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REGIMEN Y SISTEMA POLITICO
LATINOAMERICANO
SISTEMA DE LA INTEGRACION CENTRO AMERICANA
INTEGRANTES:
SIXTA ORTIZ
HAROLD CONRADO
DIANA COLON
DIANA SANDOVAL
JAINER ROBLES
RESEÑA HISTORICA Y SISTEMA Y
REGIMEN POLITICO DEL SICA
El 14 de octubre de 1951, en el marco de una extensa reunión de Ministros
de Relaciones Exteriores de los países centroamericanos, desarrollada en
la ciudad de San Salvador, se produjo la firma del documento conocido
como la Carta de San Salvador, la cual dio origen a la Organización de
Estados Centroamericanos (ODECA).
La ODECA logró que se sometieran temas a debate intenso en las distintas
sociedades y círculos gubernamentales de la región, como la unificación de las
señales de tránsito, de los programas educativos, de los procesos aduanales,
de las políticas culturales y del Convenio sobre el Régimen de Industrias
Centroamericanas de Integración.
En la década de los años 70 y 80, Centroamérica se vio fragmentada por los
efectos de la guerra fría que libraban las potencias mundiales. Estallaron
conflictos sociales y políticos que minaron el esfuerzo por la integración de los
países centroamericanos.
En 1986 y 1987, los Presidentes de Costa Rica, El Salvador, Guatemala,
Honduras y Nicaragua firmaron los Acuerdos de Esquilas I y II, los cuales
establecieron los procedimientos para el establecimiento de la paz firme y
duradera en Centroamérica. Promovieron la democratización de las naciones
Centroamericanas y dieron un nuevo impulso al proceso de integración.
1. Integración Económica
2. Integración Social
3. Gestión Integral del Cambio Climático
4. Seguridad Democrática
5. Fortalecimiento Institucional.
En 1991, se crea el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) el cual
está integrado por Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua,
Panamá, Belize y República Dominicana. Rumbo a los 30 años de su creación,
el SICA, promueve la paz, el desarrollo, la libertad y la democracia. Focaliza su
trabajao en el marco de 5 pilares prioritarios:
PRESIDENTES QUE IMPULSARON EL
SICA
REGIMEN Y SISTEMA POLITICO DEL
SICA
¿Cómo funciona?
Presidencia Pro Témpore: Cuenta con una PPT que rota semestralmente entre los países
miembros por orden geográfico. Guatemala asumió la PPT durante el primer semestre del 2018.
Reunión Jefes de Estado de Estado y de Gobierno: Es la mayor instancia de decisión del
SICA. Sus reuniones son semestrales, y las decisiones se adoptan por consenso.
Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores: Es el órgano de coordinación. Maneja
principalmente el presupuesto, la Agenda de las Reuniones Jefes de Estado y de Gobierno,
hace recomendaciones sobre los nuevos miembros y los observadores.
Comité Ejecutivo: Es el órgano permanente y cuenta con un representante por cada país
miembro. Se encarga principalmente de asegurar la ejecución de los mandatos presidenciales.
Secretaría General: El Ex Presidente de Guatemala (1986-1991) Vinicio Cerezo Arévalo, fue
elegido en junio de 2017 por un periodo de 4 años.
El sistema político de Costa Rica está organizado como una República democrática.
Hay tres Poderes básicos: un Poder Ejecutivo, un Poder Legislativo (el cual es unicameral) y un Poder
Judicial. Una cuarta entidad (casi un Poder por sí mismo), denominada Tribunal Supremo de
Elecciones, está a cargo de todos los asuntos relacionados con los procesos electorales en el país.
El Poder Ejecutivo está formado por el Presidente (quien es a la vez Jefe de Estado y Jefe de
Gobierno), los dos Vicepresidentes y los Ministros, los cuales son nombrados por el Presidente.
El Poder Legislativo está compuesto por un Congreso (de una sola cámara) el cual está conformado
por cincuenta y siete Diputados. Cada una de las Provincias tiene un número de escaños proporcional
a su población.
El Poder Judicial es dirigido por una Corte Suprema, la cual dirige el sistema de tribunales del país, y
la cual está compuesta por veintidós magistrados que son electos por el Congreso por términos de
ocho años.
