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Las leyes raciales de
Núremberg
Ciclo de Foros Universitarios
Educando para recordar
Holocausto: Paradigma del Genocidio
Fuenlabrada - Madrid
By: Dionicio E. Peña Torres (Eng. MSc.)
Antecedentes
2
 Adolf Hitler
Braunau am Inn, Austria
20 de abril de 1889
Católico por bautismo
Hijo de:
Alois Hitler (Hijo natural -
Schickelgruber)
Klara Pölzl
2
Antecedentes
3
 I Guerra Mundial
11 de Noviembre de
1918 - Fin
 Tratado de Versalles
Firmado el 28 de junio
de 1919
En vigor el 10 de
enero de 1920.
 Ascenso al poder del Partido Nazi
- Putsch de Múnich - 1923
- Mein Kampf
18 de Julio de 1925
Antecedentes
4
 Oposición Alemana al Partido Nazi
 Ascenso al Poder
- Hitler – Canciller 1933
- Nacht der langen Messer
- Hitler – Presidente 1934
Antecedentes
5
 Stammdeutsche: Alemán de sangre, un judío
no podía ser stammdeutsche.
 Inlanddeutsche: Ciudadano que vivía en el
interior del Reich.
 Grenzdeutsche: Ciudadano que vivía en las
fronteras del Reich.
 Auslanddeutsche: Ciudadano que vivía en el
extranjero.
 Sprachedeutsche: Ciudadano alemán de
lengua.
 Gesinnungsdeutsche: Ciudadano alemán "de
voluntad".
 Eingedeutsche: Ciudadano germanizado.
 Entdeutsche: Ciudadano desgermanizado.
Previo a
Las leyes raciales de Nüremberg
6
 En el mitin partidista anual celebrado en Nüremberg en 1935,
se anunciaron las nuevas leyes que institucionalizaban
muchas de las teorías raciales de la ideología nazi.
 Las leyes les negaban a los judíos la ciudadanía alemana y
les prohibían casarse o tener relaciones sexuales con
personas de "sangre alemana o afín". Había ordenanzas
secundarias a las leyes que inhabilitaban a los judíos para
votar y los privaban de la mayor parte de los derechos
políticos.
Las leyes raciales de Nüremberg
7
Las leyes raciales de Nüremberg
8
Las leyes raciales de Nüremberg
9
LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LA SANGRE Y EL HONOR ALEMÁN
Completamente convencido de que la pureza de la sangre germana es
esencial para la ulterior existencia del pueblo alemán, e inspirado por la
determinación inflexible de salvaguardar el futuro de la nación alemana, el
Parlamento ha resuelto unánimemente sobre la siguiente ley, la cual es
junto con esto promulgada.
Sección 1.
Los matrimonios entre judíos y ciudadanos de sangre alemana o afín quedan prohibidos. Los
matrimonios efectuados en contravención a esta ley son nulos, aún si, con el propósito de
evadir esta ley, fueran efectuados en el extranjero. Los procedimientos de nulidad podrán ser
iniciados por el Fiscal Público.
Sección 2.
Las relaciones sexuales fuera del matrimonio entre judíos y nacionales de sangre alemana o
afín quedan prohibidos.
Sección 3.
No se permite a los judíos emplear mujeres de sangre alemana o afín como sirvientes
domésticos.
Sección 4.
Se prohíbe a los judíos desplegar las banderas del Reich y la nacional o los colores
nacionales. Por otro lado se les permite desplegar los colores judíos. El ejercicio de ese
derecho está protegido por el Estado.
Las leyes raciales de Nüremberg
10
LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LA SANGRE Y EL HONOR ALEMÁN (2)
Sección 5.
La persona que actúe contrariamente a la prohibición de la Sección 1 será castigada con
trabajos forzados. La persona que actúe contrariamente a la prohibición de la Sección 2 será
castigada con prisión o con trabajos forzados. La persona que actúe contrariamente a las
regulaciones de las Secciones 3 o 4 será castigada con prisión de hasta un año y con una
multa, o con una de esas penas.
Sección 6.
El Ministro del Interior del Reich, en acuerdo con el Diputado delegado del Fuhrer y el
Ministro de Justicia del Reich, promulgará las regulaciones legales y administrativas
requeridas para la puesta en ejecución e implementación de esta Ley.
Sección 7.
Está Ley entrará en vigor al día siguiente de su promulgación. La Sección 3 sólo entrará en
vigor el 1 de Enero de 1936.
