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INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva
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SÍMBOLOS INSTITUCIONALES:
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA COMERCIAL DE SANTO
TOMAS-INTECSA
Lema Institucional: FORJANDO TALENTOS Y EDUCANDO EN VALORES
1. BANDERA DE LA INTECSA
Tiene dos (2) colores en forma horizontal el azul y el naranja.
El azul significa la dimensión trascendental que todos los jóvenes deben cultivar y
que se concretiza en el ideal de la vida.
El naranja significa la alegría que emana de cada uno de los corazones de los
estudiantes para que luchen por su Proyecto de Vida.
2. ESCUDO DE LA INTECSA
Tiene los colores de la bandera ya descrita, tiene dibujados el libro y el computador que
simbolizan estudio, tecnología y valores de la tolerancia, el compromiso, la democracia
y la fe.
El libro simboliza el estudio, se refiere a la responsabilidad que el estudiante debe
ejercitar en los años de su permanencia en la Institución; el computador significa el
interés por desarrollar sus capacidades mentales y prepararse competitivamente para el
mercado laboral; la cayena simboliza la cultura de nuestra región, identificando también
el Festival Departamental de Danzas Folclóricas que anualmente se realiza en la
institución.
3. HIMNO DE LA INTECSA
Autor: Lic. ROBINSON NAVARRO
Música. Isaac Navarro Ali
Eres orgullo de mi pueblo
naciste con vocación de educar
del Atlántico una noble estrella
que irradias siempre la verdad.
El anhelo de todos fructifica
y hoy tienen mucho que mostrar
la entrega de tus maestros fue decisiva
y así el sueño se hizo realidad.
CORO
Colegio Técnico querido
jamás te podré olvidar
tú me trazas una senda en la vida
para en ella yo poder triunfar.
Tú impartes enseñanza comercial
a jóvenes ávidos de estudiar
en tus aulas se respira alegría
y sobresales por tu gran Festival.
En ti hay fe, compromiso y tolerancia
que Dios guíe esa forma de actuar
y que sigas en la brega largo tiempo
ayudando a esta comunidad.
Con prestigio adelante sigues firme
educando en un ambiente de paz
y le entregas a Colombia con amor
mentes cultas que la han de transformar.
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4. HIMNO DE SANTO TOMÁS
I
Santo Tomás pueblo querido
lugar hermoso, donde nací
hoy te cantamos somos tus hijos
eres orgullo de este País
(Y en el Atlántico eres bandera
de su cultura de su sentir) Bis
II
Tu gente es noble, sencilla y buena
que siempre lleva en el corazón
un gran orgullo de ser Tomasino
y de servirle a esta Región
(y por sus venas llevan el arte,
Sabiduría y educación) Bis
CORO
Santo Tomás… pueblo único en el mundo
Santo Tomás… como tú no hay igual
Santo Tomás… te llevo en lo profundo
Santo Tomás… figura Universal
III
Santo Tomás es tu patrono
Obispo sabio que Dios mandó
para que cuide de nuestro pueblo
y sea un ejemplo de admiración
(para los niños, para los viejos
que compartiendo, vives mejor) Bis
III
Tú misma gente de dio las fiestas
y el gran Reinado Intermunicipal
y en todo acto eres figura
de la cultura tradicional
(como tu gente no hay ninguna
y como tú no hay otro igual) Bis
5. HIMNO DEL ATLÁNTICO
CORO
Como una lira inmensa, pulsada por el viento
las voces del Atlántico cantando gloria están;
y el Litoral hermoso frontera de la Patria,
es cuna de hombres libres que aman la libertad.
I
Tiene muy alto el Atlántico su meta
bajo la noble égida de la paz,
y en el ámbito patrio se destaca
su anhelo de crecer y progresar
II
Por nuestra dicha y fortuna hemos nacido
bajo este bello esplendente cielo azul
y Dios puso en nuestras venas, como un vino
la esperanza de vencer el porvenir
III
Vamos a la conquista del futuro
con generoso empeño y decisión
alta la frente y firme la esperanza
lleno de entusiasmo el corazón.
IV
Es el Atlántico tierra sagrada
donde Dios derramó su bondad
es su ambiente de sana alegría
es su gente sencilla y cordial
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Juramento Intecsista
Institución Educativa Técnica Comercial de Santo Tomás
Te quiero con toda mi alma, con toda mi vida, con todo mi corazón.
Porque aquí, me estoy educando.
Porque aquí, me estoy formando una persona de bien.
Por eso respeto mis superiores y compañeros.
Por eso vengo debidamente uniformado.
Por eso cuido la silla en que me siento,
Las paredes que me abrigan y todo lo que en ti se encuentra
Legado de la docente Gloria Muñoz
Coordinadora
IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL.
Razón legal:
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS
Dirección: Carrera 6 No. 5ª-191
Niveles de Enseñanza:
Educación Preescolar
Educación Básica Primaria y Secundaria
Educación Media Técnica
Énfasis: Comercial
Sector: Oficial
Calendario: A
Jornada: Única
Carácter: Media Técnica – Comercial
Sedes:
Sede 1 Acción Comunal
DANE: 108685000046
Sede 2 Cruzada Social calle 5 3 4- 104 Barrio El Lucero
DANE 308685000100
Licencia de Funcionamiento: Resolución 0667 de septiembre 11 de 2001
Decreto 000250 de julio 6 de 2004
Nit.: 802.007.074-6
Código ICFES: 102079
Título que expide: BACHILLER COMERCIAL
Énfasis: El que ofrezcan las entidades que participen en la articulación de la
media con la Educación Superior.
Rectora: Esp. VILMA ÁVILA DE GONZÁLEZ
Coordinadoras:
Mg. JULIO CESAR STAND BARRAZA
Esp. AMINTA BADILLO SARMIENTO
Secretario general: NAISSIR HIDALGO
Secretario pagador: HIKLER INSIGNARES
Banco Agrario, cuenta corriente 316600001770
Contactos: Celular 3214509332
Intecsa9@hotmail.com www.intecsa-santotomas
Plataforma virtual:
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Organigrama:
COORDINACION
ACADEMICA
COORDINACION
CONVIVENCIA
GOBIERNO ESCOLAR
CONSEJO
DIRECTIVO
CONSEJO
ACADEMICO
ASAMBLEA
PADRES DE
FAMILIA
CONSEJO
ESTUDIANTIL
COMITÉ DE
CONVIVENCI
A
CONSEJO DE
PADRES
ASOPADRES
ORIENTACION Y
GESTION DE
COMUNIDAD
SECRETARIA
S
DESARROLL
O HUMANO
RECURSO
HUMANO
SERVICIOS
GENERALES
COCINA ENFERMERI
A
LIDERES DE
PROYECTOS
DEMOCRAC
IA Y PAZ
CIVICO
SOCIAL
MEDIO
AMBIENTE
PLAN DE
RIESGOS
RECTORIA
SECRETARIA
DEDUCACION
DEPATPARTA
MENTAL
M.E.N.
REVISOR
FISCAL
ACADEMICA Y
DE ARCHIVO
ADMINISTRAT
IVA
CONTABLE
STAFF
DOCENTES
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ÍNDICE
SÍMBOLOS INSTITUCIONALES
Lema
Bandera
Escudo
Himno Intecsista
Himno de San Tomás
Himno del Atlántico
Juramento Intecsista
Identificación institucional
Organigrama
Presentación Resolución
Términos y definiciones
PERFIL INSTITUCIONAL
Horizonte institucional intecsista
Reseña histórica
Misión Visión
Principios-Fines Valores
Metas Políticas
Enfoque Pedagógico
FUNDAMENTACIÓN
Legal
Filosófica
Pedagógica
Sociológica
Psicológica
Política
CAPITULO I
GOBIERNO ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA COMERCIAL
DE SANTO TOMAS, PERFIL Y RESPONSABILIDADES EN EL SISTEMA NACIONAL
DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Artículo 1. De la Comunidad Educativa
Artículo 2. Responsabilidades de la institución en el sistema nacional de
convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar
Artículo 3. Gobierno escolar
Artículo 4. Composición del gobierno escolar
Artículo 5. Consejo Directivo
Artículo 6. Funciones del consejo directivo
Artículo 7. El Rector o rectora
Artículo 8. Responsabilidades del rector o rectora en el sistema nacional de convivencia
escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la
prevención y mitigación de la violencia escolar
Artículo 9. Consejo académico
Artículo 10. Funciones del Consejo Académico
Artículo 11. Comisión de promoción y evaluación
Artículo 12. Comité de Convivencia Institucional
Artículo 13. Conformación del comité de convivencia Institucional
Artículo 14. Funciones del Comité de Convivencia Institucional
Artículo 15. Consejo de estudiantes
Artículo 16. Personero o personera estudiantil, funciones
Artículo 17. Contralor o contralora estudiantil, funciones
Artículo 18. Líder o lideresas de convivencia, académico, ecológico, funciones
Artículo 19. Asociación de egresados
Artículo 20. Sector Productivo
Artículo 21. Asamblea general de Padres, madres de Familia
Artículo 22. Consejo de Padres, madres de Familia
Artículo 23. Funciones del consejo de padres y madres
Artículo 24. Asociación de Padres, madres de Familia
CAPITULO II
DE LAS Y LOS DIRECTIVOS, DOCENTES, ADMINISTRATIVOS, PADRES, MADRES
DE FAMILIA DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, PERFIL, DEBERES, DERECHOS Y
SUS RESPONSABILIDADES EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
Artículo 25. El rector o rectora, perfil, deberes, derechos
Artículo 26. Coordinadora o coordinador Académico, perfil, deberes, derechos
Artículo 27. Coordinadora o coordinador de Convivencia
Artículo 28. Orientador u orientadora, perfil, deberes, derechos,
Artículo 29. Docente, perfil, deberes y derechos
Artículo 30. Responsabilidades de los y las docentes de la institución educativa técnica
comercial de Santo Tomás en el sistema nacional de convivencia escolar y formación
para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y
mitigación de la violencia escolar
Artículo 31. Líder o Lideresa de Área, funciones
Artículo 32. Líder o Lideresa de Grupo, funciones
Artículo 33. Personal administrativo, perfil, deberes, derechos, faltas
Artículo 34. Padres, madres de Familia, Perfil, deberes, derechos,
Artículo 35. Escuela de padres y madres
CAPÍTULO III
DE LOS Y LAS ESTUDIANTES, PROCEDIMIENTO, INSCRIPCIÓN, ADMISIÓN Y
MATRÍCULA, PERFIL, DEBERES, DERECHOS, ESTIMULOS Y RECONOCIMIENTO
Artículo 36. Matrícula de estudiante antiguo
Artículo 37. Matrícula de estudiante nuevo
Artículo 38. Perfil del o la estudiante INTECSISTA
Artículo 39. Derechos del o la estudiante INTECSISTA
Artículo 40. Exigibilidad de los derechos
Artículo 41. Derecho al debido proceso
Artículo 42. Derecho a disfrutar ambientes sanos
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Artículo 43. Derecho a la libertad de culto
Artículo 44. Derecho a la rehabilitación y la resocialización
Artículo 45. Deberes y compromisos del o la estudiante de la INTECSA
Artículo 46. Servicio Social Estudiantil Obligatorio
Artículo 47. De los estímulos e incentivos a los y las estudiantes
CAPITULO IV
ACUERDO SOBRE UNIFORME INSTITUCIONAL, NORMAS DE USO, PAUTAS DE
PRESENTACION PERSONAL Y PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD
Artículo 48. Uniforme diario femenino
Artículo 49. Uniforme diario masculino
Artículo 50. Uniforme de educación física
Artículo 51. Normas para uso de uniforme
Artículo 52. Reglas de higiene y de presentación personal
Artículo 53. Horario jornada de clases
Artículo 54. Horario de periodos de clase
Artículo 55. Plan de saneamiento Ambiental
Artículo 56. Protocolos de bioseguridad para prevenir riesgos epidemiológicos
CAPITULO V
DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR,
PROTOCOLOS Y RUTAS DE ATENCIÓN, PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS Y
DE CONCILIACIÓN Y MEDIDAS FORMATIVAS
Artículo 57. Situaciones Tipo 1
Artículo 58. Protocolo de atención situaciones tipo 1
Artículo 59. Situaciones Tipo 2
Artículo 60. Protocolo de atención situaciones Tipo2
Artículo 61. Situaciones Tipo 3
Artículo 62. Protocolos de atención situaciones tipo3
Artículo 63. Resolución pacífica de conflictos para la consolidación cultura de la paz
Artículo 64. Solución de conflictos
Artículo 65. Etapas del procedimiento disciplinario
Artículo 66. Medidas formativas para estudiantes en situaciones tipo 1, 2, 3
Artículo 67. Causales para la pérdida del carácter de estudiante de la INTECSA
Artículo 68. Repitencia
CAPITULO VI
DE LAS SITUACIONES ESPECIALES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR,
PROTOCOLOS Y RUTAS DE ATENCIÓN
Artículo 69. Situaciones especiales y protocolos de atención
Artículo 70. Maltrato infantil por castigo, humillación, maltrato, abuso físico y/o
psicológico, incumplimiento de responsabilidades por parte de los adultos, trabajo
infantil y sus peores formas, incluyendo la mendicidad, presunta violencia intrafamiliar
Artículo 71. Protocolo de atención de presunta ideación o amenaza suicida, presunto
intento de suicidio, presunto suicidio consumado
Artículo 72. Protocolo de atención de presunta violencia sexual
Artículo 73. Protocolo de atención de presunta agresión y/o acoso escolar
Artículo 74. Protocolo de atención de embarazo adolescente, paternidad y/o maternidad
temprana
Artículo 75. Protocolo de atención presuntos casos que competen al sistema de
responsabilidad penal para adolescentes
Artículo 76. Protocolo de atención niños, niñas y adolescentes con presunto consumo
de sustancia psicoactivas (spa)
Artículo 77. Protocolo de atención presunta violencia contra la mujer por razones de
género
Artículo 78. Protocolo de atención de presunto hostigamiento y/o discriminación por
condiciones étnicas, raciales y orientaciones sexuales no normativas
Artículo 79. Protocolo de atención de protocolo de atención de niños, niñas y
adolescentes víctimas y afectados por el conflicto armado
Artículo 80. Protocolo de atención protocolo de atención de siniestros viales para la
institución educativa
CAPITULO VII
DE LOS PROTOCOLOS PARA EL MANEJO DE AUSENCIAS,
RETARDOS, PERMISOS, RECLAMACIONES, CONSULTAS, 6
PETICIONES, CITAS.
Artículo 81. Ausencias
Artículo 82. Retardos
Artículo 83. Solicitud de permisos de salida
Artículo 84. Reclamos
Artículo 85. Consultas
Artículo 86. Peticiones verbales
Artículo 87. Peticiones escritas
Artículo 88. Funcionario competente y horario
Artículo 89. Términos para resolver peticiones
Artículo 90. Interrupción de los términos para resolver
Artículo 91. Peticiones a dependencias equivocadas
Artículo 92. Peticiones improcedentes
Artículo 93. Solicitud de citas
CAPÍTULO IIX:
SERVICIOS QUE OFRECE LA INSTITUCIÓN A LOS Y LAS ESTUDIANTES,
PADRES Y MADRES DE FAMILIAS, COMUNIDAD EN GENERAL.
Artículo 94. Asesoría, orientación y consejería
Artículo 95. Tienda escolar
Artículo 96. Botiquín de primeros auxilios
Artículo 97. Biblioteca escolar
Artículo 98. Ayudas Audiovisuales
Artículo 99. Sala de informática
Artículo 100. Seguro estudiantil
Artículo 101. Club Deportivo
Artículo 102. Comité de investigación
Artículo 103. Medios de comunicación institucional
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva
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Artículo 104. Pruebas Saber
CAPÍTULO IX:
SIIE DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES
CAPITULO X:
VIGENCIA
ANEXOS
ENTIDADES Y SUS COMPETENCIAS
SIGLAS
FORMATOS DE ACTAS
RESEÑA DE LOS PROYECTOS
PRESENTACIÓN
Acorde con lo establecido en la Ley 115 de 1994 y en su Decreto reglamentario 1860 de
1994, que obliga a los establecimientos educativos a revisar y ajustar el manual de
convivencia y la Ley 1620 de 2013 que establece dar aplicación a los principios de
participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad, LA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS (INTECSA), a
través del Consejo Directivo presidido por la Señora Rectora Esp. Vilma Ávila, convocó
a padres y madres de familia, docentes, estudiantes, y comunidad en general, para
precisar el contenido de las pautas de convivencia social para la formación integral e
inclusiva y realizar los ajustes pertinentes al acuerdo ya existente formalizado en el año
2016. Una vez leídos y analizados los aportes de cada uno de los actores y
representantes de la comunidad en general, en el marco de un diálogo democrático
como lo consiga la constitución política, se procedió a reestructurar el texto que a
continuación se presenta. Sentencia T-386 de 1994
El presente manual de convivencia constituye un acuerdo de voluntades entre todos los
estamentos de la comunidad, expresa todos y cada uno de los compromisos y roles que
se asumen entre las partes activas del proceso educativo. Los padres, madres o tutores
al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos e hijas y estos
mismos, lo estarán aceptando íntegramente, en cuanto que ―La función social que
cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho – deber
que genera para el Educador como para los educandos y para sus progenitores un
conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse‖. (Sentencia de Corte
Constitucional T- 527 de 1995). Asimismo, ―la exigibilidad de esas reglas mínimas al
alumno, resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se
encuentran consignadas en el manual de convivencia que él o ella y sus acudientes,
firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a
suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede
exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han
entrado en Vigor. En este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el
comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota
desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión‖.
(Sentencia de Corte Constitucional C- 555 de 1994).
Objetivo del manual de convivencia-
Establecer un conjunto de normas prácticas, específicas y taxativas, que orienten, la
formación integral e inclusiva de los niños, niñas y jóvenes, dentro de un ambiente de
trabajo serio, organizado, consensuado, disciplinado y exigente dando a conocer, a la
comunidad educativa, sus derechos y deberes para que pueda interactuar en un
ambiente de equidad y justicia, respeto armónico, que redunde en ciudadanos de éxito,
comprometidos con el desarrollo personal y el de su proyecto de vida, de manera
asertiva y visionaria
Objetivos específicos
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva
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a. Lograr que los criterios básicos para el asertivo desarrollo de la labor
educativa, se manifiesten y materialicen como una responsabilidad compartida, por
todos y cada uno de los miembros de la comunidad.
b. Unificar criterios respecto a las normas disciplinarias, de reconvención y
formativas, dentro del proceso de formación del educando, y la participación desde los
diversos roles, dentro del estamento educativo, Sentencia T – 625 DE 2013.
c. Contribuir, de manera visible, al desarrollo integral de los niños, niñas y
jóvenes matriculados, para que logren participar, exitosamente, en la solución de los
problemas y la satisfacción sus necesidades.
d. Describir, desarrollar, y argumentar sólidamente, la manera como se han de
formar, individuos íntegros con capacidad de liderar, como ciudadanos responsables y
de éxito.
e. Dirigir, orientar y promover, la adquisición de experiencias positivas y
significantes, en los educandos, para que desarrollen plenamente su sentido axiológico
y analítico.
f. Velar, por el positivo y sistemático desarrollo intelectual, emocional, físico,
psicosocial, y espiritual de los educandos.
g. Asesorar, acompañar y orientar a los padres de familia en temas relacionados
con la educación y la asertiva formación de sus hijos.
h. Aplicar, la materialización de los derechos, promover el cumplimiento de los
deberes, compromisos y funciones dentro del rol de cada una de las personas que
participan en los procesos de la comunidad educativa.
i. Hacer visibles, públicas y manifiestas, las diferentes normas, directrices,
principios y filosofía de la institución, las políticas a nivel académico, administrativo y
convivencial
Según los lineamientos del decreto 1860 de 1994, Artículo 17, el manual de
convivencia institucional que se presenta contiene los derechos y deberes de los y las
estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa,
las reglas de higiene personal, los criterios de respeto, valoración y compromiso frente a
la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, las pautas de
comportamiento para el cuidado del medio ambiente escolar, las normas de conducta
de los y las estudiantes y profesores que garantizan el mutuo respeto, los
procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto y para resolver con
oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre
miembros de la comunidad, y las instancias de diálogo y de conciliación.
