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FASES DE LA CONTRATACION
ADMINISTRATIVA
ETAPAS
1. Actuaciones preparatorias
2. Proceso de Selección
3. Ejecución contractual.
1. ACTUACIONES
PREPARATORIAS
CONCEPTO
 Conjunto
destinadas
de actuaciones administrativas
a dar sustento al proceso de
selección, de tal forma que el mismo se
realice de manera válida.
 Se inicia con la aprobación del Plan Anual de
Contrataciones (PAC).
PLAN ANUAL
 Cada Entidad elaborará un Plan Anual de
Contrataciones.
 Dicho plan debe prever los bienes, servicios
y obras que se requerirán durante el ejercicio
presupuestal y el monto del presupuesto
requerido.
ELABORACION DEL PLAN ANUAL
 Cada una de las dependencias de la Entidad
determinará, dentro del plazo señalado por
el Titular de la Entidad o la máxima autoridad
administrativa, según corresponda, sus
requerimientos de bienes, servicios y obras,
en función de sus metas, señalando la
programación de acuerdo a sus prioridades
CUADRO DE NECESIDADES
 Los requerimientos serán incluidos en
el cuadro de necesidades que será
remitido a la dependencia encargada
de las contrataciones, para su
consolidación.
APROBACIÓN DEL PLAN ANUAL
 El Plan Anual de Contrataciones será
aprobado por el Titular de la Entidad o la
máxima autoridad administrativa, según
corresponda, dentro de los quince (15)
días naturales siguientes a la aprobación
del presupuesto institucional.
DIFUSIÓN DEL PLAN ANUAL
 El Plan Anual y el documento que lo
apruebe deberán ser publicados por cada
Entidad en el SEACE en un plazo no mayor
de cinco (5) días hábiles de aprobado. Ya
no existe la obligación de publicarlo en el
Diario Oficial, no obstante se sigue
haciendo en algunos casos.
MODIFICACIÓN DEL PLAN ANUAL
 El Plan Anual podrá ser modificado de
conformidad con la asignación presupuestal
o en caso de reprogramaciones de las metas
institucionales.
 Este marco permite que el plan anual no sea
modificado de manera arbitraria.
MODIFICACIÓN DEL PLAN ANUAL
 Toda modificación al presupuesto
institucional debería implicar entonces una
modificación al PAC; así como toda
modificación al planeamiento institucional en
términos de objetivos y actividades.
EXPEDIENTE DE
CONTRATACION
APROBACION
 Debe contener la información referida a las
características técnicas de lo que se va a
contratar, el estudio de las posibilidades que
ofrece el mercado, el valor referencial, la
proceso
selección,
de selección,
el sistema
la modalidad
de contratación,
disponibilidad presupuestal, el tipo de
de
la
modalidad de contratación a utilizarse y la
fórmula de reajuste de ser el caso.
REQUERIMIENTO
 Emitido por el área usuaria.
 Contiene las características técnicas.
 No puede limitarse la libre competencia. El
caso particular de la estandarización.
VALOR REFERENCIAL
 Resultado del EPOM
 Puede observarse
 Reglas especiales para obras, cobranzas y
servicios con honorarios de éxito.
 Disponibilidad o crédito presupuestal
COMITÉ ESPECIAL
DESIGNACION
 La Entidad designará un Comité Especial
que deberá llevar adelante el citado proceso,
encargándose de su tramitación, y a la vez,
de ser los directos responsables de su
legalidad e idoneidad.
 El órgano encargado de las contrataciones
tendrá a su cargo la realización de los
procesos de adjudicación de menor cuantía
CONFORMACION
 El Comité Especial estará integrado por tres
miembros y se conformará con la participación
de personas que tengan conocimiento técnico
de los bienes o servicios a adquirir.
 Un miembro deberá pertenecer al área usuaria
de los bienes, servicios u obras materia de la
convocatoria, y otro al órgano encargado de las
contrataciones de la Entidad.
LAS BASES
 Documento en el cual se especifican las
condiciones y requisitos de la contratación,
las mismas que deben ser seguidas por los
postores a fin de que sus propuestas sean
válidas y para tener conocimiento de los
parámetros que se emplearán para otorgar
la buena pro a uno de los postores con el
cual se contratará finalmente.
APROBACION
 Las bases son aprobadas mediante el
mecanismo señalado por la Ley y debe
contener un conjunto de requisitos que
aseguren la idoneidad de la contratación, así
como la protección de los intereses de los
eventuales postores.
