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Mala Práctica Médica
Dr. José Alberto Garza Leal
Mala Práctica Médica
 Actos culposos atribuidos al médico o al
ente hospitalario a causa del ejercicio
inadecuado de la medicina.
Responsabilidad
Profesional del Médico
 Derecho Penal - perjuicio social.
 Derecho Civil - daño privado.
Responsabilidad
Penal del Médico
 Se causa un daño sin existir la intención de
producirlo (responsabilidad culposa).
Responsabilidad
Penal del Médico
T i p o s
 1.- Impericia.- Es la ignorancia inexcusable.
Consiste en la actuación profesional llevada a cabo
con ineptitud técnica y física, así como también la
falta de actualización sobre los avances de la ciencia
médica.
 2.- Negligencia.- Es la omisión inexcusable. Se
encuentra en el descuido y la desatención.
Responsabilidad
Penal del Médico
T i p o s
 3.- Imprudencia.- Es la temeridad inexcusable. El
sujeto actúa con exceso de confianza, de manera
que constituye una falta de previsión o de
precaución en la acción.
 4.- Inobservancia de Reglamentos.- Es la culpa que
surge de la actuación que, aunque prudente y
diligente, está vedada por una norma jurídica.
Responsabilidad
Civil del Médico
 Presuponen la violación de un deber jurídico.-
a) Responsabilidad Contractual.
b) Responsabilidad Extracontractual.
Culpa Contractual
 Requiere la preexistencia de una obligación
específica entre las dos partes, que nace del
contrato.
Culpa Extracontractual
 Excluye la preexistencia de un contrato.
 Incumbe a todos.
 Consiste en la violación del deber genérico
neminen laedere (no dañar a nadie).
Concepto de Obligación
 Hacen recaer la responsabilidad sobre.-
a) Deber genérico - no dañar a nadie.
b) Deber específico - contrato.
Deber Específico
 Responsabilidad obligacional (contractual).
 Incumplimiento de una obligación.
 Resarcir los daños ocasionados.
Deber Genérico
 Responsabilidad extraobligacional (extracontractual).
 Se produce un daño sin que exista una relación
obligatoria previa.
Responsabilidad Extraobligacional
 a) Forma negativa - se produce un daño
sin la obligación.
 b) Forma positiva - obligación de
responder cuando se ha violado el deber de
no dañar a nadie.
Responsabilidad Médica
 Reguladora de una actividad que
compromete el orden público.
 Su futuro gira en torno a la solución de
dos exigencias contrapuestas.
Responsabilidad Médica
 1.- Exigencia de garantizar una indemnización
a quien se le cause un daño a la salud, lo cual
induce a crear sistemas que garanticen tal
indemnización aún en ausencia de culpa de
los que prestan el servicio.
 2.- Exigencia de conservar una función
preventiva, controlando la actividad médica
bajo el perfil de una diligencia, lealtad y
pericia profesional, garantizada así el derecho
a la salud.
Responsabilidad Médica
 Siempre será obligacional exista o no un
contrato previo, ya que solo surge tal
responsabilidad cuando en la prestación
del servicio médico se haya incumplido un
deber específico frente al paciente.
Aspectos Médico-Legales
 El peritaje debe comprender:
a) Objetivos.
b) Procedimientos.
Objetivos de la Pericia
 a) Relación médico-paciente.
 b) Falta del médico en sus deberes hacia el
paciente (acto culposo).
 c) Relación causal entre el acto médico
culposo y el daño del paciente.
Responsabilidad Profesional
Relación Médico-Paciente
 Modalidades.-
a) Voluntaria o directa.
b) Involuntaria o indirecta.
Relación Médico-Paciente
Voluntaria
 Es la que se entabla en la medicina
privada.
 El paciente escoge al médico.
 El médico tiene la opción de encargarse o
no de su atención.
 Hay excepciones que las normas éticas
contemplan.
Relación Médico-Paciente
Involuntaria
 Es aquella que se establece a través de
organismos intermedios:
1) Hospital o centro asistencial estatal.
2) Sistema médico de empresa.
Relación Médico-Paciente
desde el punto de Vista Jurídico
 Tiene como presupuesto la competencia
del médico.
a) Cumplimiento de los requisitos formales
y en diferentes niveles.