Seguidamente, contiene las pautas de presentación personal, las medidas disciplinarias
aplicables a los y las estudiantes, incluyendo el derecho a la defensa y al debido
proceso, las reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo y para la
escogencia de voceros en los demás consejos, el proceso de elección del personero y
contralor de los y las estudiantes. Como también, las calidades y condiciones de los
servicios de alimentación, recreación dirigida y los medios de comunicación internos, los
procesos para aprovisionar a los y las estudiantes de material didáctico de uso general,
libros, uniformes, seguros de vida y de salud, las reglas para uso de la biblioteca
escolar y otras aulas especializadas
De acuerdo al decreto 1965, Artículo 28. Incorpora las definiciones, principios y
responsabilidades que para todos los miembros de la comunidad educativa establece la
Ley 1620 de 2013, además, de la síntesis del Horizonte Institucional: misión y visión,
principios, valores, perfiles, deberes y derechos de docentes, padres y madres de
familia; el sistema de evaluación, los cánones comportamentales, estímulos y medidas
formativas, derivadas de la estricta armonía con las normas legales vigentes y
aplicables a los adolescentes mayores de 14 años y a los padres de los menores de 14
años de edad. Incorpora las disposiciones necesarias para el manejo de conflictos y
conductas que afectan la convivencia escolar, y los derechos humanos, sexuales y
reproductivos, y para la participación de la familia. Incluye las situaciones clasificadas
(tipo 1, 2, 3) que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos, según artículo 40 del decreto 1965; Los protocolos de
atención integral para la convivencia escolar de que tratan los artículos 42, 43 y 44 del
decreto en referencia.
Se contemplan finalmente, las medidas pedagógicas y las acciones, para la promoción
de la convivencia escolar, la prevención de las situaciones que la afectan y la
reconciliación, la reparación de los daños causados y el restablecimiento de un clima
de relaciones constructivas en la institución, cuando. Y las estrategias pedagógicas que
garantizan la divulgación y socialización de los contenidos del texto a la comunidad
educativa en general, especialmente a los padres y madres de familia o acudientes
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva
9
ACUERDO N0 de de
Por la cual se adopta el Manual de Convivencia Escolar, para la vigencia 2020 a 2022.
La Rectora como Representante Legal de la Comunidad Educativa y el Consejo
Directivo como instancia superior de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA
COMERCIAL DE SANTO TOMAS - ATLANTICO, en uso de sus atribuciones Legales y;
CONSIDERANDO:
1. Que es deber de la Comunidad Educativa brindar cumplimiento y aplicación a la ley
de manera inexcusable y estricta en lo referente a las normas, leyes, decretos y los
Derechos Universales del Niño, los acuerdos Internacionales de protección de la
Infancia, las directrices de la Constitución de 1991; las disposiciones de la Ley 1098 del
8 de noviembre de 2006, Ley de Infancia y la adolescencia; La Ley 115 del 8 de febrero
de 1994; Ley 87 de 1993; Ley 734 de 2002, Ley 1278 de 2002; Decreto 1883 de 2002;
Decreto 3011 de 1997; Decreto 1860 de 1994; Ley 715 de 2002; Decreto 1850 de 2002;
Decreto 3020 de 2003; Decreto 3055 de 2002; Ley No 1014 del 26 de enero de 2006 de
fomento a la cultura del emprendimiento; y demás reglamentaciones vigentes como el
Código del Menor, Artículos 320 a 325; y decreto 1290 del 16 de abril de 2009; Ley
1620 de 2013 y su Decreto Reglamentario 1965º de 2013. Decreto 3011 de 1.997 en lo
relativo a la Educación para adultos; Resolución 2565 del 24 de octubre de 2003, en lo
relativo a la Inclusión.
2. Que se debe dotar a la INSTITUCIÓN EDUCATIVA “TÉCNICA COMERCIAL DE
SANTO TOMAS de un Instrumento armónico e integral en lo legal, que contemple los
criterios de convivencia, principios de dignidad, respeto a sus semejantes y al bien
ajeno, responsabilidad e identidad de los principios de la disciplina y en pertinencia a la
filosofía de la Institución educativa, el acato a las disposiciones del Plantel y a la vez se
fijen estímulos para una formación Integral e inclusiva, respetando los derechos y
promoviendo los deberes para una sana convivencia integral. Armonizando una sana
convivencia a través del dialogo, el respeto por la diferencia y de un discurso
bidireccional de derechos acompañados de deberes; y brindando estricto cumplimiento
a la ley 1098 de 2006, de infancia y adolescencia en sus artículos 15, 18, 19 y también
en sus artículos 41, 42, 43, y 44 principalmente.
3. Que tanto los y las estudiantes, como padres y madres de Familia, Docentes y
demás actores del rol educativo integral que se promueve, deben tomar conciencia de
su responsabilidad de contribuir al desarrollo eficaz de los objetivos Institucionales, en
pro de la comunidad y por ende, deben comprometerse de manera irrenunciable e
inexcusable en el proceso educativo. Que es necesario reconocer los derechos y
deberes que le corresponden a cada uno de los integrantes de la comunidad educativa,
para velar por el obligatorio cumplimiento de éstos. Brindando cumplimiento a la ley
1098 de 2006, y a los artículos mencionados en el anterior numeral 2, y brindando
inexcusable cumplimiento a los artículos 25 y 209 del código penal colombiano -Ley
599- de 2000, especialmente en lo referente a la protección de los menores de 14 años
escolarizados en nuestra institución educativa.
4. Que la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS,
debe procurar por el bienestar y formación de los y las estudiantes, velar por su vida,
Integridad, dignidad, sano desarrollo y ejemplar comportamiento en comunidad, además
del cumplimiento en el área educativa, y de su integral formación en las áreas
Tecnológica, cognitiva y científica, su pleno desarrollo en el área tanto física, como
Psicológica, emocional, social y moral, fijando normas que así lo garanticen. Brindando
especial cumplimiento a la ley 1098 de 2006, de infancia y adolescencia en sus
artículos, 41, 42, 43 y 44.
5. Que se debe buscar el cumplimiento de los fines y objetivos educativos, el carácter y
formación en disciplina y respeto, dignidad y liderazgo, y el ejemplo moral y
fundamental que espera la sociedad actual, los principios antropológicos-psicológicos,
epistemológicos, sociales, democráticos y axiológicos del P.E.I. (Proyecto Educativo
Institucional). Brindando cumplimiento al Decreto reglamentario 1860 de 1994 en lo
pertinente al modelo educativo.
6. Que se deben precisar, los mecanismos de participación democrática. Brindando así
estricto cumplimiento a los Artículos 31 y 32 de la ley 1098 de 2006, de infancia y
adolescencia. Que el Consejo Directivo, como órgano de representación de los
estamentos de La Comunidad educativa, conforma la instancia superior del Gobierno
Escolar en La INSTITUCIÓN EDUCATIVA “TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO
TOMAS; sólo superado en instancia según lo establece la Ley 115 de 1994, por la
Asamblea de padres y madres en pleno.
7. Que el Contenido del presente Manual de Convivencia, es fruto de la concertación
democrática y armónica de los diferentes planteamientos formulados por los
representantes de toda la Comunidad Educativa: Directivos, Docentes, estudiantes, P
madres y padres de Familia, Personal Administrativo, de Servicios Generales y
Comunidad educativa en general, en cumplimiento del artículo 21º de ley 1620 de 2013,
y aprobado en Consejo Directivo según ACUERDO No. de de 2021,
RESUELVE:
PRIMERO: Derogar, todos los anteriores Manuales de Convivencia, y las demás
normas que le sean contrarias al presente manual de convivencia.
SEGUNDO: Adoptar el presente Reglamento y/o Manual de Convivencia, en el cual
taxativamente se introducen los criterios y las normas que rigen la vida diaria dentro de
la Comunidad Educativa, de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE
SANTO TOMAS
TERCERO: Este Reglamento y/o Manual de Convivencia, será revisado anualmente,
para efectuar los ajustes necesarios, adiciones o reformas, y demás cambios
necesarios, cuando se estime pertinente en estricto acato y obediencia a la
jurisprudencia legal vigente, a las normas en educación que emerjan a futuro y a los
cambios socio-jurídicos que propendan por el bienestar de nuestra comunidad
educativa.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva
10
CUARTO: El presente Manual de Convivencia se fundamenta en los siguientes
principios generales:
1. Debido Proceso: De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la
Constitución Política de Colombia, el presente Manual de Convivencia,
consagra el Debido Proceso, como el ordenamiento secuencial, lógico y
oportuno que debe seguirse en cada acción disciplinaria, para proteger, el
Derecho a la defensa del cada uno de los educandos, y su presunción de la
inocencia.
2. Presunción de Inocencia: Todo educando, es inocente hasta que se
demuestre, lo contrario, a través de la secuencia del debido proceso.
3. Presunción de Buena Fe: Las actuaciones de las autoridades y cuerpo
docente, en la IE TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS, en relación
con acciones disciplinarias accionadas, que involucre estudiante, deberán
ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual presumirá en todas las
acciones que los educando, adelanten dentro de la institución, bajo los
postulados de la buena fe.
4. Presunción de veracidad: Las autoridades de la institución educativa
presumen que aquello, que los o las estudiantes afirman, es cierto, salvo que
se pruebe lo contrario a través del debido proceso y la plena prueba.
5. Principio de Legalidad: Los o las estudiantes, solo serán accionados
disciplinariamente, por comportamientos previamente tipificados en el
presente Manual de Convivencia de manera taxativa o conexa.
6. Principio de Favorabilidad: En los casos en que sean aplicables diferentes
normas a una misma situación disciplinaria determinada, se aplicará
preferentemente, la norma o sanción más favorable, ante los recursos de
reposición, apelación y queja.
7. Principio de Impugnación: Toda decisión disciplinaria que accione que
afecte a un o una estudiante, es susceptible de reposición, apelación o
consulta. Este principio se hará efectivo a través de los recursos de
reposición, apelación y queja, como segunda instancia.
8. Non bis in dem (No dos veces por lo mismo): los y las estudiantes tienen
derecho a no ser juzgados dos veces por la misma causa, hecho o situación.
9. Principio de Publicidad Procesal: Constitucionalmente, consiste, en dar a
conocer, las normas, cánones, directrices, deberes y derechos, así como, las
actualizaciones que se realizan al manual de convivencia, y acerca de las
actuaciones realizadas, dentro del proceso. Se prestará reserva ante las
denuncias anónimas y deben sustentarse en pruebas materiales o demás
elementos que las ratifiquen
10. Principio de No autoincriminación: Dentro de los procesos disciplinarios no
se aceptará la formulación de quejas contra sí mismo.
11. Principio de Resolución de la Duda: “In Dubio Pro Reo”. Toda duda que se
presente, en la actuación y que derrumbe las acusaciones iniciales, se absolverá a
favor del o la estudiante involucrada.
QUINTO: Este Reglamento y/o Manual de Convivencia entra en vigencia a partir del
de del año 2021.
SEXTO: Adóptese el siguiente MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR, para la
INSTITUCIÓN EDUCATIVA “TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS”, Ubicada en
el Municipio de Santo Tomás, del Departamento de ATLANTICO,
Publíquese y cúmplase.
VILMA ESTHER AVILA DE GONZÁLEZ.
RECTORA
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TÉRMINOS Y DEFINICIONES
Para comprender el compromiso contraído en el acuerdo consignado en este manual,
es necesario identificar y aclarar los siguientes términos
Acta de compromiso. Es un documento que contiene un compromiso que el o la
estudiante adquiere con la Institución educativa y lleva consigo un proceso de
reconocimiento y de reflexión de aspectos a mejorar.
ACOSO LABORAL Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un
empleado por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato,
un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación,
terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o
inducir la renuncia del mismo.
ABUSO DEL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Todo consumo por
frecuencia y/o cantidad que conlleve a la pérdida del dominio propio del individuo bien
sea de manera temporal o definitiva. Para tal fin se establecen los siguientes conceptos:
a) Moderado: Consumo habitual de alcohol, pero no pasan de determinadas
cantidades de alcohol (cantidades variables) por unidad de tiempo.
b) Excesivo: Consumo habitual que supera las cantidades del consumo
moderados y tiene un promedio anual de embriaguez elevado.
c) Patológico: Individuos enfermos con síndrome de dependencia física.
DERECHO: Es la facultad que tiene cada una de las personas de la comunidad de
exigir aspectos por lo que le corresponde a cada uno de los estamentos.
DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS NIÑOS, la vida, la integridad física, la salud
y seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre, nacionalidad, tener una
familia y no ser separado de ella, el cuidado y el amor, la educación y la cultura, la
recreación y la libre expresión de su opinión (Articulo 44 Constitución Política de
Colombia)
DEBERES: Son los compromisos que deben cumplir las personas, para la convivencia
pacífica dentro del marco de una sociedad.
COMPORTAMIENTO: Es el modo de actuar que adopta el miembro de una comunidad
y a su vez las manifestaciones personales en relación de convivencia.
DISCIPLINA: Es el orden de que se debe tener en la realización de las diferentes
actividades de la comunidad.
DIGNIDAD: Deriva del adjetivo latino ―dignus, se traduce por "valioso"; es el
sentimiento que nos hace sentir valiosos, es el reconocimiento de la persona de ser
merecedor de respeto, sin importar condición alguna
FAMILIA: En la identificación de los integrantes de la familia del NNA es importante
tener presente el concepto de familia y quiénes la conforman en el marco de la Ley 294
de 1996, información que será pertinente, en caso que aplique, para hacer la remisión
del caso a la entidad correspondiente (CRC, 1996):
“Artículo 2o. La familia se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión
libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de
conformarla.
Para los efectos de la presente Ley, integran la familia:
a) Los cónyuges o compañeros permanentes;
b) El padre y la madre de familia, aunque no convivan en un mismo hogar;
c) Los ascendientes o descendientes de los anteriores y los hijos adoptivos;
d) Todas las demás personas que de manera permanente se hallaren integrados a la
unidad doméstica.”
FRAUDE: Engaño, maniobra inescrupulosa, suplantación o encubrimiento
FLAGRANCIA: De acuerdo con el artículo 57 de la Ley 1453 de 2011, se entiende que
hay presunta flagrancia cuando (CRC, 2011a):
1. “La persona es sorprendida y aprehendida durante la comisión del delito.
2. La persona es sorprendida o individualizada durante la comisión del delito y
aprehendida inmediatamente después por persecución o cuando fuere señalado por la
víctima u otra persona como autor o cómplice del delito inmediatamente después de su
perpetración.
3. La persona es sorprendida y capturada con objetos, instrumentos o huellas, de los
cuales aparezca fundadamente que acaba de cometer un delito o de haber participado
en él.
4. La persona que es sorprendida o individualizada en la comisión de un delito en un
sitio abierto al público a través de la grabación de un dispositivo de video y aprehendida
inmediatamente después. La misma regla operará si la grabación del dispositivo de
video se realiza en un lugar privado con consentimiento de la persona o personas que
residan en el mismo”.
La sentencia C-239 de 2012 indica que la flagrancia tiene una temporalidad, “limitada
por una determinada inmediatez a la comisión del delito. En ese sentido se ha dicho
que habrá flagrancia en tres supuestos diferentes: el primero, al que se le ha
denominado “flagrancia en sentido estricto”, cuando la persona es sorprendida y
aprehendida al momento de cometer el delito; el segundo supuesto, el de la “cuasi
flagrancia” cuando la persona es sorprendida o individualizada al momento de cometer
el delito y aprehendida inmediatamente después por persecución o voces de auxilio de
quien presencie el hecho flagrancia; por último la “flagrancia inferida” se refiere a una
hipótesis en la que la persona no ha sido observada en el momento de cometer el
delito, ni tampoco ha sido perseguida después de realizarlo, sino que es sorprendida
con objetos, instrumentos o huellas de los cuales aparece o se infiere fundadamente
que momentos antes ha cometido un hecho punible o participado en él” (CCC, 2012).
EDUCACIÓN: Proceso de formación permanente, personal, cultural y social, que se
fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus
derechos y deberes
CONDUCTA: Es la manera de comportarse las personas dentro de la comunidad.
Comportamiento ajustado o no a normas y criterios éticos y morales.
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AUTORIDAD: Representante de los estamentos legalmente designado.
INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR. Se entiende por interés superior del niño, niña y
adolescente, el imperativo que obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción
integral y simultánea de todos sus Derechos Humanos, que son universales,
prevalentes e interdependientes.
INFRACCIONES A LEY: Los comportamientos prohibidos tipificados en la ley como
tales: fumar, consumir bebidas alcohólicas, portar, traficar, brindar, o consumir
sustancias alienantes, psicotrópicas y/o estupefacientes; participar en acciones de
pandillaje, violencia, asalto, pertenecer a barras ―bravas‖ que acudan a la violencia o a
la delincuencia; el matoneo o acoso escolar en todas sus derivaciones; sustracción o
robo, y otros que la institución educativa mediante el consejo directivo determine en
acato a la ley 1098º de 2006, de infancia y adolescencia y el Decreto 860 de 2010, así
como el Código Penal del 2000, y demás normas aplicables a los menores de edad,
que se considere como (delito) e infracciones de ley
LIBERTAD: Facultad humana de determinar sus propios actos.
LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD, derecho que tiene cada persona para
auto determinarse, esto es, a darse sus propias normas y desarrollar planes propios de
vida, siempre y cuando no afecten derechos de terceros.
Libre: que no ha sido coaccionado, inducido, manipulado, acción o decisión o estado
autónomo. Adj. Propia. Este estado (LIBRE) define a quien no es esclavo, ni sujeto, ni
impedido al deseo de otros de forma coercitiva. En otras palabras, lo que permite al
hombre decidir si quiere hacer algo o no, lo hace libre, pero también responsable de sus
actos. En caso de que no se cumpla esto último se estaría hablando de libertinaje.
Desarrollo humano: es la Consecución de capacidades que permitan a las instituciones
y personas ser protagonistas de su bienestar
Desarrollo social, es la mejora de la calidad de vida y bienestar en la población.
Personalidad: es un constructo psicológico, con el que nos referimos a un conjunto
dinámico de características de una persona. También es conocida como un conjunto de
características físicas, sociales y genéticas que determinan a un individuo y lo hacen
único e irrepetible.
MATRÍCULA: Es el acto académico y administrativo ante la autoridad educativa por
medio del cual la persona admitida adquiere la condición de estudiante
ESTIMULOS: Es la motivación que tiene las personas para realizar una actividad.
CORRECTIVOS: Son las medidas formativas que se le da a las personas que incurren
en el incumplimiento de sus deberes.
RESPONSABILIDAD: cumplimiento de los deberes que corresponden como persona
dentro del proceso enseñanza-aprendizaje
SANCIÓN: Pena impuesta por la ley cuando se incumple una norma o reglamento.
NORMA: Principios o ideas fundamentales positivas que rigen el pensamiento o la
conducta para el logro de una meta
REGLAMENTO: Conjunto ordenado de reglas o normas establecidas que regulan la
gestión educativa.
VALORES: Conjunto de cualidades que tiene mérito, utilidad o aprecio.
AUTOESTIMA: Concepción y actitud de aceptación de sí mismo, de su propia
personalidad, su apariencia, su capacidad y valoración de sí mismo.
CONVIVENCIA ESCOLAR: Es la capacidad de las personas de vivir en un marco de
respeto mutuo y de solidaridad recíproca.
ACOSO ESCOLAR: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de
agresión, intimidación ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado,
amenaza o incitación a la violencia o cualquier otra forma de maltrato psicológico,
verbal físico o por medios electrónicos, contra un niño, niña o adolescente, por parte de
un estudiante o varios de sus pares con quien mantiene una relación de poder
asimétrica, que se presenta en forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado.
CIBERACOSO ESCOLAR: Forma de intimidación con uso deliberado de tecnología de
información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil o video juegos online)
para ejercer maltrato psicológico y continuado.
EDUCANDO: Persona que pertenece a un sistema o institución donde se desarrolla su
proceso de aprendizaje y formación integral.
EDUCADOR: Profesional con vocación de orientar y dirigir al educando en su
superación personal, intelectual, técnica-cultural y moral dentro de un proceso formal de
educación
GROOMING: es una práctica de acoso y abuso sexual en contra de niños y jóvenes
que, en la mayoría de los casos, sucede a través de las redes sociales.
