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1879 - Inicio de las actividades de la Escuela.
Con fecha Marzo de 1879, (MAHMSN, Archivo del Consejo Escolar de San
Nicolás, Año 1879), podemos apreciar una planilla “Estadística Escolar de la Provincia de
Buenos Aires”, correspondiente a la recién creada Escuela Nº 4, de categoría Elemental,
del Distrito de San Nicolás, que funcionaba en la Cárcel Pública.
En la misma aparecen los datos del Maestro Leopoldo Grillo, firmando como el
primer Director de la Escuela, y sus datos personales, que determinaban que había nacido
en 1822, en Italia, y que tenía por lo tanto, cuando se hizo cargo de la Escuela de la Cárcel,
57 años de edad; que era viudo, y que se encontraba al servicio de la educación desde
1860.
También figura, en la Planilla de referencia que asistían, a la Escuela de Cárcel, 32
alumnos.
El edificio de la Escuela era un salón de 80 m2, de 10 metros de largo por 8 metros
de ancho, con un altura de 4 metros y ½ , y piso de baldosas



Con fecha 29 de abril de 1879, (MAHMSN, Archivo del Consejo Escolar de San
Nicolás, Año 1879, Nota Nº 31), por nota el Maestro Leopoldo Grillo, solicita al
Presidente del Consejo Escolar, Don Melchor Echagüe, que le envíen, indispensablemente
para la Escuela de la Cárcel, elementos varios como papel, tinta, pizarras, tinteros, lápices,
tablas de multiplicar, etc. Por falta de papel, dice el Director “no he podido aun hacer las
planas, le mandé la relación de los presos escrita por mi ayudante ad honorem”.

En otra nota de abril de 1879, (MAHMSN, Archivo del Consejo Escolar de San
Nicolás, Año 1879, Nota Nº 38), el Maestro Leopoldo Grillo, se dirige al Presidente del
Consejo Escolar, Melchor Echagüe: “Mi amigo, dice, hoy estuve con el Dr. Fagnano, para
ver si él, o el Sr. Cura, mandarían un sacerdote, los jueves, para la enseñanza religiosa
como esta ordenado. El Dr. me contestó que tenían que pasar una nota oficial para ello,
sea el Consejo, o bien el Sr. Juez del Crimen, y que tendrá mucho gusto en asistir.
Me manifestó además su buen deseo que tenía en coadyuvar a la enseñanza de
aquellos infelices, pero que ciertos desagrados que había sufrido cuando iba a decir misa
allí le habían privado de ese placer”.


Con fecha Diciembre de 1880, (MAHMSN, Archivo del Consejo Escolar de San
Nicolás, Año 1880), podemos apreciar otra planilla “Estadística Escolar de la Provincia de
Buenos Aires”., correspondiente a la Escuela Nº 4, categoría Elemental, de la Cárcel
Pública de San Nicolás.
En la misma aparecen los datos de quien fue su segundo Director, el Maestro Luis
Galbusera, y sus datos personales, que determinaban que había nacido en 1857, en Italia, y
que tenía por lo tanto, cuando se hizo cargo de la Escuela de la Cárcel, 23 años de edad,
que era soltero y que ese era su primer año al servicio de la educación. También figura, en
la Planilla de referencia que asistían, a la Escuela de Cárcel, 27 alumnos.

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1879 - Estadística Escolar. Escuela de la Cárcel. Primer Director Leopoldo Grillo.
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1880 - Estadística Escolar. Escuela de la Cárcel. Segundo Director Luis Galbusera.
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1879. Plano y presupuesto para continuar el murallón.
En el Registro Oficial de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 1º de agosto de
1879, se publica la ley que manda levantar el plano y formular el presupuesto, por medio
del Departamento de Ingenieros, para la construcción de la muralla de circunvalación de
las Cárceles de San Nicolás y Dolores. La Ley fue promulgada con fecha 6 de agosto de
1879 por el Gobernador Carlos Tejedor

1880. Servicio de Guardia de Cárceles de Campaña.
Con fecha 6 de octubre de 1880, (Registro Oficial de la Pcia. de Bs. As.), se
organiza de una manera uniforme el servicio de guardia en las cárceles de campaña.
Para ello se determina que la guardia de las cárceles de los tres departamentos de
Campaña, deben ser hechas por compañías de gendarmes con la siguiente dotación: Un
capitán, dos tenientes y 50 soldados de tropa.
Los oficiales gozaran del sueldo correspondiente a su clase, y los individuos de
tropa, el de 500 pesos mensuales, de los que se deducirá el importe del racionamiento de
cada uno. La provisión de estas compañías se hará por licitación publica.
Los Jueces de Paz del Partido, cabeza del Departamento, quedaban facultados para
la organización del personal de la guardia de la Cárcel, debiendo presentar para su
aprobación la propuesta de los oficiales. Si en alguno de los Departamentos, el personal de
la guardia de la Cárcel fuera mayor, o menor, que el que designaba esta Ley, se debía
proceder inmediatamente a reducirlo o a aumentarlo.