Relación Médico-Paciente
 No solo incluye al enfermo.
 También a todo sujeto sano que requiere
un servicio médico sea diagnóstico o
preventivo.
Deberes del Médico
hacia el Paciente
 Se le exige la observancia de los principios
y técnicas de sus disciplinas y el mayor
celo profesional en la atención del
enfermo.
Deberes del Médico
hacia el Paciente
 Historia clínica.
 Asistencia del paciente.
 Diagnóstico.
 Tratamiento.
 Derivar el paciente a otro médico.
 Interconsulta.
 Secreto médico.
Relación Médico-Paciente
 Surgen entre ellos derechos y obligaciones
recíprocas.
Deberes del Paciente
 Esta dado por la buena fe implícita en la
relación.
a) Lealtad en la información.
b) Cumplimiento del plan terapéutico.
Deberes de los Organismos
Intermedios
 1.- De asistencia.
 2.- De cuidado, vigilancia y control.
 3.- De provisión.
Para Atribuir Responsabilidad
 La conducta médica debe tener:
a) Antijuricidad.
b) Reprochabilidad.
Conducta Médica Antijurídica
 Cuando el ejercicio profesional se hace
abusivo, arbitrario o ilegítimo.
Reprochabilidad
 Es la valoración negativa sobre la conducta
del médico cuando en el ejercicio de su
profesión ha causado un daño al paciente.
Relación de Causalidad
 El nexo o vínculo necesario que debe
existir entre el acto médico culposo y el
daño del paciente.
Bunge
Distingue en la causalidad tres significados.-
 a) Causación - relación causal y tipos de nexo
causal.
 b) Principio causal o de causalidad - las
mismas causas producen los mismos efectos.
 c) Determinismo causal o causalismo - todo
tiene una causa.
Relación Causal entre el Acto
Médico y el Daño Corporal
 1.- Tesis contractualista.
 2.- Tesis extracontractualista.
Tesis Contractualista
 El médico debe probar que el daño no se
debió a su actuación culposa.
 El paciente debe probar que el daño se
originó en el mal cumplimiento de la
actividad médica.
Tesis Contractualista
 Descansa en la doctrina res ipsa loquitur
(los hechos hablan por si mismos).
 Al existir evidencias circunstanciales se
presume que el daño fue ocasionado por la
actividad médica.
Tesis Contractualista
Las evidencias circunstanciales se establecen
por la concurrencia de varios factores.-
 1.- El resultado lesivo no hubiera ocurrido en
ausencia de negligencia del médico.
 2.- Evitar que el daño estuvo bajo el control
exclusivo del médico.
 3.- No hubo posibilidad de que el paciente
mediara en la producción del daño.
Yungano
 A través del determinismo causal se puede
saber si el daño existente se debe al acto
del médico por acción y omisión y con ello
atribuir responsabilidad.
Procedimientos de la Pericia
Objetivos
 a.- Estudiar la historia clínica.
 b.- Analizar el expediente judicial.
 c.- Elaborar una nueva historia clínica forense.
 d.- Realizar exámenes complementarios.
 e.- Efectuar interconsultas.
 f.- Consultar la bibliografía médica pertinente.
Estudio de la Historia Clínica
 Es el documento fundamental de la pericia.
 Cumplir con la cadena de custodia de una
prueba.
 El juez debe ordenar su decomiso.
 Foliar.
 Tomar fotocopias.
 Dejar el original para uso hospitalario.
 Evitar su desaparición o adulteración.
Aspectos de Importancia Médico-Legal
de la Historia Clínica
 a.- Diagnóstico de ingreso.
 b.- Tiempo transcurrido entre el arribo al hospital y el
inicio del tratamiento.
 c.-Nombre de los médicos y enfermeras que
intervinieron en la asistencia.
 d.- Interrogatorio y exploración física.
 e.- Exámenes auxiliares.
Aspectos de Importancia Médico-Legal
de la Historia Clínica
 f.- Interpretación de sus resultados.
 g.- Tratamiento indicado por el médico.
 h.- Cumplimiento de dicho tratamiento por parte del
personal de enfermería.
 i.- Cumplimiento de dicho tratamiento por el propio
enfermo.
