1. LAS RETRIBUCIONES DE
FUNCIONARIOS DE EELL
Ana Mª Barrachina Andrés
25 de marzo de 2020
LAS 10 COSAS QUE DEBERÍAS SABER SOBRE
Etiquetas: Empleo Público, Funcionarios, Retribuciones
2. ¿DÓNDE SE REGULAN?
Con carácter general, en los arts. 21 y
siguientes del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido
del Estatuto Básico del Empleado Público.
De forma específica para los funcionarios
de la Administración Local, en el Real
Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el
que se establece el régimen de las
retribuciones de los funcionarios de
Administración Local.
En todo caso, con respeto
a las Leyes de Presupuestos
Generales del Estado
de cada año
3. ¿CUÁL ES SU ESTRUCTURA?
RETRIBUCIONES BÁSICAS: retribuyen
al funcionario según su grupo de
titulación y su antigüedad en el mismo.
Son el sueldo y los trienios, más el
componente de sueldo y trienios de
las pagas extras.
RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS:
retribuyen las características de los
puestos de trabajo, la carrera
profesional o el desempeño,
rendimiento o resultados alcanzados
por el funcionario.
4. EL SUELDO BASE Y LOS TRIENIOS
Se corresponden con el grupo de
titulación del funcionario (A1, A2, B,
C1, C2) y son comunes en toda la
función pública (estatal, autonómica,
local).
Se establecen anualmente en la Ley de
Presupuestos Generales del Estado.
No los decide la Entidad Local.
Son 12 pagas al año. Los trienios se
devengan cada tres años.
RETRIBUCIONES
BÁSICAS
5. LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS
Son dos pagas al año, que se generan
durante los siguientes periodos:
• Paga de junio: desde 1 de diciembre del año
anterior a 31 de mayo.
• Paga de diciembre: desde 1 de junio a 30 de
noviembre.
Su cuantía asciende a una mensualidad de
las retribuciones básicas (según LPGE) + 1
mes de c. destino + 1 mes de c. específico.
6. EL COMPLEMENTO DE DESTINO
Su importe se fija en la Ley de
Presupuestos Generales del Estado de
cada año, para cada uno de los niveles
de los puestos de trabajo.
Cada Entidad Local asigna un
determinado nivel a cada puesto de
trabajo en su Relación de Puestos de
Trabajo (RPT) en ejercicio de la potestad
de autorganización.
Para cada grupo de titulación existe un
intervalo de niveles posibles que asignar
a los puestos de trabajo.
7. EL COMPLEMENTO ESPECÍFICO
Retribuye las condiciones particulares
de algunos puestos de trabajo en
atención a:
• Su especial dificultad técnica
• Dedicación
• Incompatibilidad
• Responsabilidad
• Peligrosidad
• Penosidad
Lo fija la Entidad Local en su RPT,
previa valoración del puesto de
trabajo.
Estos son los factores del
C. Específico.
El puesto de trabajo puede
contener más de un factor
pero no más de un
Complemento Específico.
8. EL COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD
Retribuye el especial rendimiento, la
actividad extraordinaria y el interés o
iniciativa con que el funcionario
desempeña su trabajo.
No va ligado al puesto de trabajo, sino a
la forma en la que se trabaja y a los
objetivos que se consiguen, que deben
ser apreciados de forma objetiva.
Las cantidades que cada funcionario
percibe son públicas, y las determina la
Entidad Local.
9. LAS GRATIFICACIONES POR
SERVICIOS EXTRAORDINARIOS
Retribuyen los servicios que se realizan
fuera de la jornada habitual de trabajo,
por lo que se asemejan a las “horas
extras” del personal laboral.
Su cuantía la fija la Entidad Local, sin
obligación de tomar como referencia
el valor de la hora ordinaria de trabajo.
No pueden ser fijas en su cuantía ni
periódicas en su devengo.
10. EL COMPLEMENTO DE CARRERA
PROFESIONAL
Deriva del art. 22.3 EBEP. En la
Comunidad Valenciana se contempla
en el art. 76 de la Ley 10/2010, de
Ordenación y Gestión de la Función
Pública Valenciana.
Está pendiente de desarrollo
reglamentario, aunque algunas
Entidades Locales lo han comenzado a
aplicar a través de la evaluación del
desempeño de sus empleados.
11. OTRAS: LAS INDEMNIZACIONES POR
RAZÓN DEL SERVICIO
Se regulan en una norma estatal: Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
sobre indemnizaciones por razón del
servicio.
En las Entidades Locales se emplean
para abonar las asistencias a
Tribunales y Órganos de Selección y las
dietas por desplazamientos y
manutención.
10
12. Para
saber
más
Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que
se establece el régimen de las retribuciones de
los funcionarios de Administración Local
Blog “De la Justicia” (JR Chaves): A igual
trabajo, igual retribución
Real Decreto-Ley 2/2020, de 21 de enero de 2020,
por el que se aprueban medidas urgentes en
materia de retribuciones en el ámbito del sector
público.
.
13. LAS 10 COSAS QUE DEBERÍAS SABER PARA
es una colección viva en la que tú puedes participar. Puedes
proponernos algún tema que te preocupe y trataremos de
explicarlo en próximas publicaciones
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