Las elecciones nacionales se llevan a cabo cada cuatro años para elegir un Presidente y dos
Vicepresidentes, los cincuenta y siete miembros del Congreso y los miembros de cada Concejo
Municipal. La próxima elección nacional se llevará a cabo el 5 de Febrero del 2006. Un año después
de dichas elecciones, se lleva a cabo una elección para elegir al Alcalde de cada Cantón.
COSTA RICA
La República de El Salvador es un Estado soberano y la soberanía reside en el pueblo. La Constitución
establece un gobierno republicano, democrático y representativo. El sistema político es pluralista y se expresa
por medio de los partidos políticos, que son el único instrumento para el ejercicio de la representación del
pueblo ante el gobierno. Consecuentemente, la existencia de un partido único oficial es incompatible con el
sistema democrático y con la forma de gobierno consignados en la carta magna.
El poder público emana del pueblo. Los funcionarios del gobierno son delegados del pueblo y no tienen más
facultades que las que expresamente les otorga la ley. Los órganos fundamentales son el Legislativo, el
Ejecutivo y el Judicial. Cada uno de ellos tiene sus funciones definidas y sus decisiones son independientes
uno del otro.
El Estado salvadoreño cuenta, además, con instituciones gubernamentales que vigilan, apoyan y controlan las
decisiones del mismo. Entre estas instituciones se pueden mencionar: el Ministerio Público, los órganos de
control y los gobiernos locales. Cada uno tiene sus propias políticas de elección de sus miembros y disponen
de independencia, establecida por la Constitución. El sistema de elecciones es dirigido y supervisado por el
Tribunal Supremo Electoral, el ente que según la Constitución tiene la obligación de establecer la normativa
para el ejercicio eleccionario salvadoreño.
EL SALVADOR
La República de Guatemala es un Estado soberano e independiente de Centro América, y forma parte de la
Organización de las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos. Guatemala política y
jurídicamente se rige por la Constitución Política de la República de Guatemala, la cual es la ley suprema del
Estado. El sistema de gobierno de Guatemala es republicano, democrático y representativo, según lo
establecido en el artículo 140 de la Constitución.
La soberanía de Guatemala radica en el pueblo quien la delega, para su ejercicio, en los Organismo del
Estado, según lo establecido en el artículo 141 de la Constitución, los cuales son:
Organismo Legislativo, el cual ejerce el poder legislativo, dicho poder es ejercido por los Diputados del
Congreso de la República.
Organismo Ejecutivo, el cual ejerce el poder ejecutivo, dicho poder es ejercido por el Presidente de la
República, el Vicepresidente de la República, los Ministerios del Estado de Guatemala y sus dependencias.
Es importante resaltar que este organismo cuenta con su ley propia que norma todo lo relativo a su
estructura, organización y funcionamiento.
Organismo Judicial, el cual ejerce el poder judicial, dicho poder es ejercido por la Corte Suprema de
Justicia, Corte de Apelaciones, Tribunales de Primera Instancia, Juzgados de Paz o Juzgados Menores y
demás juzgados que establezca la ley. Cuenta con su propia ley orgánica que se encuentra contenida en el
Decreto 2-89 del Congreso de la República, Ley del Organismo Judicial.
GUATEMALA
Honduras es una república regida por una Constitución por primera vez el 11 de diciembre de 1825, ésta
establece los "tres poderes" del Estado, sin relación de subordinación entre ellos;
El Poder Legislativo: Lo ejerce el Congreso Nacional mediante 128 diputados que son elegidos mediante
el Sufragio. Se reúnen en sesiones ordinarias en la capital de la república desde el 25 de enero. Dentro
de sus atribuciones están: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar leyes existentes.
El Poder Judicial: Tiene la potestad de impartir justicia en los pueblo, forma gratuita en nombre del
estado por magistrado y jueces. Está integrado por la Corte Suprema de Justicia, las cortes de
apelaciones y los juzgados por la ley.
El Poder Ejecutivo: Lo ejerce el presidente de la República, en representación para beneficio de la
población. El presidente de la República y tres designados presidenciales serán electos en una forma
organizada y directa por el pueblo.