Aspectos de Importancia Médico-Legal
de la Historia Clínica
 j.- Efectos comprobados por médicos y enfermeras.
 k.- Evolución clínica: Cronología y calidad de las
notas.
 l.- Notas de enfermería: Cronología y calidad de las
notas.
 m.- Diagnósticos y condiciones de egreso o muerte.
Estudio de la Historia Clínica
 Para efectos judiciales, la letra ilegible puede
ser un criterio de negligencia médica.
 Las indicaciones y notas con tales
características pueden poner en peligro la
vida del paciente, por cuanto existe la
posibilidad de que no sean entendidas y
cumplidas por otros miembros del equipo
hospitalario.
Análisis del Expediente Judicial
 Permite al perito comprender los móviles
de la denuncia.
 Correlación de las interrogantes legales
con sus verificaciones.
Historia Clínica Forense y
Exámenes Complementarios
 En el paciente vivo - una nueva historia
clínica.
 En el paciente fallecido - autopsia.
 Exámenes de laboratorio y gabinete que se
crean necesarios.
 Profundizar en forma orientada, en aspectos
de importancia judicial que pudieran haberse
omitido en la historia hospitalaria.
Interconsultas
 Solicitar el criterio de otros expertos.
 Es lícita.
 Es conveniente para evitar la impugnación
del informe médico-legal.
 Fortalece el dictamen médico-legal.
 Evitar el desprestigiar la calidad profesional
del perito.
Consulta de la
Bibliografía Médica
 Ningún juez, fiscal o abogado defensor,
pueden negarle su derecho a informarse de
los últimos estudios acerca del caso en litigio,
y utilizar los conocimientos adquiridos en
diversos aspectos en discusión.
 Señalar las fuentes de información que
menciona.
Historia Clínica
 Es el instrumento que permite elaborar el
diagnóstico, fundamentar el pronóstico y
documentar el tratamiento y la evolución
del paciente.
Asistencia al Paciente
 Representa el acto médico por excelencia.
 Consiste en el proceso de velar por su
salud.
 Da lugar para que se corrobore o rectifique
el diagnóstico y tratamiento.
 Ingrediente terapéutico que propicia la fe
del paciente hacia el médico.
Diagnóstico
 Resulta del examen físico y de los medios
complementarios.
 ¿Por qué o sobre la base de qué elementos
afirmo yo este diagnóstico?
 Suponiendo que sea incorrecta, ¿qué otra
cosa podrá ser?
Diagnóstico
 El criterio diagnóstico puede ser de
URGENCIA, cuando la gravedad de la
situación exija formularlo, prescindiendo de
medios auxiliares.
 Puede ser TERAPÉUTICO, para iniciar un
tratamiento impostergable.
 Puede ser DEFINITIVO, con la inclusión de
medios auxiliares.
Tratamiento
 Es la materialización de la asistencia y
tiene como objetivo la curación o mejoría
del enfermo o, al menos, el alivio de su
sufrimiento.
Tratamiento
 Debe reunir dos condiciones:
a) Estar reconocido por autoridades
sanitarias y científicas.
b) Debe ser adecuado al estado del
paciente.
Derivar el Paciente a Otro Médico
 Imposibilidad de continuar con su
atención.
 Enfermedad que encuadra en una
especialidad ajena a la suya.
Interconsulta
 Cuando no se ha llegado a un diagnóstico
preciso.
 Cuando no se ha obtenido ninguna respuesta
terapéutica.
 Cuando combine compartir responsabilidades
ante un pronóstico sombrío.
Secreto Médico
 Medio de conservar la confianza del
paciente y contribuye a cimentar el vínculo
de fe en la relación con el profesional.
Deberes del Paciente
Lealtad de la Información.-
 Que suministre al médico de manera
espontánea o en respuesta a sus preguntas.
 De su sinceridad depende en buena medida
la certeza en el diagnóstico y tratamiento de
la enfermedad.
Deberes del Paciente
Cumplimiento del Plan Terapéutico.-
 Una vez que fue debidamente informado al
paciente y éste manifestó su consentimiento
contribuye un aspecto fundamental en la
curación del paciente.
