El documento describe el marco normativo para la adaptación de los planes de autoprotección a la ayuda externa en caso de emergencia. Establece que los titulares de centros deben disponer de sistemas de autoprotección con recursos propios para la prevención y respuesta inicial, pero también deben considerar el tiempo de respuesta de la ayuda externa para formar adecuadamente a sus equipos de intervención. Explica los roles clave como jefes de emergencia e intervención, así como la importancia de proporcionar información crucial a los servicios
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Adaptación Planes Autoprotección Ayuda Emergencia
1. Adaptación de los Planes de
Autoprotección a la ayuda
externa en caso de
emergencia
Ponente: Eduardo J. Sánchez
2. Marco normativo
REAL DECRETO 393/2007, de 23 de marzo, por el
que se aprueba la:
Norma Básica de Autoprotección
de los centros, establecimientos y dependencias
dedicados a actividades que puedan dar origen a
situaciones de emergencia.
BOE núm. 72 de 24 de marzo
3. Marco normativo
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA de 1978
Art. 15: Obligación de los poderes públicos de garantizar:
- el derecho a la vida y
- a la integridad física.
- Adopción de medidas de prevención y control de riesgos.
- Actuación inicial en las situaciones de emergencia.
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4. Marco normativo
Ley 2/1985 de 21 de enero, sobre Protección Civil:
El Gobierno establecerá directrices para regular la
autoprotección.
Obligación de los titulares de los centros de disponer de
un sistema de autoprotección: dotado con sus propios
recursos, para prevención de riesgos, alarma, evacuación y
socorro.
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5. Marco normativo
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos
laborales:
Obliga al empresario a garantizar la seguridad y la salud de
los trabajadores a su servicio, en todos los aspectos
relacionados con el trabajo, y por tanto también en las
situaciones de emergencia, adoptando para ello las medidas
necesarias en materia de:
Primeros auxilios.
Lucha contra incendios.
Evacuación de los trabajadores.
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6. Marco normativo
Otras reglamentaciones en el ámbito estatal:
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código
Técnico de la Edificación, especialmente el DOCUMENTO BÁSICO SI
(Seguridad en Incendios)
Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos
industriales
Orden de 29 de noviembre de 1984, por la que se aprueba el Manual de
Autoprotección para el desarrollo del Plan de Emergencia contra
Incendios y de Evacuación de Locales y Edificios
Derogado por RD 393/2007. Norma Básica de Autoprotección
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7. Orden de 29 de noviembre de 1984, por la que se aprueba el Manual de
Autoprotección para el desarrollo del Plan de Emergencia contra
Incendios y de Evacuación de Locales y Edificios
JEFE DE EMERGENCIA. Controlará la actuación de los equipos de emergencia
desde el Centro de Control a la vista de las informaciones que reciba del Jefe de
Intervención y recabará la ayuda externa necesaria para el control de la
emergencia.
JEFE DE INTERVENCIÓN. Dirigirá las operaciones de extinción en el punto de la
emergencia e informará y ejecutará las órdenes que reciba del Jefe de Emergencia.
EQUIPO DE PRIMERA INTERVENCIÓN. Combatirá conatos de incendio con
extintores portátiles (medios de primera intervención) en su zona de actuación
(planta, sector, etc.)
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8. Orden de 29 de noviembre de 1984, por la que se aprueba el Manual de
Autoprotección para el desarrollo del Plan de Emergencia contra
Incendios y de Evacuación de Locales y Edificios
EQUIPO DE SEGUNDA INTERVENCIÓN. Actuará cuando dada su gravedad, la
emergencia no pueda ser controlada por los equipos de primera intervención y
prestará apoyo a los servicios de ayuda exterior, cuando su actuación sea
necesaria.
EQUIPO DE ALARMA Y EVACUACIÓN. Sus componentes realizan acciones
encaminadas a asegurar una evacuación total y ordenada de su sector.
EQUIPO DE PRIMEROS AUXILIOS. Prestará los primeros auxilios a los lesionados
por la emergencia.
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9. TIEMPO DE RESPUESTA
Lo definimos como el periodo de tiempo que
transcurre entre que se produce una
emergencia y el momento en que
comenzamos a combatirla
TIEMPO DE RESPUESTA
10. TIEMPO DE RESPUESTA
¿Qué ocurre si no podemos controlar la
emergencia con los equipos de 1ª y 2ª
intervención de nuestra empresa?
TIEMPO DE RESPUESTA
11. TIEMPO DE RESPUESTA
Tenemos un 2º tiempo de respuesta marcado por el
periodo de tiempo que pasa desde que alertamos a la
AYUDA EXTERNA y el momento en el que empiezan a
trabajar para solucionar la emergencia
TIEMPO DE RESPUESTA
de la AYUDA EXTERNA
¿Sabemos cual es el tiempo de respuesta de la
AYUDA EXTERNA en nuestra empresa?
12. TIEMPO DE RESPUESTA
Dependiendo de ese tiempo de respuesta de la
AYUDA EXTERNA, tendremos que formar a
nuestros equipos de intervención para que puedan
cubrir ese tiempo:
• Si este tiempo es corto (de 5 a 10 min.) puede
bastar con los equipos de 1ª intervención.
• Si el tiempo es superior a 10 min. la formación y
equipamiento de los equipos de 2ª intervención
deberán ser mayores.
13. TIEMPO DE RESPUESTA
TIEMPO DE RESPUESTA
TIEMPO DE RESPUESTA
de la AYUDA EXTERNA
15. TRIAGE EN LA EMPRESA
¿Sabemos cuales son las partes de nuestra empresa
que corren mas riesgo de incendio o explosión?
¿Sabemos cuales son las partes de nuestra
empresa que de perderse tuviéramos que
CERRAR LA EMPRESA?
16. Información que hay que
suministrar a la ayuda externa
• ¿Hay garantía de haberse realizado la
evacuación?
• ¿Qué equipos de 1ª y 2ª intervención
están actuando?
• ¿Qué riesgos hay para los bomberos?
• ¿Qué bienes materiales salvamos?