Nuremberg, 15 de Septiembre de 1935 en el Congreso de la Libertad del Partido
Nacionalsocialista.
El Fuhrer y Canciller del Reich Adolf Hitler.
El Ministro del Interior del Reich Frick.
El Ministro del Interior del Reich Dr. Gurtner.
El Diputado delegado del Fuhrer R. Hess.
Las leyes raciales de Nüremberg
11
LEY DE CIUDADANÍA DEL REICH
Artículo I.
Sujeto del Estado es una persona que pertenece a la unión protectora del Reich Alemán y
que por lo tanto tiene obligaciones particulares hacia el Reich. El status de sujeto se
adquiere en acuerdo con las estipulaciones de la Ley de Ciudadanía del Reich y el Estado.
Artículo II.
Ciudadano del Reich es aquel sujeto que sólo es de sangre alemana o afín y que, a través
de su conducta, ha demostrado que está deseoso y apto para servir lealmente al pueblo
alemán y al Reich. El derecho a la ciudadanía es adquirido por la concesión de los
documentos de ciudadanía del Reich. Sólo el ciudadano del Reich goza de completos
derechos políticos de acuerdo a la disposición de las leyes.
Artículo III.
El Ministro del Interior del Reich, conjuntamente con el Diputado delegado del Fuhrer,
promulgará los decretos administrativos y legales necesarios para llevar a cabo y
suplementar esta Ley.
Nuremberg, 15 de Septiembre de 1935 en el Congreso de la Libertad del Partido
Nacionalsocialista.
El Fuhrer y Canciller del Reich Adolf Hitler.
El Ministro del Interior del Reich Frick.
Las leyes raciales de Nüremberg
12
LEY DE CIUDADANÍA DEL REICH - PRIMERA REGULACIÓN
Sobre la base del artículo III de la Ley de Ciudadanía del Reich del 15 de Septiembre de
1935, lo siguiente es decretado por el presente.
Artículo 1.
Hasta que regulaciones subsiguientes sean promulgadas con relación a los documentos de
ciudadanía, aquellos que poseían el derecho a votar en las elecciones al Parlamento en el
momento en que la Ley de Ciudadanía entró en vigor, poseerán los derechos de ciudadanos
del Reich. Lo mismo ocurre para aquellos a los cuales el Ministro del Interior del Reich, en
asociación con el Diputado delegado del Fuhrer, les ha dado ciudadanía preliminar. El
Ministro del Interior del Reich, en conjunción con el Diputado delegado del Fuhrer, podrá
retirar la ciudadanía preliminar.
Artículo 2.
Las regulaciones en el artículo 1 son también válidas para los sujetos del Reich de sangre
judía mezclada. Un individuo de sangre judía mezclada es aquel que desciende de uno o
dos abuelos que eran racialmente judíos completos, a menos que él o ella no se cuente
como judío de acuerdo al Artículo 4, Parágrafo 2. Un abuelo será considerado judío si él o
ella pertenece a la comunidad religiosa judía.
Artículo 3.
Sólo los ciudadanos del Reich, como portadores de derechos políticos completos, ejercen el
derecho de votar en asuntos políticos o tener puestos públicos. El Ministro del Interior del
Reich, o cualquier agencia delegada, podrá hacer excepciones durante el período de
transición con relación a la ocupación de puestos públicos. Los asuntos de las
organizaciones religiosas no serán afectados.
Las leyes raciales de Nüremberg
13
LEY DE CIUDADANÍA DEL REICH - PRIMERA REGULACIÓN (2)
Artículo 4.
Un judío no puede ser ciudadano del Reich. No tiene derecho a votar en asuntos políticos y
no puede ocupar puestos públicos. Los funcionarios públicos judíos deberán retirarse al 31
de Diciembre de 1935. Si esos funcionarios sirvieron en el frente en la guerra mundial, por
Alemania o sus aliados, ellos recibirán como pensión, y hasta que alcancen el límite de
edad, la pensión a la cual tenían derecho de acuerdo al último salario que recibieron. Ellos
no serán, sin embargo, promovidos de acuerdo a la antigüedad en su rango. Después de
alcanzar el límite de tiempo, su pensión será nuevamente calculada, de acuerdo al último
salario recibido sobre el cual su pensión será calculada.
Los asuntos de las organizaciones religiosas no serán afectados.