 De nada vale la calidad del tratamiento
instituido, si el enfermo no lo cumple
fielmente.
Deberes del Paciente
Cumplimiento del Plan Terapéutico.-
 La infracción de esta norma permite, en
principio, excluir la responsabilidad del
médico.
 Comunicar al médico que lo atiende que ha
decidido recurrir a otro profesional. Relevan
de toda responsabilidad al primero.
Deberes de los Organismos
Intermedios
De Asistencia.-
 Se brinda mediante los profesionales que
trabajan para la institución.
 El paciente debe demostrar su carácter de
afiliado y que sus cuotas se encuentran al
día.
Deberes de los Organismos
Intermedios
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 Deben ser óptimos en la institución que
preste la asistencia.
Deberes de los Organismos
Intermedios
De Provisión.-
 De todos los elementos que requiera la atención
adecuada del paciente:
a) Habitaciones higiénicas.
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Deberes de los Organismos
Intermedios
De Provisión.-
 De todos los elementos que requiera la
atención adecuada del paciente:
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Responsabilidad Administrativa
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directamente o de forma solidaria a causa
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Responsabilidad del Estado
 La salud de la población es un bien de interés
público tutelado por el Estado.
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salud de la población.
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 Aquí nace el deber de cumplimiento de la
obligación de una correcta atención médica.
Responsabilidad del Estado
 Todos los asegurados tienen el derecho de
reclamar cuando sufren un daño a causa de la
prestación deficiente de tal servicio.
 La administración responderá por todos los
daños que cause su funcionamiento legítimo o
ilegítimo, normal o anormal, salvo fuerza
mayor, culpa de la víctima o hecho de un
tercero.
Responsabilidad del Estado
 La administración deberá reparar todo
daño causado a los derechos subjetivos
ajenos por falta de sus servidores
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MALAPRACTICA-MEDICA.pdf mala praxis médica

  • 1. Mala Práctica Médica Dr. José Alberto Garza Leal
  • 2. Mala Práctica Médica  Actos culposos atribuidos al médico o al ente hospitalario a causa del ejercicio inadecuado de la medicina.
  • 3. Responsabilidad Profesional del Médico  Derecho Penal - perjuicio social.  Derecho Civil - daño privado.
  • 4. Responsabilidad Penal del Médico  Se causa un daño sin existir la intención de producirlo (responsabilidad culposa).
  • 5. Responsabilidad Penal del Médico T i p o s  1.- Impericia.- Es la ignorancia inexcusable. Consiste en la actuación profesional llevada a cabo con ineptitud técnica y física, así como también la falta de actualización sobre los avances de la ciencia médica.  2.- Negligencia.- Es la omisión inexcusable. Se encuentra en el descuido y la desatención.
  • 6. Responsabilidad Penal del Médico T i p o s  3.- Imprudencia.- Es la temeridad inexcusable. El sujeto actúa con exceso de confianza, de manera que constituye una falta de previsión o de precaución en la acción.  4.- Inobservancia de Reglamentos.- Es la culpa que surge de la actuación que, aunque prudente y diligente, está vedada por una norma jurídica.
  • 7. Responsabilidad Civil del Médico  Presuponen la violación de un deber jurídico.- a) Responsabilidad Contractual. b) Responsabilidad Extracontractual.
  • 8. Culpa Contractual  Requiere la preexistencia de una obligación específica entre las dos partes, que nace del contrato.
  • 9. Culpa Extracontractual  Excluye la preexistencia de un contrato.  Incumbe a todos.  Consiste en la violación del deber genérico neminen laedere (no dañar a nadie).
  • 10. Concepto de Obligación  Hacen recaer la responsabilidad sobre.- a) Deber genérico - no dañar a nadie. b) Deber específico - contrato.
  • 11. Deber Específico  Responsabilidad obligacional (contractual).  Incumplimiento de una obligación.  Resarcir los daños ocasionados.
  • 12. Deber Genérico  Responsabilidad extraobligacional (extracontractual).  Se produce un daño sin que exista una relación obligatoria previa.
  • 13. Responsabilidad Extraobligacional  a) Forma negativa - se produce un daño sin la obligación.  b) Forma positiva - obligación de responder cuando se ha violado el deber de no dañar a nadie.