2. PROCESO DE SELECCION
MODALIDADES
 Los procesos de selección, en el caso
peruano, son: Licitación Pública, Concurso
Público, Adjudicación Directa y Adjudicación
de Menor Cuantía. La Nueva Ley modifica este
catálogo.
 La diferencia entre ellos estriba en el monto
del valor referencial y la naturaleza de las
prestaciones.
CONVOCATORIA
 La convocatoria es el mecanismo a través
del cual la entidad pone de conocimiento de
los administrados la iniciación del proceso de
selección invitándolos a presentar las
respectivas propuestas.
 La convocatoria se publica oficialmente y
debe cumplir con determinados requisitos
señalados por la Ley
REGISTRO
 Consiste en la inscripción de los potenciales
postores. Se efectuará desde el día
siguiente de la convocatoria y hasta antes
del inicio de la presentación de propuestas,
de forma ininterrumpida.
 Otorga un conjunto de derechos.
CONSULTAS A LAS BASES
 Las bases pueden contener un conjunto de
elementos que no resultan claros para los
eventuales postores.
 Las respuestas a las consultas deben ser
fundamentadas y sustentadas, se harán de
conocimiento oportuno y simultáneo de los
adquirentes de las bases y se considerarán
como parte integrante de las bases del proceso
OBSERVACIONES
 Los adquirentes de las Bases podrán
formular observaciones, relativas al
incumplimiento de las condiciones mínimas
de las mismas, de cualquier disposición en
materia de contrataciones del Estado u otras
normas complementarias o conexas que
tengan relación con el proceso de selección
 La observación puede ser impugnada,
resolviendo OSCE.
PROPUESTAS
 Las propuestas se presentarán en dos (2)
sobres, de los cuales el primero contendrá la
propuesta técnica y el segundo la propuesta
económica.
 La presentación de propuestas, en los
procesos de Licitación, Concurso Público y
Adjudicación Directa Pública, se realizará en
acto público con presencia de Notario Público o
Juez de Paz.
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN
 Debe objetivamente permitir una selección de
la calidad y tecnología requeridas dentro de los
plazos más convenientes y al mejor costo total.
 Implica los mecanismos a través de los cuales
se otorga puntajes a los diferentes postores de
conformidad con las propuestas presentadas,
así como los parámetros a emplear para ello.
Ello está señalado en las bases.
OTORGAMIENTO DE LA BUENA
PRO.
 El otorgamiento de la buena pro es el acto
administrativo a través del cual la entidad
define con cual de los postores va a contratar.
 Requiere la realización previa de un
procedimiento de selección enteramente
válido, así como la debida competencia de
quien lo emite.
LA COLABORACION DE LOS
PARTICULARES
 Una causa muy
trascendencia
importante de la
del contrato
administrativo, proviene de la idea de la
colaboración de los sujetos privados
donde el
como un
con la Administración, en
particular no se comporta
contratista ordinario.
EXISTENCIA DE CONFLICTOS
 Por ello, debe corregirse el conflicto
entre las partes respectivas, razón por
la cual el ordenamiento establece
sistemas de composición de
conflictos que son eficientes:
 La vía administrativa.
 El arbitraje, en la ejecución contractual.
DURANTE EL PROCESO DE
SELECCION
 Durante el proceso de selección la vía
empleada es la administrativa.
 Conforme lo señalado por la Ley de
Contrataciones del Estado y su Reglamento
el recurso administrativo es resuelto por el
Tribunal de OSCE o por el titular de la
entidad dependiendo del tipo de proceso.
EVOLUCION DE LA NORMATIVA
 Primera etapa:
 Resolución del recurso de apelación
por el titular de la entidad, y el de
revisión por el Tribunal de OSCE.
 Todos los procesos de selección.
EVOLUCION
 Segunda etapa:
 Resolución del recurso de apelación por el
titular de la entidad, y el de revisión por el
Tribunal de OSCE.
 Ello ocurría
concursos
únicamente
públicos
en licitaciones y
y cuando hay
denegatoria ficta.
EVOLUCION
 Tercera etapa:
 Resolución del recurso de apelación
por el Tribunal de OSCE.
 Finalidad: simplificar y generar
precedente.
REGLAS APLICABLES
 Suspensión del procedimiento de
contratación por el recurso de
apelación.
 Existencia de denegatoria ficta.
 Posibilidad de declarar la nulidad del
proceso de selección.