Las condiciones de servicio de los profesores en las escuelas públicas judías permanecerán
sin cambio hasta que regulaciones nuevas para el sistema escolar judío sean promulgadas.
Artículo 5.
Judío es el que desciende de al menos tres abuelos que son racialmente judíos completos.
El artículo 2, Parágrafo 2, frase dos se aplica. Judío es también el que desciende de dos
padres completamente judíos si: (a). Pertenece a la comunidad religiosa judía al día en que
esta Ley es promulgada, o se une después a la comunidad; (b). Está casado con un(a)
judío(a) al momento en que esta Ley es promulgada, o se casa con uno subsecuentemente.
(c). Es la descendencia del casamiento con un judío, en el sentido de la Sección I, si el
matrimonio fue contraído después de que la Ley para la Protección de la Sangre alemana y
el Honor alemán fue promulgada. o sin Cartera.
Las leyes raciales de Nüremberg
14
LEY DE CIUDADANÍA DEL REICH - PRIMERA REGULACIÓN (3)
Artículo 5.
(d). Es la descendencia de una relación extramarital con un judío, de acuerdo a la Sección I,
y nació extramatrimonialmente después del 31 de Julio de 1936.
Artículo 6.
Los requerimientos para la pureza de la sangre establecidos en la Ley de Reich o por el
NSDAP y sus escalones, no cubiertos en el artículo 5, no serán afectados. Cualquier otro
requerimiento para la pureza de la sangre, no-cubierto en el artículo 5, sólo podrá ser
establecido por el Ministro del Interior del Reich y el Diputado delegado del Fuhrer. Si
cualquier petición ha sido hecha, queda nula al 1 de enero de 1936, si no han sido
solicitadas por el Ministro del Interior del Reich en acuerdo con el Diputado delegado del
Fuhrer.
Artículo 7.
El Fuhrer y Canciller del Reich podrá eximir a cualquiera de las regulaciones de estos
decretos administrativos.
Berlín, 14 de Noviembre 1935.
El Fuhrer y Canciller del Reich, Adolf Hitler.
El Ministro del Interior del Reich, Frick.
El Diputado del Fuhrer, Rudoph Hess, Ministro sin Cartera.
Las leyes raciales de Nüremberg
15
SEGUNDO DECRETO QUE IMPLEMENTA LA LEY CONCERNIENTE
AL CAMBIO DE APELLIDOS DEL 17 DE AGOSTO DE 1938
Parágrafo I.
Los judíos podrán recibir sólo aquellos nombres que están listados en las Directivas del
Ministerio del Interior concernientes al uso de nombres . Esto no se aplica a judíos de
nacionalidad extranjera.
Parágrafo II.
Si los judíos quieren usar nombres que no están incluidos de acuerdo al Parágrafo I, deben,
a partir del 1 de Enero de 1939, adoptar un nombre adicional. Para los hombres será Israel y
para las mujeres Sara.
Las leyes raciales de Nüremberg
16
DECRETO POLICIAL CONCERNIENTE A LA IDENTIFICACIÓN DE LOS
JUDÍOS DEL 1 SEPTIEMBRE 1941
Parágrafo I.
A los judíos (ver párrafo 5 del Primer Decreto Ejecutivo concerniente a la Ley de Ciudadanía
del Reich del 14 de Noviembre de 1935) sobre la edad de seis años se les prohíbe
mostrarse en público sin la Estrella Judía.
La Estrella Judía consiste el una estrella de seis puntas de tela amarilla con bordes negros,
equivalente en tamaño a la palma de la mano. La inscripción debe leer "Jude".
Parágrafo II.
Se prohíbe a los judíos:
- Abandonar su área de residencia sin portar sobre su persona el permiso escrito de la
policía local.
- Portar medallas, ornamentos u otras insignias.
Las leyes
raciales de
Nüremberg
17
EJEMPLO DE CASO:
Carta por la que se deniega
matrimonio a una ciudadana
alemana por tener orígenes
judíos
Las leyes raciales de Nüremberg
18
EJEMPLO DE CASO:
Carta por la que se deniega matrimonio a una ciudadana alemana por
tener orígenes judíos
 Kristallnacht
Consecuencias
19
 Expulsión de los Judíos de Alemania
 Campos de Concentración y Exterminio
Consecuencias
20
Dachau Auschwitz-Birkenau
Treblinka
Gracias por su atención
Thank´s for your attention
Preguntas y respuestas
Questions and answers
By: Dionicio Peña Torres
Ciclo de Foros Universitarios
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Holocausto: Paradigma del Genocidio
Fuenlabrada - Madrid

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  • 1. Las leyes raciales de Núremberg Ciclo de Foros Universitarios Educando para recordar Holocausto: Paradigma del Genocidio Fuenlabrada - Madrid By: Dionicio E. Peña Torres (Eng. MSc.)