  • 14. Responsabilidad Médica  Reguladora de una actividad que compromete el orden público.  Su futuro gira en torno a la solución de dos exigencias contrapuestas.
  • 15. Responsabilidad Médica  1.- Exigencia de garantizar una indemnización a quien se le cause un daño a la salud, lo cual induce a crear sistemas que garanticen tal indemnización aún en ausencia de culpa de los que prestan el servicio.  2.- Exigencia de conservar una función preventiva, controlando la actividad médica bajo el perfil de una diligencia, lealtad y pericia profesional, garantizada así el derecho a la salud.
  • 16. Responsabilidad Médica  Siempre será obligacional exista o no un contrato previo, ya que solo surge tal responsabilidad cuando en la prestación del servicio médico se haya incumplido un deber específico frente al paciente.
  • 17. Aspectos Médico-Legales  El peritaje debe comprender: a) Objetivos. b) Procedimientos.
  • 18. Objetivos de la Pericia  a) Relación médico-paciente.  b) Falta del médico en sus deberes hacia el paciente (acto culposo).  c) Relación causal entre el acto médico culposo y el daño del paciente.
  • 19. Responsabilidad Profesional Relación Médico-Paciente  Modalidades.- a) Voluntaria o directa. b) Involuntaria o indirecta.
  • 20. Relación Médico-Paciente Voluntaria  Es la que se entabla en la medicina privada.  El paciente escoge al médico.  El médico tiene la opción de encargarse o no de su atención.  Hay excepciones que las normas éticas contemplan.
  • 21. Relación Médico-Paciente Involuntaria  Es aquella que se establece a través de organismos intermedios: 1) Hospital o centro asistencial estatal. 2) Sistema médico de empresa.
  • 22. Relación Médico-Paciente desde el punto de Vista Jurídico  Tiene como presupuesto la competencia del médico. a) Cumplimiento de los requisitos formales y en diferentes niveles.
  • 23. Relación Médico-Paciente  No solo incluye al enfermo.  También a todo sujeto sano que requiere un servicio médico sea diagnóstico o preventivo.
  • 24. Deberes del Médico hacia el Paciente  Se le exige la observancia de los principios y técnicas de sus disciplinas y el mayor celo profesional en la atención del enfermo.
  • 25. Deberes del Médico hacia el Paciente  Historia clínica.  Asistencia del paciente.  Diagnóstico.  Tratamiento.  Derivar el paciente a otro médico.  Interconsulta.  Secreto médico.
  • 26. Relación Médico-Paciente  Surgen entre ellos derechos y obligaciones recíprocas.
  • 27. Deberes del Paciente  Esta dado por la buena fe implícita en la relación. a) Lealtad en la información. b) Cumplimiento del plan terapéutico.
  • 28. Deberes de los Organismos Intermedios  1.- De asistencia.  2.- De cuidado, vigilancia y control.  3.- De provisión.
  • 29. Para Atribuir Responsabilidad  La conducta médica debe tener: a) Antijuricidad. b) Reprochabilidad.
  • 30. Conducta Médica Antijurídica  Cuando el ejercicio profesional se hace abusivo, arbitrario o ilegítimo.
  • 31. Reprochabilidad  Es la valoración negativa sobre la conducta del médico cuando en el ejercicio de su profesión ha causado un daño al paciente.
  • 32. Relación de Causalidad  El nexo o vínculo necesario que debe existir entre el acto médico culposo y el daño del paciente.
  • 33. Bunge Distingue en la causalidad tres significados.-  a) Causación - relación causal y tipos de nexo causal.  b) Principio causal o de causalidad - las mismas causas producen los mismos efectos.  c) Determinismo causal o causalismo - todo tiene una causa.
  • 34. Relación Causal entre el Acto Médico y el Daño Corporal  1.- Tesis contractualista.  2.- Tesis extracontractualista.
  • 35. Tesis Contractualista  El médico debe probar que el daño no se debió a su actuación culposa.  El paciente debe probar que el daño se originó en el mal cumplimiento de la actividad médica.
