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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
PROGRAMA DE MAESTRÍA EN DERECHO, MENCIÓN DERECHO
CONSTITUCIONAL
PERFIL DE ARTÍCULO CIENTÍFICO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL
GRADO ACADÉMICO DE MAGÍSTER EN DERECHO, MENCIÓN
DERECHO CONSTITUCIONAL
TEMA:
OTORGAMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SU INCIDENCIA
EN EL DERECHO DE TUTELA CONSTITUCIONAL EN EL CANTÓN
BABAHOYO DEL AÑO 2021.
AUTORA: CHAVARRIA MEJÍA CARMEN ROCIO
TUTORES: DR. BENAVIDES SALAZAR CRISTIAN FERNANDO, Mgs.
ING. QUINTANA CIFUENTES MARCO VINICIO, PhD.
SANTO DOMINGO-ECUADOR
2022
1
1. TEMA
OTORGAMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SU INCIDENCIA EN
EL DERECHO DE TUTELA CONSTITUCIONAL EN EL CANTÓN BABAHOYO
DEL AÑO 2021.
2. INTRODUCCIÓN
El Estado Ecuatoriano es garante del respeto de los Derechos reconocidos en
la Constitución, así como en los tratados y convenios internacionales por medio
de sus órganos jurisdiccionales es por ende que la aplicación de medidas de
protección de manera ineficaz en los autos de calificación de las denuncias de
violencia intrafamiliar actualmente está vulnerando el derecho de tutela
constitucional tanto de la supuesta víctima o denunciante y del supuesto
agresor o denunciado.
Cuando se habla de mediadas de protección están son de aplicación inmediata
y son de carácter provisional y se conceden cuando exista cualquier tipo de
amenaza o existe una vulneración de algún derecho en especial de las mujeres,
para que estas vivan una vida libre de violencia, así como lo establece el art. 47
LOIPEVCM “Medidas de protección inmediata. Las medidas de protección
serán de carácter inmediato y provisional (…)” (pág. 29), y para esto el juzgador
utiliza parámetros de valoración tanto de riesgos como de las diferentes
condiciones específicas de cada una de las victimas para posteriormente
otorgarlas a las víctimas y sirven únicamente para especificar las circunstancias
de tiempo, modo y lugar en el que estas deben cumplirse y son otorgadas a las
víctimas.
Las medidas de protección como se dijo anteriormente son de carácter
inmediato y una vez dictadas u ordenadas detienen la vulneración de derechos
y deberán ser puestas en conocimiento de los órganos judiciales en un máximo
de 24 horas para que estás sean ratificadas, si las medidas aplicadas son de
carácter preventivo, el tiempo máximo para ponerlas a conocimiento a los
órganos judiciales es de tres días, además se debe realizar un seguimiento de
cada una de estas medidas a las víctimas y así garantizar su cumplimiento
pleno y en caso de incumplimiento, en la ejecución de estas medidas por la
2
instancia dispuesta para su cumplimiento. La aplicación de estas medidas de
protección inmediata no se constituye en declaratoria de culpabilidad de la
posible persona agresora.
Las víctimas de violencia de cualquier tipo o cualquier persona que conozca de
actos de violencia pueden solicitar este tipo de medidas mismas que se
encuentran tipificadas en el artículo 51 de la LOIPEVCM. Sin necesidad de
patrocinio legal y la solicitud puede ser presentadas directamente de manera
verbal o escrita, ante la Policía Nacional, las urgentes; y las Juntas de
Cantonales de Protección de Derechos y Tenencias Políticas, las
administrativas, como lo establece el artículo 54 de la LOIPEVCM.
En la Sentencia Nro. 034-13-SCN-CC, Caso Nro. 0561-12-CN, de fecha 30 de
mayo de 2013 el pleno de la Corte Constitucional analiza las medidas
cautelares tanto autónomas como conjuntas, así como la garantía
constitucional correspondiente y establece que las medidas cautelares
autónomas son un proceso independiente de otros procesos constitucionales y
se aplican al existir la demora en otorgar estas medidas cautelares y ponen en
peligro la extinción del daño evitando la vulneración o consumación de la
violación de un derecho.
