seminario patología de los pares craneales 2024.pptx
Consentimiento informado
1. UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
ESCUELA DE MEDICINA
CÀTEDRA DE ACTO MEDICO Y DOLOR
DECIMO “A”
TEMA:
CONSENTIMIENTO INFORMADO
INTEGRANTES:
Cedeño Zambrano Valeria
Garcia Garcia Melanie
Guanoluisa Menèndez Ambar
Giler Bardellini David
Guadamud Cedeño Edgar
Cobeña Bowen Alberto
Cevallos Robles Washington
DOCENTE: Dra. Katiuska Quijije
PERIODO Mayo – Agosto 2018
2. CONSENTIMIENTO INFORMADO
EXIGENCIA ÉTICA Y UN DERECHO
EL PACIENTE DEBE PARTICIPAR EN LA
TOMA DE DECISIONES
LAS DECISIONES MEDICAS DEPENDIAN
EXCLUSIVAMENTE DEL CRITERRIO DEL
MEDICO
3. HISTORIA DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO
SURGE EN LA SEGUNDA MITAD DEL SIGLO XX
PRIMERAS SENTENCIAS JUDICIALES:
CONSENTIMIENTO SIMPLE
PRIMERA ÉTAPA: CONSENTIMIENTO SIMPLE (1905)
“El primero y mayor derecho del ciudadano libre, que subyace a
todos los otros -el derecho a la inviolabilidad de su persona- es
objeto de universal reconocimiento, y este derecho prohíbe a un
médico o cirujano, por hábil o eminente que sea ... violar sin
permiso la integridad física de su paciente ...y operar sobre él sin su
conocimiento o consentimiento”
“Todo ser humano en edad adulta y sano juicio
tiene el derecho a determinar lo que se ha de hacer
con su propio cuerpo; y un cirujano que ejecuta
una operación sin el consentimiento de su paciente
comete un asalto.”
1917
4. SEGUNDA ÉTAPA: CONSENTIMIENTO INFORMADO (1957)
“Un médico viola su deber hacia su paciente y es sujeto de
responsabilidades, si no proporciona cualquier dato que sea necesario
para formar la base de un consentimiento inteligente del paciente al
tratamiento propuesto.... En la discusión de los riesgos se debe emplear
una cierta dosis de discreción, consistente con la completa revelación de
los hechos que es necesaria para un consentimiento informado.”
“A todo hombre se le considera dueño de su propio cuerpo, y
puede, si está en su sano juicio, prohibir expresamente la
realización de una cirugía salvadora de la vida u otro
tratamiento médico. Un médico puede muy bien creer que una
operación o forma de tratamiento es deseable o necesaria,
pero la ley no le permite sustituir elj uicio del paciente por el
suyo propio, valiéndose de ninguna forma de artificio o
engaño.”
El consentimiento informado es el elemento
central de la relación con el paciente en el
nuevo modelo autonomista de asistencia
médica.
5. Factores de Riesgo de InseguridadConsentimiento Informado
“La aceptación autónoma de una intervención médica o la elección entre cursos
alternativos posibles”.
¿Qué es?
El consentimiento informado no puede
reducirse a una recitación mecánica de
los hechos estadísticos, ni a la firma de
un formulario de autorización.
Aceptación de una
intervención
médica
en forma libre,
voluntaria y
consciente
después de que el
médico le ha
informado de la
naturaleza de la
intervención
con sus riesgos y
beneficios
así como de las
alternativas
posibles,
también con sus
riesgos y beneficios
respectivos.
6. Factores de Riesgo de InseguridadObligatoriedad de Obtener el Consentimiento Informado
Urgencia Privilegio Terapéutico
Pacientes incapaces para
decidir, que no pueden otorgar
un consentimiento válido.
Renuncia expresa del
paciente.
Tratamientos exigidos por
la ley
Posibilidad de corregir una
alteración inesperada en el
seno de otra intervención
programada.