  • 36. Tesis Contractualista  Descansa en la doctrina res ipsa loquitur (los hechos hablan por si mismos).  Al existir evidencias circunstanciales se presume que el daño fue ocasionado por la actividad médica.
  • 37. Tesis Contractualista Las evidencias circunstanciales se establecen por la concurrencia de varios factores.-  1.- El resultado lesivo no hubiera ocurrido en ausencia de negligencia del médico.  2.- Evitar que el daño estuvo bajo el control exclusivo del médico.  3.- No hubo posibilidad de que el paciente mediara en la producción del daño.
  • 38. Yungano  A través del determinismo causal se puede saber si el daño existente se debe al acto del médico por acción y omisión y con ello atribuir responsabilidad.
  • 39. Procedimientos de la Pericia Objetivos  a.- Estudiar la historia clínica.  b.- Analizar el expediente judicial.  c.- Elaborar una nueva historia clínica forense.  d.- Realizar exámenes complementarios.  e.- Efectuar interconsultas.  f.- Consultar la bibliografía médica pertinente.
  • 40. Estudio de la Historia Clínica  Es el documento fundamental de la pericia.  Cumplir con la cadena de custodia de una prueba.  El juez debe ordenar su decomiso.  Foliar.  Tomar fotocopias.  Dejar el original para uso hospitalario.  Evitar su desaparición o adulteración.
  • 41. Aspectos de Importancia Médico-Legal de la Historia Clínica  a.- Diagnóstico de ingreso.  b.- Tiempo transcurrido entre el arribo al hospital y el inicio del tratamiento.  c.-Nombre de los médicos y enfermeras que intervinieron en la asistencia.  d.- Interrogatorio y exploración física.  e.- Exámenes auxiliares.
  • 42. Aspectos de Importancia Médico-Legal de la Historia Clínica  f.- Interpretación de sus resultados.  g.- Tratamiento indicado por el médico.  h.- Cumplimiento de dicho tratamiento por parte del personal de enfermería.  i.- Cumplimiento de dicho tratamiento por el propio enfermo.
  • 43. Aspectos de Importancia Médico-Legal de la Historia Clínica  j.- Efectos comprobados por médicos y enfermeras.  k.- Evolución clínica: Cronología y calidad de las notas.  l.- Notas de enfermería: Cronología y calidad de las notas.  m.- Diagnósticos y condiciones de egreso o muerte.
  • 44. Estudio de la Historia Clínica  Para efectos judiciales, la letra ilegible puede ser un criterio de negligencia médica.  Las indicaciones y notas con tales características pueden poner en peligro la vida del paciente, por cuanto existe la posibilidad de que no sean entendidas y cumplidas por otros miembros del equipo hospitalario.
  • 45. Análisis del Expediente Judicial  Permite al perito comprender los móviles de la denuncia.  Correlación de las interrogantes legales con sus verificaciones.
  • 46. Historia Clínica Forense y Exámenes Complementarios  En el paciente vivo - una nueva historia clínica.  En el paciente fallecido - autopsia.  Exámenes de laboratorio y gabinete que se crean necesarios.  Profundizar en forma orientada, en aspectos de importancia judicial que pudieran haberse omitido en la historia hospitalaria.
  • 47. Interconsultas  Solicitar el criterio de otros expertos.  Es lícita.  Es conveniente para evitar la impugnación del informe médico-legal.  Fortalece el dictamen médico-legal.  Evitar el desprestigiar la calidad profesional del perito.
  • 48. Consulta de la Bibliografía Médica  Ningún juez, fiscal o abogado defensor, pueden negarle su derecho a informarse de los últimos estudios acerca del caso en litigio, y utilizar los conocimientos adquiridos en diversos aspectos en discusión.  Señalar las fuentes de información que menciona.
  • 49. Historia Clínica  Es el instrumento que permite elaborar el diagnóstico, fundamentar el pronóstico y documentar el tratamiento y la evolución del paciente.
  • 50. Asistencia al Paciente  Representa el acto médico por excelencia.  Consiste en el proceso de velar por su salud.  Da lugar para que se corrobore o rectifique el diagnóstico y tratamiento.  Ingrediente terapéutico que propicia la fe del paciente hacia el médico.