Mientras que las medidas cautelares que se solicitadas en conjunto con la
garantía jurisdiccional es un conjunto con alguna garantía jurisdiccional y sirven
para cuando ya se han vulnerado derechos protegidos en instrumentos
internacionales o derechos constitucionales; cuando el bien jurídico ya ha sido
lesionado, es decir, la víctima ya ha sido vulnerada en su derecho.
En ambos casos, se necesitan la intervención urgente de los jueces
constitucionales que conocen las medidas cautelares. En las medidas
autónomas sirven para evitar la consumación de una amenaza o violación de
un derecho humano o de un derecho constitucional. En las medidas solicitadas
en conjunto con la garantía jurisdiccional correspondiente sirven para cesar la
violación de un derecho humano o de un derecho constitucional. (Castro Arroyo,
2020, pág. 10)
Las medidas cautelares deben ser medidas adecuadas a la violación que se
3
pretenda evitar o detener, por lo que deberá ser proporcional y necesario en
relación con el fin que se persigue, Debe haber una relación proporcional entre
medio y fin; depende de: la importancia de la intervención del juez
constitucional; de la satisfacción de un fin; de la gravedad del caso y de sus
circunstancias particulares.
Criterios fundamentales en relación con las medidas cautelares:1)
Presupuestos de concesión de las medidas cautelares: 1.1) Peligro en la
demora; y, 1.2) verosimilitud fundada de la pretensión. 1.1) Con respecto al
peligro de la demora, este guarda relación con el tiempo que llevan de manera
general los procesos, por eso debe ser bien justificada para un rápido y urgente
accionar de los jueces constitucionales, con el objeto de cesar la amenaza o de
evitar o cesar la violación de los derechos constitucionales o de derechos
humanos reconocidos en instrumentos internacionales. 1.2) Con respecto a la
verosimilitud fundada de la pretensión conocida como fumus boni iuris o
apariencia del buen derecho. Esta se basa en una presunción razonable de que
los hechos o amenazas denunciadas sobre violación de derechos humanos o
constitucionales son verdaderas.
En el Código de la niñez y adolescencia, Título V, se habla de Los Organismos
de ejecución del sistema nacional de protección y del Art. 209 al 214, se define
su naturaleza y se desglosan sus funciones.
Son las entidades de atención que tienen a su cargo la ejecución de
políticas, planes y programas, proyectos, acciones y medidas de
protección y sanción, de acuerdo con las políticas y planes definidos por
los organismos competentes y a las instrucciones de la autoridad que
legitimo su funcionamiento Art 209. (Dupret, 2014, pág. 56)
En el Art. 75 de la Constitución de la República del Ecuador dice “Toda persona
tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y
expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de
inmediación y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión” (Constitución
de la República del Ecuador, 2021, pág. 38). La vulneración al derecho
constitucional de tutela de las partes en un proceso; torna ineficaz el sistema
4
procesal de la sociedad riosense.
En el Principio de Tutela Judicial efectiva de los derechos en el Art 23 manifiesta
que:
La función judicial, por intermedio de los jueces, tienen el deber
fundamental de garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos
declarados en la constitución y en los instrumentos internacionales
derechos humanos o establecidos en las leyes, cuando sean reclamados
por sus titulares o quienes invoquen esa calidad, cualquiera sea la
materia, el derecho o la garantía exigido. Deberán resolver siempre las
pretensiones y excepciones que hayan deducido los litigantes sobre las
únicas bases de la Constitución, los instrumentos internacionales de
derechos humanos, los instrumentos internacionales ratificados por el
Estado, la ley los méritos del proceso (Código Orgánico de la Función
Judicial, 2022, pág. 10)
Entre las atribuciones otorgadas por el legislador la jurisdicción Constitucional
asegura la tutela oportuna de los derechos y la eficiente protección de las
garantías, en especial las reglas referentes al debido proceso por lo que es
alarmante constatar en los autos de calificación de una denuncia de violencia
intrafamiliar que las autoridades judiciales apliquen medidas de protección a las
supuestas víctimas conforme a un modelo estándar entre estas autoridades,
que atenta contra el derecho de tutela constitucional establecido en el art. 75
de esta Carta Magna.
3. PROBLEMA
¿Incide el otorgamiento de las medidas de protección, en el derecho de tutela
constitucional en el cantón Babahoyo del año 2021?
