1. CORREDORES INMOBILIARIOS - MODELO BOLETO DE RESERVA
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EJERCICIO DE CLASE OPERADOR INMOBILIARIO
CASO: Intervienen sujetos: vendedor (usufructo y nudo propietario), comprador,
inmobiliaria, escribano. Precio en cuotas. INMUEBLE CON DOS CONSTRUCCIONES, se
entregará una primero.
BOLETO DE RESERVA - En la ciudad de Montevideo, el día _ _ _ _ _ de _ _ _ _ _ del año
_ _ _ _ _, ENTRE: POR UNA PARTE _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ , titular de la cédula
de identidad Nº_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ , estado civil _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ , y II)_ _ _ _
_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _, titular de la cédula de identidad Nº _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ , estado
civil _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ ; oriental, mayor de edad, y domiciliado a estos efectos en la
calle _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ de ésta ciudad. POR OTRA PARTE _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
_ _ _ _ , oriental, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº_ _ _ _ _ _ _ _ _
_ _ , domiciliado en la calle _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ de esta ciudad. QUIENES CONVIENEN:
PRIMERO. OBJETO. La parte nombrada en primer término reserva el derecho de venta a la
parte nombrada en segundo término -libre de obligaciones y gravámenes-, y éste último se
reserva el derecho de compra a favor de las primeras, respecto del siguiente inmueble:
solar con construcciones empadronado con el número _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
de la localidad catastral de Montevideo, zona urbana, sito en la calle _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
_ _ _ _ número _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _, entre las calles _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ y _ _ _
__ _ _ _ _ _ _, distando el punto más próximo de su frente _ _ _ _ _ _ _ metros _ __ _ __
_ centímetros de la esquina que se forma con la primera de las nombradas, el cual de
conformidad con el plano del Agrimensor _ _ _ _ _ _ _ _ _ del año _ _ _ _ _ _ _ _ _ ,
inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el número _ _ _ _ _ _ _ _, el _ _ _ _ de
_ _ _ _ __ _ de __ __ _ _ _ _ _, consta de una superficie de __ _ _ _ _ _ _ __ _ metros _ _
_ _ _ _ decímetros (_ _ _ _ __ _) y se deslinda así _ _ _ metros _ _ _ centímetros de frente
al _ _ _ _ a la calle _ _ _ _ _ _; _ _ _ _ _ metros _ _ _ _ _ centímetros al _ __ _ _ _ _
lindando con padrón _ _ _ _ _ _ _ ; _ _ _ _ _ metros __ _ _ _ _ centimetros al _ _ _ _ _ _
_ , lindando con padrón _ _ _ _ _ __ y _ _ _ _ __ metros _ _ _ _ __ centímetros _ _ _ _ _
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_ _al _ _ _ _ __ _ , lindando con padrón _ _ _ _ _ _ .SEGUNDO. PRECIO. El precio de la
compraventa asciende a USD _ _ _ _ _ _ _ _ _ (_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ dólares
estadounidenses billete), que se integrarán de la siguiente forma: a) la suma de USD _ _ _ _
_ _ (dólares estadounidenses _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _) que la promitente compradora entrega
en este acto a la promitente vendedora, quienes reciben a satisfacción y otorgan carta de
pago por dicha suma; y b) el saldo, o sea la suma de USD _ _ _ _ _ _ _ _ _ (dólares
estadounidenses _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _) en _ _ _ _ __ _ cuotas iguals, mensuales,
siguientes y consecutivas de USD _ _ _ _ _ _ _ _ cada una, venciendo la primera a los 30
días de verificarse la entrega total del inmueble objeto de este contrato. La suma debida
devengará un interés del _ _ _ _ _ % anual sobre el saldo, el que se abonará conjuntamente
con las cuotas del capita. TERCERO. SEÑA. En este acto se entrega, en calidad de seña,
la suma de dólares estadounidenses _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ (USD _ _ _ _ _ _ ).,
designándose como depositario a _ _ _ __ _ _ _ _ , cédula de identidad _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
_, con domicilio __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ __ _ _ _ _ _ de Montevideo. Dicha suma se
imputará al precio pactado, al momento de celebrarse la Promesa de Compraventa referida
y en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas será aplicada en carácter de
multa. CUARTO. POSESIÓN. La posesión material y jurídica del inmueble, encontrándose
en las condiciones establecidas en la cláusula primera -libre de obligaciones y gravámenes-
se hará efectiva de la siguiente manera: a) la casa cuyo número de puerta es el _ _ _ _ _ _
_ , en el día de hoy, por lo que todos los gastos y consumos relativos a la misma, correrán
por cuenta de la promitente compradora a partir del día de hoy; y b) la casa cuyo número de
puerta es el _ _ _ _ _ , en un plazo de _ _ _ _ días contados a partir de hoy. Correrán por
cuenta de la parte promitente vendedora los gastos y consumos relativos a dicha vivienda
hasta el momento de la entrega definitiva a la parte promitente compradora. QUINTO.