SEXTING: consiste en el envío de imágenes, vídeos u otros archivos multimedia con
contenido íntimo y/o de carácter sexual (desnudos, poses provocativas, pornografía
Supone un grave peligro dentro de internet porque, después del envío de esas
imágenes, el emisor pierde todo el control sobre ellas De este modo, ese contenido
puede llegar a mucha más gente por diversos motivos,
SEXTORSIÓN: chantaje realizado por alguien a quien se le ha enviado fotos o videos
eróticos, cuyo fin es vengarse, obtener dinero, realizar encuentros sexuales u obtener
contenido similar al enviado; si la víctima no accede el contenido es enviado a sus
allegados o divulgado por las diferentes redes sociales
CUIDADOR O ACUDIENTE: Padre, madre de familia o persona mayor de edad que
representa al o la estudiante dentro del contrato civil contractual, y que recibe un bien o
un servicio educativo.
COMPETENCIA: Se define como la interrelación del problema surgido o la gestión
solicitada y la dependencia correspondiente según sus funciones específicas,
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HORIZONTE INSTITUCIONAL
RESEÑA HISTÓRICA
La Institución Educativa Técnica Comercial de Santo Tomás, existe desde 1962, con el nombre
de Escuela No. 3 mixta, fundada por la Junta de Acción Comunal, en 2 aulas que construyeron
en el terreno donado por el señor COSME ZAPATA, ubicado al sur del municipio, Calle 6 No.
5ª-191. Fue la Primera Escuela en el barrio Villa Clarentina, inicialmente atendida por jóvenes
bachilleres
Los Gobiernos Nacional y regional construyeron más aulas, incluyendo una para niños con
discapacidad. En el año 1997 se solicitó al alcalde NELSON MEJIA SARMIENTO la ampliación
de la Básica Primaria a la Secundaria, dando aprobación la Secretaria de Educación
Departamental, según Resolución 1368 del 24 de julio de 1.998, abriendo en 1997 el 6º, en
1998 el 7º, en 1999, el 8º, en 2000 el 9°, cambiando la razón social de Centro Educativo Básico
No. 7 (legalizado según Acuerdo municipal No. 21 de septiembre 10 de 1.996).
A principios del 2001 se presentó la propuesta a la Secretaria de Educación Departamental
para que concedieran abrir la Media Técnica, fue aprobada según Resolución 0667 de
septiembre 11 de 2001, con el nombre de COLEGIO TECNICO DE SANTO TOMAS, para
ofrecer el servicio educativo formal en el nivel de Media Técnica, Modalidad Comercial
contando con los niveles de pre-escolar, Básica y Media como lo establece la Ley 115. En el
año 2002 es solicitado por el ICFES para que los estudiantes realicen la prueba de estado. En
el mismo año la Institución a través del Ministerio de Educación otorgó el título de Bachiller con
énfasis en Comercial a 56 educandos.
Por medio del Decreto 000250 de julio 6 de 2.004, el gobernador del departamento del
Atlántico, Dr. Carlos Rodado Noriega, reorganiza el Servicio Educativo en el municipio de Santo
Tomas, quedando integrado por dos establecimientos educativos, uno de ellos fue La
Institución Educativa Técnica Comercial de Santo Tomas.
La Resolución 07828 del 25 de noviembre de 2.009, autoriza la implementación de la Media
Técnica en Mecánica Diesel, con el fin de legalizar la permanencia en el Proyecto Oriental, a la
que pertenecen hasta la fecha tres instituciones más de la Banda Oriental del departamento del
Atlántico.
El 26 de diciembre de 2.011 la Institución Educativa Técnica Comercial de Santo Tomas, otorgó
el título de Bachilleres Académicos a la Primera Promoción de bachilleres CAFAM, autorizada
por la Secretaria de Educación Departamental según Resolución No. 03576 de noviembre 9 de
2011.
Actualmente cuenta con 2 sedes. La sede N°1 (Básica de 1º. a. 9º y Media Técnica Comercial
10° y 11°: 45 grupos) y la Sede No. 2 Cruzada Social (5 grupos de Transición), ofreciendo
servicio educativo a la comunidad, la MEDIA TECNICA en Jornada ÚNICA desde 2019 y con
proyección a la Jornada UNICA a partir del año 2021 con todos los niveles, según Decreto 2105
de 2017.
LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS hoy es un
establecimiento Educativo de naturaleza oficial, mixta, funciona en un moderno edificio con más
de 40 aulas especializadas construidas por el MEN y la SED
.
Misión
La Institución Educativa Técnica Comercial de Santo Tomás (Atlántico.), de carácter
oficial, fundamentada en un modelo pedagógico social activista humanista busca la
formación integral e inclusiva de niños, niñas y jóvenes, capaces de desarrollar las
competencias básicas y laborales; las exigencias sociales, comerciales y tecnológicas
mediante la articulación con el sector productivo, instituciones relacionadas con su
énfasis y de la educación superior que les permitan desenvolverse en un mundo
globalizado.
Visión
La Institución Educativa Técnica Comercial de Santo Tomás (Atlántico), en el año 2025
será reconocida en el departamento como líder en formación integral e inclusiva,
educando en valores, destrezas tecnológicas, competencias ciudadanas, básicas y
laborales en la Modalidad Técnica Comercial a niños, niñas y jóvenes capaces de tomar
decisiones sobre su desempeño, fomentando el liderazgo para proyectar en la
comunidad mejores niveles de vida y haciendo uso de principios democráticos y de
convivencia.
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LA FORMACIÓN INTEGRAL, LAS DIMENSIONES DEL SER Y LOS VALORES
INTECSISTAS
La formación integral tiene las siguientes características expresadas en la Ley 375 de
1997, Art. 39.
Integral: Abarca las dimensiones que permiten a la juventud construir, expresar y
desarrollar su identidad en los aspectos físicos, psíquicos, afectivo cognoscitivo y
espiritual para participar de manera activa en la vida social.
Auto-formativa: La juventud debe asumir una relación con el ser y el saber y mediante el
pensamiento, donde encuentre respuestas a sus intereses y logre apropiarse de los
elementos que le faciliten el pleno desarrollo de sus potencialidades, permitiendo
construir de esta forma una vida creativa y participativa que redunde en beneficio de la
sociedad.
Progresiva: Conforme a la evolución psicosocial del joven, se deben elaborar
estrategias que les permitan interactuar de una manera crítica, reflexiva y propositiva
con la sociedad.
Humanista: Mediante un permanente diálogo promover el respeto, la tolerancia y la
autonomía de la juventud para aportar en la creación de una sociedad democrática,
pacifista y pluralista en donde se reconozcan y legitimen todos los valores que
determinan al ser humano.
Permanente: Es un esfuerzo que cubre toda la vida
Así que se puede considerar como valor: todo aquello que favorece la plena
realización del hombre como persona; es decir, son instrumentos para desarrollar,
desde cada dimensión, la esencia del hombre y orientar su existencia, éstos se
adquieren y configuran a lo largo de toda la vida; están íntimamente relacionados con el
fin de la educación, que no es otro que la perfección del hombre. Es por esto que la
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMÁS hace énfasis
en la formación en valores dentro de su proyecto educativo, titulado “EDUCANDO EN
VALORES”
La formación integral ofrecida por la Institución Educativa Técnica Comercial de Santo
Tomás consiste en el desarrollo armónico de los valores desde las distintas
dimensiones de la persona humana para su completa realización como individuo y
como ser social. Ellas son las siguientes:
Dimensión Ética
Posibilidad de tomar decisiones autónomas a la luz de principios y valores, teniendo en
cuenta las consecuencias de sus acciones para asumirlas con responsabilidad.
Responsabilidad
Libertad: convicción del derecho a los demás de respetar y hacer valer sus ideas y
opiniones
Tolerancia: paciencia frente a las opiniones y pensamientos ajenos.
Autonomía: Las personas que tienen la moral, responsabilidad y ganas de hacer las
cosas sin depender de nadie más.
Respeto: Este es un valor indispensable y que se tiene que compartir con todas las
personas. Si no hay respeto, difícilmente encontrarás un ambiente agradable.
Equidad: igualdad
Lealtad: convicción personal de respecto a otra u otras personas que manejan un
mismo ideal o punto de vista, sin afectar a los demás.
Justicia: Ser una persona equitativa y dar lo que merece cada persona, es lo que
destaca de la justicia. Este es uno de los principales valores éticos.
Honestidad: capacidad que se tiene de ser sincero sin ser ofensivo ante otras personas.
Opción por la verdad en cualquier situación
Desde esta dimensión el o la estudiante será capaz de tomar decisiones autónomas
con libertad y responsabilidad
Dimensión Espiritual
Posibilidad de trascender para desarrollar la vida interior y comunicarse con Dios para
darle un sentido completo a la propia vida y a sus relaciones interpersonales y sociales.
El amor de Dios.
La paz al alma.
Esperanza.
La humildad.
La solidaridad.
El perdón.
La fé
Resiliencia
Desde esta dimensión el o la estudiante será capaz asumir su compromiso cristiano en
la propia opción de vida, mediante el discernimiento y la disposición a amar y servir
Dimensión Cognitiva
Posibilidad de aprehender conceptualmente la realidad que le rodea formulando teorías
e hipótesis sobre la misma, de manera que no sólo la pueda comprender, sino que
además interactúe con ella para transformarla.
La ciencia.
El conocimiento.
La sabiduría.
La creatividad.
El estudio.
El pensamiento crítico.
Desde esta dimensión el o la estudiante será capaz de comprender y aplicar
creativamente los saberes en la interacción consigo mismo, con los demás y con el
entorno.
Dimensión Afectiva
Posibilidad de relacionarse consigo mismo y con los demás, manifestando sus
sentimientos, sus emociones y su sexualidad en su realización constructiva como ser
social.
Amor. El amor es el objetivo principal de los valores afectivos. ...
Gratitud. La gratitud busca expresar el agradecimiento que se tiene hacia alguien o algo
que ocurrió. ...
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Respeto por si mismo, por los otros y por el medio ambiente
Solidaridad.
Cortesía.
Paciencia.
Desde esta dimensión el o la estudiante será capaz de amar, de relacionarse
afectivamente y de expresar el amor en sus relaciones interpersonales, dentro del
respeto por la dignidad de la persona, estableciendo relaciones interpersonales
constructivas y personalizantes
Dimensión Comunicativa
Posibilidad de interpretar y comprender la información que recibe, y de interactuar con
los demás expresándose adecuadamente y con sentido mediante distintas formas de
Lenguaje.
Participación
Pertenencia
Identidad
Desde esta dimensión el o la estudiante será capaz de escuchar y de interactuar, de
interpretar mensajes con sentido crítico y de expresarse correctamente.
Dimensión Estética
Posibilidad de apreciar la belleza y de producirla creativamente, desarrollando la
sensibilidad y la imaginación a través del arte en sus distintas modalidades
Belleza
Exquisitez
Misterio
Alegría
Equilibrio
Solemnidad
Delicadeza
Elegancia
Desde esta dimensión el o la estudiante es capaz de desarrollar su sensibilidad para
apreciar y transformar el entorno, apreciar la belleza y de expresarse creativamente a
través de una o varias modalidades del arte.
Dimensión Corporal
Posibilidad de manifestarse constructivamente desde y con el propio cuerpo, a través
del desarrollo físico y de la motricidad mediante la gimnasia y el deporte
Salud
Deporte
Recreación
Dieta saludable
sexo
bioseguridad
Desde esta dimensión el o la estudiante es capaz de valorar, desarrollar y expresar con
armonía la propia corporalidad.
Dimensión Sociopolítica
Posibilidad de desarrollar la sensibilidad social y de participar activamente en la
construcción de la democracia y la convivencia pacífica.
Democracia
Participación
Política
Dialogo
Acuerdo
Bien común
Desde esta dimensión el o la estudiante es capaz de asumir un compromiso solidario y
comunitario en la construcción de una sociedad más justa y participativa.
Dimensión Ambiental
Posibilidad de contribuir al cuidado y la preservación del medio ambiente, respetando la
naturaleza y desarrollando responsablemente la creación.
Durabilidad,
Eficiencia,
Renovabilidad,
Separabilidad,
Reciclaje y
Reutilización,
Inocuidad y
Suficiencia.
Desde esta dimensión el o la estudiante es capaz de reconocer la importancia capital
del cuidado de la naturaleza, asumiendo el compromiso de contribuir en la preservación
de un medio ambiente sano y respetuoso de la vida.
La formación integral tiene las siguientes características expresadas en la Ley
375 de 1997, Art. 39.
Integral: Abarca las dimensiones que permiten a la juventud construir, expresar y
desarrollar su identidad en los aspectos físicos, psíquicos, afectivo cognoscitivo y
espiritual para participar de manera activa en la vida social.
Auto-formativa: La juventud debe asumir una relación con el ser y el saber y mediante
el pensamiento, donde encuentre respuestas a sus intereses y logre apropiarse de los
elementos que le faciliten el pleno desarrollo de sus potencialidades, permitiendo
construir de esta forma una vida creativa y participativa que redunde en beneficio de la
sociedad.
Progresiva: Conforme a la evolución psicosocial del joven, se deben elaborar
estrategias que les permitan interactuar de una manera crítica, reflexiva y propositiva
con la sociedad.
Humanista: Mediante un permanente diálogo promover el respeto, la tolerancia y la
autonomía de la juventud para aportar en la creación de una sociedad democrática,
pacifista y pluralista en donde se reconozcan y legitimen todos los valores que
determinan al ser humano.
Permanente: Es un esfuerzo que cubre toda la vida
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Serán referentes para regular las relaciones comunitarias en el proceso formativo, en la
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS, los
principios y derechos fundamentales de la Constitución Política de Colombia,
promulgada en el año 1991:
Artículo 11. El derecho a la vida
Artículo 12. Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma
protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y
oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o
familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.
Artículo 14. Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal, familiar y a su
buen nombre
Artículo 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad,
sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.
Artículo 17. Se prohíbe la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en
todas sus formas.
Artículo 18. Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de
sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su
conciencia.
Artículo 19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar
libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva. Todas las
confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley.
Artículo 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su
pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de
fundar medios masivos de comunicación.
Artículo 21. Se garantiza el derecho a la honra.
Artículo 22. La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.
Artículo 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las
autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución.
Artículo 24. Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho
a circular libremente por el territorio nacional.
Artículo 25. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
Artículo 26. Toda persona es libre de escoger profesión u oficio.
Artículo 27. El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación
y cátedra.
Artículo 28. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia,
ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado
Artículo 29. El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y
administrativas.
Artículo 30. Quien estuviere privado de su libertad tiene derecho a invocar el Habeas
Corpus
Artículo 31. Toda sentencia judicial podrá ser apelada o consultada
Artículo 32. El delincuente sorprendido en flagrancia podrá ser aprehendido y llevado
ante el juez por cualquier persona.
Artículo 33. Nadie podrá ser obligado a declarar contra si mismo o contra su cónyuge,
compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad,
segundo de afinidad o primero civil.
Artículo 34. Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación
Artículo 35. Se prohíbe la extradición de colombianos por nacimiento. No se concederá
la extradición de extranjeros por delitos políticos o de opinión.
Artículo 36. Se reconoce el derecho de asilo en los términos previstos en la ley.
Artículo 37. Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y
pacíficamente.
Artículo 38. Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las
distintas actividades que las personas realizan en sociedad.
Artículo 39. Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o
asociaciones, sin intervención del Estado.
Artículo 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y
control del poder político
Artículo 41. En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán
obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se
fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la
participación ciudadana. El Estado divulgará la Constitución.
Artículo 45. El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral.
Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene
una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica
y a los demás bienes y valores de la cultura.
La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y
a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento
cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.
El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será
obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo,
un año de preescolar y nueve de educación básica. Al respecto el Consejo de Estado
en Sentencia del 27 de enero de 2011, Expediente núm. 2005-00086, conceptuó que,
bajo un criterio incluyente, los menores de cinco años podrán ingresar al grado de
transición (o preescolar) de las instituciones educativas oficiales siempre y cuando los
cumplan durante el transcurso del respectivo año lectivo
La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de
derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.
Artículo 68. La comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de
educación. La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética
y pedagógica. Los padres de familia tendrán derecho de escoger el tipo de
educación para sus hijos menores. En los establecimientos del Estado ninguna
persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa. Las integrantes de los grupos
étnicos tendrán derecho a una formación que respete y desarrolle su identidad cultural.
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17
La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o
mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.
Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano.
De conformidad con lo expresado por la Constitución Política, LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA TECNICA COMERCIAL se regirá atendiendo a los siguientes fines,
expuestos en los artículos, de la ley 115 de 1994
Artículo 1o. La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y
social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su
dignidad, de sus derechos y de sus deberes.
Artículo 5o. Fines de la educación. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución
Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:
1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen
los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación
integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y
demás valores humanos.
2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a
los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad,
así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.
3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los
afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.
4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional,
a la historia colombiana y a los símbolos patrios.
5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más
avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la
apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.
6. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y
cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.
7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la
cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus
diferentes manifestaciones.
8. La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica
de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el
Caribe.
9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance
científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la
calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de
solución a los problemas y al progreso social y económico del país.
10. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y
mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los
recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del
riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación.
11. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y
habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo
individual y social.
12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la
prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la
recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre, y
13. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear,
investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del
país y le permita al educando ingresar al sector productivo
En el ofrecimiento del servicio educativo La institución Educativa Técnica
Comercial tendrá como objetivo primordial de todos y cada uno de los niveles, lo
expresado en la Ley 115 de 1994, Artículo 13.
a) Formar la personalidad y la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía
sus derechos y deberes
b) Proporcionar una sólida formación ética y moral, y fomentar la práctica del respeto a
los derechos humanos
c) Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de
los principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la
autonomía y la responsabilidad
d) Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la
autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de
los sexos, la afectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica
y responsable
e) Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional
f) Desarrollar acciones de orientación escolar, profesional y ocupacional
g) Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo, y
h) Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos.
.
La INTECSA como institución incluyente acoge y se rige por los Principios
generales de la ley 1346 del 2009, a su vez aprobados en la "Convención sobre
los Derechos de las personas con Discapacidad", adoptada por la Asamblea
General de la Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006:
a) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de
tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas
b) La no discriminación
c) La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad
d) El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como
parte de la diversidad y la condición humanas
e) La igualdad de oportunidades
f) La accesibilidad
g) La igualdad entre el hombre y la mujer
h) El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad
y de su derecho a preservar su identidad.
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18
En la Institución Educativa Técnica comercial se concluye de todo lo expuesto en el
ámbito filosófico y jurídico-conceptual, los siguientes postulados:
• La educación es un derecho fundamental, pero no es absoluto, sino limitado
por los derechos de los demás.
• La educación es un derecho-deber, por cuanto otorga reconocimientos y
derechos y a la vez, demanda el cumplimiento de deberes y obligaciones tanto a las
instituciones como a los y las estudiantes, a los padres y madres de familia.
• Una de las obligaciones de los o las estudiantes consiste en mantener un
rendimiento académico y comportamental, acorde con las exigencias de la Institución
Educativa.
• El respeto por la disciplina y el orden en la Institución, es parte del derecho de
todos y todas a la educación.
El límite del derecho a la educación y del derecho al libre desarrollo de la personalidad,
es el derecho de los demás y el del orden jurídico vigente.
METAS INSTITUCIONALES
La Institución Educativa Técnica de Santo Tomás se ha propuesto las siguientes
metas:
Incentivar a los y las estudiantes el espíritu analítico, crítico e investigativo
mediante los procesos lectores.
Orientar a los y las estudiantes en evaluación por competencias para un buen
desempeño en las pruebas ICFES
Comprometer al cuerpo docente para que su gestión en el aula, planes de
estudio, proyectos pedagógicos y seguimiento académico conduzcan a la obtención de
resultados excelentes
Mantener buenas relaciones con la comunidad educativa e incentivar su
participación y convivencia pacífica en todas las actividades institucionales, lúdicas,
sociales y recreativas
Desarrollar el plan de mejoramiento institucional (PMI), incorporando cada
componente del acompañamiento, para el fortalecimiento de las oportunidades de
mejora, como son:
a. Incrementar los índices históricos de cobertura institucional.
b. Satisfacer la mayor cantidad posible de demanda del servicio educativo.
c. Disminuir paulatinamente los índices de repitencia y deserción escolar.
d. Mejoramiento continuo de resultados en Pruebas SABER.
e. Acoger a los educandos con barreras o falencias de aprendizaje.
f. Implementar el uso de las TIC en todas las gestiones escolares.
g. Mejorar el Índice Sintético de Calidad Educativa según las metas establecidas
por el MEN.