4. OBJETIVO GENERAL
Establecer la incidencia del otorgamiento de las medidas de protección, en el
derecho de tutela constitucional en el cantón Babahoyo del año 2021.
5
5. LÍNEA DE INVESTIGACIÓN
 Identificar, proteger, controlar, garantizar, evaluar el acceso a la Justicia, la
igualdad, la tutela judicial efectiva, la celeridad procesal, el debido proceso,
la seguridad jurídica en los procesos para erradicar la vulneración de
principios, derechos y normas constitucionales y generar confianza en el
sistema Constitucional y de justicia.
6. ESTRUCTURA PREVISTA EN SECCIONES
 Tema
 Resumen
 Palabras clave
 Introducción
 Materiales y métodos
 Resultados
 Discusión
 Conclusiones
 Referencias bibliográficas
7. METODOLOGÍA A EMPLEAR
 Modalidad de la Investigación
La investigación se realizará bajo la modalidad mixta Cualicuantitativa, se
verá manifestado al incorporar los fundamentos teóricos y abordar diferentes
estudios realizados en torno a la presente investigación para su respectiva
comparación; mientras que el paradigma cuantitativo se evidenciará en la
presentación de resultados a través de datos estadísticos y resultados de las
entrevistas y encuestas realizadas. (Gómez, y otros, 2017, pág. 18)
 Alcance de la investigación.
Será Descriptiva y explicativo, descriptivo ya que se describirá el
procedimiento por parte de los Jueces para dictar las medidas cautelares y
explicativo porque se buscarán las causas para determinar el porqué del
fenómeno estudiado.
6
Métodos del nivel teórico del conocimiento
Los métodos teóricos para utilizar son:
 Método Analítico – Sintético.
Permitirá concurrir a una operación mental mediante la cual se dividirá el
fenómeno estudiado es decir la aplicación de las medidas cautelares
establecidas en el Art. en todos sus componentes para conocerlo de forma
más profunda y analizar diferentes fuentes bibliográficas, tales como la
Constitución de la República del Ecuador, el Código Orgánico Integral Penal,
y doctrina referente al tema; para posterior a ello sintetizar la información más
importante e incorporarla al presente artículo científico.
 Método Inductivo – Deductivo.
Utilizando el método inductivo, al conocer la doctrina, la jurisprudencia, las
fuentes bibliográficas sumado a los criterios y conocimientos particulares de
Jueces de la Unidad Penal, de los resultados obtenidos en la realización de
la encuesta a los abogados en libre ejercicio pertenecientes al Foro de
abogados de los Ríos que laboran en el cantón Babahoyo, aquellos podrán
generalizarse, entendiéndose como una realidad común en el país. El método
deductivo, permitirá razonar y explicar el tratamiento que aplican los Jueces
para establecer las medidas cautelares, para entender su particularidad e
importancia en el Derecho Penal ecuatoriano.
 Método histórico lógico.
Permitirá enfocar el Debido Proceso para la aplicación de las medidas
cautelares, respetando la Constitución y los tratados internacionales de
Derechos Humanos y cuál ha sido su proceso evolutivo, destacando los
aspectos generales del desarrollo de este.
 Método Estadístico.
Para conocer datos numéricos sobre el tema tratado se realizará a través de
los siguientes pasos, recolección, recuentos, presentación síntesis y análisis.
7
Métodos del nivel empírico del conocimiento.
También, como métodos empíricos de la investigación se emplearán:
 Método de análisis documental.
Para describir el contenido existente acerca del Debido Proceso, de forma
objetiva y coherente para caracterizar la información de manera general
relacionada en un estudio y análisis de 10 casos de autos de calificación de
denuncia de violencia intrafamiliar.
Técnicas e instrumentos de investigación
Se aplicará la técnica de la investigación de la encuesta con su herramienta
cuestionario la misma que se aplicará a 98 abogados en libre ejercicio
pertenecientes al Foro de Abogados de los Ríos que laboran en el cantón
Babahoyo que hayan tenido casos donde se solicitó acción de protección por
violencia contra la mujer.
 Técnica
Se aplicará además la investigación documental en un estudio en base al
análisis de 10 casos de autos de calificación de denuncia de violencia
intrafamiliar.
