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A continuación, se presentan una serie de puntos relevantes que usted como Sostenedor/a
o Coordinador/a Comunal/Territorial debe considerar para realizar la inscripción de su
dotación docente. Recuerde que usted tiene la responsabilidad legal de cada proceso de
la Evaluación Docente.
El plazo para realizar el registro docente se extiende desde el 19 de mayo hasta el 10 de
junio de 2022.
La inscripción que usted realice de su/s docentes o educador/as en cuanto al nivel,
asignatura o modalidad, debe ser concordante con la información que se registra en el
SIGE. En caso de no ser así, esta inscripción podría ser rechazada. Es importante señalar
que la actualización de los datos del registro SIGE (asignatura, horas aula, experiencia
docente, etc.) es responsabilidad de cada sostenedor/a ya que es la información oficial
con que se cuenta para la convocatoria a evaluaciones, determinación de asignaturas,
entre otros procesos asociados al sistema evaluativo integral del Sistema de
Reconocimiento del Desarrollo Profesional Docente. La información incorrecta, inexacta o
inexistente podría perjudicar a su dotación docente en el desarrollo de sus evaluaciones.
Municipales – DAEM
Municipales - Corporaciones
Servicios Locales de Educación Pública
Orientaciones para el Registro Docente 2022
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Contenido
1. ¿Qué requisitos deben cumplir los docentes o educadores/as para ser inscritos? ........3
2. ¿Qué niveles, asignaturas y modalidades se evalúan en 2022?.......................................4
3. ¿Qué docentes o educadores/as se inscriben en 2022? ..................................................8
4. Opcionalidad de evaluación...............................................................................................9
5. ¿Cuáles son las causales de suspensión o eximición de la Evaluación?.........................9
6. ¿Cómo puedo recolectar información de mi planta docente? ........................................13
Orientaciones para el Registro Docente 2022
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1. ¿Qué requisitos deben cumplir los docentes o
educadores/as para ser inscritos?
Los docentes y educadores/as que ejercen en el sector municipal o de servicios locales de
educación deben cumplir los siguientes requisitos para ser evaluados:
1.1. Ejercer en aula las modalidades, niveles o asignaturas que se evalúan el año en curso.
1.2. Ejercer el mínimo de horas establecido por el Marco Curricular para el sector y
subsector o modalidad que corresponde evaluar en un determinado período (puede
consultar el detalle en https://www.curriculumnacional.cl).
IMPORTANTE: En el caso que los docentes desarrollen sus labores en más de un sector y
subsector o modalidad, y en uno de ellos cumpla un número de horas igual o superior al
60% del total de horas contratadas, deberán evaluarse en ese sector y subsector o
modalidad. De no ser así será decisión del docente indicar en cuál de los sectores,
subsectores o modalidades desea ser evaluado en ese período. Esta decisión debe
manifestarse por escrito ante el Jefe del Departamento de Administración Municipal de
Educación o el Director de la Corporación de Educación Municipal respectivo y en los
plazos que corresponda, y en ningún caso puede significar quedar fuera del proceso de
evaluación. Artículo 4. Reglamento de Evaluación Docente
Orientaciones para el Registro Docente 2022
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2. ¿Qué niveles, asignaturas y modalidades se evalúan en
2022?
Educación Parvularia:
Educadores/as de Párvulos que realizan clases de aula en:
• Nivel 1 Sala Cuna
• Nivel 2 Medio
• Nivel 3 Transición
Primer Ciclo de Educación Básica:
Docentes generalistas que impartan
• Lenguaje y Comunicación y Matemática (ambos)
Educación Básica, en los niveles de 1° a 6° año
Docentes que impartan al menos una de las siguientes asignaturas:
• Lenguaje y Comunicación
• Matemática
• Historia Geografía y Ciencias Sociales
• Ciencias Naturales
• Educación Física y Salud
• Inglés
• Francés
• Artes Visuales
• Música
• Religión (Católica o Evangélica)
• Tecnología
Educación Especial: Necesidades Educativas Especiales Transitorias (NEET)
Educadores/as Diferenciales, Educadores/as de Párvulos o profesionales de la
educación con mención asociada a Educación Diferencial/Especial, que trabajan con
estudiantes de Educación Parvularia, de Educación Básica y Educación Media integrados
en escuelas regulares (con Proyectos de Integración o Grupos Diferenciales) o en
escuelas de lenguaje con:
• Trastornos Específicos de Lenguaje (TEL)
• Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA),
Educación Básica 7° y 8° año y Educación Media
Orientaciones para el Registro Docente 2022
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Docentes que impartan al menos una de las siguientes asignaturas:
• Lengua y Literatura
• Matemática
• Ciencias Naturales
• Química
• Ciencias Naturales-Física
• Ciencias Naturales-Biología
• Historia, Geografía y Ciencias Sociales
• Educación Física y Salud
• Inglés
• Francés
• Artes Visuales
• Música
• Filosofía
• Religión (Católica o Evangélica)
• Tecnología
• Ciencias para la Ciudadanía
Educación Media Técnico Profesional
Docentes que impartan al menos una de las siguientes especialidades:
• Contabilidad
• Administración mención Logística
• Administración mención Recursos Humanos
• Agropecuaria mención Pecuaria
• Agropecuaria mención Agricultura
• Agropecuaria mención Vitivinícolo
• Elaboración Industrial de Alimentos
• Gastronomía
• Vestuario y Confección Textil
• Construcción
• Instalaciones Sanitarias
• Montaje industrial
• Refrigeración y climatización
• Electricidad
• Electrónica
• Dibujo técnico
• Gráfica
• Servicios de hotelería
• Servicios de turismo
• Forestal
• Muebles y terminaciones de madera
• Acuicultura
• Operaciones portuarias
• Pesquería
• Tripulación de naves mercantes y especiales
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• Mecánica industrial mención Mantenimiento electromecánico
• Mecánica industrial mención Mantenimiento maquinarias-herramientas
• Mecánica industrial mención Matricería
• Construcciones metálicas
• Mecánica automotriz
• Mecánica de mantenimiento de aeronave
• Explotación minera
• Metalurgia extractiva
• Asistencia en geología
• Química industrial
• Atención de enfermería
• Atención de párvulos
• Conectividad y redes
• Programación
• Telecomunicaciones
Educación de Personas Jóvenes y Adultas
Docentes que impartan al menos una de las siguientes asignaturas:
• Enseñanza Básica Nivel 1: Lengua Castellana y Comunicación, Matemática
• Enseñanza Básica Niveles 2 o 3: Lengua Castellana y Comunicación,
Matemática, Ciencias Naturales y Estudios Sociales
• Educación Media Niveles 1 o 2, modalidad científico humanista: Lengua
Castellana y Comunicación, Matemática, Ciencias Naturales, Estudios Sociales, e
Inglés
• Educación Media Niveles 1, 2 o 3, modalidad técnico profesional: Lengua
Castellana y Comunicación, Matemática, Ciencias Naturales, Estudios Sociales, e
Inglés
Educación Especial: Necesidades Educativas Especiales Permanentes (NEEP)
Educadores Diferenciales o Educadores de Párvulos con mención asociada a Educación
Diferencial/Especial que se desempeñan en Escuelas Especiales o regulares, atendiendo
estudiantes con:
• Discapacidad Visual
• Discapacidad Auditiva
• Discapacidad Múltiple
• Trastornos del Espectro Autista-Disfasia Severa
• Discapacidad Intelectual
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Sector Lengua Indígena
Docentes que impartan Lengua Indígena para educación básica en establecimientos
regulares, en:
• Aymara
• Mapuzungun
• Quechua
• Rapanui.
Educación en Contextos de Encierro
Docentes que se desempeñan en establecimientos educacionales en contextos de
encierro, ya sea en Recintos Penitenciarios o en Centros de Internación Provisoria o de
Régimen Cerrado de SENAME, en los siguientes niveles y asignaturas de Educación de
Adultos:
• Educación Básica Nivel 1: Lengua Castellana y Comunicación y Educación
Matemática.
• Educación Básica Nivel 2 y 3: Lengua Castellana y Comunicación, Educación
Matemática, Ciencias Naturales y Estudios Sociales.
• Educación Media Nivel 1 y 2: (Científico - Humanista) Lengua Castellana y
Comunicación, Educación Matemática, Ciencias Naturales, Estudios Sociales e
Inglés.
• Educación Media Nivel 1, 2 y 3: (Técnico Profesional) Lengua Castellana y
Comunicación, Educación Matemática, Ciencias Naturales, Estudios Sociales e
Inglés.
Pedagogía Hospitalaria
Docentes o educadores/as que atienden al menos un niño/a o estudiante de Educación
Parvularia, Educación Básica o Educación Media en contextos de aula hospitalaria, sala
cama o atención domiciliaria, en cualquiera de las asignaturas del currículum.
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3. ¿Qué docentes o educadores/as se inscriben en 2022?
En su comuna o territorio deben inscribirse aquellos docentes o educadores/as que
ejercen labores de aula en las modalidades, niveles y asignaturas que se evalúan este año
(Ver punto 2.):
3.1. Por Evaluación Docente: docentes y educadores/as que:
• Fueron eximidos en 2021 por encontrarse en su primer año de ejercicio en el
sistema.
• Obtuvieron nivel de desempeño Competente o Destacado en el año 2018 o anterior.
• Obtuvieron nivel de desempeño Básico en 2020 o anterior.
• Obtuvieron nivel de desempeño Insatisfactorio en 2021 o anterior.
• Cumpliendo los requisitos para evaluarse el 2022, no cuentan con resultados
previos.
• Fueron suspendidos en 2020 y/o 2021.
• Fueron objetados en 2021.
3.2. Por Carrera Docente: docentes y educadores/as que:
• A consecuencia de su resultado en el Sistema de Reconocimiento (tramo de
desarrollo profesional), deben rendir los instrumentos de carrera docente antes del
periodo que le correspondería por sus resultados en la Evaluación Docente (solo
rinden Portafolio y Evaluación de Conocimientos).
• Educadoras de jardines infantiles, vía transferencia de fondos (VTF) o convenios
de administración delegada (CAD), en caso de que cuente con ellos en su comuna
o territorio. * Dependerá del tramo en el que se encuentren si la elaboración del
Portafolio es obligatoria o voluntaria.
En el caso que usted no cuente con los antecedentes necesarios sobre resultados previos
de evaluación para inscribir o no inscribir a su dotación docente, le sugerimos agregar el/la
docente a la nómina con el fin de salvaguardar su derecho a ser evaluado. Posteriormente,
se realizará una verificación por sistema y, a partir del 20 de junio, la validación de datos
por parte de los docentes y educadores/as permitirá corregir dichos datos, eximir o
suspender en caso que el o la docente lo solicite.
IMPORTANTE: Aquellos docentes y educadores/as que se desempeñan simultáneamente
en establecimientos municipales y particulares subvencionados o de administración
delegada, y que les corresponda evaluarse en 2022, deberán rendir evaluación docente.
Artículo 54° transitorio, Ley 20.903.
Orientaciones para el Registro Docente 2022
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4. Opcionalidad de evaluación
Los procesos de Evaluación Docente y Carrera Docente permiten, según distintas
normativas, que docentes y educadoras/es puedan optar por evaluarse o no en caso de
que sus resultados previos o tramo en la Carrera lo permitan.
Para el proceso 2022, esta voluntariedad será indicada por el/la docente y educadora a
través de la plataforma, durante el período de validación de datos, que va desde el 20 de
junio al 8 de julio. La decisión de cada docente que se encuentre en esta situación
aparecerá reflejada en la plataforma para respaldo tanto del sostenedor como del docente.
5. ¿Cuáles son las causales de suspensión o eximición de la
Evaluación?
Como una forma de agilizar el proceso de registro docente, este año, la solicitud de
suspensión o eximición del proceso evaluativo 2022 es realizada por el/la docente y
educador/a en la etapa de validación de datos (20 de junio al 8 de julio).
En ese plazo, los/as docentes inscritos deberán ingresar a la Plataforma DocenteMás para
corroborar sus datos de contacto, confirmar el nivel, asignatura y sector que usted le
asignó en el registro docente, y además, solicitar la suspensión o eximición del proceso,
adjuntando la documentación que sustenta su requerimiento. En ese período usted podrá
validar o rechazar -si corresponde- las razones argumentadas por su dotación docente
para suspender o eximir con lo que culminará la inscripción.
4.1 Por Evaluación Docente: Implica que están exceptuados de elaborar los 4 instrumentos
de la Evaluación Docente: Portafolio, Autoevaluación, Entrevista por un Evaluador Par e
Informe de Referencia de Terceros.
4.1.1 Razones para eximir: Los docentes o educadores/as que cumplan con ciertos
requisitos, pueden solicitar la eximición del proceso evaluativo 2022, invocando las
siguientes causales:
• Por haber sido seleccionados como Evaluador Par: El Art. 6 del Reglamento de
Evaluación Docente menciona: “Quedarán eximidos de participar en el proceso de
evaluación de un determinado año: a) Los evaluadores pares de ese proceso anual, los
cuales deberán obligatoriamente evaluarse en el proceso del año siguiente.”
• Por encontrase realizando clases en su primer año de ejercicio profesional: El Art. 6 del
Reglamento de Evaluación Docente señala: “Quedarán eximidos de participar en el
proceso de evaluación de un determinado año: b) Los docentes durante su primer año
de ejercicio profesional en un establecimiento educacional, entendiéndose por éste
aquel en que suscribe su primer contrato de trabajo o sea designado, en su caso. “
Orientaciones para el Registro Docente 2022
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• Por encontrarse a tres años o menos de cumplir la edad legal para jubilar: El Art. 70
inciso 11 del DFL 1 de 1997 señala: “Podrán eximirse del proceso de evaluación
docente establecido en los incisos anteriores, los profesionales de la educación a
quienes les falten tres años o menos para cumplir la edad legal para jubilar. Con todo,
estos profesionales quedarán sujetos a lo prescrito en los artículos 73, 73 bis y 74 o en
la ley de incentivo al retiro que se encuentre vigente. No podrá eximirse del proceso de
evaluación docente el profesional de la educación que continúe en funciones, una vez
cumplida la edad legal para jubilar.”
4.1.2 Razones para Suspender: Los docentes o educadores/as pueden solicitar la
suspensión del proceso evaluativo 2022, fundamentando sus circunstancias en las
siguientes causales:
• Por presentar un caso fortuito o de fuerza mayor: EL Art. 7 del Reglamento de
Evaluación Docente señala: “Se podrá a solicitud del docente suspender la evaluación
para el año inmediatamente siguiente, en el caso que a continuación se señala: a) Por
razones de fuerza mayor.”
• Por haberse trasladado de establecimiento o de curso, con fecha posterior al 30 de
abril de 2022: El Art. 7 del Reglamento de Evaluación Docente señala: “Se podrá a
solicitud del docente suspender la evaluación para el año inmediatamente siguiente,
en el caso que a continuación se señala: b) Cuando el docente ha sido trasladado de
establecimiento o de curso, con fecha posterior al 30 de abril del año en evaluación.”
En este caso, el docente deberá presentar la documentación que acredita su traslado
• Por encontrarse con permiso sin goce de remuneraciones superior a tres meses: El Art.
7 del Reglamento de Evaluación Docente señala: “Se podrá a solicitud del docente
suspender la evaluación para el año inmediatamente siguiente, en el caso que a
continuación se señala: c) Por permiso sin goce de remuneraciones superior a tres
meses, otorgado por el sostenedor, y que afecte al proceso de elaboración de las
evidencias de evaluación. En todo caso el docente no podrá interponer esta causal en
el año siguiente.” En este caso, el docente deberá acreditar este permiso.
• Por encontrarse realizando actividades de formación fuera del territorio nacional: El
Art. 7 del Reglamento de Evaluación Docente señala: “Se podrá a solicitud del docente
suspender la evaluación para el año inmediatamente siguiente, en el caso que a
continuación se señala: d) Por encontrarse el docente realizando actividades de
formación profesional fuera del territorio nacional, autorizadas por el sostenedor,
durante el periodo de elaboración de evidencias de evaluación.” En este caso, el
docente debe acreditar el traslado o la estancia fuera del país.
• Por pandemia del Covid-19: El Art. 2 de la Ley 21.272 señala: “Los docentes a quienes
les hubiese correspondido ser evaluados en los años 2020 y 2021 y que hubiesen
optado por acogerse a la suspensión de su evaluación por aplicación de esta ley, les
corresponderá evaluarse durante el año 2022. Los restantes docentes a quienes les
Orientaciones para el Registro Docente 2022
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corresponda ser evaluados en el año 2022 podrán suspender su evaluación para el año
inmediatamente siguiente o evaluarse voluntariamente durante ese mismo año.”
4.2 Por Carrera Docente: Implica que los docentes o educadores/as no deben elaborar
el instrumento Portafolio
4.2.1. Razones para eximir:
• Por haber transcurrido menos de cuatro años desde su última resolución de
reconocimiento de tramo: El Art. 34 inciso primero del Decreto 339 de 2022 señala: “El
profesional de la educación que estando obligado a rendir los Instrumentos haya
dejado de desempeñarse en establecimientos educacionales cuyos profesionales de
la educación se rijan por el Sistema por una causal diversa a la de desvinculación
señalada en los artículos precedentes, podrá eximirse de rendir los Instrumentos si en
el caso de ser nuevamente contratado o designado han transcurrido menos de cuatro
años desde su última resolución de reconocimiento de tramo, debiendo rendirlos al
momento de cumplir el respectivo período de cuatro años.
• Por haber transcurrido más de cuatro años desde la fecha de su última resolución de
reconocimiento de tramo, pero no ha transcurrido un año desde su nueva contratación:
El Art. 34 inciso segundo del Decreto 339 de 2022 señala: “Deberá rendir los
instrumentos dentro del plazo de un año contado desde su nueva contratación o
designación, en el caso de que hayan transcurrido más de cuatro años desde la fecha
de la última resolución de reconocimiento de tramo. De no cumplir con lo señalado en
los incisos anteriores, perderá el derecho a la asignación por tramo de desarrollo
profesional regulada en el párrafo 3º de este título, hasta que dé cumplimiento a dicha
obligación.”
4.2.2. Razones para Suspender:
Están estipuladas principalmente en el Art. 35 del Decreto 339 de 2022 que señala: “El
profesional de la educación, podrá, al igual que en el proceso de evaluación docente,
suspender la rendición de la Evaluación por las siguientes razones:
• Caso fortuito o fuerza mayor
• Cuando el docente ha sido trasladado de establecimiento o de curso, con fecha
posterior al 30 de abril del año de la Evaluación.
• Permiso sin goce de remuneraciones superior a tres meses, otorgado por el
sostenedor, causal que el profesional de la educación no podrá interponer al año
siguiente.
• Encontrarse el docente realizando actividades de formación profesional fuera del
territorio nacional, autorizadas por el sostenedor, durante el período de elaboración
de evidencias de evaluación.
Orientaciones para el Registro Docente 2022
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• Por Pandemia Covid-19: Estipulado en el Art. 2 de la Ley 21.272, que señala: “Los
docentes a quienes les hubiese correspondido ser evaluados en los años 2020 y
2021 y que hubiesen optado por acogerse a la suspensión de su evaluación por
aplicación de esta ley, les corresponderá evaluarse durante el año 2022. Los
restantes docentes a quienes les corresponda ser evaluados en el año 2022 podrán
suspender su evaluación para el año inmediatamente siguiente o evaluarse
voluntariamente durante ese mismo año.”
IMPORTANTE: Recuerde que este año, son los docentes quienes deben solicitar la
suspensión o eximición de su proceso evaluativo 2022, siempre que cumplan con los
requisitos y acrediten su condición, en el período de Validación de Datos que se realizará
entre el 20 de junio y el 8 de julio del año en curso. En dicho período, usted deberá
corroborar la información entregada por sus docentes y educadores/as para aprobar o
rechazar la solicitud -si corresponde-.
Orientaciones para el Registro Docente 2022
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6. ¿Cómo puedo recolectar información de mi planta docente?
Dados los cambios en el proceso de inscripción realizados en Plataforma DocenteMás y
para facilitar la inscripción de su dotación docente, le sugerimos algunas acciones clave
para gestionar la información de sus docentes y educadores/as a través de los equipos
directivos de los establecimientos bajo su dependencia.
1. Ingrese al menú “Inscripción de Docentes y Educadoras/es”
2. Utilice la sección de filtros en su primera pantalla, ingresando el RBD de uno de los
establecimientos de su dependencia, y luego presione el botón “Aplicar filtro”.
3. Como resultado, se desplegará el listado de docentes y educadores/as asociados
al RBD filtrado.
4. Sobre el listado de docentes desplegado y bajo la sección “Limpiar filtro”,
presione el botón “Excel”.
5. Se descargará una planilla con los datos de los/as docentes asociados al RBD
(RUT, Nombres, Apellidos, RBD; Nombre del Establecimiento, Estado de la
inscripción, y la información relativa al sistema en que fue convocado cada
docente). Además, encontrará dos columnas vacías con el nombre “Nivel” y
“Subsector”
7.
6. Envíe esta planilla a los directivos del establecimiento asociado al RBD de su
dependencia, solicitando que completen el espacio “Nivel” y “Subsector” de los
docentes y educadores/as que allí se mencionan.
7. Realice el mismo proceso con cada uno de los RBD de su dependencia.
Orientaciones para el Registro Docente 2022
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8. Con los datos recibidos de sus establecimientos, remítase al Manual de Plataforma:
Registro Docente 2022, y realice la inscripción de su dotación según las
instrucciones que se mencionan.
Si tiene dudas del proceso de inscripción o presenta dificultades para ingresar o navegar
en la Plataforma DocenteMás, puede acudir a nuestra Mesa de Ayuda en el teléfono
exclusivo para Sostenedores/as o Coordinadores/as Comunales/Territoriales: 600 0850
490 en horario continuado de lunes a viernes entre las 09.00 y las 18.00 horas, o bien, a
través de la sección “Contáctenos” de www.docentemas.cl

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  • 1. A continuación, se presentan una serie de puntos relevantes que usted como Sostenedor/a o Coordinador/a Comunal/Territorial debe considerar para realizar la inscripción de su dotación docente. Recuerde que usted tiene la responsabilidad legal de cada proceso de la Evaluación Docente. El plazo para realizar el registro docente se extiende desde el 19 de mayo hasta el 10 de junio de 2022. La inscripción que usted realice de su/s docentes o educador/as en cuanto al nivel, asignatura o modalidad, debe ser concordante con la información que se registra en el SIGE. En caso de no ser así, esta inscripción podría ser rechazada. Es importante señalar que la actualización de los datos del registro SIGE (asignatura, horas aula, experiencia docente, etc.) es responsabilidad de cada sostenedor/a ya que es la información oficial con que se cuenta para la convocatoria a evaluaciones, determinación de asignaturas, entre otros procesos asociados al sistema evaluativo integral del Sistema de Reconocimiento del Desarrollo Profesional Docente. La información incorrecta, inexacta o inexistente podría perjudicar a su dotación docente en el desarrollo de sus evaluaciones. Municipales – DAEM Municipales - Corporaciones Servicios Locales de Educación Pública
  • 2. Orientaciones para el Registro Docente 2022 2 www.docentemas.cl Contenido 1. ¿Qué requisitos deben cumplir los docentes o educadores/as para ser inscritos? ........3 2. ¿Qué niveles, asignaturas y modalidades se evalúan en 2022?.......................................4 3. ¿Qué docentes o educadores/as se inscriben en 2022? ..................................................8 4. Opcionalidad de evaluación...............................................................................................9 5. ¿Cuáles son las causales de suspensión o eximición de la Evaluación?.........................9 6. ¿Cómo puedo recolectar información de mi planta docente? ........................................13
  • 3. Orientaciones para el Registro Docente 2022 3 www.docentemas.cl 1. ¿Qué requisitos deben cumplir los docentes o educadores/as para ser inscritos? Los docentes y educadores/as que ejercen en el sector municipal o de servicios locales de educación deben cumplir los siguientes requisitos para ser evaluados: 1.1. Ejercer en aula las modalidades, niveles o asignaturas que se evalúan el año en curso. 1.2. Ejercer el mínimo de horas establecido por el Marco Curricular para el sector y subsector o modalidad que corresponde evaluar en un determinado período (puede consultar el detalle en https://www.curriculumnacional.cl). IMPORTANTE: En el caso que los docentes desarrollen sus labores en más de un sector y subsector o modalidad, y en uno de ellos cumpla un número de horas igual o superior al 60% del total de horas contratadas, deberán evaluarse en ese sector y subsector o modalidad. De no ser así será decisión del docente indicar en cuál de los sectores, subsectores o modalidades desea ser evaluado en ese período. Esta decisión debe manifestarse por escrito ante el Jefe del Departamento de Administración Municipal de Educación o el Director de la Corporación de Educación Municipal respectivo y en los plazos que corresponda, y en ningún caso puede significar quedar fuera del proceso de evaluación. Artículo 4. Reglamento de Evaluación Docente
  • 4. Orientaciones para el Registro Docente 2022 4 www.docentemas.cl 2. ¿Qué niveles, asignaturas y modalidades se evalúan en 2022? Educación Parvularia: Educadores/as de Párvulos que realizan clases de aula en: • Nivel 1 Sala Cuna • Nivel 2 Medio • Nivel 3 Transición Primer Ciclo de Educación Básica: Docentes generalistas que impartan • Lenguaje y Comunicación y Matemática (ambos) Educación Básica, en los niveles de 1° a 6° año Docentes que impartan al menos una de las siguientes asignaturas: • Lenguaje y Comunicación • Matemática • Historia Geografía y Ciencias Sociales • Ciencias Naturales • Educación Física y Salud • Inglés • Francés • Artes Visuales • Música • Religión (Católica o Evangélica) • Tecnología Educación Especial: Necesidades Educativas Especiales Transitorias (NEET) Educadores/as Diferenciales, Educadores/as de Párvulos o profesionales de la educación con mención asociada a Educación Diferencial/Especial, que trabajan con estudiantes de Educación Parvularia, de Educación Básica y Educación Media integrados en escuelas regulares (con Proyectos de Integración o Grupos Diferenciales) o en escuelas de lenguaje con: • Trastornos Específicos de Lenguaje (TEL) • Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA), Educación Básica 7° y 8° año y Educación Media
  • 5. Orientaciones para el Registro Docente 2022 5 www.docentemas.cl Docentes que impartan al menos una de las siguientes asignaturas: • Lengua y Literatura • Matemática • Ciencias Naturales • Química • Ciencias Naturales-Física • Ciencias Naturales-Biología • Historia, Geografía y Ciencias Sociales • Educación Física y Salud • Inglés • Francés • Artes Visuales • Música • Filosofía • Religión (Católica o Evangélica) • Tecnología • Ciencias para la Ciudadanía Educación Media Técnico Profesional Docentes que impartan al menos una de las siguientes especialidades: • Contabilidad • Administración mención Logística • Administración mención Recursos Humanos • Agropecuaria mención Pecuaria • Agropecuaria mención Agricultura • Agropecuaria mención Vitivinícolo • Elaboración Industrial de Alimentos • Gastronomía • Vestuario y Confección Textil • Construcción • Instalaciones Sanitarias • Montaje industrial • Refrigeración y climatización • Electricidad • Electrónica • Dibujo técnico • Gráfica • Servicios de hotelería • Servicios de turismo • Forestal • Muebles y terminaciones de madera • Acuicultura • Operaciones portuarias • Pesquería • Tripulación de naves mercantes y especiales
  • 6. Orientaciones para el Registro Docente 2022 6 www.docentemas.cl • Mecánica industrial mención Mantenimiento electromecánico • Mecánica industrial mención Mantenimiento maquinarias-herramientas • Mecánica industrial mención Matricería • Construcciones metálicas • Mecánica automotriz • Mecánica de mantenimiento de aeronave • Explotación minera • Metalurgia extractiva • Asistencia en geología • Química industrial • Atención de enfermería • Atención de párvulos • Conectividad y redes • Programación • Telecomunicaciones Educación de Personas Jóvenes y Adultas Docentes que impartan al menos una de las siguientes asignaturas: • Enseñanza Básica Nivel 1: Lengua Castellana y Comunicación, Matemática • Enseñanza Básica Niveles 2 o 3: Lengua Castellana y Comunicación, Matemática, Ciencias Naturales y Estudios Sociales • Educación Media Niveles 1 o 2, modalidad científico humanista: Lengua Castellana y Comunicación, Matemática, Ciencias Naturales, Estudios Sociales, e Inglés • Educación Media Niveles 1, 2 o 3, modalidad técnico profesional: Lengua Castellana y Comunicación, Matemática, Ciencias Naturales, Estudios Sociales, e Inglés Educación Especial: Necesidades Educativas Especiales Permanentes (NEEP) Educadores Diferenciales o Educadores de Párvulos con mención asociada a Educación Diferencial/Especial que se desempeñan en Escuelas Especiales o regulares, atendiendo estudiantes con: • Discapacidad Visual • Discapacidad Auditiva • Discapacidad Múltiple • Trastornos del Espectro Autista-Disfasia Severa • Discapacidad Intelectual
  • 7. Orientaciones para el Registro Docente 2022 7 www.docentemas.cl Sector Lengua Indígena Docentes que impartan Lengua Indígena para educación básica en establecimientos regulares, en: • Aymara • Mapuzungun • Quechua • Rapanui. Educación en Contextos de Encierro Docentes que se desempeñan en establecimientos educacionales en contextos de encierro, ya sea en Recintos Penitenciarios o en Centros de Internación Provisoria o de Régimen Cerrado de SENAME, en los siguientes niveles y asignaturas de Educación de Adultos: • Educación Básica Nivel 1: Lengua Castellana y Comunicación y Educación Matemática. • Educación Básica Nivel 2 y 3: Lengua Castellana y Comunicación, Educación Matemática, Ciencias Naturales y Estudios Sociales. • Educación Media Nivel 1 y 2: (Científico - Humanista) Lengua Castellana y Comunicación, Educación Matemática, Ciencias Naturales, Estudios Sociales e Inglés. • Educación Media Nivel 1, 2 y 3: (Técnico Profesional) Lengua Castellana y Comunicación, Educación Matemática, Ciencias Naturales, Estudios Sociales e Inglés. Pedagogía Hospitalaria Docentes o educadores/as que atienden al menos un niño/a o estudiante de Educación Parvularia, Educación Básica o Educación Media en contextos de aula hospitalaria, sala cama o atención domiciliaria, en cualquiera de las asignaturas del currículum.
  • 8. Orientaciones para el Registro Docente 2022 8 www.docentemas.cl 3. ¿Qué docentes o educadores/as se inscriben en 2022? En su comuna o territorio deben inscribirse aquellos docentes o educadores/as que ejercen labores de aula en las modalidades, niveles y asignaturas que se evalúan este año (Ver punto 2.): 3.1. Por Evaluación Docente: docentes y educadores/as que: • Fueron eximidos en 2021 por encontrarse en su primer año de ejercicio en el sistema. • Obtuvieron nivel de desempeño Competente o Destacado en el año 2018 o anterior. • Obtuvieron nivel de desempeño Básico en 2020 o anterior. • Obtuvieron nivel de desempeño Insatisfactorio en 2021 o anterior. • Cumpliendo los requisitos para evaluarse el 2022, no cuentan con resultados previos. • Fueron suspendidos en 2020 y/o 2021. • Fueron objetados en 2021. 3.2. Por Carrera Docente: docentes y educadores/as que: • A consecuencia de su resultado en el Sistema de Reconocimiento (tramo de desarrollo profesional), deben rendir los instrumentos de carrera docente antes del periodo que le correspondería por sus resultados en la Evaluación Docente (solo rinden Portafolio y Evaluación de Conocimientos). • Educadoras de jardines infantiles, vía transferencia de fondos (VTF) o convenios de administración delegada (CAD), en caso de que cuente con ellos en su comuna o territorio. * Dependerá del tramo en el que se encuentren si la elaboración del Portafolio es obligatoria o voluntaria. En el caso que usted no cuente con los antecedentes necesarios sobre resultados previos de evaluación para inscribir o no inscribir a su dotación docente, le sugerimos agregar el/la docente a la nómina con el fin de salvaguardar su derecho a ser evaluado. Posteriormente, se realizará una verificación por sistema y, a partir del 20 de junio, la validación de datos por parte de los docentes y educadores/as permitirá corregir dichos datos, eximir o suspender en caso que el o la docente lo solicite. IMPORTANTE: Aquellos docentes y educadores/as que se desempeñan simultáneamente en establecimientos municipales y particulares subvencionados o de administración delegada, y que les corresponda evaluarse en 2022, deberán rendir evaluación docente. Artículo 54° transitorio, Ley 20.903.
  • 9. Orientaciones para el Registro Docente 2022 9 www.docentemas.cl 4. Opcionalidad de evaluación Los procesos de Evaluación Docente y Carrera Docente permiten, según distintas normativas, que docentes y educadoras/es puedan optar por evaluarse o no en caso de que sus resultados previos o tramo en la Carrera lo permitan. Para el proceso 2022, esta voluntariedad será indicada por el/la docente y educadora a través de la plataforma, durante el período de validación de datos, que va desde el 20 de junio al 8 de julio. La decisión de cada docente que se encuentre en esta situación aparecerá reflejada en la plataforma para respaldo tanto del sostenedor como del docente. 5. ¿Cuáles son las causales de suspensión o eximición de la Evaluación? Como una forma de agilizar el proceso de registro docente, este año, la solicitud de suspensión o eximición del proceso evaluativo 2022 es realizada por el/la docente y educador/a en la etapa de validación de datos (20 de junio al 8 de julio). En ese plazo, los/as docentes inscritos deberán ingresar a la Plataforma DocenteMás para corroborar sus datos de contacto, confirmar el nivel, asignatura y sector que usted le asignó en el registro docente, y además, solicitar la suspensión o eximición del proceso, adjuntando la documentación que sustenta su requerimiento. En ese período usted podrá validar o rechazar -si corresponde- las razones argumentadas por su dotación docente para suspender o eximir con lo que culminará la inscripción. 4.1 Por Evaluación Docente: Implica que están exceptuados de elaborar los 4 instrumentos de la Evaluación Docente: Portafolio, Autoevaluación, Entrevista por un Evaluador Par e Informe de Referencia de Terceros. 4.1.1 Razones para eximir: Los docentes o educadores/as que cumplan con ciertos requisitos, pueden solicitar la eximición del proceso evaluativo 2022, invocando las siguientes causales: • Por haber sido seleccionados como Evaluador Par: El Art. 6 del Reglamento de Evaluación Docente menciona: “Quedarán eximidos de participar en el proceso de evaluación de un determinado año: a) Los evaluadores pares de ese proceso anual, los cuales deberán obligatoriamente evaluarse en el proceso del año siguiente.” • Por encontrase realizando clases en su primer año de ejercicio profesional: El Art. 6 del Reglamento de Evaluación Docente señala: “Quedarán eximidos de participar en el proceso de evaluación de un determinado año: b) Los docentes durante su primer año de ejercicio profesional en un establecimiento educacional, entendiéndose por éste aquel en que suscribe su primer contrato de trabajo o sea designado, en su caso. “
  • 10. Orientaciones para el Registro Docente 2022 10 www.docentemas.cl • Por encontrarse a tres años o menos de cumplir la edad legal para jubilar: El Art. 70 inciso 11 del DFL 1 de 1997 señala: “Podrán eximirse del proceso de evaluación docente establecido en los incisos anteriores, los profesionales de la educación a quienes les falten tres años o menos para cumplir la edad legal para jubilar. Con todo, estos profesionales quedarán sujetos a lo prescrito en los artículos 73, 73 bis y 74 o en la ley de incentivo al retiro que se encuentre vigente. No podrá eximirse del proceso de evaluación docente el profesional de la educación que continúe en funciones, una vez cumplida la edad legal para jubilar.” 4.1.2 Razones para Suspender: Los docentes o educadores/as pueden solicitar la suspensión del proceso evaluativo 2022, fundamentando sus circunstancias en las siguientes causales: • Por presentar un caso fortuito o de fuerza mayor: EL Art. 7 del Reglamento de Evaluación Docente señala: “Se podrá a solicitud del docente suspender la evaluación para el año inmediatamente siguiente, en el caso que a continuación se señala: a) Por razones de fuerza mayor.” • Por haberse trasladado de establecimiento o de curso, con fecha posterior al 30 de abril de 2022: El Art. 7 del Reglamento de Evaluación Docente señala: “Se podrá a solicitud del docente suspender la evaluación para el año inmediatamente siguiente, en el caso que a continuación se señala: b) Cuando el docente ha sido trasladado de establecimiento o de curso, con fecha posterior al 30 de abril del año en evaluación.” En este caso, el docente deberá presentar la documentación que acredita su traslado • Por encontrarse con permiso sin goce de remuneraciones superior a tres meses: El Art. 7 del Reglamento de Evaluación Docente señala: “Se podrá a solicitud del docente suspender la evaluación para el año inmediatamente siguiente, en el caso que a continuación se señala: c) Por permiso sin goce de remuneraciones superior a tres meses, otorgado por el sostenedor, y que afecte al proceso de elaboración de las evidencias de evaluación. En todo caso el docente no podrá interponer esta causal en el año siguiente.” En este caso, el docente deberá acreditar este permiso. • Por encontrarse realizando actividades de formación fuera del territorio nacional: El Art. 7 del Reglamento de Evaluación Docente señala: “Se podrá a solicitud del docente suspender la evaluación para el año inmediatamente siguiente, en el caso que a continuación se señala: d) Por encontrarse el docente realizando actividades de formación profesional fuera del territorio nacional, autorizadas por el sostenedor, durante el periodo de elaboración de evidencias de evaluación.” En este caso, el docente debe acreditar el traslado o la estancia fuera del país. • Por pandemia del Covid-19: El Art. 2 de la Ley 21.272 señala: “Los docentes a quienes les hubiese correspondido ser evaluados en los años 2020 y 2021 y que hubiesen optado por acogerse a la suspensión de su evaluación por aplicación de esta ley, les corresponderá evaluarse durante el año 2022. Los restantes docentes a quienes les