8. Saber tanto
como el médico
OBJETIVO
Impresión realista
sobre su propio estado
y una valoración
adecuada de las
alternativas que se le
ofrecen
Se limita a la
que pueda ser
necesaria para
tomar la
decisión
9. suministrar la información
que puede influir en las
decisiones razonables del
sujeto
Riesgos posibles sólo
sirve para atemorizar
al paciente
10. Descripción de la
intervención y de los
objetivos que se
persiguen con ella
Molestias y riesgos
más significativos por
su frecuencia o por su
gravedad
Beneficios esperables
con su grado
aproximado de
probabilidad
Alternativas factibles,
pudiendo excluir los
tratamientos
experimentales
Curso espontáneo que
tendría el padecimiento
del enfermo, y las
consecuencias de
dejarlo sin tratar
Opiniones y
recomendaciones del
médico
11. Es la información que un
médico competente suele
habitualmente suministrar en
una determinada especialidad
Se intenta suministrar la
información que una
persona razonable
necesitaría conocer para
tomar la decisión en
cuestión
Tener en cuenta las
peculiaridades de cada
paciente, con vistas a
suministrarle toda la
información específica que él
pueda necesitar
PersonarazonablePrácticamédicahabitual Criterio subjetivo
12. COMPRENSIÓN ADECUADA
•Existe una “dificultad de comprensión objetiva”, que es propia del tema que hay que explicar.
Algunas cuestiones son muy técnicas o necesitan conocimientos previos para ser entendidas, pero el
buen profesional puede superar casi siempre esta dificultad, utilizando palabras e ideas adecuadas a
los conocimientos de su paciente.
•También existe una “dificultad de comprensión subjetiva” ligada a la mayor o menor capacidad de
comprensión de cada paciente. En los casos en que esta dificultad subjetiva sea insuperable, el
consentimiento informado será imposible. Y este es uno de los motivos que permiten considerar a un
paciente como incapaz para decidir.
13. LIBERTAD PARA DECIDIR
El consentimiento debe ser voluntario y estar libre de influencias indebidas. La voluntariedad es
cuestión de grados, y puede estar limitada en mayor o en menor medida. Y un profesional
siempre debe recordar lo fácil que es influir indebidamente en la decisión de un enfermo.
LA PERSUASIÓN, LA MANIPULACIÓN Y LA COACCIÓN.
14. PERSUASIÓN
Es el uso de argumentos razonables con la intención de inducir en
otra persona la aceptación de una determinada opción. No pretende
anular la autonomía del individuo.
15. MANIPULACIÓN
Todo intento de modificar la decisión de las personas por medios no puramente persuasivos,
aunque sin llegar a la amenaza ni a la restricción física. Existe una manipulación puramente
informacional, que consiste en falsear, desfigurar u ocultar ciertos hechos.
También puede existir una manipulación psicológica de los procesos mentales
indirectamente relacionados con la comprensión (el tono de voz, los gestos, las reacciones
emocionales...).
16. COACCIÓN
Es el uso de amenazas o ejecución de daños para influir en alguien.
Los daños pueden ser físicos, psíquicos, económicos, legales o de
cualquier tipo.
Éticamente, la coacción es siempre inaceptable cuando se ejerce sobre un paciente capaz de decidir por sí mismo.
17. CAPACIDAD PARA DECIDIR
Existe capacidad para decidir cuándo se posee un conjunto de aptitudes, entre las que
pueden señalarse las siguientes:
• Aptitud para darse cuenta de la propia situación y de las expectativas razonables.
• Aptitud para comprender la información relevante.
• Aptitud para deliberar sobre las opciones que se ofrecen, de acuerdo con los
objetivos personales y los valores propios. Esta aptitud es la que permite que las
decisiones sean auténticas.
• Capacidad para comunicarse, verbalmente o no, con el personal sanitario.
18. EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD PARA DECIDIR
• EL médico responsable del paciente es quien
debe evaluar su grado de capacidad.
• Ningún test psicológico aislado puede ser válido
por sí solo.
Importante tener
presente que capacidad
para decidir es relativa
Exigencia
según decisión
a tomar:
• Según importancia de
la decisión
• Según daño posible
por la decisión
19. • Se piden requisitosdccapacidadmínima paraconsentira
tratamientosefectivoso muyrecomendableso parareclamar
tratamientosineficaces.
• Sonnecesariosrequisitosdecapacidadmedias paraconsentiro
rechazartratamientosdiscutibleso muygravososparael
enfermo.
• Y seexigen requisitosdecapacidadmáximaparaconsentiro
solicitartratamientosineficaces oexperimentales,o para
reclamartratamientosefectivoso muyrecomendables.
ESCALA FLEXIBLE
20. FORMULARIOS DE CONSENTIMIENTO ESCRITO
“previo consentimiento escrito del usuario para la realización
de cualquier intervención”
“riesgo para la salud pública,
incapacidad para decidir o urgencia”
“el médico responsable debe ponderar en cada caso que cuanto
más dudoso sea el resultado de una intervención más necesario
resulta el previo consentimiento por escrito del paciente”
21. No obstante, los formularios pueden ser útiles para:
Ofrecer una garantía adicional al derecho de
participación de los pacientes en la toma de decisiones.
Asegurar que el paciente dispone de la información necesaria.
Documentar que se ha producido el consentimiento,
ofreciendo con ello una cierta protección legal a los
profesionales frente a posibles denuncias por falta de
información.
22. JUSTIFICACIÓN ÉTICA DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO
Autonomía Beneficencia
Lealtad,
veracidad y
respeto
23. ADEMÁS, EL CONSENTIMIENTO INFORMADO PUEDE TENER
CONSECUENCIAS MUY DESEABLES
Beneficios para el paciente
• Le protege de resultados no deseados por él.
• Alivia temores injustificados y corrige ideas erróneas.
• Recibe educación sanitaria en el momento más oportuno.
• Puede prever, planificar y adaptarse mejor a las dificultades
futuras.
Beneficios para la
relación médico-paciente
• Produce mayor acercamiento y confianza.
• Disminuye recelos y alivia temores.
• Evita el engaño y la coacción
24. Beneficios para la medicina
• Fomenta la racionalidad en la toma de decisiones, por la
necesidad de analizarlas.
• Estimula la autoevaluación y revela los juicios de valor que
hay en las decisiones.
• Introduce una mentalidad más probabilista y capaz de
afrontar la incertidumbre.
Beneficios para el médico
• Antes de la intervención, le alivia de la carga de decidir.
• Después, recibe menos quejas y consultas por motivos
irrelevantes.
• En caso de complicación hay menos reproches y denuncias.
• El paciente informado es más activo, comprometido y
dispuesto a cooperar.
25. Hasta hace unas décadas, los
médicos y representantes de
pacientes incapaces sólo podían
decidir ateniéndose al llamado
“mejor interés del enfermo”.
Actualmente se reconoce la
validez de las “instrucciones
previas” o “directivas
anticipadas” que el paciente haya
formulado previamente.
1. Las instrucciones previas del paciente.
2. Las indicaciones de su sustituto legítimo.
27. Para los pacientes
incapaces que no hayan
dejado instrucciones
previas, el médico deberá
identificar a un sustituto,
que generalmente será el
familiar más allegado, y
tomar las decisiones
pertinentes junto con ese
sustituto.
La persona que efectúe una
decisión de sustitución deberá
guiarse por los siguientes
criterios, en orden de prioridad:
1. Juicio sustitutivo:
Intenta reproducir la decisión que
hubiera tomado el enfermo.
2. Juicio del mejor interés
objetivo del enfermo:
En caso de que el sustituto
desconozca los deseos del
paciente.