 Instrumento
El instrumento para emplear será el cuestionario para la aplicación de la
encuesta, el mismo que se diseñará con preguntas cerradas en escala Likert
para una mejor tabulación y análisis.
Población y Muestra
Para la muestra de esta población se trabajará mediante el muestreo aleatorio
estratificado, el cual supone la división de la población en elementos, grupos o
porciones que tengan propiedad homogénea, Esto garantiza al investigador
accesibilidad a la muestra, la cual será 100 abogados en libre ejercicio que
pertenecen al Colegio de Abogados de Los Ríos, que laboran en Babahoyo y
8
que han interpuesto acciones de protección en casos de violencia a la mujer
durante el 2021.
8. RESULTADOS ESPERADOS
Informe jurídico que permitirá conocer la incidencia de los operadores de justicia
al momento de establecer las medidas de protección en el derecho de tutela
constitucional, en los casos de violencia intrafamiliar y si estos integran y
garantizan la tutela efectiva como lo manifiesta la Constitución de la República y
los tratados internacionales mediante el análisis de los casos prácticos
presentados en la presente investigación en el Cantón Babahoyo en el año 2021
9
9. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Álvarez, B., & Bolívar, O. (2018). Violencia intrafamiliar y su impacto en la
formación de valores y desarrollo cognitivo de los educandos violencia
intrafamiliar. Revista Cognosis 3.
Castro Arroyo, R. (04 de agosto de 2020). Medidas Cautelares: Derechos
Humanos. Obtenido de DreechoEcuador.com:
https://derechoecuador.com/medidas-cautelares-derechos-
humanos/#:~:text=Las%20medidas%20cautelares%20son%20una,huma
nos%20reconocidos%20en%20instrumentos%20internacionales.
Código Orgánico de la Función Judicial. (2022). Registro Oficial Suplemento 544
de 09-mar.-2009. Última modificación: 10-mar.-2022. Quito: Lexis.
Obtenido de
https://www.funcionjudicial.gob.ec/www/pdf/normativa/codigo_organico_f
j.pdf
Constitución de la República del Ecuador. (2021). Registro Oficial 449 de 20-oct.-
2008. Última modificación: 25-ene.-2021. Quito: Coorporación de
Estudios y Publicaciones CEP. Obtenido de
https://www.ambiente.gob.ec/wp-
content/uploads/downloads/2018/09/Constitucion-de-la-Republica-del-
Ecuador.pdf
Cruz del Castillo, C., Olivares, S., & González, M. (2014). Metología de la
Investigación (Grupo Editorial Patria ed.). México. Obtenido de
https://elibro.net/es/lc/uniandesecuador/titulos/39410
Dupret, M. (2014). La violencia intrafamiliar contra niños, niñas y adolescentes.
Cómo intervenir y cómo prevenir. Quito, Ecuador: Ediciones Abya-Yala.
Obtenido de https://elibro.net/es/lc/uniandesecuador/titulos/79855
Fischer, L., & Navarro, A. (1996). Introducción a la investigación de mercados.
Gómez, C., Álvarez, G., Romero, A., Casto, F., Vega, V., Comas, R., &
Velázquez, M. (2017). La Investigación Científica y las Formas de
10
Titulación. Aspectos conceptuales y prácticos (1era ed.). Ambato: Editorial
Jurídica del Ecuador.
Herrera, B., Cárdenas, B., Tapia, J., & Calderón, K. (2021). Violencia intrafamiliar
en tiempos de Covid-19: Una mirada actual. Revista Polo del
Conocimiento, VI(2).
Jara, M. (19 de Julio de 2022). Información General de la institución. (C.
Chavarría, Entrevistador)
Ley para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres. (2018). Registro
Oficial Suplemento 175 de 05-feb.-2018. Quito: Corporación de Estudios
y Publicaciones CEP.
López, E., & Rubio, D. (2020). Reflexiones sobre la violencia intrafamiliar y
violencia de género durante emergencia por Covid-19. Revista de
divulgación científica de la Universidad Tecnológica Indoamérica, 312-
321.
Mejía, M. (2021). Confinamiento y Violencia de Género en el Contexto de la
Pandemia Covid-19. Revista JUEES, 19–41.
Paz, G. (2014). Metodología de la investigación. México: Grupo Editorial Patria.