  • 2. Antecedentes 2  Adolf Hitler Braunau am Inn, Austria 20 de abril de 1889 Católico por bautismo Hijo de: Alois Hitler (Hijo natural - Schickelgruber) Klara Pölzl 2
  • 3. Antecedentes 3  I Guerra Mundial 11 de Noviembre de 1918 - Fin  Tratado de Versalles Firmado el 28 de junio de 1919 En vigor el 10 de enero de 1920.
  • 4.  Ascenso al poder del Partido Nazi - Putsch de Múnich - 1923 - Mein Kampf 18 de Julio de 1925 Antecedentes 4
  • 5.  Oposición Alemana al Partido Nazi  Ascenso al Poder - Hitler – Canciller 1933 - Nacht der langen Messer - Hitler – Presidente 1934 Antecedentes 5
  • 6.  Stammdeutsche: Alemán de sangre, un judío no podía ser stammdeutsche.  Inlanddeutsche: Ciudadano que vivía en el interior del Reich.  Grenzdeutsche: Ciudadano que vivía en las fronteras del Reich.  Auslanddeutsche: Ciudadano que vivía en el extranjero.  Sprachedeutsche: Ciudadano alemán de lengua.  Gesinnungsdeutsche: Ciudadano alemán "de voluntad".  Eingedeutsche: Ciudadano germanizado.  Entdeutsche: Ciudadano desgermanizado. Previo a Las leyes raciales de Nüremberg 6
  • 7.  En el mitin partidista anual celebrado en Nüremberg en 1935, se anunciaron las nuevas leyes que institucionalizaban muchas de las teorías raciales de la ideología nazi.  Las leyes les negaban a los judíos la ciudadanía alemana y les prohibían casarse o tener relaciones sexuales con personas de "sangre alemana o afín". Había ordenanzas secundarias a las leyes que inhabilitaban a los judíos para votar y los privaban de la mayor parte de los derechos políticos. Las leyes raciales de Nüremberg 7
  • 8. Las leyes raciales de Nüremberg 8
  • 9. Las leyes raciales de Nüremberg 9 LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LA SANGRE Y EL HONOR ALEMÁN Completamente convencido de que la pureza de la sangre germana es esencial para la ulterior existencia del pueblo alemán, e inspirado por la determinación inflexible de salvaguardar el futuro de la nación alemana, el Parlamento ha resuelto unánimemente sobre la siguiente ley, la cual es junto con esto promulgada. Sección 1. Los matrimonios entre judíos y ciudadanos de sangre alemana o afín quedan prohibidos. Los matrimonios efectuados en contravención a esta ley son nulos, aún si, con el propósito de evadir esta ley, fueran efectuados en el extranjero. Los procedimientos de nulidad podrán ser iniciados por el Fiscal Público. Sección 2. Las relaciones sexuales fuera del matrimonio entre judíos y nacionales de sangre alemana o afín quedan prohibidos. Sección 3. No se permite a los judíos emplear mujeres de sangre alemana o afín como sirvientes domésticos. Sección 4. Se prohíbe a los judíos desplegar las banderas del Reich y la nacional o los colores nacionales. Por otro lado se les permite desplegar los colores judíos. El ejercicio de ese derecho está protegido por el Estado.
  • 10. Las leyes raciales de Nüremberg 10 LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LA SANGRE Y EL HONOR ALEMÁN (2) Sección 5. La persona que actúe contrariamente a la prohibición de la Sección 1 será castigada con trabajos forzados. La persona que actúe contrariamente a la prohibición de la Sección 2 será castigada con prisión o con trabajos forzados. La persona que actúe contrariamente a las regulaciones de las Secciones 3 o 4 será castigada con prisión de hasta un año y con una multa, o con una de esas penas. Sección 6. El Ministro del Interior del Reich, en acuerdo con el Diputado delegado del Fuhrer y el Ministro de Justicia del Reich, promulgará las regulaciones legales y administrativas requeridas para la puesta en ejecución e implementación de esta Ley. Sección 7. Está Ley entrará en vigor al día siguiente de su promulgación. La Sección 3 sólo entrará en vigor el 1 de Enero de 1936. Nuremberg, 15 de Septiembre de 1935 en el Congreso de la Libertad del Partido Nacionalsocialista. El Fuhrer y Canciller del Reich Adolf Hitler. El Ministro del Interior del Reich Frick. El Ministro del Interior del Reich Dr. Gurtner. El Diputado delegado del Fuhrer R. Hess.