DENEGATORIA FICTA
 Funciona cuando la entidad no se ha
pronunciado respecto del recurso interpuesto
por el administrado.
 A diferencia del silencio administrativo
negativo, el impugnante debe asumir que se
le ha denegado lo pedido, funcionando como
un acto ficto.
PROCESO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
 La demanda contencioso-administrativa no
suspende la ejecución de lo resuelto, a menos
que en el proceso se obtenga una medida
cautelar en dicho sentido.
 Se interpondrá dentro del plazo previsto,
contado a partir del día siguiente a la
notificación de la Resolución del Tribunal o del
vencimiento del plazo para resolver el recurso.
3. LA EJECUCION
CONTRACTUAL
CONCEPTO
 Fase en la cual se ejecutan las prestaciones.
 Se inicia con la suscripción del contrato y
emitida por la entidad y el pago.
culmina con la respectiva conformidad
En el caso
de los contratos de obra es la liquidación y el
pago.
SUSCRIPCION DEL CONTRATO
 Se suscribe formalmente, salvo cuando
puede emplearse orden de compra o de
servicio.
 Debe cumplirse con determinadas
obligaciones formales,
inhabilitación, carta
constancia de no
fianza cuando
corresponda, poderes.
CLAUSULAS OBLIGATORIAS
 Garantías. Fiel cumplimiento, de monto
diferencial de propuesta y de adelantos,
cuando corresponda. La Nueva Ley elimina
la segunda de ellas.
 Resolución del contrato.
Conciliación y/o
 Solución de controversias.
arbitraje.
IUS VARIANDI
 Modificaciones unilaterales del contrato por
parte de la entidad.
 Ampliaciones de plazo.
 Adicionales.
 Reducciones.
CULMINACION
 Resolución del contrato. Sea por
responsabilidad del contratista, de la entidad
o sin responsabilidad de las partes. En el
primer caso se ejecuta la garantía y se pone
en conocimiento de OSCE.
 Conformidad de las prestaciones.
Cumplimiento de las mismas.
SOLUCION DE CONTROVERSIAS
 Durante la fase de ejecución contractual las
controversias se resuelven vía conciliación o
arbitraje, según acuerdo entre las partes. No
es posible emplear el contencioso
administrativo.
 Ello se justifica en la necesidad de asegurar
celeridad y especialización en la resolución
de las controversias.
ARBITRAJE
Las reglas
 Justicia privada y consensual.
son definidas por las partes
 El laudo es inimpugnable, salvo los recursos
de aclaración y el recurso de anulación, que
operan en supuestos muy puntuales
ARBITRAJE
arbitraje ad hoc o arbitraje
 Puede ser
administrado.
 Tribunal arbitral o árbitro único. La
designación de los árbitros y demás
aspectos de la composición del Tribunal
Arbitral están regulados en el Reglamento.
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  • 1. FASES DE LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA
  • 2. ETAPAS 1. Actuaciones preparatorias 2. Proceso de Selección 3. Ejecución contractual.
  • 4. CONCEPTO  Conjunto destinadas de actuaciones administrativas a dar sustento al proceso de selección, de tal forma que el mismo se realice de manera válida.  Se inicia con la aprobación del Plan Anual de Contrataciones (PAC).
  • 5. PLAN ANUAL  Cada Entidad elaborará un Plan Anual de Contrataciones.  Dicho plan debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido.
  • 6. ELABORACION DEL PLAN ANUAL  Cada una de las dependencias de la Entidad determinará, dentro del plazo señalado por el Titular de la Entidad o la máxima autoridad administrativa, según corresponda, sus requerimientos de bienes, servicios y obras, en función de sus metas, señalando la programación de acuerdo a sus prioridades
  • 7. CUADRO DE NECESIDADES  Los requerimientos serán incluidos en el cuadro de necesidades que será remitido a la dependencia encargada de las contrataciones, para su consolidación.
  • 8. APROBACIÓN DEL PLAN ANUAL  El Plan Anual de Contrataciones será aprobado por el Titular de la Entidad o la máxima autoridad administrativa, según corresponda, dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la aprobación del presupuesto institucional.
  • 9. DIFUSIÓN DEL PLAN ANUAL  El Plan Anual y el documento que lo apruebe deberán ser publicados por cada Entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobado. Ya no existe la obligación de publicarlo en el Diario Oficial, no obstante se sigue haciendo en algunos casos.