Obtenido de https://elibro.net/es/ereader/uniandesecuador/40362
Rodríguez, R., & Alarcón, R. (2022). Violencia intrafamiliar y medidas de
protección. Un análisis teórico y legislativo del régimen jurídico
ecuatoriano. Polo del Conocimiento: Revista científico - profesional, VII(2).

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Medidas protección y tutela constitucional Babahoyo 2021

  • 1. UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” FACULTAD DE JURISPRUDENCIA PROGRAMA DE MAESTRÍA EN DERECHO, MENCIÓN DERECHO CONSTITUCIONAL PERFIL DE ARTÍCULO CIENTÍFICO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAGÍSTER EN DERECHO, MENCIÓN DERECHO CONSTITUCIONAL TEMA: OTORGAMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SU INCIDENCIA EN EL DERECHO DE TUTELA CONSTITUCIONAL EN EL CANTÓN BABAHOYO DEL AÑO 2021. AUTORA: CHAVARRIA MEJÍA CARMEN ROCIO TUTORES: DR. BENAVIDES SALAZAR CRISTIAN FERNANDO, Mgs. ING. QUINTANA CIFUENTES MARCO VINICIO, PhD. SANTO DOMINGO-ECUADOR 2022
  • 2. 1 1. TEMA OTORGAMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SU INCIDENCIA EN EL DERECHO DE TUTELA CONSTITUCIONAL EN EL CANTÓN BABAHOYO DEL AÑO 2021. 2. INTRODUCCIÓN El Estado Ecuatoriano es garante del respeto de los Derechos reconocidos en la Constitución, así como en los tratados y convenios internacionales por medio de sus órganos jurisdiccionales es por ende que la aplicación de medidas de protección de manera ineficaz en los autos de calificación de las denuncias de violencia intrafamiliar actualmente está vulnerando el derecho de tutela constitucional tanto de la supuesta víctima o denunciante y del supuesto agresor o denunciado. Cuando se habla de mediadas de protección están son de aplicación inmediata y son de carácter provisional y se conceden cuando exista cualquier tipo de amenaza o existe una vulneración de algún derecho en especial de las mujeres, para que estas vivan una vida libre de violencia, así como lo establece el art. 47 LOIPEVCM “Medidas de protección inmediata. Las medidas de protección serán de carácter inmediato y provisional (…)” (pág. 29), y para esto el juzgador utiliza parámetros de valoración tanto de riesgos como de las diferentes condiciones específicas de cada una de las victimas para posteriormente otorgarlas a las víctimas y sirven únicamente para especificar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en el que estas deben cumplirse y son otorgadas a las víctimas. Las medidas de protección como se dijo anteriormente son de carácter inmediato y una vez dictadas u ordenadas detienen la vulneración de derechos y deberán ser puestas en conocimiento de los órganos judiciales en un máximo de 24 horas para que estás sean ratificadas, si las medidas aplicadas son de carácter preventivo, el tiempo máximo para ponerlas a conocimiento a los órganos judiciales es de tres días, además se debe realizar un seguimiento de cada una de estas medidas a las víctimas y así garantizar su cumplimiento pleno y en caso de incumplimiento, en la ejecución de estas medidas por la
  • 3. 2 instancia dispuesta para su cumplimiento. La aplicación de estas medidas de protección inmediata no se constituye en declaratoria de culpabilidad de la posible persona agresora. Las víctimas de violencia de cualquier tipo o cualquier persona que conozca de actos de violencia pueden solicitar este tipo de medidas mismas que se encuentran tipificadas en el artículo 51 de la LOIPEVCM. Sin necesidad de patrocinio legal y la solicitud puede ser presentadas directamente de manera verbal o escrita, ante la Policía Nacional, las urgentes; y las Juntas de Cantonales de Protección de Derechos y Tenencias Políticas, las administrativas, como lo establece el artículo 54 de la LOIPEVCM. En la Sentencia Nro. 034-13-SCN-CC, Caso Nro. 0561-12-CN, de fecha 30 de mayo de 2013 el pleno de la Corte Constitucional analiza las medidas cautelares tanto autónomas como conjuntas, así como la garantía constitucional correspondiente y establece que las medidas cautelares autónomas son un proceso independiente de otros procesos constitucionales y se aplican al existir la demora en otorgar estas medidas cautelares y ponen en peligro la extinción del daño evitando la vulneración o consumación de la violación de un derecho. Mientras que las medidas cautelares que se solicitadas en conjunto con la garantía jurisdiccional es un conjunto con alguna garantía jurisdiccional y sirven para