  • 11. Las leyes raciales de Nüremberg 11 LEY DE CIUDADANÍA DEL REICH Artículo I. Sujeto del Estado es una persona que pertenece a la unión protectora del Reich Alemán y que por lo tanto tiene obligaciones particulares hacia el Reich. El status de sujeto se adquiere en acuerdo con las estipulaciones de la Ley de Ciudadanía del Reich y el Estado. Artículo II. Ciudadano del Reich es aquel sujeto que sólo es de sangre alemana o afín y que, a través de su conducta, ha demostrado que está deseoso y apto para servir lealmente al pueblo alemán y al Reich. El derecho a la ciudadanía es adquirido por la concesión de los documentos de ciudadanía del Reich. Sólo el ciudadano del Reich goza de completos derechos políticos de acuerdo a la disposición de las leyes. Artículo III. El Ministro del Interior del Reich, conjuntamente con el Diputado delegado del Fuhrer, promulgará los decretos administrativos y legales necesarios para llevar a cabo y suplementar esta Ley. Nuremberg, 15 de Septiembre de 1935 en el Congreso de la Libertad del Partido Nacionalsocialista. El Fuhrer y Canciller del Reich Adolf Hitler. El Ministro del Interior del Reich Frick.
  • 12. Las leyes raciales de Nüremberg 12 LEY DE CIUDADANÍA DEL REICH - PRIMERA REGULACIÓN Sobre la base del artículo III de la Ley de Ciudadanía del Reich del 15 de Septiembre de 1935, lo siguiente es decretado por el presente. Artículo 1. Hasta que regulaciones subsiguientes sean promulgadas con relación a los documentos de ciudadanía, aquellos que poseían el derecho a votar en las elecciones al Parlamento en el momento en que la Ley de Ciudadanía entró en vigor, poseerán los derechos de ciudadanos del Reich. Lo mismo ocurre para aquellos a los cuales el Ministro del Interior del Reich, en asociación con el Diputado delegado del Fuhrer, les ha dado ciudadanía preliminar. El Ministro del Interior del Reich, en conjunción con el Diputado delegado del Fuhrer, podrá retirar la ciudadanía preliminar. Artículo 2. Las regulaciones en el artículo 1 son también válidas para los sujetos del Reich de sangre judía mezclada. Un individuo de sangre judía mezclada es aquel que desciende de uno o dos abuelos que eran racialmente judíos completos, a menos que él o ella no se cuente como judío de acuerdo al Artículo 4, Parágrafo 2. Un abuelo será considerado judío si él o ella pertenece a la comunidad religiosa judía. Artículo 3. Sólo los ciudadanos del Reich, como portadores de derechos políticos completos, ejercen el derecho de votar en asuntos políticos o tener puestos públicos. El Ministro del Interior del Reich, o cualquier agencia delegada, podrá hacer excepciones durante el período de transición con relación a la ocupación de puestos públicos. Los asuntos de las organizaciones religiosas no serán afectados.
  • 13. Las leyes raciales de Nüremberg 13 LEY DE CIUDADANÍA DEL REICH - PRIMERA REGULACIÓN (2) Artículo 4. Un judío no puede ser ciudadano del Reich. No tiene derecho a votar en asuntos políticos y no puede ocupar puestos públicos. Los funcionarios públicos judíos deberán retirarse al 31 de Diciembre de 1935. Si esos funcionarios sirvieron en el frente en la guerra mundial, por Alemania o sus aliados, ellos recibirán como pensión, y hasta que alcancen el límite de edad, la pensión a la cual tenían derecho de acuerdo al último salario que recibieron. Ellos no serán, sin embargo, promovidos de acuerdo a la antigüedad en su rango. Después de alcanzar el límite de tiempo, su pensión será nuevamente calculada, de acuerdo al último salario recibido sobre el cual su pensión será calculada. Los asuntos de las organizaciones religiosas no serán afectados. Las condiciones de servicio de los profesores en las escuelas públicas judías permanecerán sin cambio hasta que regulaciones nuevas para el sistema escolar judío sean promulgadas. Artículo 5. Judío es el que desciende de al menos tres abuelos que son racialmente judíos completos. El artículo 2, Parágrafo 2, frase dos se aplica. Judío es también el que desciende de dos padres completamente judíos si: (a). Pertenece a la comunidad religiosa judía al día en que esta Ley es promulgada, o se une después a la comunidad; (b). Está casado con un(a) judío(a) al momento en que esta Ley es promulgada, o se casa con uno subsecuentemente. (c). Es la descendencia del casamiento con un judío, en el sentido de la Sección I, si el matrimonio fue contraído después de que la Ley para la Protección de la Sangre alemana y el Honor alemán fue promulgada. o sin Cartera.