1881 - Ley 1408 - Construcción de muros.
El 16 de julio de 1881, fue promulgada la Ley 1408, por el Gobernador Dardo
Rocha; por la misma se autorizaban los gastos de construcción de los muros de
circunvalación de las Cárceles de Dolores y San Nicolás.
El Poder Ejecutivo estaba autorizado para invertir hasta la suma de $ 1.415.000
moneda corriente, y con fecha 29 de julio de 1881, se dispone sacar a licitación la
construcción de los muros, que debían ser construidos de acuerdo con los planos y detalles
contenidos en los presupuestos levantados por el Departamento de Ingenieros, que se
ponían a la vista de los interesados en la Secretaría de Gobierno

1881- Plaza Alsina.
A fines de 1881, (Libro de Sesiones Nº 5, Folio 260, de la Municipalidad de San
Nicolás de los Arroyos, MAHMSN), consta la recepción de una nota enviada del Capitán
de la Cárcel Pública, ofreciendo sus servicios para arreglar, con presos que envíe el
Juzgado de Paz, la plaza pública que existe frente a la Cárcel.
En la nota el Oficial solicita se le remitan algunas cadenas, herramientas y postes,
para circunvalar la misma.
Se resolvió en esa oportunidad hacer practicar la delineación de la Plaza y remitir
lo que se solicitaba, pudiendo gastar hasta la suma de 3000 pesos.
En el Libro de Sesiones mencionado, (folio 278), el 14 de octubre de 1881, don
Santiago Puzzia y Cía. presenta una cuenta por valor de 2500 pesos, por construcción de la
pirámide de la Plaza Alsina .
66
La Comisión Municipal resolvió mandar a pagar dicha cuenta, dejando constancia
que ningún presidente puede autorizar gastos que la Corporación no haya prestado su
aprobación, acordando, al mismo tiempo la suma de 500 pesos como remuneración, al
preso que había trabajado los bancos para dicha plaza, con la obligación de pintarlos.
El 10 de noviembre de 1881, (Libro de Sesiones Nº 5 - Folio 279), se da cuenta de
una nota enviada por el Capitán de la Cárcel, Don Hilario Villegas, quien informa haber
concluido los trabajos que se le encomendaron para formar una plaza frente a la cárcel,
como así también el pedestal que ha de ocupar el busto del malogrado Dr. Alsina, y que
espera se le de aviso, del día que se designe para su inauguración, a fin de que la compañía
a su mando pueda rendirle los honores militares de ordenanza.
En esa oportunidad se resolvió pasar nota agradeciendo los servicios prestados al
Capitán de la Cárcel, comunicándole que oportunamente se designaría el día de la
inauguración.
A comienzos de 1882, folio 316 del Libro de sesiones municipales Nº 5, consta que
se recibe una nota del Capitán de la Guardia de la Cárcel solicitando la suma de 1300 pesos
moneda corriente para el pago de una verja que ha mandado construir, circunvalando el
pedestal de la Plaza Alsina, o en su defecto se contribuya con una cantidad que sirva de
base para una suscripción pública.