cuando ya se han vulnerado derechos protegidos en instrumentos internacionales o derechos constitucionales; cuando el bien jurídico ya ha sido lesionado, es decir, la víctima ya ha sido vulnerada en su derecho. En ambos casos, se necesitan la intervención urgente de los jueces constitucionales que conocen las medidas cautelares. En las medidas autónomas sirven para evitar la consumación de una amenaza o violación de un derecho humano o de un derecho constitucional. En las medidas solicitadas en conjunto con la garantía jurisdiccional correspondiente sirven para cesar la violación de un derecho humano o de un derecho constitucional. (Castro Arroyo, 2020, pág. 10) Las medidas cautelares deben ser medidas adecuadas a la violación que se
  • 4. 3 pretenda evitar o detener, por lo que deberá ser proporcional y necesario en relación con el fin que se persigue, Debe haber una relación proporcional entre medio y fin; depende de: la importancia de la intervención del juez constitucional; de la satisfacción de un fin; de la gravedad del caso y de sus circunstancias particulares. Criterios fundamentales en relación con las medidas cautelares:1) Presupuestos de concesión de las medidas cautelares: 1.1) Peligro en la demora; y, 1.2) verosimilitud fundada de la pretensión. 1.1) Con respecto al peligro de la demora, este guarda relación con el tiempo que llevan de manera general los procesos, por eso debe ser bien justificada para un rápido y urgente accionar de los jueces constitucionales, con el objeto de cesar la amenaza o de evitar o cesar la violación de los derechos constitucionales o de derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales. 1.2) Con respecto a la verosimilitud fundada de la pretensión conocida como fumus boni iuris o apariencia del buen derecho. Esta se basa en una presunción razonable de que los hechos o amenazas denunciadas sobre violación de derechos humanos o constitucionales son verdaderas. En el Código de la niñez y adolescencia, Título V, se habla de Los Organismos de ejecución del sistema nacional de protección y del Art. 209 al 214, se define su naturaleza y se desglosan sus funciones. Son las entidades de atención que tienen a su cargo la ejecución de políticas, planes y programas, proyectos, acciones y medidas de protección y sanción, de acuerdo con las políticas y planes definidos por los organismos competentes y a las instrucciones de la autoridad que legitimo su funcionamiento Art 209. (Dupret, 2014, pág. 56) En el Art. 75 de la Constitución de la República del Ecuador dice “Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión” (Constitución de la República del Ecuador, 2021, pág. 38). La vulneración al derecho constitucional de tutela de las partes en un proceso; torna ineficaz el sistema
  • 5. 4 procesal de la sociedad riosense. En el Principio de Tutela Judicial efectiva de los derechos en el Art 23 manifiesta que: La función judicial, por intermedio de los jueces, tienen el deber fundamental de garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos declarados en la constitución y en los instrumentos internacionales derechos humanos o establecidos en las leyes, cuando sean reclamados por sus titulares o quienes invoquen esa calidad, cualquiera sea la materia, el derecho o la garantía exigido. Deberán resolver siempre las pretensiones y excepciones que hayan deducido los litigantes sobre las únicas bases de la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado, la ley los méritos del proceso (Código Orgánico de la Función Judicial, 2022, pág. 10) Entre las atribuciones otorgadas por el legislador la jurisdicción Constitucional asegura la tutela oportuna de los derechos y la eficiente protección de las garantías, en especial las reglas referentes al debido proceso por lo que es alarmante constatar en los autos de calificación de una denuncia de violencia intrafamiliar que las autoridades judiciales apliquen medidas de protección a las supuestas víctimas conforme a un modelo estándar entre estas autoridades, que atenta contra el derecho de tutela constitucional establecido en el art. 75 de esta Carta Magna. 3. PROBLEMA ¿Incide el otorgamiento de las medidas de protección, en el derecho de tutela constitucional en el cantón Babahoyo del año 2021? 4. OBJETIVO GENERAL Establecer la incidencia del otorgamiento de las medidas de protección, en el derecho de tutela constitucional en el cantón Babahoyo del año 2021.
  • 6. 5 5. LÍNEA DE INVESTIGACIÓN  Identificar, proteger, controlar, garantizar, evaluar el acceso a la Justicia, la igualdad, la tutela judicial efectiva, la celeridad procesal, el debido proceso, la seguridad jurídica en los procesos para erradicar la vulneración de principios, derechos y normas constitucionales y generar confianza en el sistema Constitucional y de justicia. 6. ESTRUCTURA PREVISTA EN SECCIONES  Tema  Resumen  Palabras clave  Introducción  Materiales y métodos  Resultados  Discusión  Conclusiones  Referencias bibliográficas 7. METODOLOGÍA A EMPLEAR  Modalidad de la Investigación La investigación se realizará bajo la modalidad mixta Cualicuantitativa, se verá manifestado al incorporar los fundamentos teóricos y abordar diferentes estudios realizados en torno a la presente investigación para su respectiva comparación; mientras que el paradigma cuantitativo se evidenciará en la presentación de resultados a través de datos estadísticos y resultados de las entrevistas y encuestas realizadas. (Gómez, y otros, 2017, pág. 18)  Alcance de la investigación. Será Descriptiva y explicativo, descriptivo ya que se describirá el procedimiento por parte de los Jueces para dictar las medidas cautelares y explicativo porque se buscarán las causas para determinar el porqué del fenómeno estudiado.
  • 7. 6 Métodos del nivel teórico del conocimiento Los métodos teóricos para utilizar son:  Método Analítico – Sintético. Permitirá concurrir a una operación mental mediante la cual se dividirá el fenómeno estudiado es decir la aplicación de las medidas cautelares establecidas en el Art. en todos sus componentes para conocerlo de forma más profunda y analizar diferentes fuentes bibliográficas, tales como la Constitución de la República del Ecuador, el Código Orgánico Integral Penal, y doctrina referente al tema; para posterior a ello sintetizar la información más importante e incorporarla al presente artículo científico.  Método Inductivo – Deductivo. Utilizando el método inductivo, al conocer la doctrina, la jurisprudencia, las fuentes bibliográficas sumado a los criterios y conocimientos particulares de Jueces de la Unidad Penal, de los resultados obtenidos en la realización de la encuesta a los abogados en libre ejercicio pertenecientes al Foro de abogados de los Ríos que laboran en el cantón Babahoyo, aquellos podrán generalizarse, entendiéndose como una realidad común en el país. El método deductivo, permitirá razonar y explicar el tratamiento que aplican los Jueces para establecer las medidas cautelares, para entender su particularidad e importancia en el Derecho Penal ecuatoriano.  Método histórico lógico. Permitirá enfocar el Debido Proceso para la aplicación de las medidas cautelares, respetando la Constitución y los tratados internacionales de Derechos Humanos y cuál ha sido su proceso evolutivo, destacando los aspectos generales del desarrollo de este.  Método Estadístico. Para conocer datos numéricos sobre el tema tratado se realizará a través de los siguientes pasos, recolección, recuentos, presentación síntesis y análisis.
