Mediatos: Son los que se
producen por la posesión en curso con otras
circunstancias.
Efectos Inmediatos: Son aquellos que
producen la posesión por sí sola, sin
necesidad de concurso de otras
circunstancias.
• Efectos de la posesión con relación a
cosas muebles:
“Se adquiere la propiedad de cosas
muebles por su posesión de buena fe, no
siendo robadas o perdidas. La buena fe
debe existir al tiempo de la adquisición. El
adquirente no es de buena fe, cuando sabe
que la cosa no pertenece al engrane, o
cuando su ignorancia proviene de la culpa
grave. Esta disposición no se aplicará a las
universalidades ni a los benes que deben
registrarse por exigencia de la Ley”.
Por tanto, no siendo la cosa robada o
perdida, su poseedor de buena fe adquiere
su propiedad si se cumplen los requisitos.
Con la relación a las universalidades,
la restricción enfoca la circunstancia de que
las mismas carecen de un contenido
corporal único.
En cuanto a los bienes muebles que
deben inscribirse en algún registro, cae de
por sí que el reconocimiento de propiedad no
Art. 881 C. C. H
Es poseedor de buena
fe el que entra en la posesión
en virtud de un título suficiente
para darle derecho de poseer.
También es el que ignora los
vicios de su título que le
impide poseer con derecho.
Es poseedor de mala fe
el que entra a la posesión sin
título alguno para poseer; lo
mismo que el que conoce los
vicios de su título que le
impiden poseer con derecho.
Entiéndase por título la
causa generadora de la
posesión.
Efectos de la Posesión en Relación con la Prescripción, a
la Percepción de Frutos y a las Acciones Posesorias
• Efecto de la posesión con relación a la percepción de frutos
“Los que sin título pero con buena fe poseyeren inmuebles como
dueños o por derecho real, harán suyos los frutos naturales e industriales,
una vez separados, y los civiles, solo percibiéndolos efectivamente,
aunque estos correspondieren al tiempo de su posesión.
Terminada la posesión, los frutos pendientes corresponderán al dueño
o usufructuario; pero será resarcido el poseedor de buena fe, por los
gastos efectuados para producirlos”. Por tanto, los frutos serán del
poseedor de buena fe con su excepción, si fuera de mala fe, debe los
mismos.
Art. 884 C. C. H
Los poseedores a que se refiere el artículo 866 se regirán por
las disposiciones que norman los actos jurídicos en virtud de los
cuales son poseedores, en todo lo relativo a frutos, pagos de gastos
y responsabilidad por pérdida o menoscabo a la cosa poseída.
Efectos de la Posesión en Relación a la Prescripción Adquisitiva de
Dominio
La posesión interrumpida, por el tiempo y las condiciones determinadas por la ley,
hace adquirir al poseer el dominio de la cosa. Así para inmuebles tenemos la
usucapión corta que requiere de diez años de posesión, justo título y buena fe. Y
la usucapión larga, que se obtiene con el transcurso de veinte años de posesión
interrumpida.
Para los muebles la posesión requerida es de dos años cuando la cosa mueble,
cuya trascendencia exija inscripción en el Registro Público, hubiese sido robada
perdida, computándose el plazo desde que fuera anotada a su nombre. El plazo se
extiende a tres años para aquellas cosas muebles que en el mismo supuesto
(sean robadas o perdidas no requieran ser inscriptas).
La posesión en estos dos supuestos deben ser:
•De Buena Fe
•Continua
•Calidad de Dueño
Efectos de la Posesión con Relación a las Acciones
Posesorias
“Un título valido no da sino un derecho a la posesión de la cosa, y no la
posesión misma. El que no tiene sino un derecho a la posesión no puede en
caso de oposición tomar la oposición toma la posesión de la cosa, debe
demandarla por las vías legales. Nadie puede turbar arbitrariamente la posesión
de otro”.
Según la Doctrina de la posesión se puede
perder cuando falta uno de los elementos o
ambos.
•Por la ausencia de los
elementos
Como ocurre en el
abandono de cosas.
•Por la pérdida de posesión
Por la falta de los animus.
Ejemplo: Los contratos
traslativos de dominio, cuando
se retiene la cosa, pero se
transfiere la propiedad.
PERDIDA DE LA POSESION
•Por la pérdida del corpus
Aun conservando al animus, en cambio en el código de la posesión se
pierde por…
Art. 903 C. C. H Establece que la posesión se pierde por:
•Abandono.
•Por cesión o título oneroso o gratuito.
•Por la destrucción o pérdida de la cosa, o por quedar esta fuera del
comercio.
•Por resolución judicial.
•Por despojo, si la posesión del despojado dura más de un año.
•Por reivindicación del propietario.
•Por expropiación por causa de utilidad pública.
Art. 904 C. C. H
Se pierde la posesión
de los derechos
cuando es imposible
ejercitarlos o cuando
no se ejercen por el
tiempo que baste para
que queden prescritos.
Perdida de la posesión
La posesión se pierde por la falta de
uno de los elementos o ambos.
 Abandono
 Por cesión a titulo oneroso o gratuito
 Por la destrucción o la pérdida de la cosa, o por
quedar esta fuera del comercio.
 Por resolución judicial.
 Por despojo, si la posesión del desojado dura
más un año.
 Por reivindicación del propietario
 Por expropiación por causa de utilidad
público.
El art. 903 c. c. h.
establece:

More Related Content

Similar to UNIDAD VI LAPOSESIÓN Y LA PREESCRIPCION....pptx

Similar to UNIDAD VI LAPOSESIÓN Y LA PREESCRIPCION....pptx (20)

Tema 4 posesion
Tema 4 posesion Tema 4 posesion
Tema 4 posesion
 
Tema 4 posesion
Tema 4 posesion Tema 4 posesion
Tema 4 posesion
 
ACCIONES POSESORIAS Ecuador
ACCIONES POSESORIAS  Ecuador ACCIONES POSESORIAS  Ecuador
ACCIONES POSESORIAS Ecuador
 
posesion
posesionposesion
posesion
 
Propiedad
PropiedadPropiedad
Propiedad
 
La posesion. ensayo civil bienes
La posesion. ensayo civil bienesLa posesion. ensayo civil bienes
La posesion. ensayo civil bienes
 
Posesion ensayo
Posesion ensayoPosesion ensayo
Posesion ensayo
 
titulo y modo
titulo y modo titulo y modo
titulo y modo
 
La usucapion exposicion 1
La usucapion exposicion 1La usucapion exposicion 1
La usucapion exposicion 1
 
Acciones que tutelan el derecho de propiedad jaxiana
Acciones que tutelan el derecho de propiedad  jaxianaAcciones que tutelan el derecho de propiedad  jaxiana
Acciones que tutelan el derecho de propiedad jaxiana
 
LA PROPIEDAD.pptx
LA PROPIEDAD.pptxLA PROPIEDAD.pptx
LA PROPIEDAD.pptx
 
Ensayo derecho civil bienes
Ensayo derecho civil bienesEnsayo derecho civil bienes
Ensayo derecho civil bienes
 
Derechos
DerechosDerechos
Derechos
 
Bases Romanistas De Los Derechos Reales
Bases Romanistas De Los Derechos RealesBases Romanistas De Los Derechos Reales
Bases Romanistas De Los Derechos Reales
 
Ensayo La Posesión Jose Ricardo
Ensayo La Posesión Jose RicardoEnsayo La Posesión Jose Ricardo
Ensayo La Posesión Jose Ricardo
 
Derecho real de usufructo
Derecho real de usufructoDerecho real de usufructo
Derecho real de usufructo
 
Posesión
PosesiónPosesión
Posesión
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
Modos de Adquirir el Dominio
Modos de Adquirir el DominioModos de Adquirir el Dominio
Modos de Adquirir el Dominio
 
Modos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil I
Modos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil IModos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil I
Modos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil I
 

Recently uploaded

30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdfgimenanahuel
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxjosetrinidadchavez
 
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxPRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxinformacionasapespu
 
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfHerramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfMARIAPAULAMAHECHAMOR
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxlclcarmen
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdfBaker Publishing Company
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCCesarFernandez937857
 
Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteRaquel Martín Contreras
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinavergarakarina022
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptELENA GALLARDO PAÚLS
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxzulyvero07
 

Recently uploaded (20)

30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
 
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxPRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
 
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfHerramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PC
 
Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arte
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
 