POLÍTICAS EDUCATIVAS PARA EL MANEJO DE LOS PROCESOS
CONVIVENCIALES
a. Observar de las normas constitucionales, las políticas educativas estatales
nacionales y regionales
b. Respetar la libertad de enseñanza, la vida, la individualidad, los derechos
humanos, la paz, la naturaleza, la autoridad y los símbolos patrios
c. Ofrecer educación integral de calidad e inclusiva
d. Dar ejemplo como estrategia eficaz para educar
e. Objetividad en la enseñanza y el respeto mutuo.
f. Innovar las estrategias educativas y científicas.
g. Dar participación a todas y todos los miembros de la comunidad en los
procesos educativos
h. Brindar una formación activista, humanística, científica,
i. Eliminar cualquier forma de segregación, discriminación o de ataques a la
dignidad de cualquier miembro de la comunidad.
j. Atención diferencial a quienes presenten algún tipo de necesidad educativa especial.
k. Orientación educativa y profesional a las y los estudiantes.
l. Generar espacios flexibles en lo académico, pedagógico, cultural, deportivo y
comunitario
m. Valorar y divulgar la cultura y el folclor local, regional y nacional
1. PROMOCIÓN.
Para desarrollar, la promoción de la ruta de atención, se abordarán, los procesos de
socialización a través de los talleres escuela de padres, las materias de humanidades y español
especialmente y los procesos de modelo educativo virtual con que cuenta la Institución
Educativa. La segunda fase compromete a los estudiantes, para ello, se socializará a
través de las clases de humanidades y de español, trabajos en grupo y tareas o
proyectos encaminados a la comprensión de las acciones a tomar para mitigar los
actos vulneratorios y para definir con claridad, la Ruta de Atención Integral para la
Convivencia Escolar y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones
que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el
Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y
Mitigación de la Violencia Escolar.
2. PREVENCIÓN.
El segundo componente, que será la de prevención, comprende entre otros la realización de un
sinnúmero de actividades de orden pedagógico, preventivo, informativo y de sensibilización y
adoctrinamiento, acerca de la importancia de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia
Escolar, y los protocolos que se abordarán frente a las entidades e instituciones que conforman
el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos
Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.
Dentro de este segundo componente, se planificarán, programarán y ejecutarán, diversas
actividades de índole pedagógico y de socialización tales como:
SEMANA DE LA DIGNIDAD:
Para llevar a cabo la semana de la dignidad, como la semana institucional de prevención y de
sensibilización y socialización de las diversas acciones para mitigar la violencia y definir con
certeza la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, y los diferentes procesos y los
protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional
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de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y
Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.
Para ello, se invitará a los EDUCANDOS de los diferentes grados de nuestra institución
educativa, a participar de:
1 Concurso de Caricatura.
2 Concurso de Cuento.
3 Concurso de Dibujo o pintura.
4 Concurso de Carteleras.
5 Concurso de Poesía.
6 Concurso de declamación.
6 Se invitará a los educandos a la creación de Obras de teatro.
7 Se invitará a los educandos a la creación de Canciones.
8 Se invitará a los educandos a la creación de Mensajes para la Emisora estudiantil.
8. Se invitará a educandos, a la creación de videos o micro mensajes en video para
prevenir el matoneo, para fortalecer los derechos humanos y para fomentar los derechos
sexuales y reproductivos. Videos que se mostrarán a los demás alumnos, a los padres de
familia y se subirán a la red y a Las páginas Web de City tv, El Tiempo y demás canales y
Periódicos que permitan subir contenidos y video a sus Páginas, así como a la red social
YouTube, Facebook y Twitter.
11. Se invitará a los educandos, a realizar un video metraje o crónica de prevención del
matoneo. Todos estos trabajos orientados, dirigidos y asesorados por los docentes de artes,
humanidades, español y directores o directoras de grupo. Trabajos que tienen el ánimo de
socializar y sensibilizar en la prevención del matoneo y a su vez fomentar y premiar e incentivar
los talentos, aptitudes, destrezas y capacidades de nuestros alumnos. Por supuesto los temas
centrales de cada una de las muestras, serán:
1 PREVENCIÓN DEL MATONEO.
2 PREVENCIÓN DEL CIBER-MATONEO.
3 EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS.
4 EJERCICIO DE DERECHOS Y SANA SEXUALIDAD.
5 MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR.
6. HIGIENE PERSONAL Y BIOSEGURIDAD
Terminados los procesos de elaboración y producción del material, se convocará a los
educandos, a participar de la SEMANA DE LA DIGNIDAD.
SEMANA DE LA DIGNIDAD, en la cual, los educandos, previa programación y organigrama,
darán a conocer sus trabajos y sus productos durante toda la semana a los demás
alumnos , a sus padres de familia y a los invitados especiales, (que pueden ser otras
instituciones educativas, o el Personero Distrital, el comisario de familia, el ICBF, secretaria
de educación, alcaldía, etc.), se conformará un jurado especial y se elegirán los ganadores,
aunque todas las muestras serán premiadas a través de logros, (notas favorables) y estímulos
académicos, se entregarán estímulos de orden meritorio y especial a los ganadores que
obtengan el primer lugar como mejor muestra en cada área y concurso.
Se invitarán a los medios de comunicación como City Tv y El Tiempo, El Espectador y demás
periódicos, para que realicen una nota respecto del tema.
Se buscará además convertir el proceso en un génesis, que merezca replica a nivel de todas
las instituciones educativas del país. Donde se resalten las iniciativas, el talento y las muestras
de los educandos, frente al tema de prevención y sensibilización.
Los mejores mensajes se ofrecerán a las emisoras a nivel nacional y los mejores comerciales o
micro mensajes en video, se llevarán para estudiar la posibilidad de que sean mensajes
institucionales en televisión nacional.
3. ATENCIÓN.
En este tercer (3) componente, se brindará asertivo abordaje y priorización de los procesos
que surjan como vulneradores de la convivencia escolar y se comunicará a los padres de
familia, que sus hijos, pese a la realización de la SEMANA DE LA DIGNIDAD, no se acogen a
las normas de convivencia y respeto del plantel, por lo cual, deben ingresar a un programa
especial de orientación conductual y disciplinario, para corregir y enmendar sus falencias y
deficiencias a nivel de acato a las normas y de respeto por sus demás pares escolares,
educandos en proceso de observación detallado.
Se tomarán, las medidas pertinentes dentro del marco de la conciliación, los acuerdos y los
convenios de mejora, cambio y resarcimiento del daño causado. Salvo situaciones Tipo III, que
constituyen acciones o situaciones que se –presuma- son de orden delictivo y que desbordan
la tarea y funciones del comité de convivencia y se conviertan por su gravedad en situaciones
delictivas al tenor de la responsabilidad penal adolescente, es decir, causadas por alumnos
mayores de 14 años, con plena certeza y conocimiento del daño que causaron con sus
actuaciones irregulares – dolo- Conductas que deben denunciarse ante las autoridades
pertinentes como comisaria de familia, policía de infancia y adolescencia, y personería, en acato
a los artículos 11, 12, 13, 14, 15, de la ley 1146º de 2007, y al artículo 11º y artículo 44º numeral
9 de ley 1098º de 2006 y artículo 25º del código penal colombiano. Siempre respetando lo
normado por el debido proceso.
4. SEGUIMIENTO.
En este cuarto (4) componente, definidas, e identificadas plenamente, las actuaciones a
consolidarse frente a las situaciones de vulneración, y tipificada y determinada la sanción, el
abordaje o la conciliación (de llegar a ser procedente, porque NO constituye delito) se
establecerá, un cuidadoso y minucioso – seguimiento- de los actores en conflicto, por parte
del comité de convivencia y además, con asesoría, acompañamiento e intervención del o la
Psicoorientadora de la Institución Educativa, quien en su informe señalará la necesidad de
mantener o de cesar ese –seguimiento- de acuerdo al avance y restablecimiento de los
derechos de los estudiantes violentados o vulnerados. En todos los casos, se seguirá estricto
respeto al debido proceso, a lo normado por el manual de convivencia y a lo señalado por la
normativa jurídico – legal vigente que NO es de consenso, sino de obligatorio cumplimiento.
Recuérdese que el artículo 01º de la Constitución Política Nacional en COLOMBIA, como un
estado social de derecho, es claro y contundente al destacar que prevalece el derecho de la
comunidad en general, por encima de un particular, cuando reza: “y en la prevalencia del
interés general”.
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FUNDAMENTACIÓN
LEGAL
La siguiente es la fundamentación legal de la acción educativa DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS - ATLANTICO, con base en lo
expuesto por la corte en la sentencia T-1233 de 2003 que dice: “los reglamentos
internos o Manuales de Convivencia elaborados por las comunidades de los planteles
educativos tienen la obligación de observar las disposiciones constitucionales. En
efecto, el respeto al núcleo esencial de los derechos fundamentales de los estudiantes
no se disminuye como consecuencia de la facultad otorgada a los centros educativos
para regular el comportamiento de sus alumnos. Por el contrario, las reglas que se
establezcan deben reflejar el respeto a la dignidad humana y a la diversidad étnica,
cultural y social de la población (artículo 1º), así como los derechos al libre desarrollo de
la personalidad (artículo 16º) libertad de conciencia (artículo 18º) libertad de expresión
(artículo 20º), igualdad (artículo 13º), debido proceso (artículo 29º) y educación
(artículo 67º) superiores. Además de su consagración constitucional, la titularidad de
estos derechos se encuentra en cabeza de niños y adolescentes en proceso de
formación, lo que implica una protección reforzada”.
• Ley 30 de 1986 Estatuto nacional de estupefacientes;
• Ley 87 de 1993
• Ley 50 de 1990 Reformas al código sustantivo de trabajo
• Ley 30 de 1992 Educación superior
• Ley 133 de 1994, libertad de cultos
• Ley 190 de 1995, Anticorrupción
• Ley 115 de 1994, Ley General de Educación
• Ley 124 de 1994 Prohíbe el Expendio de Bebidas alcohólicas a Menores de Edad
• Ley 375 de, 1997 Juventud.
• Ley 494 de 1999, Clubes deportivos en Institución Educativas
• Ley 715 de 2001, Sistema General de Participaciones
• Ley 599 de 2000 Código penal
• Ley 1014 de 2006 de fomento a la cultura del emprendimiento
• Ley 734 de 2002 Código Disciplinario Único.
• Ley 1010 de 2006 Acoso laboral
• Ley 1098 de 2006 Infancia y Adolescencia
• Ley 1146 de 2007 Prevención y atención integral en caso de abuso sexual
• Ley 1269 de 2008 Lista de útiles
• Ley 1335 de 2009 Prevención del consumo de tabaco
• Ley 1346 de 2009 Derechos de las personas con discapacidad- ONU
• Ley 1404 de 2010 Programa escuela para padres y madres en las instituciones educativas
• Ley 1620 de 2013 Convivencia Escolar
• Ley 1822 del 4 de enero de 2017, licencia de maternidad
• Decreto 2277 de 1979 Estatuto Docente
• Decreto 3788 de 1986 reglamenta el estatuto nacional de estupefacientes.
• Decreto 1108 de 1994 Porte y consumo de estupefacientes
• Decreto 1860 de 1994 Reglamentario de la Ley 115.
• Decreto 3011 de 1997 Educación de adultos.
• Decreto 354 de 1998 Convenio Estado e iglesias cristianas no católicas;
• Decreto 1850 de 2002 Reglamenta calendario escolar y jornadas escolares.
• Decreto 1883 de 2002
• Decreto 3020 de 2002 Jornada laboral y jornada académica
• Decreto 3055 de 2002
• Decreto 1278 de 2002. Nuevo Estatuto Docente.
• Decreto 1102 de 2004, Capítulo III, Art. 9:
• Decreto 1286 de 2005 Participación de la familia en los procesos de las I E.
• Decreto 228 de 2008 sobre modelos flexibles para la atención educativa.
• Decreto 289 de 2009 acceso y la permanencia en el sistema educativo
• Decreto 1290 de 2009 sobre evaluación del aprendizaje y promoción. ,
• Decreto 366 de 2009 apoyo pedagógico en Programas de educación inclusiva
• Decreto 120 de 2010 Reglamento para la Mejora de la accesibilidad
• Decreto 860 de 2010 Obligaciones en la prevención de infracciones a la ley penal
• Decreto 4807 de 2011 Gratuidad educativa para los estudiantes de las IEO
• Decreto 1965 de 2013. Reglamentario de la ley 1620
• Decreto 2105 de 2017 jornada única escolar
• Resolución 03353 de 1993. Sobre educación sexual
• Resolución 4210 de 1996. Sobre servicio social
• Resolución 2565 del 24 de octubre de 2003, en lo relativo a la Inclusión
• Resolución 1740 de 2009. Sobre el acceso y permanencia en el sistema educativo
• Resolución 961de 2009. En donde se establecen, los deberes y los derechos de
los padres y madres de familia, acudientes y beneficiarios del proyecto educativo.
•
• Sentencia T- 519 de 1992. La educación es un derecho-deber
• Sentencia T- 402 de1992. La Constitución garantiza el acceso y la
permanencia en el sistema educativo, salvo que existen elementos
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva
21
razonables que lleven a privar a la persona del beneficio de permanecer en
una entidad educativa determinada".
• Sentencia T- 612 de 1992. Contrato de Matrícula:
• Sentencia T-002 de 1992 Respeto al otro y a sí mismo, como deber
• Sentencia T-366 de 1992 Disciplina no contradice derechos
• sentencia T-341 de 1993. la educación como derecho-deber
• Sentencia T- 316 de 1994 sobre la prevalencia del interés general
• Sentencia C- 555 de 1994
• SentenciaC-221 de 1994, sostiene que la garantía del libre desarrollo de la
personalidad no es un derecho absoluto
• Sentencia T-037 de 1995 Disciplina inherente a la educación
• Sentencia T- 527 de 1995 la educación como un derecho-deber
• Sentencia T - 397 de 1997, exigencias y la calidad educativa
• Sentencia T-235 de 1997 Obligación de educación
• Sentencia T-481 de 1998 libre desarrollo de la personalidad
• Sentencia SU-641/ 1998.
• Sentencia C-481 de 1998. Al tenor del artículo 16 de la Constitución que
consagra el Derecho al Libre Desarrollo de la Personalidad
• SENTENCIA T – 435 DE 2002. DERECHO, Imposición de sanciones.
Deben ser razonables y estar tipificadas en el manual de convivencia.
• Sentencia T-967 de 2007. Las instituciones educativas pueden regular el uso
del teléfono celular
• Sentencia C-491 de 2012. Sostiene que el derecho al libre desarrollo de la
personalidad no es absoluto
• Sentencia T – 625 DE 2013. los educadores deben ser personas idóneas
• T – 478 DE 2015
• Sentencia T– 565 de 2013. Libre desarrollo personalidad-límites
• SENTENCIA T- 715 DE 2014. el libre proceso de formación de una
específica identidad sexual
.
Fundamentación Filosófica.
El hombre como un ser social, histórico, cultural y trascendental.
La INTECSA centra su quehacer pedagógico en la persona del o la estudiante, a quién
se considera un ser humano en formación, irrepetible, dinámico, capaz de afirmarse
con autonomía, con derechos y responsabilidades, capaz de trascender al otro
reconocerlo con base en el axioma: “me respeto cuando le ofrezco ese mismo respeto a
los demás, me amo cuando amo a mi prójimo como a mí mismo”.
El hombre tiene fuerza interior que le permite transformar los conocimientos o
fenómenos y que dicha fuerza se dinamiza con la acción para hacerlos útiles y
pragmáticos.
El hombre siempre tiene necesidad de conocer, de saber, de buscar y explorar, de ver,
de trabajar y todo esto lo impulsa a despertar sus intereses; posee capacidades de
elaborar conocimientos a partir de sus propias experiencias y quehaceres diarios.
La labor pedagógica, por tanto, tiene como propósito central, orientar a niños, niñas y
jóvenes para que sean personas responsables, participativas, críticas, cuestionadoras
de la realidad que los circunda e investigadores del saber científico, técnico, artístico
que les ofrece el plan de estudio y por su puesto respetuosos de los demás
Fundamentación axiológica
El hombre experimenta un deseo ferviente de redescubrir su verdadera dimensión. El
hombre de hoy es necesario que sepa, que es más importante ser que tener, ya que la
post modernidad se constituye en una etapa de reencuentro entusiasta con los valores
y las actitudes positivas. El hombre desea encontrar valores, ya que ellos son
fundamentales en la búsqueda de la plena realización humana y en las actitudes, la
demostración tangible de esos valores.
Fundamentación Pedagógica.
El fundamento pedagógico que orienta el quehacer de LA INTECSA, se encuentra enmarcado
dentro de una propuesta educativa abierta y flexible, dinámica, versátil y productiva, desde una
concepción SOCIAL- ACTIVISTA CON ENFOQUE HUMANISTA del aprendizaje dirigida a la
formación integral e inclusiva de los y las estudiantes, busca una mayor coherencia entre la
educación y el contexto nacional, aplicando metodologías y estrategias, afines con los
principios rectores de la pedagogía y las directrices educativas propuesta por el MEN.
Las prácticas pedagógicas activas soportan el accionar de la comunidad educativa de la
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS - y se encaminan a
buscar, la autodeterminación personal y social, desarrollar el conocimiento por medio de la
reflexión, análisis, observación, manejo de las tecnologías de la información y la comunicación
(TIC´s), el bilingüismo, el énfasis en el diseño de portales web y el diseño gráfico, la
investigación e interpretación de la realidad, para contribuir a transformarla en beneficio
personal, familiar y social.
El trabajo en equipo, la búsqueda solidaria y puesta en común de conocimientos son el
soporte del modelo pedagógico, que conduzca al aprendizaje significativo, que guía la labor
formativa, desarrollado para el beneficio integral e inclusivo del o la estudiante intecsista.
En esta concepción pedagógica, el docente asume como principio fundamental de toda su
actividad, la ética en el ejercicio de su profesión, y en su compromiso social, el respeto por la
dignidad humana y la diferencia, la responsabilidad en el cumplimiento del deber y la
inaplazable protección y prevalencia del bien común sobre los intereses particulares. El
docente estimula en el o la estudiante, sus talentos, aptitudes y capacidades, de acuerdo a sus
fortalezas y minimizando sus debilidades; igual que la creatividad, la crítica y los procesos
básicos de investigación a través de ejercicios asertivos de enseñanza aprendizajes. Es decir,
el docente funge como orientador, guía, dinamizador y facilitador del proceso educativo,
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva
22
propiciando ambientes socio-afectivos, en los cuales, el o la estudiante, es protagonista de su
propio aprendizaje y el motor de su autoformación
Fundamentación Sociológica.
La INTECSA concibe al o la estudiante como ser humano, como ser vivo que cumple unas
etapas de desarrollo y que se organiza en familia y comunidad
El individuo humano requiere convertirse en persona y desarrollar la potencialidad de todas sus
dimensiones, ser sociable, vivir con otros, buscar mecanismos de convivencia, solidaridad,
tolerancia y resiliencia en la adversidad
La INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS , fortalece, los
valores sociales, culturales, étnicos y de construcción del conocimiento colectivo en un
ambiente escolar sano, que propicia una convivencia social adecuada, libre, creativa y
constructiva, en la que priman la tolerancia para aceptar la diferencia, la resolución concertada
de conflictos, el respeto, difusión, práctica y defensa de los derechos humanos como base en la
construcción de una sociedad justa, armonizando la diferencia y respetando el tenor jurídico –
legal, como premisa de inclusión social y de respeto por el otro, en el proceso de formación
integral.
Fundamentación Psicológica.
El estudiante o la estudiante requiere una formación integral e inclusiva, en que se les
promueva su autoestima, autonomía y libre desarrollo, que les ayude a desarrollar las
capacidades, habilidades y destrezas, para aprender, crear, amar y responder a las múltiples
situaciones que la vida cotidiana les presente en el tiempo y en el espacio de su entorno o fuera
de él, recordando que son ciudadanos y ciudadanas del mundo globalizado
En la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS, el o la
estudiante es protagonista de sus propias experiencias, responsable de estructurar una
personalidad orientada por un proyecto de vida y unos principios de libertad, autonomía,
responsabilidad, solidaridad, tolerancia, honestidad, fraternidad y conciliación. La Institución
propicia los espacios para el desarrollo armónico de los perfiles y rasgos diferenciales de la
personalidad individual.
En respuesta a la pluralidad de la sociedad actual, que demanda una actitud respetuosa de la
diversidad, la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS,
genera, la concepción del o la estudiante como ser humano, como persona y como ciudadano
con derecho a gozar, de la oportunidad de formarse en ambientes inclusivos, que reconozcan
la particularidad de sus necesidades educativas, junto con su capacidad de aportarse como
miembro activo de una comunidad educativa.