  • 8. 7 Métodos del nivel empírico del conocimiento. También, como métodos empíricos de la investigación se emplearán:  Método de análisis documental. Para describir el contenido existente acerca del Debido Proceso, de forma objetiva y coherente para caracterizar la información de manera general relacionada en un estudio y análisis de 10 casos de autos de calificación de denuncia de violencia intrafamiliar. Técnicas e instrumentos de investigación Se aplicará la técnica de la investigación de la encuesta con su herramienta cuestionario la misma que se aplicará a 98 abogados en libre ejercicio pertenecientes al Foro de Abogados de los Ríos que laboran en el cantón Babahoyo que hayan tenido casos donde se solicitó acción de protección por violencia contra la mujer.  Técnica Se aplicará además la investigación documental en un estudio en base al análisis de 10 casos de autos de calificación de denuncia de violencia intrafamiliar.  Instrumento El instrumento para emplear será el cuestionario para la aplicación de la encuesta, el mismo que se diseñará con preguntas cerradas en escala Likert para una mejor tabulación y análisis. Población y Muestra Para la muestra de esta población se trabajará mediante el muestreo aleatorio estratificado, el cual supone la división de la población en elementos, grupos o porciones que tengan propiedad homogénea, Esto garantiza al investigador accesibilidad a la muestra, la cual será 100 abogados en libre ejercicio que pertenecen al Colegio de Abogados de Los Ríos, que laboran en Babahoyo y
  • 9. 8 que han interpuesto acciones de protección en casos de violencia a la mujer durante el 2021. 8. RESULTADOS ESPERADOS Informe jurídico que permitirá conocer la incidencia de los operadores de justicia al momento de establecer las medidas de protección en el derecho de tutela constitucional, en los casos de violencia intrafamiliar y si estos integran y garantizan la tutela efectiva como lo manifiesta la Constitución de la República y los tratados internacionales mediante el análisis de los casos prácticos presentados en la presente investigación en el Cantón Babahoyo en el año 2021
  • 10. 9 9. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Álvarez, B., & Bolívar, O. (2018). Violencia intrafamiliar y su impacto en la formación de valores y desarrollo cognitivo de los educandos violencia intrafamiliar. Revista Cognosis 3. Castro Arroyo, R. (04 de agosto de 2020). Medidas Cautelares: Derechos Humanos. Obtenido de DreechoEcuador.com: https://derechoecuador.com/medidas-cautelares-derechos- humanos/#:~:text=Las%20medidas%20cautelares%20son%20una,huma nos%20reconocidos%20en%20instrumentos%20internacionales. Código Orgánico de la Función Judicial. (2022). Registro Oficial Suplemento 544 de 09-mar.-2009. Última modificación: 10-mar.-2022. Quito: Lexis. Obtenido de https://www.funcionjudicial.gob.ec/www/pdf/normativa/codigo_organico_f j.pdf Constitución de la República del Ecuador. (2021). Registro Oficial 449 de 20-oct.- 2008. Última modificación: 25-ene.-2021. Quito: Coorporación de Estudios y Publicaciones CEP. Obtenido de https://www.ambiente.gob.ec/wp- content/uploads/downloads/2018/09/Constitucion-de-la-Republica-del- Ecuador.pdf Cruz del Castillo, C., Olivares, S., & González, M. (2014). Metología de la Investigación (Grupo Editorial Patria ed.). México. Obtenido de https://elibro.net/es/lc/uniandesecuador/titulos/39410 Dupret, M. (2014). La violencia intrafamiliar contra niños, niñas y adolescentes. Cómo intervenir y cómo prevenir. Quito, Ecuador: Ediciones Abya-Yala. Obtenido de https://elibro.net/es/lc/uniandesecuador/titulos/79855 Fischer, L., & Navarro, A. (1996). Introducción a la investigación de mercados. Gómez, C., Álvarez, G., Romero, A., Casto, F., Vega, V., Comas, R., & Velázquez, M. (2017). La Investigación Científica y las Formas de
  • 11. 10 Titulación. Aspectos conceptuales y prácticos (1era ed.). Ambato: Editorial Jurídica del Ecuador. Herrera, B., Cárdenas, B., Tapia, J., & Calderón, K. (2021). Violencia intrafamiliar en tiempos de Covid-19: Una mirada actual. Revista Polo del Conocimiento, VI(2). Jara, M. (19 de Julio de 2022). Información General de la institución. (C. Chavarría, Entrevistador) Ley para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres. (2018). Registro Oficial Suplemento 175 de 05-feb.-2018. Quito: Corporación de Estudios y Publicaciones CEP. López, E., & Rubio, D. (2020). Reflexiones sobre la violencia intrafamiliar y violencia de género durante emergencia por Covid-19. Revista de divulgación científica de la Universidad Tecnológica Indoamérica, 312- 321. Mejía, M. (2021). Confinamiento y Violencia de Género en el Contexto de la Pandemia Covid-19. Revista JUEES, 19–41. Paz, G. (2014). Metodología de la investigación. México: Grupo Editorial Patria. Obtenido de https://elibro.net/es/ereader/uniandesecuador/40362 Rodríguez, R., & Alarcón, R. (2022). Violencia intrafamiliar y medidas de protección. Un análisis teórico y legislativo del régimen jurídico ecuatoriano. Polo del Conocimiento: Revista científico - profesional, VII(2).