UNIDAD VI LAPOSESIÓN Y LA PREESCRIPCION....pptx

  • 1. UNIDAD 6 LA POSESION Y LA PREESCRIPCION
  • 2. Según Regina Villegas Posesión: Relación o estado de hecho, que confiere a una persona el poder exclusivo de tener una cosa para ejecutar actos materiales de aprovechamiento como consecuencia de un derecho real o persona, o sin derecho alguno. Concepto Romano Posesión: Considera como una relación o estado de hecho que permitía ejercer un poder físico exclusivo para ejecutar actos materiales sobre una cosa animus domini. Código de 1884 Posesión: Tendencia de una cosa o el goce de un derecho por nosotros mismos o por otro en nuestro nombre. Artículo 790 del código actual del DF Posesión: Poder de hecho que se ejerce sobre las cosas o el goce de los derechos.
  • 3. Planiol y Ripert La posesión de las cosas es la posesión del derecho de propiedad. Lo que se ha llamado posesión de cosas, es una posesión especial del derecho real por excelencia, que es la propiedad, pero propiamente debe hablarse una persona posee una cosa, quiere decir que conduce como propietario ejecutando actos materiales de aprovechamiento semejantes a los actos que ejecuta al propietario en el uso y goce. Los romanos no afirman el que tenga la posesión de una cosa sea propietario, simplemente se conduce como propietario y ejecuta esos actos. En cambio, en vista de Planiol y Ripert, dicha persona posee el derecho de propiedad, pero no que tenga ese derecho de propiedad, pero no que tenga ese derecho de propiedad. En cuanto al goce de los otros derechos, la situación es idéntica, pues para gozar del derecho de usufructuario es necesario conducirse como usufructuario, ejecutando actos que demuestren el deseo de apropiarse de los frutos de una cosa, como lo haría un usufructuario. Para gozar del derecho arrendamiento, es necesario conducirse como arrendatario, luego entonces la posesión de los derechos abarca la posesión de otros derechos reales o personales. Cuando se ejecutan actos como si fuera titular de esos derechos.
  • 4. Elemen tos de la Posesión 1. Corpus Comprende el conjunto de actos materiales que demuestran la existencia del poder físico que ejerce el poseedor sobre la cosa, para retenerla en forma exclusiva. 2. Animus Comprende el conjunto de actos materiales que demuestran la existencia del poder físico que ejerce el poseedor sobre la cosa, para retenerla en forma exclusiva. 865. Es poseedor de una cosa el que ejerce sobre ella un poder de hecho, salvo lo dispuesto en el artículo 868. Posee un derecho y goza de él.
  • 5. En la posesión de los derechos es necesario distinguir dos cosas completamente distintas. • Poseer una cosa por virtud de un derecho: Consiste en poseer una cosa por virtud de un derecho real. Ejemplo; la posesión que tiene el dueño como consecuencia de la propiedad, la posesión del usufructuario sobre la cosa u objeto de usufructo. • Poseer un derecho en sí: Es cuando se posee un derecho real en sí mismo pero sin tener el título que legalmente acredite ese derecho. Consiste en efectivo, téngase título o no. Art. 866 C. C. H Cuando en virtud de un acto jurídico el propietario entrega a otro una cosa concediéndole el derecho de retenerla temporalmente en su poder en calidad de usufructuario, arrendatario, acreedor pignoraticio, depositario, u otro título análogo, los dos son poseedores de la cosa.
  • 6. Adquisición de la posesión Se refiere a que la posesión se adquiere cuando se reúnen en una misma persona el corpus y el animus. Efectos de la Posesión Se refiere a obtener la protección jurídica que corresponde a este derecho, en las diferentes especies de posesión. Los efectos de la posesión han generado polémicas doctrinarias. Para Savigny la posesión no produce sino dos efectos: •La posibilidad de protección mediante interdictos posesorios. •La posibilidad de adquisición del dominio por medio de la usucapión. Para Aubry y Rau el único efecto que produce la posesión consiste en la presunción de propiedad que crea a favor del poseedor.
