2. Son prácticas de extensión educativa que
desarrollan los estudiantes mayores
de 16 años en una Institución Oferente,
con el objeto de realizar prácticas
relacionadas con su educación y
formación, vinculadas a la propuesta
curricular, bajo la organización, control
y supervisión de la unidad educativa
a la que pertenecen.
4. Pasantías
Educativas
Prácticas
Profesionalizantes
Las pueden hacer alumnos de todos los
niveles y modalidades a partir de los 16 años:
Secundaria, Adultos y Especial No Técnica.
Debe estar vinculada a la orientación que
tienen los estudiantes en el nivel y modalidad
que se corresponda.
Las realizan los alumnos de la ETP, en
secundaria es obligatorio.
Es rentada. No es rentada.
Como no es obligatorio, el alumno debe
suscribir un acuerdo individual.
La pasantía educativa debe respetar la
cantidad de alumno x trabajador que
establece la norma nacional.
La tarea la determina el plan de prácticas, se
tiene que corresponder con el perfil técnico-
profesional del alumno.
5. Pasantías
Educativas
Prácticas
Profesionalizantes
Los directores que consigan instituciones
oferentes deben publicar la nómina y
favorecer la inscripción de los estudiantes
que quieran participar. Luego se debe
establecer el mecanismo de selección y
publicar el/los estudiantes que accedieron a
la misma.
Para PP se define cantidad de horas de la
especialización que implica. En secundaria
son 200 horas en el último año, pero en
Superior el 33% de la formación general.
Es extensión curricular Es curricular. Se realizan en el último año del
ciclo superior.
6. -Facilitar a los estudiantes la transición desde
la escuela al mundo del trabajo.
-Promover el reconocimiento del trabajo como
valor que posee finalidades solidarias,
estructurantes de la identidad y
organizadoras de la vida en la sociedad.
-Comprender la relevancia de la
vinculación del sector educativo
con el mundo del trabajo y la producción.
OBJETIVOS
7. COPRET
Institución Educativa
Inspectores de Enseñanza
Dirección de Educación de Nivel y Modalidad
Consejo General de Cultura y Educación
Instituciones Oferentes
Estudiantes Practicantes
Partes intervinientes de las
Prácticas Formativas y roles.
8. a. Construcción de la Documentación de Prácticas Formativas
y vinculación con el sector productivo.
b. Aval pedagógico del plan de Prácticas Formativas.
c. Formalización del vínculo con el sector productivo.
d. Aval administrativo de Prácticas Formativas.
e. Inicio de la Práctica Formativa.
f. Resguardo institucional de la documentación
técnico administrativa de Prácticas.
Circuito administrativo
de las prácticas formativas.
El Consejo Provincial de Educación y Trabajo (COPRET) es quien coordina
el circuito administrativo de las Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo.
9. Aspectos técnicos
de las Prácticas Formativas.
La plataforma digital es el medio encargado de
vincular a todos los actores (instituciones educativas
y oferentes, inspectores de enseñanza, dirección de
educación y el COPRET) con el programa de Prácticas
Profesionalizantes y pasantías educativas.
10. - Las Instituciones Oferentes, una vez realizado el contacto con las
Instituciones Educativas, deberán cargar sus datos y adjuntar la
documentación respaldatoria en la Plataforma.
- El COPRET analizará la documentación y autorizará a las mismas
a ser oferentes.
- Una vez autorizados los planes de prácticas, el COPRET avalará
por medio de una disposición del Secretario Ejecutivo.
- De esa manera se podrán iniciar las Prácticas Formativas.
Adhesión de las
Instituciones Oferentes
11. - Las Instituciones Educativas cargarán las planillas de relevamiento
en la Plataforma; que luego serán aprobadas por los inspectores y
giradas por estos a la dirección de educación correspondiente.
- Una vez analizadas las planillas de relevamiento y autorizadas por
la dirección de educación, serán enviadas al COPRET a través
de la Plataforma digital.
Planilla de Relevamiento
de las Prácticas