Proyectos Pedagógicos.
Los proyectos a que se refiere el numeral 1 del artículo 15 de la Ley 115 del 1994, deberán ser
desarrollados en todos los niveles del establecimiento educativo, formulados y gestionados por
los docentes de todas las áreas y grados, construidos colectivamente con otros actores de la
comunidad educativa, que, sin una asignatura específica, respondan a una situación del
contexto y que hagan parte del proyecto educativo institucional o del proyecto educativo
comunitario.
Los proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad, cuyo objetivo es desarrollar
competencias en los estudiantes para tomar decisiones informadas, autónomas, responsables,
placenteras, saludables y orientadas al bienestar, deberán impartir conocimientos científicos,
actualizados y pertinentes para cada edad, desde cada una de las áreas obligatorias señaladas
en la Ley 115 de 1994, relacionados con el cuerpo y el desarrollo humano, la reproducción
humana, la salud sexual y reproductiva y los métodos de anticoncepción, así como las
reflexiones en torno a actitudes, intereses y habilidades en relación con las emociones, la
construcción cultural de la sexualidad, los comportamientos culturales de género, la diversidad
sexual, la sexualidad y los estilos de vida sanos, como elementos fundamentales para la
construcción del proyecto de vida del o la estudiante.
La educación para el ejercicio de los Derechos Humanos en la escuela implica la vivencia y
práctica de los Derechos Humanos en la cotidianidad escolar, cuyo objetivo es la
transformación de los ambientes de aprendizaje, donde los conflictos se asumen como
oportunidad pedagógica que permite su solución mediante el diálogo, la concertación y el
reconocimiento a la diferencia para que los niños, niñas y adolescentes desarrollen
competencias para desempeñarse como sujetos activos de derechos en el contexto escolar,
familiar y comunitario. Para esto, el proyecto pedagógico enfatizará en la dignidad humana, los
Derechos Humanos y la aceptación d la diferencia En el currículo, el establecimiento educativo
deberá hacer explícito el tiempo y condiciones destinadas a los proyectos, acorde con lo
señalado en los artículos 76 a 79 de la Ley 115 de 1994, en relación con el currículo y planes de
estudio.
Fundamentación Política
La INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS, propicia y exalta
la dimensión sociopolítica y democrática de sus estudiantes para que participen
responsablemente, en la toma de decisiones que afecten el entorno personal, familiar, escolar,
comunitario y ciudadano, de conformidad con los principios éticos fundamentados en el
proceder académico, comportamental y filosófico al interior de la Institución. Ningún integrante
de la comunidad debe eximirse de brindar y de recibir acciones de beneficio comunitario, ni de
impedir que el bien general prime sobre el particular. Igualmente, no puede renunciar a elegir y
ser elegido para ejercer su derecho a participar en los diferentes cargos del gobierno escolar
2021-2024   MANUAL DE CONVIVENCIA INTECSA
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2021-2024 MANUAL DE CONVIVENCIA INTECSA

  • 1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 1 SÍMBOLOS INSTITUCIONALES: INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS-INTECSA Lema Institucional: FORJANDO TALENTOS Y EDUCANDO EN VALORES 1. BANDERA DE LA INTECSA Tiene dos (2) colores en forma horizontal el azul y el naranja. El azul significa la dimensión trascendental que todos los jóvenes deben cultivar y que se concretiza en el ideal de la vida. El naranja significa la alegría que emana de cada uno de los corazones de los estudiantes para que luchen por su Proyecto de Vida. 2. ESCUDO DE LA INTECSA Tiene los colores de la bandera ya descrita, tiene dibujados el libro y el computador que simbolizan estudio, tecnología y valores de la tolerancia, el compromiso, la democracia y la fe. El libro simboliza el estudio, se refiere a la responsabilidad que el estudiante debe ejercitar en los años de su permanencia en la Institución; el computador significa el interés por desarrollar sus capacidades mentales y prepararse competitivamente para el mercado laboral; la cayena simboliza la cultura de nuestra región, identificando también el Festival Departamental de Danzas Folclóricas que anualmente se realiza en la institución. 3. HIMNO DE LA INTECSA Autor: Lic. ROBINSON NAVARRO Música. Isaac Navarro Ali Eres orgullo de mi pueblo naciste con vocación de educar del Atlántico una noble estrella que irradias siempre la verdad. El anhelo de todos fructifica y hoy tienen mucho que mostrar la entrega de tus maestros fue decisiva y así el sueño se hizo realidad. CORO Colegio Técnico querido jamás te podré olvidar tú me trazas una senda en la vida para en ella yo poder triunfar. Tú impartes enseñanza comercial a jóvenes ávidos de estudiar en tus aulas se respira alegría y sobresales por tu gran Festival. En ti hay fe, compromiso y tolerancia que Dios guíe esa forma de actuar y que sigas en la brega largo tiempo ayudando a esta comunidad. Con prestigio adelante sigues firme educando en un ambiente de paz y le entregas a Colombia con amor mentes cultas que la han de transformar.
  • 2. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 2 4. HIMNO DE SANTO TOMÁS I Santo Tomás pueblo querido lugar hermoso, donde nací hoy te cantamos somos tus hijos eres orgullo de este País (Y en el Atlántico eres bandera de su cultura de su sentir) Bis II Tu gente es noble, sencilla y buena que siempre lleva en el corazón un gran orgullo de ser Tomasino y de servirle a esta Región (y por sus venas llevan el arte, Sabiduría y educación) Bis CORO Santo Tomás… pueblo único en el mundo Santo Tomás… como tú no hay igual Santo Tomás… te llevo en lo profundo Santo Tomás… figura Universal III Santo Tomás es tu patrono Obispo sabio que Dios mandó para que cuide de nuestro pueblo y sea un ejemplo de admiración (para los niños, para los viejos que compartiendo, vives mejor) Bis III Tú misma gente de dio las fiestas y el gran Reinado Intermunicipal y en todo acto eres figura de la cultura tradicional (como tu gente no hay ninguna y como tú no hay otro igual) Bis 5. HIMNO DEL ATLÁNTICO CORO Como una lira inmensa, pulsada por el viento las voces del Atlántico cantando gloria están; y el Litoral hermoso frontera de la Patria, es cuna de hombres libres que aman la libertad. I Tiene muy alto el Atlántico su meta bajo la noble égida de la paz, y en el ámbito patrio se destaca su anhelo de crecer y progresar II Por nuestra dicha y fortuna hemos nacido bajo este bello esplendente cielo azul y Dios puso en nuestras venas, como un vino la esperanza de vencer el porvenir III Vamos a la conquista del futuro con generoso empeño y decisión alta la frente y firme la esperanza lleno de entusiasmo el corazón. IV Es el Atlántico tierra sagrada donde Dios derramó su bondad es su ambiente de sana alegría es su gente sencilla y cordial
  • 3. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 3 Juramento Intecsista Institución Educativa Técnica Comercial de Santo Tomás Te quiero con toda mi alma, con toda mi vida, con todo mi corazón. Porque aquí, me estoy educando. Porque aquí, me estoy formando una persona de bien. Por eso respeto mis superiores y compañeros. Por eso vengo debidamente uniformado. Por eso cuido la silla en que me siento, Las paredes que me abrigan y todo lo que en ti se encuentra Legado de la docente Gloria Muñoz Coordinadora IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL. Razón legal: INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Dirección: Carrera 6 No. 5ª-191 Niveles de Enseñanza: Educación Preescolar Educación Básica Primaria y Secundaria Educación Media Técnica Énfasis: Comercial Sector: Oficial Calendario: A Jornada: Única Carácter: Media Técnica – Comercial Sedes: Sede 1 Acción Comunal DANE: 108685000046 Sede 2 Cruzada Social calle 5 3 4- 104 Barrio El Lucero DANE 308685000100 Licencia de Funcionamiento: Resolución 0667 de septiembre 11 de 2001 Decreto 000250 de julio 6 de 2004 Nit.: 802.007.074-6 Código ICFES: 102079 Título que expide: BACHILLER COMERCIAL Énfasis: El que ofrezcan las entidades que participen en la articulación de la media con la Educación Superior. Rectora: Esp. VILMA ÁVILA DE GONZÁLEZ Coordinadoras: Mg. JULIO CESAR STAND BARRAZA Esp. AMINTA BADILLO SARMIENTO Secretario general: NAISSIR HIDALGO Secretario pagador: HIKLER INSIGNARES Banco Agrario, cuenta corriente 316600001770 Contactos: Celular 3214509332 Intecsa9@hotmail.com www.intecsa-santotomas Plataforma virtual:
  • 4. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 4 Organigrama: COORDINACION ACADEMICA COORDINACION CONVIVENCIA GOBIERNO ESCOLAR CONSEJO DIRECTIVO CONSEJO ACADEMICO ASAMBLEA PADRES DE FAMILIA CONSEJO ESTUDIANTIL COMITÉ DE CONVIVENCI A CONSEJO DE PADRES ASOPADRES ORIENTACION Y GESTION DE COMUNIDAD SECRETARIA S DESARROLL O HUMANO RECURSO HUMANO SERVICIOS GENERALES COCINA ENFERMERI A LIDERES DE PROYECTOS DEMOCRAC IA Y PAZ CIVICO SOCIAL MEDIO AMBIENTE PLAN DE RIESGOS RECTORIA SECRETARIA DEDUCACION DEPATPARTA MENTAL M.E.N. REVISOR FISCAL ACADEMICA Y DE ARCHIVO ADMINISTRAT IVA CONTABLE STAFF DOCENTES
  • 5. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 5 ÍNDICE SÍMBOLOS INSTITUCIONALES Lema Bandera Escudo Himno Intecsista Himno de San Tomás Himno del Atlántico Juramento Intecsista Identificación institucional Organigrama Presentación Resolución Términos y definiciones PERFIL INSTITUCIONAL Horizonte institucional intecsista Reseña histórica Misión Visión Principios-Fines Valores Metas Políticas Enfoque Pedagógico FUNDAMENTACIÓN Legal Filosófica Pedagógica Sociológica Psicológica Política CAPITULO I GOBIERNO ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS, PERFIL Y RESPONSABILIDADES EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Artículo 1. De la Comunidad Educativa Artículo 2. Responsabilidades de la institución en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar Artículo 3. Gobierno escolar Artículo 4. Composición del gobierno escolar Artículo 5. Consejo Directivo Artículo 6. Funciones del consejo directivo Artículo 7. El Rector o rectora Artículo 8. Responsabilidades del rector o rectora en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar Artículo 9. Consejo académico Artículo 10. Funciones del Consejo Académico Artículo 11. Comisión de promoción y evaluación Artículo 12. Comité de Convivencia Institucional Artículo 13. Conformación del comité de convivencia Institucional Artículo 14. Funciones del Comité de Convivencia Institucional Artículo 15. Consejo de estudiantes Artículo 16. Personero o personera estudiantil, funciones Artículo 17. Contralor o contralora estudiantil, funciones Artículo 18. Líder o lideresas de convivencia, académico, ecológico, funciones Artículo 19. Asociación de egresados Artículo 20. Sector Productivo Artículo 21. Asamblea general de Padres, madres de Familia Artículo 22. Consejo de Padres, madres de Familia Artículo 23. Funciones del consejo de padres y madres Artículo 24. Asociación de Padres, madres de Familia CAPITULO II DE LAS Y LOS DIRECTIVOS, DOCENTES, ADMINISTRATIVOS, PADRES, MADRES DE FAMILIA DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, PERFIL, DEBERES, DERECHOS Y SUS RESPONSABILIDADES EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Artículo 25. El rector o rectora, perfil, deberes, derechos Artículo 26. Coordinadora o coordinador Académico, perfil, deberes, derechos Artículo 27. Coordinadora o coordinador de Convivencia Artículo 28. Orientador u orientadora, perfil, deberes, derechos, Artículo 29. Docente, perfil, deberes y derechos Artículo 30. Responsabilidades de los y las docentes de la institución educativa técnica comercial de Santo Tomás en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar Artículo 31. Líder o Lideresa de Área, funciones Artículo 32. Líder o Lideresa de Grupo, funciones Artículo 33. Personal administrativo, perfil, deberes, derechos, faltas Artículo 34. Padres, madres de Familia, Perfil, deberes, derechos, Artículo 35. Escuela de padres y madres CAPÍTULO III DE LOS Y LAS ESTUDIANTES, PROCEDIMIENTO, INSCRIPCIÓN, ADMISIÓN Y MATRÍCULA, PERFIL, DEBERES, DERECHOS, ESTIMULOS Y RECONOCIMIENTO Artículo 36. Matrícula de estudiante antiguo Artículo 37. Matrícula de estudiante nuevo Artículo 38. Perfil del o la estudiante INTECSISTA Artículo 39. Derechos del o la estudiante INTECSISTA Artículo 40. Exigibilidad de los derechos Artículo 41. Derecho al debido proceso Artículo 42. Derecho a disfrutar ambientes sanos
  • 6. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 6 Artículo 43. Derecho a la libertad de culto Artículo 44. Derecho a la rehabilitación y la resocialización Artículo 45. Deberes y compromisos del o la estudiante de la INTECSA Artículo 46. Servicio Social Estudiantil Obligatorio Artículo 47. De los estímulos e incentivos a los y las estudiantes CAPITULO IV ACUERDO SOBRE UNIFORME INSTITUCIONAL, NORMAS DE USO, PAUTAS DE PRESENTACION PERSONAL Y PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD Artículo 48. Uniforme diario femenino Artículo 49. Uniforme diario masculino Artículo 50. Uniforme de educación física Artículo 51. Normas para uso de uniforme Artículo 52. Reglas de higiene y de presentación personal Artículo 53. Horario jornada de clases Artículo 54. Horario de periodos de clase Artículo 55. Plan de saneamiento Ambiental Artículo 56. Protocolos de bioseguridad para prevenir riesgos epidemiológicos CAPITULO V DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR, PROTOCOLOS Y RUTAS DE ATENCIÓN, PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS Y DE CONCILIACIÓN Y MEDIDAS FORMATIVAS Artículo 57. Situaciones Tipo 1 Artículo 58. Protocolo de atención situaciones tipo 1 Artículo 59. Situaciones Tipo 2 Artículo 60. Protocolo de atención situaciones Tipo2 Artículo 61. Situaciones Tipo 3 Artículo 62. Protocolos de atención situaciones tipo3 Artículo 63. Resolución pacífica de conflictos para la consolidación cultura de la paz Artículo 64. Solución de conflictos Artículo 65. Etapas del procedimiento disciplinario Artículo 66. Medidas formativas para estudiantes en situaciones tipo 1, 2, 3 Artículo 67. Causales para la pérdida del carácter de estudiante de la INTECSA Artículo 68. Repitencia CAPITULO VI DE LAS SITUACIONES ESPECIALES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR, PROTOCOLOS Y RUTAS DE ATENCIÓN Artículo 69. Situaciones especiales y protocolos de atención Artículo 70. Maltrato infantil por castigo, humillación, maltrato, abuso físico y/o psicológico, incumplimiento de responsabilidades por parte de los adultos, trabajo infantil y sus peores formas, incluyendo la mendicidad, presunta violencia intrafamiliar Artículo 71. Protocolo de atención de presunta ideación o amenaza suicida, presunto intento de suicidio, presunto suicidio consumado Artículo 72. Protocolo de atención de presunta violencia sexual Artículo 73. Protocolo de atención de presunta agresión y/o acoso escolar Artículo 74. Protocolo de atención de embarazo adolescente, paternidad y/o maternidad temprana Artículo 75. Protocolo de atención presuntos casos que competen al sistema de responsabilidad penal para adolescentes Artículo 76. Protocolo de atención niños, niñas y adolescentes con presunto consumo de sustancia psicoactivas (spa) Artículo 77. Protocolo de atención presunta violencia contra la mujer por razones de género Artículo 78. Protocolo de atención de presunto hostigamiento y/o discriminación por condiciones étnicas, raciales y orientaciones sexuales no normativas Artículo 79. Protocolo de atención de protocolo de atención de niños, niñas y adolescentes víctimas y afectados por el conflicto armado Artículo 80. Protocolo de atención protocolo de atención de siniestros viales para la institución educativa CAPITULO VII DE LOS PROTOCOLOS PARA EL MANEJO DE AUSENCIAS, RETARDOS, PERMISOS, RECLAMACIONES, CONSULTAS, 6 PETICIONES, CITAS. Artículo 81. Ausencias Artículo 82. Retardos Artículo 83. Solicitud de permisos de salida Artículo 84. Reclamos Artículo 85. Consultas Artículo 86. Peticiones verbales Artículo 87. Peticiones escritas Artículo 88. Funcionario competente y horario Artículo 89. Términos para resolver peticiones Artículo 90. Interrupción de los términos para resolver Artículo 91. Peticiones a dependencias equivocadas Artículo 92. Peticiones improcedentes Artículo 93. Solicitud de citas CAPÍTULO IIX: SERVICIOS QUE OFRECE LA INSTITUCIÓN A LOS Y LAS ESTUDIANTES, PADRES Y MADRES DE FAMILIAS, COMUNIDAD EN GENERAL. Artículo 94. Asesoría, orientación y consejería Artículo 95. Tienda escolar Artículo 96. Botiquín de primeros auxilios Artículo 97. Biblioteca escolar Artículo 98. Ayudas Audiovisuales Artículo 99. Sala de informática Artículo 100. Seguro estudiantil Artículo 101. Club Deportivo Artículo 102. Comité de investigación Artículo 103. Medios de comunicación institucional
  • 7. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 7 Artículo 104. Pruebas Saber CAPÍTULO IX: SIIE DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES CAPITULO X: VIGENCIA ANEXOS ENTIDADES Y SUS COMPETENCIAS SIGLAS FORMATOS DE ACTAS RESEÑA DE LOS PROYECTOS PRESENTACIÓN Acorde con lo establecido en la Ley 115 de 1994 y en su Decreto reglamentario 1860 de 1994, que obliga a los establecimientos educativos a revisar y ajustar el manual de convivencia y la Ley 1620 de 2013 que establece dar aplicación a los principios de participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad, LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS (INTECSA), a través del Consejo Directivo presidido por la Señora Rectora Esp. Vilma Ávila, convocó a padres y madres de familia, docentes, estudiantes, y comunidad en general, para precisar el contenido de las pautas de convivencia social para la formación integral e inclusiva y realizar los ajustes pertinentes al acuerdo ya existente formalizado en el año 2016. Una vez leídos y analizados los aportes de cada uno de los actores y representantes de la comunidad en general, en el marco de un diálogo democrático como lo consiga la constitución política, se procedió a reestructurar el texto que a continuación se presenta. Sentencia T-386 de 1994 El presente manual de convivencia constituye un acuerdo de voluntades entre todos los estamentos de la comunidad, expresa todos y cada uno de los compromisos y roles que se asumen entre las partes activas del proceso educativo. Los padres, madres o tutores al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos e hijas y estos mismos, lo estarán aceptando íntegramente, en cuanto que ―La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho – deber que genera para el Educador como para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse‖. (Sentencia de Corte Constitucional T- 527 de 1995). Asimismo, ―la exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno, resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él o ella y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en Vigor. En este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión‖. (Sentencia de Corte Constitucional C- 555 de 1994). Objetivo del manual de convivencia- Establecer un conjunto de normas prácticas, específicas y taxativas, que orienten, la formación integral e inclusiva de los niños, niñas y jóvenes, dentro de un ambiente de trabajo serio, organizado, consensuado, disciplinado y exigente dando a conocer, a la comunidad educativa, sus derechos y deberes para que pueda interactuar en un ambiente de equidad y justicia, respeto armónico, que redunde en ciudadanos de éxito, comprometidos con el desarrollo personal y el de su proyecto de vida, de manera asertiva y visionaria Objetivos específicos