  • 14. Las leyes raciales de Nüremberg 14 LEY DE CIUDADANÍA DEL REICH - PRIMERA REGULACIÓN (3) Artículo 5. (d). Es la descendencia de una relación extramarital con un judío, de acuerdo a la Sección I, y nació extramatrimonialmente después del 31 de Julio de 1936. Artículo 6. Los requerimientos para la pureza de la sangre establecidos en la Ley de Reich o por el NSDAP y sus escalones, no cubiertos en el artículo 5, no serán afectados. Cualquier otro requerimiento para la pureza de la sangre, no-cubierto en el artículo 5, sólo podrá ser establecido por el Ministro del Interior del Reich y el Diputado delegado del Fuhrer. Si cualquier petición ha sido hecha, queda nula al 1 de enero de 1936, si no han sido solicitadas por el Ministro del Interior del Reich en acuerdo con el Diputado delegado del Fuhrer. Artículo 7. El Fuhrer y Canciller del Reich podrá eximir a cualquiera de las regulaciones de estos decretos administrativos. Berlín, 14 de Noviembre 1935. El Fuhrer y Canciller del Reich, Adolf Hitler. El Ministro del Interior del Reich, Frick. El Diputado del Fuhrer, Rudoph Hess, Ministro sin Cartera.
  • 15. Las leyes raciales de Nüremberg 15 SEGUNDO DECRETO QUE IMPLEMENTA LA LEY CONCERNIENTE AL CAMBIO DE APELLIDOS DEL 17 DE AGOSTO DE 1938 Parágrafo I. Los judíos podrán recibir sólo aquellos nombres que están listados en las Directivas del Ministerio del Interior concernientes al uso de nombres . Esto no se aplica a judíos de nacionalidad extranjera. Parágrafo II. Si los judíos quieren usar nombres que no están incluidos de acuerdo al Parágrafo I, deben, a partir del 1 de Enero de 1939, adoptar un nombre adicional. Para los hombres será Israel y para las mujeres Sara.
  • 16. Las leyes raciales de Nüremberg 16 DECRETO POLICIAL CONCERNIENTE A LA IDENTIFICACIÓN DE LOS JUDÍOS DEL 1 SEPTIEMBRE 1941 Parágrafo I. A los judíos (ver párrafo 5 del Primer Decreto Ejecutivo concerniente a la Ley de Ciudadanía del Reich del 14 de Noviembre de 1935) sobre la edad de seis años se les prohíbe mostrarse en público sin la Estrella Judía. La Estrella Judía consiste el una estrella de seis puntas de tela amarilla con bordes negros, equivalente en tamaño a la palma de la mano. La inscripción debe leer "Jude". Parágrafo II. Se prohíbe a los judíos: - Abandonar su área de residencia sin portar sobre su persona el permiso escrito de la policía local. - Portar medallas, ornamentos u otras insignias.
  • 17. Las leyes raciales de Nüremberg 17 EJEMPLO DE CASO: Carta por la que se deniega matrimonio a una ciudadana alemana por tener orígenes judíos
  • 18. Las leyes raciales de Nüremberg 18 EJEMPLO DE CASO: Carta por la que se deniega matrimonio a una ciudadana alemana por tener orígenes judíos
  • 20.  Campos de Concentración y Exterminio Consecuencias 20 Dachau Auschwitz-Birkenau Treblinka
  • 21. Gracias por su atención Thank´s for your attention Preguntas y respuestas Questions and answers By: Dionicio Peña Torres Ciclo de Foros Universitarios Educando para recordar Holocausto: Paradigma del Genocidio Fuenlabrada - Madrid

Editor's Notes

  1. Hitler se mudó a Múnich, Alemania, en mayo de 1913. Lo hizo para evitar que lo arrestaran por evadir su obligación de servicio militar en la Austria de los Habsburgo.