  • 51. Diagnóstico  Resulta del examen físico y de los medios complementarios.  ¿Por qué o sobre la base de qué elementos afirmo yo este diagnóstico?  Suponiendo que sea incorrecta, ¿qué otra cosa podrá ser?
  • 52. Diagnóstico  El criterio diagnóstico puede ser de URGENCIA, cuando la gravedad de la situación exija formularlo, prescindiendo de medios auxiliares.  Puede ser TERAPÉUTICO, para iniciar un tratamiento impostergable.  Puede ser DEFINITIVO, con la inclusión de medios auxiliares.
  • 53. Tratamiento  Es la materialización de la asistencia y tiene como objetivo la curación o mejoría del enfermo o, al menos, el alivio de su sufrimiento.
  • 54. Tratamiento  Debe reunir dos condiciones: a) Estar reconocido por autoridades sanitarias y científicas. b) Debe ser adecuado al estado del paciente.
  • 55. Derivar el Paciente a Otro Médico  Imposibilidad de continuar con su atención.  Enfermedad que encuadra en una especialidad ajena a la suya.
  • 56. Interconsulta  Cuando no se ha llegado a un diagnóstico preciso.  Cuando no se ha obtenido ninguna respuesta terapéutica.  Cuando combine compartir responsabilidades ante un pronóstico sombrío.
  • 57. Secreto Médico  Medio de conservar la confianza del paciente y contribuye a cimentar el vínculo de fe en la relación con el profesional.
  • 58. Deberes del Paciente Lealtad de la Información.-  Que suministre al médico de manera espontánea o en respuesta a sus preguntas.  De su sinceridad depende en buena medida la certeza en el diagnóstico y tratamiento de la enfermedad.
  • 59. Deberes del Paciente Cumplimiento del Plan Terapéutico.-  Una vez que fue debidamente informado al paciente y éste manifestó su consentimiento contribuye un aspecto fundamental en la curación del paciente.  De nada vale la calidad del tratamiento instituido, si el enfermo no lo cumple fielmente.
  • 60. Deberes del Paciente Cumplimiento del Plan Terapéutico.-  La infracción de esta norma permite, en principio, excluir la responsabilidad del médico.  Comunicar al médico que lo atiende que ha decidido recurrir a otro profesional. Relevan de toda responsabilidad al primero.
  • 61. Deberes de los Organismos Intermedios De Asistencia.-  Se brinda mediante los profesionales que trabajan para la institución.  El paciente debe demostrar su carácter de afiliado y que sus cuotas se encuentran al día.
  • 62. Deberes de los Organismos Intermedios De Cuidado, Vigilancia y Control.-  Deben ser óptimos en la institución que preste la asistencia.
  • 63. Deberes de los Organismos Intermedios De Provisión.-  De todos los elementos que requiera la atención adecuada del paciente: a) Habitaciones higiénicas. b) Quirófanos asépticos. c) Personal médico y auxiliar idóneo.
  • 64. Deberes de los Organismos Intermedios De Provisión.-  De todos los elementos que requiera la atención adecuada del paciente: d)Equipo instrumental en cantidad adecuada y en condiciones óptimas. e) Todos los medicamentos necesarios y de la mejor calidad.
  • 65. Responsabilidad Administrativa  En ocasiones, el hospital es demandado directamente o de forma solidaria a causa del daño ocasionado al paciente.
  • 66. Responsabilidad del Estado  La salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado.  La función esencial del Estado es velar por la salud de la población.  Contratar personal médico, paramédico y administrativo.  Aquí nace el deber de cumplimiento de la obligación de una correcta atención médica.
  • 67. Responsabilidad del Estado  Todos los asegurados tienen el derecho de reclamar cuando sufren un daño a causa de la prestación deficiente de tal servicio.  La administración responderá por todos los daños que cause su funcionamiento legítimo o ilegítimo, normal o anormal, salvo fuerza mayor, culpa de la víctima o hecho de un tercero.
  • 68. Responsabilidad del Estado  La administración deberá reparar todo daño causado a los derechos subjetivos ajenos por falta de sus servidores cometidos durante el desempeño de los deberes del cargo, aún cuando sea para fines o actividades, o actos extraños a dicha misión.