  • 10. MODIFICACIÓN DEL PLAN ANUAL  El Plan Anual podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramaciones de las metas institucionales.  Este marco permite que el plan anual no sea modificado de manera arbitraria.
  • 11. MODIFICACIÓN DEL PLAN ANUAL  Toda modificación al presupuesto institucional debería implicar entonces una modificación al PAC; así como toda modificación al planeamiento institucional en términos de objetivos y actividades.
  • 13. APROBACION  Debe contener la información referida a las características técnicas de lo que se va a contratar, el estudio de las posibilidades que ofrece el mercado, el valor referencial, la proceso selección, de selección, el sistema la modalidad de contratación, disponibilidad presupuestal, el tipo de de la modalidad de contratación a utilizarse y la fórmula de reajuste de ser el caso.
  • 14. REQUERIMIENTO  Emitido por el área usuaria.  Contiene las características técnicas.  No puede limitarse la libre competencia. El caso particular de la estandarización.
  • 15. VALOR REFERENCIAL  Resultado del EPOM  Puede observarse  Reglas especiales para obras, cobranzas y servicios con honorarios de éxito.  Disponibilidad o crédito presupuestal
  • 17. DESIGNACION  La Entidad designará un Comité Especial que deberá llevar adelante el citado proceso, encargándose de su tramitación, y a la vez, de ser los directos responsables de su legalidad e idoneidad.  El órgano encargado de las contrataciones tendrá a su cargo la realización de los procesos de adjudicación de menor cuantía
  • 18. CONFORMACION  El Comité Especial estará integrado por tres miembros y se conformará con la participación de personas que tengan conocimiento técnico de los bienes o servicios a adquirir.  Un miembro deberá pertenecer al área usuaria de los bienes, servicios u obras materia de la convocatoria, y otro al órgano encargado de las contrataciones de la Entidad.
  • 19. LAS BASES  Documento en el cual se especifican las condiciones y requisitos de la contratación, las mismas que deben ser seguidas por los postores a fin de que sus propuestas sean válidas y para tener conocimiento de los parámetros que se emplearán para otorgar la buena pro a uno de los postores con el cual se contratará finalmente.
  • 20. APROBACION  Las bases son aprobadas mediante el mecanismo señalado por la Ley y debe contener un conjunto de requisitos que aseguren la idoneidad de la contratación, así como la protección de los intereses de los eventuales postores.
  • 21. 2. PROCESO DE SELECCION
  • 22. MODALIDADES  Los procesos de selección, en el caso peruano, son: Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía. La Nueva Ley modifica este catálogo.  La diferencia entre ellos estriba en el monto del valor referencial y la naturaleza de las prestaciones.
  • 23. CONVOCATORIA  La convocatoria es el mecanismo a través del cual la entidad pone de conocimiento de los administrados la iniciación del proceso de selección invitándolos a presentar las respectivas propuestas.  La convocatoria se publica oficialmente y debe cumplir con determinados requisitos señalados por la Ley
  • 24. REGISTRO  Consiste en la inscripción de los potenciales postores. Se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta antes del inicio de la presentación de propuestas, de forma ininterrumpida.  Otorga un conjunto de derechos.
  • 25. CONSULTAS A LAS BASES  Las bases pueden contener un conjunto de elementos que no resultan claros para los eventuales postores.  Las respuestas a las consultas deben ser fundamentadas y sustentadas, se harán de conocimiento oportuno y simultáneo de los adquirentes de las bases y se considerarán como parte integrante de las bases del proceso
  • 26. OBSERVACIONES  Los adquirentes de las Bases podrán formular observaciones, relativas al incumplimiento de las condiciones mínimas de las mismas, de cualquier disposición en materia de contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección  La observación puede ser impugnada, resolviendo OSCE.
  • 27. PROPUESTAS  Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.  La presentación de propuestas, en los procesos de Licitación, Concurso Público y Adjudicación Directa Pública, se realizará en acto público con presencia de Notario Público o Juez de Paz.
  • 28. EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN  Debe objetivamente permitir una selección de la calidad y tecnología requeridas dentro de los plazos más convenientes y al mejor costo total.  Implica los mecanismos a través de los cuales se otorga puntajes a los diferentes postores de conformidad con las propuestas presentadas, así como los parámetros a emplear para ello. Ello está señalado en las bases.
  • 29. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO.  El otorgamiento de la buena pro es el acto administrativo a través del cual la entidad define con cual de los postores va a contratar.  Requiere la realización previa de un procedimiento de selección enteramente válido, así como la debida competencia de quien lo emite.