  • 7. Otros autores encuentran sesenta o setenta efectos derivados de la posesión. A esa cuestión de los efectos es un tema debatido en la Doctrina. Efectos Mediatos e Inmediatos (Conceptos y Diferencias) Efectos Mediatos: Son los que se producen por la posesión en curso con otras circunstancias. Efectos Inmediatos: Son aquellos que producen la posesión por sí sola, sin necesidad de concurso de otras circunstancias. • Efectos de la posesión con relación a cosas muebles: “Se adquiere la propiedad de cosas muebles por su posesión de buena fe, no siendo robadas o perdidas. La buena fe debe existir al tiempo de la adquisición. El adquirente no es de buena fe, cuando sabe que la cosa no pertenece al engrane, o cuando su ignorancia proviene de la culpa grave. Esta disposición no se aplicará a las universalidades ni a los benes que deben registrarse por exigencia de la Ley”. Por tanto, no siendo la cosa robada o perdida, su poseedor de buena fe adquiere su propiedad si se cumplen los requisitos. Con la relación a las universalidades, la restricción enfoca la circunstancia de que las mismas carecen de un contenido corporal único. En cuanto a los bienes muebles que deben inscribirse en algún registro, cae de por sí que el reconocimiento de propiedad no Art. 881 C. C. H Es poseedor de buena fe el que entra en la posesión en virtud de un título suficiente para darle derecho de poseer. También es el que ignora los vicios de su título que le impide poseer con derecho. Es poseedor de mala fe el que entra a la posesión sin título alguno para poseer; lo mismo que el que conoce los vicios de su título que le impiden poseer con derecho. Entiéndase por título la causa generadora de la posesión.
  • 8. Efectos de la Posesión en Relación con la Prescripción, a la Percepción de Frutos y a las Acciones Posesorias • Efecto de la posesión con relación a la percepción de frutos “Los que sin título pero con buena fe poseyeren inmuebles como dueños o por derecho real, harán suyos los frutos naturales e industriales, una vez separados, y los civiles, solo percibiéndolos efectivamente, aunque estos correspondieren al tiempo de su posesión. Terminada la posesión, los frutos pendientes corresponderán al dueño o usufructuario; pero será resarcido el poseedor de buena fe, por los gastos efectuados para producirlos”. Por tanto, los frutos serán del poseedor de buena fe con su excepción, si fuera de mala fe, debe los mismos. Art. 884 C. C. H Los poseedores a que se refiere el artículo 866 se regirán por las disposiciones que norman los actos jurídicos en virtud de los cuales son poseedores, en todo lo relativo a frutos, pagos de gastos y responsabilidad por pérdida o menoscabo a la cosa poseída.
  • 9. Efectos de la Posesión en Relación a la Prescripción Adquisitiva de Dominio La posesión interrumpida, por el tiempo y las condiciones determinadas por la ley, hace adquirir al poseer el dominio de la cosa. Así para inmuebles tenemos la usucapión corta que requiere de diez años de posesión, justo título y buena fe. Y la usucapión larga, que se obtiene con el transcurso de veinte años de posesión interrumpida. Para los muebles la posesión requerida es de dos años cuando la cosa mueble, cuya trascendencia exija inscripción en el Registro Público, hubiese sido robada perdida, computándose el plazo desde que fuera anotada a su nombre. El plazo se extiende a tres años para aquellas cosas muebles que en el mismo supuesto (sean robadas o perdidas no requieran ser inscriptas). La posesión en estos dos supuestos deben ser: •De Buena Fe •Continua •Calidad de Dueño Efectos de la Posesión con Relación a las Acciones Posesorias “Un título valido no da sino un derecho a la posesión de la cosa, y no la posesión misma. El que no tiene sino un derecho a la posesión no puede en caso de oposición tomar la oposición toma la posesión de la cosa, debe demandarla por las vías legales. Nadie puede turbar arbitrariamente la posesión de otro”.
  • 10. Según la Doctrina de la posesión se puede perder cuando falta uno de los elementos o ambos. •Por la ausencia de los elementos Como ocurre en el abandono de cosas. •Por la pérdida de posesión Por la falta de los animus. Ejemplo: Los contratos traslativos de dominio, cuando se retiene la cosa, pero se transfiere la propiedad. PERDIDA DE LA POSESION
  • 11. •Por la pérdida del corpus Aun conservando al animus, en cambio en el código de la posesión se pierde por… Art. 903 C. C. H Establece que la posesión se pierde por: •Abandono. •Por cesión o título oneroso o gratuito. •Por la destrucción o pérdida de la cosa, o por quedar esta fuera del comercio. •Por resolución judicial. •Por despojo, si la posesión del despojado dura más de un año. •Por reivindicación del propietario. •Por expropiación por causa de utilidad pública. Art. 904 C. C. H Se pierde la posesión de los derechos cuando es imposible ejercitarlos o cuando no se ejercen por el tiempo que baste para que queden prescritos.
  • 12. Perdida de la posesión La posesión se pierde por la falta de uno de los elementos o ambos.
  • 13.  Abandono  Por cesión a titulo oneroso o gratuito  Por la destrucción o la pérdida de la cosa, o por quedar esta fuera del comercio.  Por resolución judicial.  Por despojo, si la posesión del desojado dura más un año.  Por reivindicación del propietario  Por expropiación por causa de utilidad público. El art. 903 c. c. h. establece: