Politicas publicas para el sector agropecuario en México.pptx
Normas Contabilidad NIC 20 Y NIC 21 2024.pptx
1.
2. NIC 20
Contabilización de las subvenciones del
gobierno y revelación de la ayuda del gobierno
Presenta
María Fernanda Turmequé Báez
Corporación Universitaria Uniremington
3. Alcance
Esta norma trata sobre la contabilización e información a relevar acerca
de las subvenciones del gobierno, así como de la información a revelar
sobre otras formas de ayudas gubernamentales.
No aplica:
Los problemas especiales que aparecen en la contabilización de
subvenciones.
Ayudas gubernamentales que se conceden a la entidad en forma de
ventajas
Participaciones del gobierno en la propiedad en la entidad.
Las subvenciones del gobierno cubiertas por la NIC 41 “Agricultura”
4. Definiciones
Ayudas gubernamentales:
Acciones realizadas por el sector público con el objeto de
suministrar beneficios económicos específicos a una entidad o
tipo de entidades, seleccionadas bajo ciertos criterios.
Gobierno:
agencias gubernamentales y organismos similares
Préstamos condonables:
préstamos que se compromete a renunciar al reembolso, bajo
ciertas condiciones establecidas.
5. Subvenciones relacionadas con activos:
Las subvenciones del gobierno relacionadas con activos, incluyendo
las de carácter no monetario a valor razonable, deberán presentarse
en el estado de situación financiera, bien reconociéndolas como
partidas de ingresos diferidos, bien como deducciones del importe
en libros de los activos con los que se relacionan.
Subvenciones relacionadas con ingresos:
Las subvenciones relacionadas con los ingresos se presentan como
parte del resultado del periodo ya sea de forma separada o bajo
denominaciones generales tales como “Otros ingresos”;
alternativamente, pueden aparecer como deducciones de los gastos
con los que se relacionan
6. Desarrollo de las definiciones
MONEDA FUNCIONAL
Moneda que influya fundamentalmente
en el países cuya fuerzas competitivas y
regulaciones determinen
fundamentalmente los precios de venta
de los bienes y servicios o en los costos
de la mano de obra, de los materiales y
de otros costos de producir los bienes o
suministrar los servicios
INVERSIÓN NETA EN UN NEGOCIO EN EL
EXTRANJERO
Si la liquidación de esa partida no está
contemplada, ni es probable que se
produzca, en un futuro previsible, la
partida es, en esencia, una parte de la
inversión neta de la entidad en ese
negocio en el extranjero
PARTIDAS MONETARIAS
Es el derecho a recibir una cantidad
fija o determinable de unidades
monetarias
7. Cuando se reconocen las subvenciones
La entidad
cumplirá con las
condiciones de la
misma
Hay certeza de
recibir la
subvención
Se reconocerán en
resultados sobre
una base
sistemática a lo
largo de los gastos
asociados
Una subvención
por compensación
de gastos se
reconocerá en
resultados cuando
la misma sea
exigible
8. Devolución de subvenciones
Aquellas relacionadas con
activos, o de capital: ha de
registrarse teniendo como
contrapartida un aumento del
importe en libros del activo
correspondiente, o reduciendo el
saldo de la partida de ingresos
diferidos por el importe de la
cuantía a reembolsar. La
amortización acumulada que
pudiera haber sido cargada
adicionalmente hasta la fecha, en
ausencia de la subvención, se
debe cargar inmediatamente a
resultados.
9. Devolución de subvenciones
Aquellas relacionadas con los
ingresos, o de explotación: deben
tener como contrapartida, en
primer lugar, cualquier ingreso
diferido contabilizado en relación
con la subvención. En la medida
que el reembolso supere la
cuantía del citado ingreso
diferido, o si éste no existe, la
contrapartida del reembolso será
un cargo inmediato a resultados.
10. Ayudas Gubernamentales
Son acciones realizadas por el sector público con el objeto de
suministrar beneficios económicos específicos a una entidad o
tipo de entidades, seleccionadas bajo ciertos criterios. No son
ayudas gubernamentales, para el propósito de esta Norma, los
beneficios que se producen indirectamente sobre las entidades
por actuaciones sobre las condiciones generales del comercio o la
industria, tales como el suministro de infraestructura en áreas en
desarrollo o la imposición de restricciones comerciales a los
competidores.
11. Información a revelar
Las políticas contables adoptadas en relación con las
subvenciones oficiales, incluyendo los métodos de presentación
adoptados en los estados financieros
La naturaleza y alcance de las subvenciones oficiales
reconocidas en los estados financieros, así como una
indicación de otras modalidades de ayudas públicas, de las
que se hayan beneficiado directamente las empresas
Las condiciones incumplidas y otras contingencias
relacionadas con las ayudas públicas que se hayan
contabilizado.
12. NIC 21
Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio
de la Moneda Extranjera
Presenta
María Fernanda Turmequé Báez
Corporación Universitaria Uniremington
13. Objetivo
Prescribir cómo se incorporan,
en los estados financieros de
una entidad, las transacciones
en moneda extranjera y los
negocios en el extranjero, y
cómo convertir los estados
financieros a la moneda de
presentación elegida
14. Alcance
Se aplicará:
Al contabilizar las transacciones y saldos en moneda extranjera.