  • 8. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 8 a. Lograr que los criterios básicos para el asertivo desarrollo de la labor educativa, se manifiesten y materialicen como una responsabilidad compartida, por todos y cada uno de los miembros de la comunidad. b. Unificar criterios respecto a las normas disciplinarias, de reconvención y formativas, dentro del proceso de formación del educando, y la participación desde los diversos roles, dentro del estamento educativo, Sentencia T – 625 DE 2013. c. Contribuir, de manera visible, al desarrollo integral de los niños, niñas y jóvenes matriculados, para que logren participar, exitosamente, en la solución de los problemas y la satisfacción sus necesidades. d. Describir, desarrollar, y argumentar sólidamente, la manera como se han de formar, individuos íntegros con capacidad de liderar, como ciudadanos responsables y de éxito. e. Dirigir, orientar y promover, la adquisición de experiencias positivas y significantes, en los educandos, para que desarrollen plenamente su sentido axiológico y analítico. f. Velar, por el positivo y sistemático desarrollo intelectual, emocional, físico, psicosocial, y espiritual de los educandos. g. Asesorar, acompañar y orientar a los padres de familia en temas relacionados con la educación y la asertiva formación de sus hijos. h. Aplicar, la materialización de los derechos, promover el cumplimiento de los deberes, compromisos y funciones dentro del rol de cada una de las personas que participan en los procesos de la comunidad educativa. i. Hacer visibles, públicas y manifiestas, las diferentes normas, directrices, principios y filosofía de la institución, las políticas a nivel académico, administrativo y convivencial Según los lineamientos del decreto 1860 de 1994, Artículo 17, el manual de convivencia institucional que se presenta contiene los derechos y deberes de los y las estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa, las reglas de higiene personal, los criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, las pautas de comportamiento para el cuidado del medio ambiente escolar, las normas de conducta de los y las estudiantes y profesores que garantizan el mutuo respeto, los procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto y para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad, y las instancias de diálogo y de conciliación. Seguidamente, contiene las pautas de presentación personal, las medidas disciplinarias aplicables a los y las estudiantes, incluyendo el derecho a la defensa y al debido proceso, las reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo y para la escogencia de voceros en los demás consejos, el proceso de elección del personero y contralor de los y las estudiantes. Como también, las calidades y condiciones de los servicios de alimentación, recreación dirigida y los medios de comunicación internos, los procesos para aprovisionar a los y las estudiantes de material didáctico de uso general, libros, uniformes, seguros de vida y de salud, las reglas para uso de la biblioteca escolar y otras aulas especializadas De acuerdo al decreto 1965, Artículo 28. Incorpora las definiciones, principios y responsabilidades que para todos los miembros de la comunidad educativa establece la Ley 1620 de 2013, además, de la síntesis del Horizonte Institucional: misión y visión, principios, valores, perfiles, deberes y derechos de docentes, padres y madres de familia; el sistema de evaluación, los cánones comportamentales, estímulos y medidas formativas, derivadas de la estricta armonía con las normas legales vigentes y aplicables a los adolescentes mayores de 14 años y a los padres de los menores de 14 años de edad. Incorpora las disposiciones necesarias para el manejo de conflictos y conductas que afectan la convivencia escolar, y los derechos humanos, sexuales y reproductivos, y para la participación de la familia. Incluye las situaciones clasificadas (tipo 1, 2, 3) que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, según artículo 40 del decreto 1965; Los protocolos de atención integral para la convivencia escolar de que tratan los artículos 42, 43 y 44 del decreto en referencia. Se contemplan finalmente, las medidas pedagógicas y las acciones, para la promoción de la convivencia escolar, la prevención de las situaciones que la afectan y la reconciliación, la reparación de los daños causados y el restablecimiento de un clima de relaciones constructivas en la institución, cuando. Y las estrategias pedagógicas que garantizan la divulgación y socialización de los contenidos del texto a la comunidad educativa en general, especialmente a los padres y madres de familia o acudientes
  • 9. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 9 ACUERDO N0 de de Por la cual se adopta el Manual de Convivencia Escolar, para la vigencia 2020 a 2022. La Rectora como Representante Legal de la Comunidad Educativa y el Consejo Directivo como instancia superior de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS - ATLANTICO, en uso de sus atribuciones Legales y; CONSIDERANDO: 1. Que es deber de la Comunidad Educativa brindar cumplimiento y aplicación a la ley de manera inexcusable y estricta en lo referente a las normas, leyes, decretos y los Derechos Universales del Niño, los acuerdos Internacionales de protección de la Infancia, las directrices de la Constitución de 1991; las disposiciones de la Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006, Ley de Infancia y la adolescencia; La Ley 115 del 8 de febrero de 1994; Ley 87 de 1993; Ley 734 de 2002, Ley 1278 de 2002; Decreto 1883 de 2002; Decreto 3011 de 1997; Decreto 1860 de 1994; Ley 715 de 2002; Decreto 1850 de 2002; Decreto 3020 de 2003; Decreto 3055 de 2002; Ley No 1014 del 26 de enero de 2006 de fomento a la cultura del emprendimiento; y demás reglamentaciones vigentes como el Código del Menor, Artículos 320 a 325; y decreto 1290 del 16 de abril de 2009; Ley 1620 de 2013 y su Decreto Reglamentario 1965º de 2013. Decreto 3011 de 1.997 en lo relativo a la Educación para adultos; Resolución 2565 del 24 de octubre de 2003, en lo relativo a la Inclusión. 2. Que se debe dotar a la INSTITUCIÓN EDUCATIVA “TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS de un Instrumento armónico e integral en lo legal, que contemple los criterios de convivencia, principios de dignidad, respeto a sus semejantes y al bien ajeno, responsabilidad e identidad de los principios de la disciplina y en pertinencia a la filosofía de la Institución educativa, el acato a las disposiciones del Plantel y a la vez se fijen estímulos para una formación Integral e inclusiva, respetando los derechos y promoviendo los deberes para una sana convivencia integral. Armonizando una sana convivencia a través del dialogo, el respeto por la diferencia y de un discurso bidireccional de derechos acompañados de deberes; y brindando estricto cumplimiento a la ley 1098 de 2006, de infancia y adolescencia en sus artículos 15, 18, 19 y también en sus artículos 41, 42, 43, y 44 principalmente. 3. Que tanto los y las estudiantes, como padres y madres de Familia, Docentes y demás actores del rol educativo integral que se promueve, deben tomar conciencia de su responsabilidad de contribuir al desarrollo eficaz de los objetivos Institucionales, en pro de la comunidad y por ende, deben comprometerse de manera irrenunciable e inexcusable en el proceso educativo. Que es necesario reconocer los derechos y deberes que le corresponden a cada uno de los integrantes de la comunidad educativa, para velar por el obligatorio cumplimiento de éstos. Brindando cumplimiento a la ley 1098 de 2006, y a los artículos mencionados en el anterior numeral 2, y brindando inexcusable cumplimiento a los artículos 25 y 209 del código penal colombiano -Ley 599- de 2000, especialmente en lo referente a la protección de los menores de 14 años escolarizados en nuestra institución educativa. 4. Que la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS, debe procurar por el bienestar y formación de los y las estudiantes, velar por su vida, Integridad, dignidad, sano desarrollo y ejemplar comportamiento en comunidad, además del cumplimiento en el área educativa, y de su integral formación en las áreas Tecnológica, cognitiva y científica, su pleno desarrollo en el área tanto física, como Psicológica, emocional, social y moral, fijando normas que así lo garanticen. Brindando especial cumplimiento a la ley 1098 de 2006, de infancia y adolescencia en sus artículos, 41, 42, 43 y 44. 5. Que se debe buscar el cumplimiento de los fines y objetivos educativos, el carácter y formación en disciplina y respeto, dignidad y liderazgo, y el ejemplo moral y fundamental que espera la sociedad actual, los principios antropológicos-psicológicos, epistemológicos, sociales, democráticos y axiológicos del P.E.I. (Proyecto Educativo Institucional). Brindando cumplimiento al Decreto reglamentario 1860 de 1994 en lo pertinente al modelo educativo. 6. Que se deben precisar, los mecanismos de participación democrática. Brindando así estricto cumplimiento a los Artículos 31 y 32 de la ley 1098 de 2006, de infancia y adolescencia. Que el Consejo Directivo, como órgano de representación de los estamentos de La Comunidad educativa, conforma la instancia superior del Gobierno Escolar en La INSTITUCIÓN EDUCATIVA “TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS; sólo superado en instancia según lo establece la Ley 115 de 1994, por la Asamblea de padres y madres en pleno. 7. Que el Contenido del presente Manual de Convivencia, es fruto de la concertación democrática y armónica de los diferentes planteamientos formulados por los representantes de toda la Comunidad Educativa: Directivos, Docentes, estudiantes, P madres y padres de Familia, Personal Administrativo, de Servicios Generales y Comunidad educativa en general, en cumplimiento del artículo 21º de ley 1620 de 2013, y aprobado en Consejo Directivo según ACUERDO No. de de 2021, RESUELVE: PRIMERO: Derogar, todos los anteriores Manuales de Convivencia, y las demás normas que le sean contrarias al presente manual de convivencia. SEGUNDO: Adoptar el presente Reglamento y/o Manual de Convivencia, en el cual taxativamente se introducen los criterios y las normas que rigen la vida diaria dentro de la Comunidad Educativa, de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS TERCERO: Este Reglamento y/o Manual de Convivencia, será revisado anualmente, para efectuar los ajustes necesarios, adiciones o reformas, y demás cambios necesarios, cuando se estime pertinente en estricto acato y obediencia a la jurisprudencia legal vigente, a las normas en educación que emerjan a futuro y a los cambios socio-jurídicos que propendan por el bienestar de nuestra comunidad educativa.
  • 10. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 10 CUARTO: El presente Manual de Convivencia se fundamenta en los siguientes principios generales: 1. Debido Proceso: De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia, el presente Manual de Convivencia, consagra el Debido Proceso, como el ordenamiento secuencial, lógico y oportuno que debe seguirse en cada acción disciplinaria, para proteger, el Derecho a la defensa del cada uno de los educandos, y su presunción de la inocencia. 2. Presunción de Inocencia: Todo educando, es inocente hasta que se demuestre, lo contrario, a través de la secuencia del debido proceso. 3. Presunción de Buena Fe: Las actuaciones de las autoridades y cuerpo docente, en la IE TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS, en relación con acciones disciplinarias accionadas, que involucre estudiante, deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual presumirá en todas las acciones que los educando, adelanten dentro de la institución, bajo los postulados de la buena fe. 4. Presunción de veracidad: Las autoridades de la institución educativa presumen que aquello, que los o las estudiantes afirman, es cierto, salvo que se pruebe lo contrario a través del debido proceso y la plena prueba. 5. Principio de Legalidad: Los o las estudiantes, solo serán accionados disciplinariamente, por comportamientos previamente tipificados en el presente Manual de Convivencia de manera taxativa o conexa. 6. Principio de Favorabilidad: En los casos en que sean aplicables diferentes normas a una misma situación disciplinaria determinada, se aplicará preferentemente, la norma o sanción más favorable, ante los recursos de reposición, apelación y queja. 7. Principio de Impugnación: Toda decisión disciplinaria que accione que afecte a un o una estudiante, es susceptible de reposición, apelación o consulta. Este principio se hará efectivo a través de los recursos de reposición, apelación y queja, como segunda instancia. 8. Non bis in dem (No dos veces por lo mismo): los y las estudiantes tienen derecho a no ser juzgados dos veces por la misma causa, hecho o situación. 9. Principio de Publicidad Procesal: Constitucionalmente, consiste, en dar a conocer, las normas, cánones, directrices, deberes y derechos, así como, las actualizaciones que se realizan al manual de convivencia, y acerca de las actuaciones realizadas, dentro del proceso. Se prestará reserva ante las denuncias anónimas y deben sustentarse en pruebas materiales o demás elementos que las ratifiquen 10. Principio de No autoincriminación: Dentro de los procesos disciplinarios no se aceptará la formulación de quejas contra sí mismo. 11. Principio de Resolución de la Duda: “In Dubio Pro Reo”. Toda duda que se presente, en la actuación y que derrumbe las acusaciones iniciales, se absolverá a favor del o la estudiante involucrada. QUINTO: Este Reglamento y/o Manual de Convivencia entra en vigencia a partir del de del año 2021. SEXTO: Adóptese el siguiente MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR, para la INSTITUCIÓN EDUCATIVA “TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS”, Ubicada en el Municipio de Santo Tomás, del Departamento de ATLANTICO, Publíquese y cúmplase. VILMA ESTHER AVILA DE GONZÁLEZ. RECTORA
  • 11. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 11 TÉRMINOS Y DEFINICIONES Para comprender el compromiso contraído en el acuerdo consignado en este manual, es necesario identificar y aclarar los siguientes términos Acta de compromiso. Es un documento que contiene un compromiso que el o la estudiante adquiere con la Institución educativa y lleva consigo un proceso de reconocimiento y de reflexión de aspectos a mejorar. ACOSO LABORAL Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo. ABUSO DEL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Todo consumo por frecuencia y/o cantidad que conlleve a la pérdida del dominio propio del individuo bien sea de manera temporal o definitiva. Para tal fin se establecen los siguientes conceptos: a) Moderado: Consumo habitual de alcohol, pero no pasan de determinadas cantidades de alcohol (cantidades variables) por unidad de tiempo. b) Excesivo: Consumo habitual que supera las cantidades del consumo moderados y tiene un promedio anual de embriaguez elevado. c) Patológico: Individuos enfermos con síndrome de dependencia física. DERECHO: Es la facultad que tiene cada una de las personas de la comunidad de exigir aspectos por lo que le corresponde a cada uno de los estamentos. DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS NIÑOS, la vida, la integridad física, la salud y seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre, nacionalidad, tener una familia y no ser separado de ella, el cuidado y el amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión (Articulo 44 Constitución Política de Colombia) DEBERES: Son los compromisos que deben cumplir las personas, para la convivencia pacífica dentro del marco de una sociedad. COMPORTAMIENTO: Es el modo de actuar que adopta el miembro de una comunidad y a su vez las manifestaciones personales en relación de convivencia. DISCIPLINA: Es el orden de que se debe tener en la realización de las diferentes actividades de la comunidad. DIGNIDAD: Deriva del adjetivo latino ―dignus, se traduce por "valioso"; es el sentimiento que nos hace sentir valiosos, es el reconocimiento de la persona de ser merecedor de respeto, sin importar condición alguna FAMILIA: En la identificación de los integrantes de la familia del NNA es importante tener presente el concepto de familia y quiénes la conforman en el marco de la Ley 294 de 1996, información que será pertinente, en caso que aplique, para hacer la remisión del caso a la entidad correspondiente (CRC, 1996): “Artículo 2o. La familia se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. Para los efectos de la presente Ley, integran la familia: a) Los cónyuges o compañeros permanentes; b) El padre y la madre de familia, aunque no convivan en un mismo hogar; c) Los ascendientes o descendientes de los anteriores y los hijos adoptivos; d) Todas las demás personas que de manera permanente se hallaren integrados a la unidad doméstica.” FRAUDE: Engaño, maniobra inescrupulosa, suplantación o encubrimiento FLAGRANCIA: De acuerdo con el artículo 57 de la Ley 1453 de 2011, se entiende que hay presunta flagrancia cuando (CRC, 2011a): 1. “La persona es sorprendida y aprehendida durante la comisión del delito. 2. La persona es sorprendida o individualizada durante la comisión del delito y aprehendida inmediatamente después por persecución o cuando fuere señalado por la víctima u otra persona como autor o cómplice del delito inmediatamente después de su perpetración. 3. La persona es sorprendida y capturada con objetos, instrumentos o huellas, de los cuales aparezca fundadamente que acaba de cometer un delito o de haber participado en él. 4. La persona que es sorprendida o individualizada en la comisión de un delito en un sitio abierto al público a través de la grabación de un dispositivo de video y aprehendida inmediatamente después. La misma regla operará si la grabación del dispositivo de video se realiza en un lugar privado con consentimiento de la persona o personas que residan en el mismo”. La sentencia C-239 de 2012 indica que la flagrancia tiene una temporalidad, “limitada por una determinada inmediatez a la comisión del delito. En ese sentido se ha dicho que habrá flagrancia en tres supuestos diferentes: el primero, al que se le ha denominado “flagrancia en sentido estricto”, cuando la persona es sorprendida y aprehendida al momento de cometer el delito; el segundo supuesto, el de la “cuasi flagrancia” cuando la persona es sorprendida o individualizada al momento de cometer el delito y aprehendida inmediatamente después por persecución o voces de auxilio de quien presencie el hecho flagrancia; por último la “flagrancia inferida” se refiere a una hipótesis en la que la persona no ha sido observada en el momento de cometer el delito, ni tampoco ha sido perseguida después de realizarlo, sino que es sorprendida con objetos, instrumentos o huellas de los cuales aparece o se infiere fundadamente que momentos antes ha cometido un hecho punible o participado en él” (CCC, 2012). EDUCACIÓN: Proceso de formación permanente, personal, cultural y social, que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y deberes CONDUCTA: Es la manera de comportarse las personas dentro de la comunidad. Comportamiento ajustado o no a normas y criterios éticos y morales.
  • 12. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 12 AUTORIDAD: Representante de los estamentos legalmente designado. INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR. Se entiende por interés superior del niño, niña y adolescente, el imperativo que obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción integral y simultánea de todos sus Derechos Humanos, que son universales, prevalentes e interdependientes. INFRACCIONES A LEY: Los comportamientos prohibidos tipificados en la ley como tales: fumar, consumir bebidas alcohólicas, portar, traficar, brindar, o consumir sustancias alienantes, psicotrópicas y/o estupefacientes; participar en acciones de pandillaje, violencia, asalto, pertenecer a barras ―bravas‖ que acudan a la violencia o a la delincuencia; el matoneo o acoso escolar en todas sus derivaciones; sustracción o robo, y otros que la institución educativa mediante el consejo directivo determine en acato a la ley 1098º de 2006, de infancia y adolescencia y el Decreto 860 de 2010, así como el Código Penal del 2000, y demás normas aplicables a los menores de edad, que se considere como (delito) e infracciones de ley LIBERTAD: Facultad humana de determinar sus propios actos. LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD, derecho que tiene cada persona para auto determinarse, esto es, a darse sus propias normas y desarrollar planes propios de vida, siempre y cuando no afecten derechos de terceros. Libre: que no ha sido coaccionado, inducido, manipulado, acción o decisión o estado autónomo. Adj. Propia. Este estado (LIBRE) define a quien no es esclavo, ni sujeto, ni impedido al deseo de otros de forma coercitiva. En otras palabras, lo que permite al hombre decidir si quiere hacer algo o no, lo hace libre, pero también responsable de sus actos. En caso de que no se cumpla esto último se estaría hablando de libertinaje. Desarrollo humano: es la Consecución de capacidades que permitan a las instituciones y personas ser protagonistas de su bienestar Desarrollo social, es la mejora de la calidad de vida y bienestar en la población. Personalidad: es un constructo psicológico, con el que nos referimos a un conjunto dinámico de características de una persona. También es conocida como un conjunto de características físicas, sociales y genéticas que determinan a un individuo y lo hacen único e irrepetible. MATRÍCULA: Es el acto académico y administrativo ante la autoridad educativa por medio del cual la persona admitida adquiere la condición de estudiante ESTIMULOS: Es la motivación que tiene las personas para realizar una actividad. CORRECTIVOS: Son las medidas formativas que se le da a las personas que incurren en el incumplimiento de sus deberes. RESPONSABILIDAD: cumplimiento de los deberes que corresponden como persona dentro del proceso enseñanza-aprendizaje SANCIÓN: Pena impuesta por la ley cuando se incumple una norma o reglamento. NORMA: Principios o ideas fundamentales positivas que rigen el pensamiento o la conducta para el logro de una meta REGLAMENTO: Conjunto ordenado de reglas o normas establecidas que regulan la gestión educativa. VALORES: Conjunto de cualidades que tiene mérito, utilidad o aprecio. AUTOESTIMA: Concepción y actitud de aceptación de sí mismo, de su propia personalidad, su apariencia, su capacidad y valoración de sí mismo. CONVIVENCIA ESCOLAR: Es la capacidad de las personas de vivir en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca. ACOSO ESCOLAR: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier otra forma de maltrato psicológico, verbal físico o por medios electrónicos, contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quien mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta en forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. CIBERACOSO ESCOLAR: Forma de intimidación con uso deliberado de tecnología de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil o video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. EDUCANDO: Persona que pertenece a un sistema o institución donde se desarrolla su proceso de aprendizaje y formación integral. EDUCADOR: Profesional con vocación de orientar y dirigir al educando en su superación personal, intelectual, técnica-cultural y moral dentro de un proceso formal de educación GROOMING: es una práctica de acoso y abuso sexual en contra de niños y jóvenes que, en la mayoría de los casos, sucede a través de las redes sociales. SEXTING: consiste en el envío de imágenes, vídeos u otros archivos multimedia con contenido íntimo y/o de carácter sexual (desnudos, poses provocativas, pornografía Supone un grave peligro dentro de internet porque, después del envío de esas imágenes, el emisor pierde todo el control sobre ellas De este modo, ese contenido puede llegar a mucha más gente por diversos motivos, SEXTORSIÓN: chantaje realizado por alguien a quien se le ha enviado fotos o videos eróticos, cuyo fin es vengarse, obtener dinero, realizar encuentros sexuales u obtener contenido similar al enviado; si la víctima no accede el contenido es enviado a sus allegados o divulgado por las diferentes redes sociales CUIDADOR O ACUDIENTE: Padre, madre de familia o persona mayor de edad que representa al o la estudiante dentro del contrato civil contractual, y que recibe un bien o un servicio educativo. COMPETENCIA: Se define como la interrelación del problema surgido o la gestión solicitada y la dependencia correspondiente según sus funciones específicas,
  • 13. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 13 HORIZONTE INSTITUCIONAL RESEÑA HISTÓRICA La Institución Educativa Técnica Comercial de Santo Tomás, existe desde 1962, con el nombre de Escuela No. 3 mixta, fundada por la Junta de Acción Comunal, en 2 aulas que construyeron en el terreno donado por el señor COSME ZAPATA, ubicado al sur del municipio, Calle 6 No. 5ª-191. Fue la Primera Escuela en el barrio Villa Clarentina, inicialmente atendida por jóvenes bachilleres Los Gobiernos Nacional y regional construyeron más aulas, incluyendo una para niños con discapacidad. En el año 1997 se solicitó al alcalde NELSON MEJIA SARMIENTO la ampliación de la Básica Primaria a la Secundaria, dando aprobación la Secretaria de Educación Departamental, según Resolución 1368 del 24 de julio de 1.998, abriendo en 1997 el 6º, en 1998 el 7º, en 1999, el 8º, en 2000 el 9°, cambiando la razón social de Centro Educativo Básico No. 7 (legalizado según Acuerdo municipal No. 21 de septiembre 10 de 1.996). A principios del 2001 se presentó la propuesta a la Secretaria de Educación Departamental para que concedieran abrir la Media Técnica, fue aprobada según Resolución 0667 de septiembre 11 de 2001, con el nombre de COLEGIO TECNICO DE SANTO TOMAS, para ofrecer el servicio educativo formal en el nivel de Media Técnica, Modalidad Comercial contando con los niveles de pre-escolar, Básica y Media como lo establece la Ley 115. En el año 2002 es solicitado por el ICFES para que los estudiantes realicen la prueba de estado. En el mismo año la Institución a través del Ministerio de Educación otorgó el título de Bachiller con énfasis en Comercial a 56 educandos. Por medio del Decreto 000250 de julio 6 de 2.004, el gobernador del departamento del Atlántico, Dr. Carlos Rodado Noriega, reorganiza el Servicio Educativo en el municipio de Santo Tomas, quedando integrado por dos establecimientos educativos, uno de ellos fue La Institución Educativa Técnica Comercial de Santo Tomas. La Resolución 07828 del 25 de noviembre de 2.009, autoriza la implementación de la Media Técnica en Mecánica Diesel, con el fin de legalizar la permanencia en el Proyecto Oriental, a la que pertenecen hasta la fecha tres instituciones más de la Banda Oriental del departamento del Atlántico. El 26 de diciembre de 2.011 la Institución Educativa Técnica Comercial de Santo Tomas, otorgó el título de Bachilleres Académicos a la Primera Promoción de bachilleres CAFAM, autorizada por la Secretaria de Educación Departamental según Resolución No. 03576 de noviembre 9 de 2011. Actualmente cuenta con 2 sedes. La sede N°1 (Básica de 1º. a. 9º y Media Técnica Comercial 10° y 11°: 45 grupos) y la Sede No. 2 Cruzada Social (5 grupos de Transición), ofreciendo servicio educativo a la comunidad, la MEDIA TECNICA en Jornada ÚNICA desde 2019 y con proyección a la Jornada UNICA a partir del año 2021 con todos los niveles, según Decreto 2105 de 2017. LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS hoy es un establecimiento Educativo de naturaleza oficial, mixta, funciona en un moderno edificio con más de 40 aulas especializadas construidas por el MEN y la SED . Misión La Institución Educativa Técnica Comercial de Santo Tomás (Atlántico.), de carácter oficial, fundamentada en un modelo pedagógico social activista humanista busca la formación integral e inclusiva de niños, niñas y jóvenes, capaces de desarrollar las competencias básicas y laborales; las exigencias sociales, comerciales y tecnológicas mediante la articulación con el sector productivo, instituciones relacionadas con su énfasis y de la educación superior que les permitan desenvolverse en un mundo globalizado. Visión La Institución Educativa Técnica Comercial de Santo Tomás (Atlántico), en el año 2025 será reconocida en el departamento como líder en formación integral e inclusiva, educando en valores, destrezas tecnológicas, competencias ciudadanas, básicas y laborales en la Modalidad Técnica Comercial a niños, niñas y jóvenes capaces de tomar decisiones sobre su desempeño, fomentando el liderazgo para proyectar en la comunidad mejores niveles de vida y haciendo uso de principios democráticos y de convivencia.
  • 14. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 14 LA FORMACIÓN INTEGRAL, LAS DIMENSIONES DEL SER Y LOS VALORES INTECSISTAS La formación integral tiene las siguientes características expresadas en la Ley 375 de 1997, Art. 39. Integral: Abarca las dimensiones que permiten a la juventud construir, expresar y desarrollar su identidad en los aspectos físicos, psíquicos, afectivo cognoscitivo y espiritual para participar de manera activa en la vida social. Auto-formativa: La juventud debe asumir una relación con el ser y el saber y mediante el pensamiento, donde encuentre respuestas a sus intereses y logre apropiarse de los elementos que le faciliten el pleno desarrollo de sus potencialidades, permitiendo construir de esta forma una vida creativa y participativa que redunde en beneficio de la sociedad. Progresiva: Conforme a la evolución psicosocial del joven, se deben elaborar estrategias que les permitan interactuar de una manera crítica, reflexiva y propositiva con la sociedad. Humanista: Mediante un permanente diálogo promover el respeto, la tolerancia y la autonomía de la juventud para aportar en la creación de una sociedad democrática, pacifista y pluralista en donde se reconozcan y legitimen todos los valores que determinan al ser humano. Permanente: Es un esfuerzo que cubre toda la vida Así que se puede considerar como valor: todo aquello que favorece la plena realización del hombre como persona; es decir, son instrumentos para desarrollar, desde cada dimensión, la esencia del hombre y orientar su existencia, éstos se adquieren y configuran a lo largo de toda la vida; están íntimamente relacionados con el fin de la educación, que no es otro que la perfección del hombre. Es por esto que la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMÁS hace énfasis en la formación en valores dentro de su proyecto educativo, titulado “EDUCANDO EN VALORES” La formación integral ofrecida por la Institución Educativa Técnica Comercial de Santo Tomás consiste en el desarrollo armónico de los valores desde las distintas dimensiones de la persona humana para su completa realización como individuo y como ser social. Ellas son las siguientes: Dimensión Ética Posibilidad de tomar decisiones autónomas a la luz de principios y valores, teniendo en cuenta las consecuencias de sus acciones para asumirlas con responsabilidad. Responsabilidad Libertad: convicción del derecho a los demás de respetar y hacer valer sus ideas y opiniones Tolerancia: paciencia frente a las opiniones y pensamientos ajenos. Autonomía: Las personas que tienen la moral, responsabilidad y ganas de hacer las cosas sin depender de nadie más. Respeto: Este es un valor indispensable y que se tiene que compartir con todas las personas. Si no hay respeto, difícilmente encontrarás un ambiente agradable. Equidad: igualdad Lealtad: convicción personal de respecto a otra u otras personas que manejan un mismo ideal o punto de vista, sin afectar a los demás. Justicia: Ser una persona equitativa y dar lo que merece cada persona, es lo que destaca de la justicia. Este es uno de los principales valores éticos. Honestidad: capacidad que se tiene de ser sincero sin ser ofensivo ante otras personas. Opción por la verdad en cualquier situación Desde esta dimensión el o la estudiante será capaz de tomar decisiones autónomas con libertad y responsabilidad Dimensión Espiritual Posibilidad de trascender para desarrollar la vida interior y comunicarse con Dios para darle un sentido completo a la propia vida y a sus relaciones interpersonales y sociales. El amor de Dios. La paz al alma. Esperanza. La humildad. La solidaridad. El perdón. La fé Resiliencia Desde esta dimensión el o la estudiante será capaz asumir su compromiso cristiano en la propia opción de vida, mediante el discernimiento y la disposición a amar y servir Dimensión Cognitiva Posibilidad de aprehender conceptualmente la realidad que le rodea formulando teorías e hipótesis sobre la misma, de manera que no sólo la pueda comprender, sino que además interactúe con ella para transformarla. La ciencia. El conocimiento. La sabiduría. La creatividad. El estudio. El pensamiento crítico. Desde esta dimensión el o la estudiante será capaz de comprender y aplicar creativamente los saberes en la interacción consigo mismo, con los demás y con el entorno. Dimensión Afectiva Posibilidad de relacionarse consigo mismo y con los demás, manifestando sus sentimientos, sus emociones y su sexualidad en su realización constructiva como ser social. Amor. El amor es el objetivo principal de los valores afectivos. ... Gratitud. La gratitud busca expresar el agradecimiento que se tiene hacia alguien o algo que ocurrió. ...
  • 15. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 15 Respeto por si mismo, por los otros y por el medio ambiente Solidaridad. Cortesía. Paciencia. Desde esta dimensión el o la estudiante será capaz de amar, de relacionarse afectivamente y de expresar el amor en sus relaciones interpersonales, dentro del respeto por la dignidad de la persona, estableciendo relaciones interpersonales constructivas y personalizantes Dimensión Comunicativa Posibilidad de interpretar y comprender la información que recibe, y de interactuar con los demás expresándose adecuadamente y con sentido mediante distintas formas de Lenguaje. Participación Pertenencia Identidad Desde esta dimensión el o la estudiante será capaz de escuchar y de interactuar, de interpretar mensajes con sentido crítico y de expresarse correctamente. Dimensión Estética Posibilidad de apreciar la belleza y de producirla creativamente, desarrollando la sensibilidad y la imaginación a través del arte en sus distintas modalidades Belleza Exquisitez Misterio Alegría Equilibrio Solemnidad Delicadeza Elegancia Desde esta dimensión el o la estudiante es capaz de desarrollar su sensibilidad para apreciar y transformar el entorno, apreciar la belleza y de expresarse creativamente a través de una o varias modalidades del arte. Dimensión Corporal Posibilidad de manifestarse constructivamente desde y con el propio cuerpo, a través del desarrollo físico y de la motricidad mediante la gimnasia y el deporte Salud Deporte Recreación Dieta saludable sexo bioseguridad Desde esta dimensión el o la estudiante es capaz de valorar, desarrollar y expresar con armonía la propia corporalidad. Dimensión Sociopolítica Posibilidad de desarrollar la sensibilidad social y de participar activamente en la construcción de la democracia y la convivencia pacífica. Democracia Participación Política Dialogo Acuerdo Bien común Desde esta dimensión el o la estudiante es capaz de asumir un compromiso solidario y comunitario en la construcción de una sociedad más justa y participativa. Dimensión Ambiental Posibilidad de contribuir al cuidado y la preservación del medio ambiente, respetando la naturaleza y desarrollando responsablemente la creación. Durabilidad, Eficiencia, Renovabilidad, Separabilidad, Reciclaje y Reutilización, Inocuidad y Suficiencia. Desde esta dimensión el o la estudiante es capaz de reconocer la importancia capital del cuidado de la naturaleza, asumiendo el compromiso de contribuir en la preservación de un medio ambiente sano y respetuoso de la vida. La formación integral tiene las siguientes características expresadas en la Ley 375 de 1997, Art. 39. Integral: Abarca las dimensiones que permiten a la juventud construir, expresar y desarrollar su identidad en los aspectos físicos, psíquicos, afectivo cognoscitivo y espiritual para participar de manera activa en la vida social. Auto-formativa: La juventud debe asumir una relación con el ser y el saber y mediante el pensamiento, donde encuentre respuestas a sus intereses y logre apropiarse de los elementos que le faciliten el pleno desarrollo de sus potencialidades, permitiendo construir de esta forma una vida creativa y participativa que redunde en beneficio de la sociedad. Progresiva: Conforme a la evolución psicosocial del joven, se deben elaborar estrategias que les permitan interactuar de una manera crítica, reflexiva y propositiva con la sociedad. Humanista: Mediante un permanente diálogo promover el respeto, la tolerancia y la autonomía de la juventud para aportar en la creación de una sociedad democrática, pacifista y pluralista en donde se reconozcan y legitimen todos los valores que determinan al ser humano. Permanente: Es un esfuerzo que cubre toda la vida
  • 16. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 16 Serán referentes para regular las relaciones comunitarias en el proceso formativo, en la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS, los principios y derechos fundamentales de la Constitución Política de Colombia, promulgada en el año 1991: Artículo 11. El derecho a la vida Artículo 12. Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. Artículo 14. Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica. Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal, familiar y a su buen nombre Artículo 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad, sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico. Artículo 17. Se prohíbe la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en todas sus formas. Artículo 18. Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia. Artículo 19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva. Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley. Artículo 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Artículo 21. Se garantiza el derecho a la honra. Artículo 22. La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento. Artículo 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. Artículo 24. Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional. Artículo 25. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas. Artículo 26. Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. Artículo 27. El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra. Artículo 28. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado Artículo 29. El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Artículo 30. Quien estuviere privado de su libertad tiene derecho a invocar el Habeas Corpus Artículo 31. Toda sentencia judicial podrá ser apelada o consultada Artículo 32. El delincuente sorprendido en flagrancia podrá ser aprehendido y llevado ante el juez por cualquier persona. Artículo 33. Nadie podrá ser obligado a declarar contra si mismo o contra su cónyuge, compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil. Artículo 34. Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación Artículo 35. Se prohíbe la extradición de colombianos por nacimiento. No se concederá la extradición de extranjeros por delitos políticos o de opinión. Artículo 36. Se reconoce el derecho de asilo en los términos previstos en la ley. Artículo 37. Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Artículo 38. Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad. Artículo 39. Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado. Artículo 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político Artículo 41. En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana. El Estado divulgará la Constitución. Artículo 45. El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral. Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica. Al respecto el Consejo de Estado en Sentencia del 27 de enero de 2011, Expediente núm. 2005-00086, conceptuó que, bajo un criterio incluyente, los menores de cinco años podrán ingresar al grado de transición (o preescolar) de las instituciones educativas oficiales siempre y cuando los cumplan durante el transcurso del respectivo año lectivo La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos. Artículo 68. La comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de educación. La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica. Los padres de familia tendrán derecho de escoger el tipo de educación para sus hijos menores. En los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa. Las integrantes de los grupos étnicos tendrán derecho a una formación que respete y desarrolle su identidad cultural.
  • 17. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 17 La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado. Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. De conformidad con lo expresado por la Constitución Política, LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA COMERCIAL se regirá atendiendo a los siguientes fines, expuestos en los artículos, de la ley 115 de 1994 Artículo 1o. La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes. Artículo 5o. Fines de la educación. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines: 1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos. 2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad. 3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación. 4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios. 5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber. 6. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad. 7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones. 8. La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe. 9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país. 10. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación. 11. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social. 12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre, y 13. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo En el ofrecimiento del servicio educativo La institución Educativa Técnica Comercial tendrá como objetivo primordial de todos y cada uno de los niveles, lo expresado en la Ley 115 de 1994, Artículo 13. a) Formar la personalidad y la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes b) Proporcionar una sólida formación ética y moral, y fomentar la práctica del respeto a los derechos humanos c) Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y la responsabilidad d) Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de los sexos, la afectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica y responsable e) Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional f) Desarrollar acciones de orientación escolar, profesional y ocupacional g) Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo, y h) Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos. . La INTECSA como institución incluyente acoge y se rige por los Principios generales de la ley 1346 del 2009, a su vez aprobados en la "Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad", adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006: a) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas b) La no discriminación c) La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad d) El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas e) La igualdad de oportunidades f) La accesibilidad g) La igualdad entre el hombre y la mujer h) El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.