1882- Murallón de Circunvalación.
El 5 de Abril de 1882, (MAHMSN, Libro de Sesiones de la Comisión Municipal,
Nº 5, Folio 300), reunidos en sesión extraordinaria los Sres. Juan M. Argerich, José del
Valle, Fernando Iturburu, Eduardo Rojo, Federico García Alberdi, Francisco Güena, bajo
la presidencia del Sr. Juez de Paz Melitón Cernadas, que declara abierta la sesión, se
manifiesta que el objeto de la reunión lo motivaba una nota del Departamento de
Ingenieros, respecto de la construcción del paredón de circunvalación de la Cárcel Pública.
Se toma conocimiento que al Departamento de Ingenieros le asiste la duda de que la
traza que se le ha dado al paredón de la Cárcel no reviste el carácter de oficial que debe
tener, y piden que la Comisión Municipal se sirva informar si las fuentes que han sido
indicadas son las verdaderas, o si ello responde a alguna traza aprobada, mandando
suspender las obras en caso necesario.
Considerado el tema, fue aprobada una moción presentada por el Dr. Fernando
Iturburu de que el Sr. Presidente, acompañado por el Agrimensor Municipal, y un
secretario, se traslade al terreno y se levante un croquis exacto de la situación de la Cárcel
y su muro de circunvalación, con relación a la traza de la ciudad.
El problema planteado estaba dado en el hecho que una parte del edificio de la
Cárcel obstruía la prolongación de la Calle Pringles, desde el río Paraná en dirección NE -
SO, entre las calles Rivadavia y Buenos Aires. Al respecto, en la sesión se manifestó que
esa calle no tenía tránsito en esos días, y no lo tendría en muchos años, que se indique al
Departamento de Ingenieros que a este efecto pida la autorización necesaria del Gobierno,
y de ese modo se aprovechará el edificio actual.
La calle Pringles apenas sufriría una desviación de 30 o 40 varas, desviación que no
era perjudicial, porque estaba cerca del término noreste de dicha calle, a una cuadra de la
barranca, con lo cual se dio por terminada la sesión. Firma el acta respectiva de la sesión,
el Procurador Municipal Domingo Ballestero y el secretario Venegas.
En el 2004, 122 años después de aquella sesión de la Comisión Municipal, y más de
medio siglo después que la Cárcel dejó de funcionar, la Calle Pringles, de San Nicolás, aún
se encuentra cortada en su trayecto hacia el río, por el paredón de la antigua cárcel, y la
desviación de 30 o 40 varas, como se dijo en su momento, jamás se llevó a cabo.

67
En la sesión de la Comisión Municipal del día 5 de Mayo de 1882, (MAHMSN,
Libro de Sesiones Nº 5, Folio 301), se tomó conocimiento que el Depto. de Ingenieros,
había nombrado a Don Agustín Rodríguez sobrestante en la obra de la cárcel de San
Nicolás, por lo cual éste quedaba a cargo de la vigilancia de la construcción. El
Departamento esperaba que la delineación del murallón fuera trazada por el agrimensor
municipal con arreglo a las disposiciones vigentes.
Con ese motivo el Sr. Municipal Dr. Iturburu, presentó la moción de que se
contestase al Depto. de Ingenieros que la traza del murallón de circunvalación levantada
por el Ing. Esteves, y cuyos cimientos estaban ya abiertos, no obstruían calle alguna,
porque la calle Pringles, que era la única comprendida en ese espacio estaba obstruida
desde hace años por el edificio de la cárcel que se había hecho con anterioridad.
En consecuencia, la Municipalidad no tenía inconvenientes en que la obra del
murallón se constituyera sobre la traza de sus cimientos ya abiertos; la moción fue
aprobada por unanimidad, y el murallón fue construido.

1883 - Mejoras en la plaza. Busto de Alsina.
En la sesión de la Comisión Municipal del día 1º de mayo de 1883, (MAHMSN,
Libro de sesiones Nº 5, Folio 329), bajo la presidencia del Señor Juez de Paz Juan Manuel
Argerich, consta una nota enviada por el Capitán de la Guardia de la Cárcel, acompañando
un croquis para el arreglo de la Plaza Alsina, donde pide autorización para realizar trabajos
de mejoramiento. En la Sesión del 12 de setiembre de 1883 (Libro de sesiones Nº 5, Folio
343), el Capitán de la Guardia de Cárcel hace conocer un busto del Dr. Adolfo Alsina
donado por el Sr.Antonio Pozzo, para ser colocado en la Plaza. Se autoriza al municipal
González para que haga los gastos necesarios para la colocación del busto y que se dirija
nota al Sr. Pozzo agradeciendo su donación. 
El 13 de noviembre de 1883, (MAHMSN, Libro de sesiones Nº 5, Folio 349), bajo
la presidencia del Procurador Municipal Dr. Tiburcio Gimenez, la Comisión de Policía
informaba que Santiago Zamboni, solicitaba el pago de una verja de fierro ya colocada, en
vista de lo cual la Comisión Municipal dispuso abonar 1300 pesos moneda corriente,
cantidad que había sido solicitada por el Capitán de la Guardia de Cárcel.

