2. Es la propiedad que está directamente relacionada con las
creaciones de la mente, tales como: las invenciones, las obras
literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los
dibujos y modelos utilizados en el comercio.
¿Qué es la propiedad intelectual?
Fuente: OMPI http://www.wipo.int/about-ip/es/
5. PROPIEDAD INDUSTRIAL
DERECHOS DE AUTOR
SIGNOS DISTINTIVOS
Marcas
Lema comercial
Nombre comercial
Denominación de Origen
INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
Inventos (patentes)
Diseños industriales
Variedades Vegetales
Conocimientos colectivos
Software
Juegos
Obras
Escritas
Musicales
Dramáticas y/o coreográficas
Artísticas
Audiovisuales
Inca Kola (productos o servicios)
«El tiempo vale más que el dinero»
IBM (identifica a la empresa)
Pisco
Productos o procesos
Know how ancestral
Forma estética del producto
Variaciones realizadas por el hombre
DIVISIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
SUI GENERIS
7. Requisitos para el registro software
1.- Completar el formato F-DDA-02
2.- Presentar la parte más importante del código fuente y una
memoria descriptiva del software o en su defecto los ejecutables
3.- Tasa: S/ 390.50
Se puede realizar el registro en línea:
http://servicio.indecopi.gob.pe/registroSolicitudes/index.seam?jsessi
on=DDA
8. Derechos de autor (DS 822):
IMPORTANTE:
Duración: Desde su divulgación hasta 70 años
después de la muerte del autor. Las obras
pasan a dominio público una vez se han
extinguidos los derechos de explotación.
Una obra en dominio público pueden ser
utilizada por cualquiera, siempre y cuando se
respete la autoría y la integridad de la obra.
11. Clasificación de Niza
La Clasificación de Niza es una clasificación de los productos y servicios para el registro de las
marcas de fábrica o de comercio y las marcas de servicios.
Productos
Servicios
11
34
45 Clasificaciones Niza
Al momento de registrar una marca se debe elegir para
que clasificaciones de Niza se solicitará la protección.
Fecha de solicitud 12-04-2019
Situación de la
marca
Registrado
Clase de Niza 43
Servicio(s): Servicios de restauración
(alimentación); hospedaje
temporal
CENTRO CAMPESTRE MI ROSAL CUSCO -
PERÚ
Enlace de la clasificación:
bit.ly/2NqDQYg
12.
13. PLATAFORMA VIRTUAL ORIENTADA A
EMPRENDEDORES
Enlace:
https://www.indecopi.gob.pe/en/web/plataforma-marcas
1
• Elige una marca
2
• Identifica tu clase o categoría Niza
3
• Consulta si tu marca es viable
4
• Presenta tu solicitud de marca
Objetivo: Brindar un servicio gratuito de viabilidad de registro de marca previo a invertir tiempo y dinero en el trámite.
Procedimiento Monto
Registro de marca y otros signos
(Marcas de Producto, Servicio, Colectiva y de
Certificación, Nombre Comercial y Lema Comercial)
534.99
Registro de marca de producto y/o servicio(por clase
adicional)
533.30
15. ¿QUE ES UNA PATENTE?
Es un Derecho que confiere el estado al dueño de la invención para su
explotación exclusiva, en el territorio donde se solicitó su protección por
un periodo de tiempo determinado. (EPO 2009, PILA 2011).
INVENTO
IDEA
SOLICITUD DE
PATENTE PATENTE
16. TIPOS DE PATENTE
PATENTE DE INVENCIÓN MODELO DE UTILIDAD
¿QUÉ PROTEGE?
REQUISITOS
VIGENCIA
Producto y/o proceso Producto
Novedad
Nivel Inventivo
Aplicación Industrial
20 años 10 años
Novedad
Ventaja Técnica
17. PATENTE DE INVENCIÓN
PAG 17
Título que se otorga a todo nuevo producto o procedimiento
que solucione un problema técnico, y cumpla con los requisitos
exigidos en la Ley.
Duración: 20 años contados desde la presentación de la solicitud.
Acido Acetilsalecílico
(Aspirina)
Patente US 644, 077
(1900)
18. PROCEDIMIENTO MEJORADO DE
MICROENCAPSULACIÓN MEDIANTE
SECADO POR ASPERSIÓN DE ACEITE DE
SACHA INCHI (Plukenetia huayllabambana)
Universidad de Lima
Proceso para obtener óxidos e hidróxidos de calcio y de magnesio y
oxido de silicio a partir de un mineral de dolomita.
Flores Chavez, Silvana Luzmila; Zegarra Luna, Edison Gastulo;
Tinoco Moleros, Oscar Eusebio
PROCEDIMIENTO PARA GENERACIÓN DE GEMELOS
HOMOCIGÓTICOS POR BIPARTICIÓN EMBRIONARIA
Universidad Nacional Toribio Rodríguez De Mendoza
De Amazonas
Desinfectante a base de compuestos naturales
y su proceso de elaboración
Bioservice S.R.L.
Ejemplos peruanos de Patentes de Invención
19. PATENTE DE MODELO DE UTILIDAD
PAG 19
Título que se otorga a todo nuevo producto o modificación de
un producto siempre que presente una ventaja técnica.
Duración: 10 años contados desde la presentación de la solicitud.
Cubeta de hielo con tapa.