  • 18. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 18 En la Institución Educativa Técnica comercial se concluye de todo lo expuesto en el ámbito filosófico y jurídico-conceptual, los siguientes postulados: • La educación es un derecho fundamental, pero no es absoluto, sino limitado por los derechos de los demás. • La educación es un derecho-deber, por cuanto otorga reconocimientos y derechos y a la vez, demanda el cumplimiento de deberes y obligaciones tanto a las instituciones como a los y las estudiantes, a los padres y madres de familia. • Una de las obligaciones de los o las estudiantes consiste en mantener un rendimiento académico y comportamental, acorde con las exigencias de la Institución Educativa. • El respeto por la disciplina y el orden en la Institución, es parte del derecho de todos y todas a la educación. El límite del derecho a la educación y del derecho al libre desarrollo de la personalidad, es el derecho de los demás y el del orden jurídico vigente. METAS INSTITUCIONALES La Institución Educativa Técnica de Santo Tomás se ha propuesto las siguientes metas: Incentivar a los y las estudiantes el espíritu analítico, crítico e investigativo mediante los procesos lectores. Orientar a los y las estudiantes en evaluación por competencias para un buen desempeño en las pruebas ICFES Comprometer al cuerpo docente para que su gestión en el aula, planes de estudio, proyectos pedagógicos y seguimiento académico conduzcan a la obtención de resultados excelentes Mantener buenas relaciones con la comunidad educativa e incentivar su participación y convivencia pacífica en todas las actividades institucionales, lúdicas, sociales y recreativas Desarrollar el plan de mejoramiento institucional (PMI), incorporando cada componente del acompañamiento, para el fortalecimiento de las oportunidades de mejora, como son: a. Incrementar los índices históricos de cobertura institucional. b. Satisfacer la mayor cantidad posible de demanda del servicio educativo. c. Disminuir paulatinamente los índices de repitencia y deserción escolar. d. Mejoramiento continuo de resultados en Pruebas SABER. e. Acoger a los educandos con barreras o falencias de aprendizaje. f. Implementar el uso de las TIC en todas las gestiones escolares. g. Mejorar el Índice Sintético de Calidad Educativa según las metas establecidas por el MEN. POLÍTICAS EDUCATIVAS PARA EL MANEJO DE LOS PROCESOS CONVIVENCIALES a. Observar de las normas constitucionales, las políticas educativas estatales nacionales y regionales b. Respetar la libertad de enseñanza, la vida, la individualidad, los derechos humanos, la paz, la naturaleza, la autoridad y los símbolos patrios c. Ofrecer educación integral de calidad e inclusiva d. Dar ejemplo como estrategia eficaz para educar e. Objetividad en la enseñanza y el respeto mutuo. f. Innovar las estrategias educativas y científicas. g. Dar participación a todas y todos los miembros de la comunidad en los procesos educativos h. Brindar una formación activista, humanística, científica, i. Eliminar cualquier forma de segregación, discriminación o de ataques a la dignidad de cualquier miembro de la comunidad. j. Atención diferencial a quienes presenten algún tipo de necesidad educativa especial. k. Orientación educativa y profesional a las y los estudiantes. l. Generar espacios flexibles en lo académico, pedagógico, cultural, deportivo y comunitario m. Valorar y divulgar la cultura y el folclor local, regional y nacional 1. PROMOCIÓN. Para desarrollar, la promoción de la ruta de atención, se abordarán, los procesos de socialización a través de los talleres escuela de padres, las materias de humanidades y español especialmente y los procesos de modelo educativo virtual con que cuenta la Institución Educativa. La segunda fase compromete a los estudiantes, para ello, se socializará a través de las clases de humanidades y de español, trabajos en grupo y tareas o proyectos encaminados a la comprensión de las acciones a tomar para mitigar los actos vulneratorios y para definir con claridad, la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. 2. PREVENCIÓN. El segundo componente, que será la de prevención, comprende entre otros la realización de un sinnúmero de actividades de orden pedagógico, preventivo, informativo y de sensibilización y adoctrinamiento, acerca de la importancia de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, y los protocolos que se abordarán frente a las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Dentro de este segundo componente, se planificarán, programarán y ejecutarán, diversas actividades de índole pedagógico y de socialización tales como: SEMANA DE LA DIGNIDAD: Para llevar a cabo la semana de la dignidad, como la semana institucional de prevención y de sensibilización y socialización de las diversas acciones para mitigar la violencia y definir con certeza la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, y los diferentes procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional
  • 19. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 19 de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Para ello, se invitará a los EDUCANDOS de los diferentes grados de nuestra institución educativa, a participar de: 1 Concurso de Caricatura. 2 Concurso de Cuento. 3 Concurso de Dibujo o pintura. 4 Concurso de Carteleras. 5 Concurso de Poesía. 6 Concurso de declamación. 6 Se invitará a los educandos a la creación de Obras de teatro. 7 Se invitará a los educandos a la creación de Canciones. 8 Se invitará a los educandos a la creación de Mensajes para la Emisora estudiantil. 8. Se invitará a educandos, a la creación de videos o micro mensajes en video para prevenir el matoneo, para fortalecer los derechos humanos y para fomentar los derechos sexuales y reproductivos. Videos que se mostrarán a los demás alumnos, a los padres de familia y se subirán a la red y a Las páginas Web de City tv, El Tiempo y demás canales y Periódicos que permitan subir contenidos y video a sus Páginas, así como a la red social YouTube, Facebook y Twitter. 11. Se invitará a los educandos, a realizar un video metraje o crónica de prevención del matoneo. Todos estos trabajos orientados, dirigidos y asesorados por los docentes de artes, humanidades, español y directores o directoras de grupo. Trabajos que tienen el ánimo de socializar y sensibilizar en la prevención del matoneo y a su vez fomentar y premiar e incentivar los talentos, aptitudes, destrezas y capacidades de nuestros alumnos. Por supuesto los temas centrales de cada una de las muestras, serán: 1 PREVENCIÓN DEL MATONEO. 2 PREVENCIÓN DEL CIBER-MATONEO. 3 EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS. 4 EJERCICIO DE DERECHOS Y SANA SEXUALIDAD. 5 MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR. 6. HIGIENE PERSONAL Y BIOSEGURIDAD Terminados los procesos de elaboración y producción del material, se convocará a los educandos, a participar de la SEMANA DE LA DIGNIDAD. SEMANA DE LA DIGNIDAD, en la cual, los educandos, previa programación y organigrama, darán a conocer sus trabajos y sus productos durante toda la semana a los demás alumnos , a sus padres de familia y a los invitados especiales, (que pueden ser otras instituciones educativas, o el Personero Distrital, el comisario de familia, el ICBF, secretaria de educación, alcaldía, etc.), se conformará un jurado especial y se elegirán los ganadores, aunque todas las muestras serán premiadas a través de logros, (notas favorables) y estímulos académicos, se entregarán estímulos de orden meritorio y especial a los ganadores que obtengan el primer lugar como mejor muestra en cada área y concurso. Se invitarán a los medios de comunicación como City Tv y El Tiempo, El Espectador y demás periódicos, para que realicen una nota respecto del tema. Se buscará además convertir el proceso en un génesis, que merezca replica a nivel de todas las instituciones educativas del país. Donde se resalten las iniciativas, el talento y las muestras de los educandos, frente al tema de prevención y sensibilización. Los mejores mensajes se ofrecerán a las emisoras a nivel nacional y los mejores comerciales o micro mensajes en video, se llevarán para estudiar la posibilidad de que sean mensajes institucionales en televisión nacional. 3. ATENCIÓN. En este tercer (3) componente, se brindará asertivo abordaje y priorización de los procesos que surjan como vulneradores de la convivencia escolar y se comunicará a los padres de familia, que sus hijos, pese a la realización de la SEMANA DE LA DIGNIDAD, no se acogen a las normas de convivencia y respeto del plantel, por lo cual, deben ingresar a un programa especial de orientación conductual y disciplinario, para corregir y enmendar sus falencias y deficiencias a nivel de acato a las normas y de respeto por sus demás pares escolares, educandos en proceso de observación detallado. Se tomarán, las medidas pertinentes dentro del marco de la conciliación, los acuerdos y los convenios de mejora, cambio y resarcimiento del daño causado. Salvo situaciones Tipo III, que constituyen acciones o situaciones que se –presuma- son de orden delictivo y que desbordan la tarea y funciones del comité de convivencia y se conviertan por su gravedad en situaciones delictivas al tenor de la responsabilidad penal adolescente, es decir, causadas por alumnos mayores de 14 años, con plena certeza y conocimiento del daño que causaron con sus actuaciones irregulares – dolo- Conductas que deben denunciarse ante las autoridades pertinentes como comisaria de familia, policía de infancia y adolescencia, y personería, en acato a los artículos 11, 12, 13, 14, 15, de la ley 1146º de 2007, y al artículo 11º y artículo 44º numeral 9 de ley 1098º de 2006 y artículo 25º del código penal colombiano. Siempre respetando lo normado por el debido proceso. 4. SEGUIMIENTO. En este cuarto (4) componente, definidas, e identificadas plenamente, las actuaciones a consolidarse frente a las situaciones de vulneración, y tipificada y determinada la sanción, el abordaje o la conciliación (de llegar a ser procedente, porque NO constituye delito) se establecerá, un cuidadoso y minucioso – seguimiento- de los actores en conflicto, por parte del comité de convivencia y además, con asesoría, acompañamiento e intervención del o la Psicoorientadora de la Institución Educativa, quien en su informe señalará la necesidad de mantener o de cesar ese –seguimiento- de acuerdo al avance y restablecimiento de los derechos de los estudiantes violentados o vulnerados. En todos los casos, se seguirá estricto respeto al debido proceso, a lo normado por el manual de convivencia y a lo señalado por la normativa jurídico – legal vigente que NO es de consenso, sino de obligatorio cumplimiento. Recuérdese que el artículo 01º de la Constitución Política Nacional en COLOMBIA, como un estado social de derecho, es claro y contundente al destacar que prevalece el derecho de la comunidad en general, por encima de un particular, cuando reza: “y en la prevalencia del interés general”.
  • 20. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 20 FUNDAMENTACIÓN LEGAL La siguiente es la fundamentación legal de la acción educativa DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS - ATLANTICO, con base en lo expuesto por la corte en la sentencia T-1233 de 2003 que dice: “los reglamentos internos o Manuales de Convivencia elaborados por las comunidades de los planteles educativos tienen la obligación de observar las disposiciones constitucionales. En efecto, el respeto al núcleo esencial de los derechos fundamentales de los estudiantes no se disminuye como consecuencia de la facultad otorgada a los centros educativos para regular el comportamiento de sus alumnos. Por el contrario, las reglas que se establezcan deben reflejar el respeto a la dignidad humana y a la diversidad étnica, cultural y social de la población (artículo 1º), así como los derechos al libre desarrollo de la personalidad (artículo 16º) libertad de conciencia (artículo 18º) libertad de expresión (artículo 20º), igualdad (artículo 13º), debido proceso (artículo 29º) y educación (artículo 67º) superiores. Además de su consagración constitucional, la titularidad de estos derechos se encuentra en cabeza de niños y adolescentes en proceso de formación, lo que implica una protección reforzada”. • Ley 30 de 1986 Estatuto nacional de estupefacientes; • Ley 87 de 1993 • Ley 50 de 1990 Reformas al código sustantivo de trabajo • Ley 30 de 1992 Educación superior • Ley 133 de 1994, libertad de cultos • Ley 190 de 1995, Anticorrupción • Ley 115 de 1994, Ley General de Educación • Ley 124 de 1994 Prohíbe el Expendio de Bebidas alcohólicas a Menores de Edad • Ley 375 de, 1997 Juventud. • Ley 494 de 1999, Clubes deportivos en Institución Educativas • Ley 715 de 2001, Sistema General de Participaciones • Ley 599 de 2000 Código penal • Ley 1014 de 2006 de fomento a la cultura del emprendimiento • Ley 734 de 2002 Código Disciplinario Único. • Ley 1010 de 2006 Acoso laboral • Ley 1098 de 2006 Infancia y Adolescencia • Ley 1146 de 2007 Prevención y atención integral en caso de abuso sexual • Ley 1269 de 2008 Lista de útiles • Ley 1335 de 2009 Prevención del consumo de tabaco • Ley 1346 de 2009 Derechos de las personas con discapacidad- ONU • Ley 1404 de 2010 Programa escuela para padres y madres en las instituciones educativas • Ley 1620 de 2013 Convivencia Escolar • Ley 1822 del 4 de enero de 2017, licencia de maternidad • Decreto 2277 de 1979 Estatuto Docente • Decreto 3788 de 1986 reglamenta el estatuto nacional de estupefacientes. • Decreto 1108 de 1994 Porte y consumo de estupefacientes • Decreto 1860 de 1994 Reglamentario de la Ley 115. • Decreto 3011 de 1997 Educación de adultos. • Decreto 354 de 1998 Convenio Estado e iglesias cristianas no católicas; • Decreto 1850 de 2002 Reglamenta calendario escolar y jornadas escolares. • Decreto 1883 de 2002 • Decreto 3020 de 2002 Jornada laboral y jornada académica • Decreto 3055 de 2002 • Decreto 1278 de 2002. Nuevo Estatuto Docente. • Decreto 1102 de 2004, Capítulo III, Art. 9: • Decreto 1286 de 2005 Participación de la familia en los procesos de las I E. • Decreto 228 de 2008 sobre modelos flexibles para la atención educativa. • Decreto 289 de 2009 acceso y la permanencia en el sistema educativo • Decreto 1290 de 2009 sobre evaluación del aprendizaje y promoción. , • Decreto 366 de 2009 apoyo pedagógico en Programas de educación inclusiva • Decreto 120 de 2010 Reglamento para la Mejora de la accesibilidad • Decreto 860 de 2010 Obligaciones en la prevención de infracciones a la ley penal • Decreto 4807 de 2011 Gratuidad educativa para los estudiantes de las IEO • Decreto 1965 de 2013. Reglamentario de la ley 1620 • Decreto 2105 de 2017 jornada única escolar • Resolución 03353 de 1993. Sobre educación sexual • Resolución 4210 de 1996. Sobre servicio social • Resolución 2565 del 24 de octubre de 2003, en lo relativo a la Inclusión • Resolución 1740 de 2009. Sobre el acceso y permanencia en el sistema educativo • Resolución 961de 2009. En donde se establecen, los deberes y los derechos de los padres y madres de familia, acudientes y beneficiarios del proyecto educativo. • • Sentencia T- 519 de 1992. La educación es un derecho-deber • Sentencia T- 402 de1992. La Constitución garantiza el acceso y la permanencia en el sistema educativo, salvo que existen elementos
  • 21. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 21 razonables que lleven a privar a la persona del beneficio de permanecer en una entidad educativa determinada". • Sentencia T- 612 de 1992. Contrato de Matrícula: • Sentencia T-002 de 1992 Respeto al otro y a sí mismo, como deber • Sentencia T-366 de 1992 Disciplina no contradice derechos • sentencia T-341 de 1993. la educación como derecho-deber • Sentencia T- 316 de 1994 sobre la prevalencia del interés general • Sentencia C- 555 de 1994 • SentenciaC-221 de 1994, sostiene que la garantía del libre desarrollo de la personalidad no es un derecho absoluto • Sentencia T-037 de 1995 Disciplina inherente a la educación • Sentencia T- 527 de 1995 la educación como un derecho-deber • Sentencia T - 397 de 1997, exigencias y la calidad educativa • Sentencia T-235 de 1997 Obligación de educación • Sentencia T-481 de 1998 libre desarrollo de la personalidad • Sentencia SU-641/ 1998. • Sentencia C-481 de 1998. Al tenor del artículo 16 de la Constitución que consagra el Derecho al Libre Desarrollo de la Personalidad • SENTENCIA T – 435 DE 2002. DERECHO, Imposición de sanciones. Deben ser razonables y estar tipificadas en el manual de convivencia. • Sentencia T-967 de 2007. Las instituciones educativas pueden regular el uso del teléfono celular • Sentencia C-491 de 2012. Sostiene que el derecho al libre desarrollo de la personalidad no es absoluto • Sentencia T – 625 DE 2013. los educadores deben ser personas idóneas • T – 478 DE 2015 • Sentencia T– 565 de 2013. Libre desarrollo personalidad-límites • SENTENCIA T- 715 DE 2014. el libre proceso de formación de una específica identidad sexual . Fundamentación Filosófica. El hombre como un ser social, histórico, cultural y trascendental. La INTECSA centra su quehacer pedagógico en la persona del o la estudiante, a quién se considera un ser humano en formación, irrepetible, dinámico, capaz de afirmarse con autonomía, con derechos y responsabilidades, capaz de trascender al otro reconocerlo con base en el axioma: “me respeto cuando le ofrezco ese mismo respeto a los demás, me amo cuando amo a mi prójimo como a mí mismo”. El hombre tiene fuerza interior que le permite transformar los conocimientos o fenómenos y que dicha fuerza se dinamiza con la acción para hacerlos útiles y pragmáticos. El hombre siempre tiene necesidad de conocer, de saber, de buscar y explorar, de ver, de trabajar y todo esto lo impulsa a despertar sus intereses; posee capacidades de elaborar conocimientos a partir de sus propias experiencias y quehaceres diarios. La labor pedagógica, por tanto, tiene como propósito central, orientar a niños, niñas y jóvenes para que sean personas responsables, participativas, críticas, cuestionadoras de la realidad que los circunda e investigadores del saber científico, técnico, artístico que les ofrece el plan de estudio y por su puesto respetuosos de los demás Fundamentación axiológica El hombre experimenta un deseo ferviente de redescubrir su verdadera dimensión. El hombre de hoy es necesario que sepa, que es más importante ser que tener, ya que la post modernidad se constituye en una etapa de reencuentro entusiasta con los valores y las actitudes positivas. El hombre desea encontrar valores, ya que ellos son fundamentales en la búsqueda de la plena realización humana y en las actitudes, la demostración tangible de esos valores. Fundamentación Pedagógica. El fundamento pedagógico que orienta el quehacer de LA INTECSA, se encuentra enmarcado dentro de una propuesta educativa abierta y flexible, dinámica, versátil y productiva, desde una concepción SOCIAL- ACTIVISTA CON ENFOQUE HUMANISTA del aprendizaje dirigida a la formación integral e inclusiva de los y las estudiantes, busca una mayor coherencia entre la educación y el contexto nacional, aplicando metodologías y estrategias, afines con los principios rectores de la pedagogía y las directrices educativas propuesta por el MEN. Las prácticas pedagógicas activas soportan el accionar de la comunidad educativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS - y se encaminan a buscar, la autodeterminación personal y social, desarrollar el conocimiento por medio de la reflexión, análisis, observación, manejo de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC´s), el bilingüismo, el énfasis en el diseño de portales web y el diseño gráfico, la investigación e interpretación de la realidad, para contribuir a transformarla en beneficio personal, familiar y social. El trabajo en equipo, la búsqueda solidaria y puesta en común de conocimientos son el soporte del modelo pedagógico, que conduzca al aprendizaje significativo, que guía la labor formativa, desarrollado para el beneficio integral e inclusivo del o la estudiante intecsista. En esta concepción pedagógica, el docente asume como principio fundamental de toda su actividad, la ética en el ejercicio de su profesión, y en su compromiso social, el respeto por la dignidad humana y la diferencia, la responsabilidad en el cumplimiento del deber y la inaplazable protección y prevalencia del bien común sobre los intereses particulares. El docente estimula en el o la estudiante, sus talentos, aptitudes y capacidades, de acuerdo a sus fortalezas y minimizando sus debilidades; igual que la creatividad, la crítica y los procesos básicos de investigación a través de ejercicios asertivos de enseñanza aprendizajes. Es decir, el docente funge como orientador, guía, dinamizador y facilitador del proceso educativo,
  • 22. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS Líder en procesos de formación integral e inclusiva 22 propiciando ambientes socio-afectivos, en los cuales, el o la estudiante, es protagonista de su propio aprendizaje y el motor de su autoformación Fundamentación Sociológica. La INTECSA concibe al o la estudiante como ser humano, como ser vivo que cumple unas etapas de desarrollo y que se organiza en familia y comunidad El individuo humano requiere convertirse en persona y desarrollar la potencialidad de todas sus dimensiones, ser sociable, vivir con otros, buscar mecanismos de convivencia, solidaridad, tolerancia y resiliencia en la adversidad La INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS , fortalece, los valores sociales, culturales, étnicos y de construcción del conocimiento colectivo en un ambiente escolar sano, que propicia una convivencia social adecuada, libre, creativa y constructiva, en la que priman la tolerancia para aceptar la diferencia, la resolución concertada de conflictos, el respeto, difusión, práctica y defensa de los derechos humanos como base en la construcción de una sociedad justa, armonizando la diferencia y respetando el tenor jurídico – legal, como premisa de inclusión social y de respeto por el otro, en el proceso de formación integral. Fundamentación Psicológica. El estudiante o la estudiante requiere una formación integral e inclusiva, en que se les promueva su autoestima, autonomía y libre desarrollo, que les ayude a desarrollar las capacidades, habilidades y destrezas, para aprender, crear, amar y responder a las múltiples situaciones que la vida cotidiana les presente en el tiempo y en el espacio de su entorno o fuera de él, recordando que son ciudadanos y ciudadanas del mundo globalizado En la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS, el o la estudiante es protagonista de sus propias experiencias, responsable de estructurar una personalidad orientada por un proyecto de vida y unos principios de libertad, autonomía, responsabilidad, solidaridad, tolerancia, honestidad, fraternidad y conciliación. La Institución propicia los espacios para el desarrollo armónico de los perfiles y rasgos diferenciales de la personalidad individual. En respuesta a la pluralidad de la sociedad actual, que demanda una actitud respetuosa de la diversidad, la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS, genera, la concepción del o la estudiante como ser humano, como persona y como ciudadano con derecho a gozar, de la oportunidad de formarse en ambientes inclusivos, que reconozcan la particularidad de sus necesidades educativas, junto con su capacidad de aportarse como miembro activo de una comunidad educativa. Proyectos Pedagógicos. Los proyectos a que se refiere el numeral 1 del artículo 15 de la Ley 115 del 1994, deberán ser desarrollados en todos los niveles del establecimiento educativo, formulados y gestionados por los docentes de todas las áreas y grados, construidos colectivamente con otros actores de la comunidad educativa, que, sin una asignatura específica, respondan a una situación del contexto y que hagan parte del proyecto educativo institucional o del proyecto educativo comunitario. Los proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad, cuyo objetivo es desarrollar competencias en los estudiantes para tomar decisiones informadas, autónomas, responsables, placenteras, saludables y orientadas al bienestar, deberán impartir conocimientos científicos, actualizados y pertinentes para cada edad, desde cada una de las áreas obligatorias señaladas en la Ley 115 de 1994, relacionados con el cuerpo y el desarrollo humano, la reproducción humana, la salud sexual y reproductiva y los métodos de anticoncepción, así como las reflexiones en torno a actitudes, intereses y habilidades en relación con las emociones, la construcción cultural de la sexualidad, los comportamientos culturales de género, la diversidad sexual, la sexualidad y los estilos de vida sanos, como elementos fundamentales para la construcción del proyecto de vida del o la estudiante. La educación para el ejercicio de los Derechos Humanos en la escuela implica la vivencia y práctica de los Derechos Humanos en la cotidianidad escolar, cuyo objetivo es la transformación de los ambientes de aprendizaje, donde los conflictos se asumen como oportunidad pedagógica que permite su solución mediante el diálogo, la concertación y el reconocimiento a la diferencia para que los niños, niñas y adolescentes desarrollen competencias para desempeñarse como sujetos activos de derechos en el contexto escolar, familiar y comunitario. Para esto, el proyecto pedagógico enfatizará en la dignidad humana, los Derechos Humanos y la aceptación d la diferencia En el currículo, el establecimiento educativo deberá hacer explícito el tiempo y condiciones destinadas a los proyectos, acorde con lo señalado en los artículos 76 a 79 de la Ley 115 de 1994, en relación con el currículo y planes de estudio. Fundamentación Política La INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE SANTO TOMAS, propicia y exalta la dimensión sociopolítica y democrática de sus estudiantes para que participen responsablemente, en la toma de decisiones que afecten el entorno personal, familiar, escolar, comunitario y ciudadano, de conformidad con los principios éticos fundamentados en el proceder académico, comportamental y filosófico al interior de la Institución. Ningún integrante de la comunidad debe eximirse de brindar y de recibir acciones de beneficio comunitario, ni de impedir que el bien general prime sobre el particular. Igualmente, no puede renunciar a elegir y ser elegido para ejercer su derecho a participar en los diferentes cargos del gobierno escolar