HONDURA
Nicaragua es una república constituida por cuatro poderes: el Ejecutivo, el Legislativo, el Judicial y
el Electoral. El poder ejecutivo es ejercido por el presidente, quien es elegido para un período de
cinco años mediante sufragio universal. El poder legislativo está radicado en la Asamblea
Nacional (unicameral), formada por 92 diputados electos por cinco años. Una Corte Suprema de
Justicia integrada por 16 magistrados encargada de vigilar el sistema judicial. Las contiendas
electorales son responsabilidad del Consejo Supremo Electoral. Administrativamente, Nicaragua
está dividida en 153 municipios circunscritos, en quince departamentos y dos regiones autónomas.
NICARAGUA
La República de Panamá Según el artículo 2 de la Constitución Política de Panamá "El Poder
Público emana del pueblo. Lo ejerce el Estado conforme esta constitución lo establece por medio de
los órganos Legislativo (Asamblea Nacional de Panamá), Ejecutivo (Presidente de la
República y Consejo de Gabinete) y el Judicial (Corte Suprema de Justicia).
El Gobierno de Panamá se define en su Constitución Política como
abierto, republicano, democrático y representativo. Se indica que el poder público solo emana
del pueblo y lo ejerce el Estado por medio de los Órganos Legislativos, Ejecutivo y Judicial, los
cuales actúan limitada y separadamente, pero en armónica colaboración.1
PANAMA
Belice tiene una democracia parlamentaria con una monarquía constitucional. El monarca de Belice ejerce
de jefe de Estado representado por un gobernador general, mientras que el primer ministro es el jefe de
gobierno.1
BELICE
El gobierno de la República Dominicana se lleva a cabo en un marco de una democracia representativa,
mediante la cual el Presidente de la República Dominicana es a la vez Jefe de Estado y jefe de gobierno, y de
un sistema multipartidista. El poder ejecutivo es ejercido por el gobierno. El poder legislativo reside en las dos
cámaras del Congreso Nacional, que está conformado por dos cámaras legislativas: El Senado, que es el ente
de representación territorial, cuenta con 32 escaños, uno por cada una de las treinta y una provincias y otro en
representación del Distrito Nacional; y la Cámara de Diputados, con 178 escaños. El Poder judicial es
independiente del poder ejecutivo y legislativo.
REPUBLICA DOMINICANA

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  • 1. REGIMEN Y SISTEMA POLITICO LATINOAMERICANO SISTEMA DE LA INTEGRACION CENTRO AMERICANA INTEGRANTES: SIXTA ORTIZ HAROLD CONRADO DIANA COLON DIANA SANDOVAL JAINER ROBLES
  • 2. RESEÑA HISTORICA Y SISTEMA Y REGIMEN POLITICO DEL SICA El 14 de octubre de 1951, en el marco de una extensa reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de los países centroamericanos, desarrollada en la ciudad de San Salvador, se produjo la firma del documento conocido como la Carta de San Salvador, la cual dio origen a la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA). La ODECA logró que se sometieran temas a debate intenso en las distintas sociedades y círculos gubernamentales de la región, como la unificación de las señales de tránsito, de los programas educativos, de los procesos aduanales, de las políticas culturales y del Convenio sobre el Régimen de Industrias Centroamericanas de Integración.
  • 3. En la década de los años 70 y 80, Centroamérica se vio fragmentada por los efectos de la guerra fría que libraban las potencias mundiales. Estallaron conflictos sociales y políticos que minaron el esfuerzo por la integración de los países centroamericanos. En 1986 y 1987, los Presidentes de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua firmaron los Acuerdos de Esquilas I y II, los cuales establecieron los procedimientos para el establecimiento de la paz firme y duradera en Centroamérica. Promovieron la democratización de las naciones Centroamericanas y dieron un nuevo impulso al proceso de integración.
  • 4. 1. Integración Económica 2. Integración Social 3. Gestión Integral del Cambio Climático 4. Seguridad Democrática 5. Fortalecimiento Institucional. En 1991, se crea el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) el cual está integrado por Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Belize y República Dominicana. Rumbo a los 30 años de su creación, el SICA, promueve la paz, el desarrollo, la libertad y la democracia. Focaliza su trabajao en el marco de 5 pilares prioritarios:
  • 6. REGIMEN Y SISTEMA POLITICO DEL SICA ¿Cómo funciona? Presidencia Pro Témpore: Cuenta con una PPT que rota semestralmente entre los países miembros por orden geográfico. Guatemala asumió la PPT durante el primer semestre del 2018. Reunión Jefes de Estado de Estado y de Gobierno: Es la mayor instancia de decisión del SICA. Sus reuniones son semestrales, y las decisiones se adoptan por consenso. Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores: Es el órgano de coordinación. Maneja principalmente el presupuesto, la Agenda de las Reuniones Jefes de Estado y de Gobierno, hace recomendaciones sobre los nuevos miembros y los observadores. Comité Ejecutivo: Es el órgano permanente y cuenta con un representante por cada país miembro. Se encarga principalmente de asegurar la ejecución de los mandatos presidenciales. Secretaría General: El Ex Presidente de Guatemala (1986-1991) Vinicio Cerezo Arévalo, fue elegido en junio de 2017 por un periodo de 4 años.
  • 7. El sistema político de Costa Rica está organizado como una República democrática. Hay tres Poderes básicos: un Poder Ejecutivo, un Poder Legislativo (el cual es unicameral) y un Poder Judicial. Una cuarta entidad (casi un Poder por sí mismo), denominada Tribunal Supremo de Elecciones, está a cargo de todos los asuntos relacionados con los procesos electorales en el país. El Poder Ejecutivo está formado por el Presidente (quien es a la vez Jefe de Estado y Jefe de Gobierno), los dos Vicepresidentes y los Ministros, los cuales son nombrados por el Presidente. El Poder Legislativo está compuesto por un Congreso (de una sola cámara) el cual está conformado por cincuenta y siete Diputados. Cada una de las Provincias tiene un número de escaños proporcional a su población. El Poder Judicial es dirigido por una Corte Suprema, la cual dirige el sistema de tribunales del país, y la cual está compuesta por veintidós magistrados que son electos por el Congreso por términos de ocho años. Las elecciones nacionales se llevan a cabo cada cuatro años para elegir un Presidente y dos Vicepresidentes, los cincuenta y siete miembros del Congreso y los miembros de cada Concejo Municipal. La próxima elección nacional se llevará a cabo el 5 de Febrero del 2006. Un año después de dichas elecciones, se lleva a cabo una elección para elegir al Alcalde de cada Cantón. COSTA RICA
  • 8. La República de El Salvador es un Estado soberano y la soberanía reside en el pueblo. La Constitución establece un gobierno republicano, democrático y representativo. El sistema político es pluralista y se expresa por medio de los partidos políticos, que son el único instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo ante el gobierno. Consecuentemente, la existencia de un partido único oficial es incompatible con el sistema democrático y con la forma de gobierno consignados en la carta magna. El poder público emana del pueblo. Los funcionarios del gobierno son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les otorga la ley. Los órganos fundamentales son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Cada uno de ellos tiene sus funciones definidas y sus decisiones son independientes uno del otro. El Estado salvadoreño cuenta, además, con instituciones gubernamentales que vigilan, apoyan y controlan las decisiones del mismo. Entre estas instituciones se pueden mencionar: el Ministerio Público, los órganos de control y los gobiernos locales. Cada uno tiene sus propias políticas de elección de sus miembros y disponen de independencia, establecida por la Constitución. El sistema de elecciones es dirigido y supervisado por el Tribunal Supremo Electoral, el ente que según la Constitución tiene la obligación de establecer la normativa para el ejercicio eleccionario salvadoreño. EL SALVADOR