Patente PE139
(2000)
20. Modelos de utilidad concedidos a peruanos
EXTRACTOR DE ORO Y COBRE
CALZADO TERAPÉUTICO
DE UN SOLO CUERPO
COCINA DOMÉSTICA MODULAR
DE BLOQUES CON RECOLECTOR
DE HUMO
CONCEPTO VERDE PERÚ S.A.C.;
SILVA MACHUCA, Iván Lamiro;
RODRÍGUEZ CHLIMPER, Javier
DISPOSITIVO MODULAR PARA
GENERAR FLUJO MAGNÉTICO
EN DIFERENTES NÚCLEOS DE
FERRITA
TABLA DE SURF HIDRODINÁMICA
VIDAL MORALES, Grabiel Román y ARROYO
RAMOS, Geanet;
B & B INTERNATIONAL S.A.C.;
21. Secreto
Empresarial
• Siempre que se mantenga el secreto de acuerdo al Art. 260
Invenciones y
nuevas tecnologías
•Patentes, Diseños Industriales, Certificados de Obtentor de
Variedades Vegetales, porque si se pierde la novedad, no se podrán
registrar
Signos Distintivos
•Marcas de producto o servicio, marcas colectivas, marcas de
certificación, denominaciones de origen o indicaciones geográficas.
Se pueden registrar a pesar de haber perdido la novedad.
Derechos de Autor
• Software o Programa de Ordenador, Obras Literarias, Obras
Artísticas y Obras de Arte Aplicado. Luego de su creación están
protegidas.
Prioridad para el registro
22. ¿Por qué el énfasis en las
patentes?
Así como el registro de un signo distintivo, como una
“marca” solo protege la identidad del producto o servicio
en el mercado, o los derechos de autor, protegen una obra
de su reproducción sin autorización, ambas formas de la
protección de la propiedad intelectual, no protegen el
contenido de la tecnología.
En el caso de los derechos de autor, se expresa de manera literal:
“D.S. 822 Artículo 9.- No son objeto de protección por el derecho
de autor: a. Las ideas contenidas en las obras literarias o
artísticas, los procedimientos, métodos de operación o conceptos
matemáticos en sí, los sistemas o el contenido ideológico o
técnico de las obras científicas, ni su aprovechamiento industrial
o comercial.”
En el caso de las solicitudes de patentes, la D.A. 486, nos indica
que no se consideran invenciones… “c) las obras literarias y
artísticas o cualquier otra protegida por el derecho de autor”, por
lo que si tiene protección por derechos de autor, no puede tener
protección por patentes.
Entonces, las patentes son la
única forma de proteger el
desarrollo tecnológico
En cuanto al derecho a la paternidad de la obra, cuando se ejerce en sentido positivo, significa el derecho del autor a dar a conocer su nombre cuando decide divulgar su obra. En sentido negativo, significa el derecho al anonimato o a la utilización de un seudónimo.
Finalmente, el derecho a la integridad de la obra consiste en la facultad que tiene el autor de exigir que su obra sea divulgada respetando su integridad, es decir, sin supresiones, adiciones o modificaciones que alteren la concepción de la obra o su forma de expresión. Cuando se ejerce en sentido positivo, significa el derecho del autor a realizar modificaciones a su obra y, en sentido negativo, el derecho del autor a prohibir a terceros la mutilación o alteración de su obra.
El derecho de divulgación consiste en la facultad del autor de dar a conocer su obra al público. Cuando se ejerce en sentido positivo, significa la facultad del autor de dar a conocer su creación y decidir las modalidades bajo las cuales va a divulgar su obra. Cuando se ejerce en sentido negativo, significa el derecho del autor a mantener inédita su obra, impedir su divulgación o retractarse de hacerlo.
Los derechos morales son derechos personales porque están íntimamente unidos a la persona del autor; son inalienables porque las facultades que lo conforman no pueden transmitirse a terceros puesto que, al no contener elementos patrimoniales, están fuera del comercio; son irrenunciables, porque el autor no puede disponer, mediante contrato, el no ejercicio de ese derecho; y algunas de sus facultades son perpetuas porque se mantienen aún después de la muerte del autor.
Derecho de Retiro de la obra del comercio: Por este derecho, el autor puede suspender cualquier forma de utilización de la obra, indemnizando previamente a terceros los daños y perjuicios que pudiere ocasionar.
“Acceder al ejemplar único o raro de la obra, cuando se halle en poder de otro, a fin de ejercitar el derecho de divulgación o cualquier otro que le corresponda”
“Este derecho no permitirá exigir el desplazamiento de la obra y el acceso a la misma se llevará a efecto en el lugar y forma que ocasionen menos incomodidades al poseedor, al que se indemnizará, en su caso, por los daños y perjuicios que se le irroguen” (Art. 14.7).
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El derecho de reproducción, que consiste en la facultad que tiene el autor de autorizar o prohibir la fijación de su obra en un soporte material, con el objeto de que se puedan obtener copias o ejemplares de ella. La fijación de la obra puede ser permanente o temporal, total o parcial, y para ello puede emplearse cualquier forma o procedimiento. Así, una obra puede ser reproducida en soportes como papel, cintas magnetofónicas, cintas digitales, discos compactos, etc.
El derecho de distribución, que consiste en la facultad del autor a decidir la modalidad a través de la cual pondrá a disposición del público las copias o ejemplares de su obra (venta, arrendamiento u otras).
El derecho de comunicación, que consiste en la facultad que tiene el autor de autorizar o prohibir el acceso del público a su obra por medios distintos a la distribución de ejemplares, como por ejemplo, la declamación, la disertación, la ejecución musical y coreográfica, la representación teatral, la escenificación para cinematografía y televisión, la radiodifusión, la transmisión por cable, la exposición pública y el acceso a bases de datos
El derecho de transformación, que consiste en la facultad que tiene el autor de autorizar la creación de obras derivadas (adaptaciones, arreglos musicales, traducciones, compilaciones, antologías, resúmenes, etc.).
El derecho de importación, que consiste en la facultad que tiene el autor a prohibir la importación de ejemplares de su obra en determinados territorios.