PLAZO. El plazo para el otorgamiento de la Promesa de Compraventa, es de 20 días
contados a partir de hoy. El mismo se prorrogará en forma automática, en caso de huelgas
o paros registrales, municipales, judiciales o bancarios que hicieran imposible el
otorgamiento de la Promesa de Compraventa pactada. SEXTO. DOCUMENTOS. La parte
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proponente vendedora se obliga a entregar al Escribano designado para otorgar la
compraventa, en un plazo de 48 horas hábiles a partir del otorgamiento del presente boleto
de reserva, los siguientes documentos: a) antecedentes dominiales por los últimos 30 años,
título de propiedad, certificados de resultancias de autos inscriptos, promesa de
compraventa, cesiones de promesa de compraventa, cesión de derechos hereditarios,
poderes que surjan de la titulación; b) certificado único especial de BPS en caso de
corresponder; c) plano de mensura; d) en especial: pago de la porción conyugal , partida de
defunción de _ _ _ _ _ _ _ __ y testimonios de divorcio de la parte promitente
vendedora.SÉPTIMO. RESCISIÓN DEL CONTRATO. Las partes acuerdan que la promesa
de compraventa pactada, se rescindirá sin responsabilidad alguna para las partes: I) Si de la
información registral o municipal, resultaren inscripciones o irregularidades que afecten al
bien o a sus titulares, salvo que el proponente vendedor asuma el pago de los gastos que
correspondan por los descartes, cancelación o levantamiento de las mismas. ii) Si del
estudio de la documentación surgieran observaciones, que a criterio del Escribano que
asesora a la parte proponente adquirente, determinaron que los títulos no son buenos,
según su criterio y basándose en las disposiciones legales vigente. III) Si el bien estuviese
sujeto o designado para expropiar, como asimismo gravado por servidumbres “non
edificandi”. iv) OCTAVO. INCUMPLIMIENTO. I) Para el caso de incumplimiento de las
obligaciones asumidas, las partes acuerdan una multa de USD _ _ _ _ _ _ _ __ (dólares
estadounidenses _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ __ _ ), sin perjuicio de los daños y perjuicios que
pudieran corresponder. II) En caso de resición de contrato sin responsabilidad para las
partes, se le devolverá a la parte proponente adquirente la seña mencionada. III) La
depositaria queda facultada para efectuar las correspondientes entregas o devoluciones -
de seña y documentación - , sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna,
quedando exonerada de responsabilidad, una vez efectuadas las mismas, previa
suscripción por la parte que corresponda del pertinente recibo de devolución. OCTAVO:
GASTOS - Las partes se obligan respectivamente, a pagar los siguientes gastos: i) La parte
proponente vendedora, toma a su cargo: a) el importe que le corresponda por concepto del
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Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales; b) el importe que le corresponda por concepto
del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (Incrementos Patrimoniales para la anterior
compraventa que fuere posteriores al año 2007, 12% de la diferencia entre el precio de ésta
compraventa y la anterior ajustada al día de hoy por IPC -cálculo realizado por Escribano-).
ii) La parte proponente compradora toma a su cargo: a) los gastos por concepto de
certificados registrales, tasas, impuestos y honorarios de la escritura de compraventa objeto
de este contrato; b) el importe que corresponde por concepto de Impuesto a las
Transmisiones Patrimoniales. NOVENO: MORA. La mora en el cumplimiento de las
obligaciones pactadas, se producirá de pleno derecho y por el solo vencimiento de los
términos fijados o por la omisión o realización de cualquier acto o hecho que se traduzca en
hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. DÉCIMO. DOMICILIO. Las partes fijan como
domicilios especiales, para cualquier efecto a que pudiera dar lugar el presente contrato, los
indicados como suyos en la comparecencia y la deposita, los previamente establecidos en
la cláusula cuarta. DECIMOPRIMERO. COMUNICACIONES-NOTIFICACIONES. Las partes
aceptan el telegrama colacionado como forma válida de comunicación y notificación entre
ellas. DECIMOSEGUNDO. Interviene como Agente Inmobiliario María Eugenia Szwedowski
tanto por parte vendedora como compradora, quien percibirá una comisión del 3% más
impuestos a cada una de ellas. DECIMOTERCERO. Las partes declaran estar de acuerdo
con lo aquí estipulado y para constancia se firman tres ejemplares de un mismo tenor.