  • 9. La República de Guatemala es un Estado soberano e independiente de Centro América, y forma parte de la Organización de las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos. Guatemala política y jurídicamente se rige por la Constitución Política de la República de Guatemala, la cual es la ley suprema del Estado. El sistema de gobierno de Guatemala es republicano, democrático y representativo, según lo establecido en el artículo 140 de la Constitución. La soberanía de Guatemala radica en el pueblo quien la delega, para su ejercicio, en los Organismo del Estado, según lo establecido en el artículo 141 de la Constitución, los cuales son: Organismo Legislativo, el cual ejerce el poder legislativo, dicho poder es ejercido por los Diputados del Congreso de la República. Organismo Ejecutivo, el cual ejerce el poder ejecutivo, dicho poder es ejercido por el Presidente de la República, el Vicepresidente de la República, los Ministerios del Estado de Guatemala y sus dependencias. Es importante resaltar que este organismo cuenta con su ley propia que norma todo lo relativo a su estructura, organización y funcionamiento. Organismo Judicial, el cual ejerce el poder judicial, dicho poder es ejercido por la Corte Suprema de Justicia, Corte de Apelaciones, Tribunales de Primera Instancia, Juzgados de Paz o Juzgados Menores y demás juzgados que establezca la ley. Cuenta con su propia ley orgánica que se encuentra contenida en el Decreto 2-89 del Congreso de la República, Ley del Organismo Judicial. GUATEMALA
  • 10. Honduras es una república regida por una Constitución por primera vez el 11 de diciembre de 1825, ésta establece los "tres poderes" del Estado, sin relación de subordinación entre ellos; El Poder Legislativo: Lo ejerce el Congreso Nacional mediante 128 diputados que son elegidos mediante el Sufragio. Se reúnen en sesiones ordinarias en la capital de la república desde el 25 de enero. Dentro de sus atribuciones están: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar leyes existentes. El Poder Judicial: Tiene la potestad de impartir justicia en los pueblo, forma gratuita en nombre del estado por magistrado y jueces. Está integrado por la Corte Suprema de Justicia, las cortes de apelaciones y los juzgados por la ley. El Poder Ejecutivo: Lo ejerce el presidente de la República, en representación para beneficio de la población. El presidente de la República y tres designados presidenciales serán electos en una forma organizada y directa por el pueblo. HONDURA
  • 11. Nicaragua es una república constituida por cuatro poderes: el Ejecutivo, el Legislativo, el Judicial y el Electoral. El poder ejecutivo es ejercido por el presidente, quien es elegido para un período de cinco años mediante sufragio universal. El poder legislativo está radicado en la Asamblea Nacional (unicameral), formada por 92 diputados electos por cinco años. Una Corte Suprema de Justicia integrada por 16 magistrados encargada de vigilar el sistema judicial. Las contiendas electorales son responsabilidad del Consejo Supremo Electoral. Administrativamente, Nicaragua está dividida en 153 municipios circunscritos, en quince departamentos y dos regiones autónomas. NICARAGUA La República de Panamá Según el artículo 2 de la Constitución Política de Panamá "El Poder Público emana del pueblo. Lo ejerce el Estado conforme esta constitución lo establece por medio de los órganos Legislativo (Asamblea Nacional de Panamá), Ejecutivo (Presidente de la República y Consejo de Gabinete) y el Judicial (Corte Suprema de Justicia). El Gobierno de Panamá se define en su Constitución Política como abierto, republicano, democrático y representativo. Se indica que el poder público solo emana del pueblo y lo ejerce el Estado por medio de los Órganos Legislativos, Ejecutivo y Judicial, los cuales actúan limitada y separadamente, pero en armónica colaboración.1 PANAMA
  • 12. Belice tiene una democracia parlamentaria con una monarquía constitucional. El monarca de Belice ejerce de jefe de Estado representado por un gobernador general, mientras que el primer ministro es el jefe de gobierno.1 BELICE El gobierno de la República Dominicana se lleva a cabo en un marco de una democracia representativa, mediante la cual el Presidente de la República Dominicana es a la vez Jefe de Estado y jefe de gobierno, y de un sistema multipartidista. El poder ejecutivo es ejercido por el gobierno. El poder legislativo reside en las dos cámaras del Congreso Nacional, que está conformado por dos cámaras legislativas: El Senado, que es el ente de representación territorial, cuenta con 32 escaños, uno por cada una de las treinta y una provincias y otro en representación del Distrito Nacional; y la Cámara de Diputados, con 178 escaños. El Poder judicial es independiente del poder ejecutivo y legislativo. REPUBLICA DOMINICANA