  2. La Primera Guerra Mundial dio una dirección a la vida de Adolf y una causa con la cual se comprometería totalmente. Según relatos que aún perduran, Hitler era un soldado valiente: fue ascendido al rango de cabo, resultó herido dos veces (en 1916 y 1918) y recibió varias medallas. De las muchas disposiciones del tratado de Versalles, una de las más importantes y controvertidas estipulaba que Alemania y sus aliados aceptasen toda la responsabilidad moral y material de haber causado la guerra y, deberían desarmarse, realizar importantes concesiones territoriales a los vencedores y pagar exorbitantes indemnizaciones económicas a los Estados victoriosos. El Tratado de Versalles fue socavado tempranamente por acontecimientos posteriores a partir de 1922 y fue ampliamente violado en Alemania en los años treinta con la llegada al poder de Adolf Hitler.
  3. Hitler asistió a una reunión del Partido Obrero Alemán (Deutsche Arbeiterpartei, DAP) en una cervecería el 12 de septiembre de 1919. El 16 de septiembre de 1919, Hitler emitió su primer comentario sobre el denominado problema judío. Definió a los judíos como una raza y no como una comunidad religiosa, describió el efecto de la presencia judía como una “tuberculosis racial de los pueblos” e identificó que la meta inicial del gobierno alemán era la legislación discriminatoria contra los judíos. La “meta final debe ser, definitivamente, la eliminación total de los judíos”. En 1923: Golpe de Estado contra la República del Weimar El golpe fracasó por la fuerte resistencia de los sindicatos, por la pasividad de la burocracia ministerial en Berlín y por la falta de planificación de los golpistas. Hitler y Hess condenados a 5 años, cumplieron 9 meses. Mein Kampf – Mi Lucha Hitler empleaba las tesis principales del «peligro judío», que hablaba de una conspiración judía para ganar el liderazgo mundial. Por lo que se refiere a las teorías políticas, Adolf Hitler describe su aversión a los que cree son los males gemelos del mundo: el comunismo y el judaísmo, y manifestaba que su propósito era erradicarlos de la Tierra.
  4. Oposición: El presidente de la República Paul von Hindenburg, El General Hammerstein, el periodista Fritz Gerlich. Nacht der langen Messer – La Noche de los Cuchillos largos: Asesinato sistemático de más de 85 personas, 1000 personas encarceladas y enviadas a campos de concentración.
  5. Wilhem Frick Julius Streicher
  6. Las leyes de Nüremberg, como se las conoció, no definían a un "judío" como alguien que tenía determinadas creencias religiosas, sino que cualquier persona que tuviera tres o cuatro abuelos judíos, era definida como judía, independientemente de si se identificaba como judía o pertenecía a la comunidad religiosa judía. Muchos alemanes que no habían practicado el judaísmo durante años fueron presa del terror nazi. Incluso aquellos que tenían abuelos judíos pero que se habían convertido al cristianismo eran definidos como judíos.
  7. Juegos Olimpicos de 1936 Durante un breve período después de Nüremberg, en las semanas previas y durante los Juegos Olímpicos de 1936 que tuvieron lugar en Berlín, el régimen nazi de hecho moderó sus ataques antisemitas y hasta retiró algunos de los carteles que decían "No se aceptan judíos" de los lugares públicos. Hitler no quería que las críticas internacionales contra su gobierno tuvieran como consecuencia el traslado de los Juegos a otro país. Una pérdida semejante hubiera sido un duro golpe para el prestigio de Alemania. En los JJOO´36 los nazis no dejaron participar a los atletas judíos La noche de los Cristales Rotos (en alemán: Kristallnacht o Novemberpogrome) Fue una serie de pogromos y ataques combinados ocurridos en la Alemania nazi (comprendiendo Austria también) durante la noche del 9 al 10 de noviembre de 1938 y llevado a cabo por las tropas de asalto de las SA conjuntamente con la población civil, mientras las autoridades alemanas observaban sin intervenir. En agosto de 1938, las autoridades alemanas anunciaron que los permisos de residencia para los extranjeros serían cancelados y que tendrían que ser renovados.
  8. 6 millones de Judíos murieron en los campos de concentración, más de 100000 gitanos, lisiados, disidentes políticos.