  • 11. Orientaciones para el Registro Docente 2022 11 www.docentemas.cl corresponda ser evaluados en el año 2022 podrán suspender su evaluación para el año inmediatamente siguiente o evaluarse voluntariamente durante ese mismo año.” 4.2 Por Carrera Docente: Implica que los docentes o educadores/as no deben elaborar el instrumento Portafolio 4.2.1. Razones para eximir: • Por haber transcurrido menos de cuatro años desde su última resolución de reconocimiento de tramo: El Art. 34 inciso primero del Decreto 339 de 2022 señala: “El profesional de la educación que estando obligado a rendir los Instrumentos haya dejado de desempeñarse en establecimientos educacionales cuyos profesionales de la educación se rijan por el Sistema por una causal diversa a la de desvinculación señalada en los artículos precedentes, podrá eximirse de rendir los Instrumentos si en el caso de ser nuevamente contratado o designado han transcurrido menos de cuatro años desde su última resolución de reconocimiento de tramo, debiendo rendirlos al momento de cumplir el respectivo período de cuatro años. • Por haber transcurrido más de cuatro años desde la fecha de su última resolución de reconocimiento de tramo, pero no ha transcurrido un año desde su nueva contratación: El Art. 34 inciso segundo del Decreto 339 de 2022 señala: “Deberá rendir los instrumentos dentro del plazo de un año contado desde su nueva contratación o designación, en el caso de que hayan transcurrido más de cuatro años desde la fecha de la última resolución de reconocimiento de tramo. De no cumplir con lo señalado en los incisos anteriores, perderá el derecho a la asignación por tramo de desarrollo profesional regulada en el párrafo 3º de este título, hasta que dé cumplimiento a dicha obligación.” 4.2.2. Razones para Suspender: Están estipuladas principalmente en el Art. 35 del Decreto 339 de 2022 que señala: “El profesional de la educación, podrá, al igual que en el proceso de evaluación docente, suspender la rendición de la Evaluación por las siguientes razones: • Caso fortuito o fuerza mayor • Cuando el docente ha sido trasladado de establecimiento o de curso, con fecha posterior al 30 de abril del año de la Evaluación. • Permiso sin goce de remuneraciones superior a tres meses, otorgado por el sostenedor, causal que el profesional de la educación no podrá interponer al año siguiente. • Encontrarse el docente realizando actividades de formación profesional fuera del territorio nacional, autorizadas por el sostenedor, durante el período de elaboración de evidencias de evaluación.
  • 12. Orientaciones para el Registro Docente 2022 12 www.docentemas.cl • Por Pandemia Covid-19: Estipulado en el Art. 2 de la Ley 21.272, que señala: “Los docentes a quienes les hubiese correspondido ser evaluados en los años 2020 y 2021 y que hubiesen optado por acogerse a la suspensión de su evaluación por aplicación de esta ley, les corresponderá evaluarse durante el año 2022. Los restantes docentes a quienes les corresponda ser evaluados en el año 2022 podrán suspender su evaluación para el año inmediatamente siguiente o evaluarse voluntariamente durante ese mismo año.” IMPORTANTE: Recuerde que este año, son los docentes quienes deben solicitar la suspensión o eximición de su proceso evaluativo 2022, siempre que cumplan con los requisitos y acrediten su condición, en el período de Validación de Datos que se realizará entre el 20 de junio y el 8 de julio del año en curso. En dicho período, usted deberá corroborar la información entregada por sus docentes y educadores/as para aprobar o rechazar la solicitud -si corresponde-.
  • 13. Orientaciones para el Registro Docente 2022 13 www.docentemas.cl 6. ¿Cómo puedo recolectar información de mi planta docente? Dados los cambios en el proceso de inscripción realizados en Plataforma DocenteMás y para facilitar la inscripción de su dotación docente, le sugerimos algunas acciones clave para gestionar la información de sus docentes y educadores/as a través de los equipos directivos de los establecimientos bajo su dependencia. 1. Ingrese al menú “Inscripción de Docentes y Educadoras/es” 2. Utilice la sección de filtros en su primera pantalla, ingresando el RBD de uno de los establecimientos de su dependencia, y luego presione el botón “Aplicar filtro”. 3. Como resultado, se desplegará el listado de docentes y educadores/as asociados al RBD filtrado. 4. Sobre el listado de docentes desplegado y bajo la sección “Limpiar filtro”, presione el botón “Excel”. 5. Se descargará una planilla con los datos de los/as docentes asociados al RBD (RUT, Nombres, Apellidos, RBD; Nombre del Establecimiento, Estado de la inscripción, y la información relativa al sistema en que fue convocado cada docente). Además, encontrará dos columnas vacías con el nombre “Nivel” y “Subsector” 7. 6. Envíe esta planilla a los directivos del establecimiento asociado al RBD de su dependencia, solicitando que completen el espacio “Nivel” y “Subsector” de los docentes y educadores/as que allí se mencionan. 7. Realice el mismo proceso con cada uno de los RBD de su dependencia.
  • 14. Orientaciones para el Registro Docente 2022 14 www.docentemas.cl 8. Con los datos recibidos de sus establecimientos, remítase al Manual de Plataforma: Registro Docente 2022, y realice la inscripción de su dotación según las instrucciones que se mencionan. Si tiene dudas del proceso de inscripción o presenta dificultades para ingresar o navegar en la Plataforma DocenteMás, puede acudir a nuestra Mesa de Ayuda en el teléfono exclusivo para Sostenedores/as o Coordinadores/as Comunales/Territoriales: 600 0850 490 en horario continuado de lunes a viernes entre las 09.00 y las 18.00 horas, o bien, a través de la sección “Contáctenos” de www.docentemas.cl