Al convertir los resultados y la situación financiera de los
negocios en el extranjero que se incluyan en los estados
financieros de la entidad, ya sea por consolidación o por el
método de la participación.
Al convertir los resultados y la situación financiera de la entidad
en una moneda de presentación
15. Definiciones
• Es cualquier otra distinta de la moneda funcional de la entidad.
Moneda extranjera (o
divisa)
• Moneda del entorno económico principal en el que opera la entidad.
Moneda funcional
• Moneda en que se presentan los EEFF
Moneda de presentación
• Es la relación de cambio entre dos monedas.
Tasa de cambio
• Subsidiaria, asociada, acuerdo conjunto o sucursal, cuyas actividades están basadas o se
llevan a cabo en un país o moneda distintos a la entidad que informa.
Negocio en el extranjero
16. Determinación de la moneda funcional
INDICADORES PRIMARIOS
• Precios:
• Moneda que influya en los
precios de venta.
• La que influye a nivel país en
los precios y venta de los bienes
y servicios.
• Costos:
• Mano de obra
• De inventarios
• Otros costos relacionados con la
producción de bienes y servicios
INDICADORES SECUNDARIOS
• Moneda de financiación.
• Moneda de financiación.
• Moneda en la que se genera las
cuentas por cobrar.
NEGOCIO EN EL EXTRANJERO
• Si sus operaciones son una
extensión de la matriz y no con
una autonomía significativa.
• Si las transacciones con su
matriz son significativas de las
operaciones propias en el
extranjero.
• Si los flujos del negocio en el
extranjero por sus operaciones
afectan directamente a la
entidad que informa (matriz).
• Si los flujos de efectivo del
negocio en el extranjero son
suficientes como para no
depender de la entidad a la que
informa (matriz).
17. Transacciones en moneda extranjera
Reconocimiento y medición
Reconocimiento
inicial
Toda transacción en
moneda extranjera
se registrará
utilizando la
moneda funcional
mediante la
aplicación de la
tasa de cambio de
contado a la fecha
de la transacción
Reconocimiento posterior
Partidas Monetarias: Tasa
de cambio de cierre
Partidas no monetarias a
costo histórico: Tasa de
cambio en la fecha de la
transacción
Partidas no monetarias a
valor razonable: Tasa de
cambio de la fecha en que
se mide este valor
razonable
Diferencia de cambio
De partidas monetarias: Se
reconocerán en los resultados del
periodo.
De partidas no monetarias: Se
reconocerá en otro resultado integral.
De partidas monetarias de un negocio
en el extranjero: Se reconocerán en los
resultados de los EEFF separados de la
entidad que informa, o individuales del
negocio en el extranjero. En los EEFF
consolidados, serán reconocidas
inicialmente en el ORI y reclasificadas
de patrimonio a resultados cuando se
realice la disposición.
18. Conversión de un negocio en el extranjero comparación
Para la inclusión de un negocio en el extranjero en los EEFF de la entidad que informa, se
deberá considerar:
1. Convertir a la moneda de presentación los resultados y la situación financiera.
2. Al incorporar su resultados y la situación financiera a los de la entidad que informa,
seguirá los procedimientos normales de consolidación, pero no podrá eliminar una partida
monetaria sin mostrar los resultados de las variaciones en las tasas de cambio dentro de
los EEFF consolidados. La diferencia de cambio se reconocerá en el resultado y se
acumulará en un componente separado del patrimonio hasta la disposición del negocio
en el extranjero.
3. La fechas de presentación de los EEFF no podrán superar los 3 meses de diferencia. Los
activos y pasivos del negocio en el extranjero se convertirán a la tasa de cambio de la
fecha de cierre del periodo sobre el que se informa.
4. La plusvalía surgida por la adquisición de un negocio en el extranjero y por ajustes del
valor razonable de los activos y pasivos, a consecuencia de la adquisición, se deben tratar
como activos y pasivos del mismo y se expresará en la moneda funcional del negocio en
el extranjero, convertida a la tasa de cierre.
19. Información a revelar
Una entidad revelará:
El importe de las diferencias de cambio reconocidas en el resultado del periodo.
Las diferencias de cambio netas reconocidas en el ORI y acumuladas en un
componente separado del patrimonio, así como una conciliación entre los importes
de estas diferencias al principio y al final del periodo.
Cuando la moneda de presentación difiera de la moneda funcional, la identidad de
la moneda y explicación de su uso.
El cambio de la moneda funcional y la razón del cambio.
Cuando una entidad presente sus EEFF en una moneda que sea diferente de su
moneda funcional señalará que sus EEFF son conformes con las NIIF, solo si
cumplen con todos los requerimientos de las NIIF, incluyendo los que se refieren al
método de conversión.
Cuando los EEFF sean presentados en una moneda diferente a la funcional y no son
conformes con las NIIF, identificará claramente esta información como
complementaria. Revelará la moneda de presentación y la moneda funcional.
Además el método de conversión.