  • 30. LA COLABORACION DE LOS PARTICULARES  Una causa muy trascendencia importante de la del contrato administrativo, proviene de la idea de la colaboración de los sujetos privados donde el como un con la Administración, en particular no se comporta contratista ordinario.
  • 31. EXISTENCIA DE CONFLICTOS  Por ello, debe corregirse el conflicto entre las partes respectivas, razón por la cual el ordenamiento establece sistemas de composición de conflictos que son eficientes:  La vía administrativa.  El arbitraje, en la ejecución contractual.
  • 32. DURANTE EL PROCESO DE SELECCION  Durante el proceso de selección la vía empleada es la administrativa.  Conforme lo señalado por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento el recurso administrativo es resuelto por el Tribunal de OSCE o por el titular de la entidad dependiendo del tipo de proceso.
  • 33. EVOLUCION DE LA NORMATIVA  Primera etapa:  Resolución del recurso de apelación por el titular de la entidad, y el de revisión por el Tribunal de OSCE.  Todos los procesos de selección.
  • 34. EVOLUCION  Segunda etapa:  Resolución del recurso de apelación por el titular de la entidad, y el de revisión por el Tribunal de OSCE.  Ello ocurría concursos únicamente públicos en licitaciones y y cuando hay denegatoria ficta.
  • 35. EVOLUCION  Tercera etapa:  Resolución del recurso de apelación por el Tribunal de OSCE.  Finalidad: simplificar y generar precedente.
  • 36. REGLAS APLICABLES  Suspensión del procedimiento de contratación por el recurso de apelación.  Existencia de denegatoria ficta.  Posibilidad de declarar la nulidad del proceso de selección.
  • 37. DENEGATORIA FICTA  Funciona cuando la entidad no se ha pronunciado respecto del recurso interpuesto por el administrado.  A diferencia del silencio administrativo negativo, el impugnante debe asumir que se le ha denegado lo pedido, funcionando como un acto ficto.
  • 38. PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO  La demanda contencioso-administrativa no suspende la ejecución de lo resuelto, a menos que en el proceso se obtenga una medida cautelar en dicho sentido.  Se interpondrá dentro del plazo previsto, contado a partir del día siguiente a la notificación de la Resolución del Tribunal o del vencimiento del plazo para resolver el recurso.
  • 40. CONCEPTO  Fase en la cual se ejecutan las prestaciones.  Se inicia con la suscripción del contrato y emitida por la entidad y el pago. culmina con la respectiva conformidad En el caso de los contratos de obra es la liquidación y el pago.
  • 41. SUSCRIPCION DEL CONTRATO  Se suscribe formalmente, salvo cuando puede emplearse orden de compra o de servicio.  Debe cumplirse con determinadas obligaciones formales, inhabilitación, carta constancia de no fianza cuando corresponda, poderes.
  • 42. CLAUSULAS OBLIGATORIAS  Garantías. Fiel cumplimiento, de monto diferencial de propuesta y de adelantos, cuando corresponda. La Nueva Ley elimina la segunda de ellas.  Resolución del contrato. Conciliación y/o  Solución de controversias. arbitraje.
  • 43. IUS VARIANDI  Modificaciones unilaterales del contrato por parte de la entidad.  Ampliaciones de plazo.  Adicionales.  Reducciones.
  • 44. CULMINACION  Resolución del contrato. Sea por responsabilidad del contratista, de la entidad o sin responsabilidad de las partes. En el primer caso se ejecuta la garantía y se pone en conocimiento de OSCE.  Conformidad de las prestaciones. Cumplimiento de las mismas.
  • 45. SOLUCION DE CONTROVERSIAS  Durante la fase de ejecución contractual las controversias se resuelven vía conciliación o arbitraje, según acuerdo entre las partes. No es posible emplear el contencioso administrativo.  Ello se justifica en la necesidad de asegurar celeridad y especialización en la resolución de las controversias.
  • 46. ARBITRAJE Las reglas  Justicia privada y consensual. son definidas por las partes  El laudo es inimpugnable, salvo los recursos de aclaración y el recurso de anulación, que operan en supuestos muy puntuales
  • 47. ARBITRAJE arbitraje ad hoc o arbitraje  Puede ser administrado.  Tribunal arbitral o árbitro único. La designación de los árbitros y demás aspectos de la composición del Tribunal Arbitral están regulados en el Reglamento.  No genera precedente.