1884 - Cambios jefatura Alcaidía.
El 30 de abril de 1884, reunidos los vocales de la Cámara de Apelaciones del
Depto. del Norte, (Cámara de Apelaciones, Libro Conocimientos Generales, Folio 94, Acta
148), con motivo de haber sido separado de su empleo el Alcaide de la Cárcel, Don José L.
Baigorria, resolvieron proponer a la Suprema Corte de Justicia para cubrir el cargo, a
quien era el 2º Alcaide Don Miguel Nievas, y para reemplazar a éste se proponía a don
Pedro Santa Cruz.
Con fecha 29 de mayo de 1885, (Cámara de Apelaciones, Libro Conocimientos
Generales, Folio 106, Acta 162), por renuncia del Alcaide Don Miguel Nievas, se propone,
en su reemplazo, al 2º. Alcaide don Pedro Santa Cruz, y para ocupar el empleo de éste a
don Blas González.
El 10 de enero de 1888, (Cámara de Apelaciones, Libro Conocimientos Generales,
Folio 128, Acta 189), habiéndose comprobado que los Alcaides 1º y 2º de la Cárcel Pública
Pedro Santa Cruz y Blas González habían faltado reiteradamente a los deberes de sus
cargos infringiendo los art. 16, 34 y 35 del reglamento de la Cárcel Pública ausentándose
del lugar de sus funciones sin permiso, no practicando todas las visitas ordenadas por el
reglamento, ni presidiendo las requisas que debían practicar, se resolvió separarlos de sus
puestos, y se nombró, previo acuerdo, (Cámara de Apelaciones, Libro Conocimientos
Generales, Folio 129, Acta 191), el 16 de enero de 1888, como Alcaide 1º al Sr. Miguel
Nievas, y como Alcaide 2º a Don Mariano Pombo. Firmaban esta resolución los camaristas
Dres. Federico García Alberdi, Agustín P. Justo y José Cevallos

68
1890 - Actividades en la Escuela.
En 1890, el joven maestro Luis Galbusera, continuaba siendo Director de la Escuela
de la Cárcel, en la que cursaban estudios 70 alumnos. Una Planilla (MAHMSN, Caja
Archivo del Consejo escolar, 1890), con fecha 5 de mayo de 1890, determina que había 46
alumnos que cursaban primer grado; 20 en segundo grado; y 4 en tercer grado.
El salón que ocupaba la escuela seguía siendo el mismo de su fundación. Las
materias que se enseñaban eran Primeras Letras, Lectura corriente, Escritura, Aritmética,
Gramática, Geografía, y Religión.
De los setenta alumnos que cursaban en la Escuela de la Cárcel existe la lista con
sus nombres y apellidos, y las edades correspondientes, en el Archivo del Consejo Escolar
de San Nicolás.


1890. Revolución.
En julio de 1890, el pueblo argentino se unió para terminar con una época de
oprobio y con el fin de lograr una regeneración social, política y económica, contra el
régimen inescrupuloso que gobernaba. En esos días se habían vendido en Europa tierras
que el gobierno había obtenido después de la llamada Conquista del Desierto, y la deuda
pública se incrementaba notablemente. La crisis no tenía salida.
En San Nicolás, como en el resto del país, el pueblo se había rebelado contra el
gobierno que encabezaba el presidente Miguel Juárez Celman, y cuando todos se
encontraban ocupados, y preocupados, por la marcha de los acontecimientos, el 31 de julio
de 1890, se produjo un conato de sublevación en la Cárcel Departamental.
Varios detenidos, aprovechando la escasa guardia que controlaba las instalaciones,
debido a los sucesos, trataron de fugar.
Algunos presos, después de violentar los cerrojos de sus celdas, aparecieron por la
reja del pabellón que daba frente a la guardia, profiriendo gritos y arrojando ladrillos sobre
los centinelas, pero las escasas fuerzas que controlaban la Cárcel reaccionaron de
inmediato, hicieron fuego sobre los amotinados, y lograron dominar la sublevación.
A raíz de los acontecimientos, resultó herido el preso Santiago Ferreira (a) “Pico
Negro”, quien era uno de los cabecillas de la sublevación, y que, a pesar de haber sido
tratado, no pudo ser salvado, y falleció al día siguiente.
Finalmente, si bien la revolución fue dominada, el presidente de la Nación debió
renunciar y cuando esto se supo, el pueblo entero celebró el acontecimiento.

1893- Designaciones.
El 19 de enero de 1893, (Cámara de Apelaciones, Libro Conocimientos Generales,
Folio 155, Acta 229), reunidos en acuerdo extraordinario los vocales titulares de la Cámara
Dres. Agustín P. Justo y Francisco Costas, y el Juez en lo Civil y Comercial Domingo
Susviela, integrante del Tribunal por ausencia del titular don Federico García Alberdi, se
procedió a designar los candidatos que la Cámara debía presentar a la Suprema Corte para
Alcaide y 2º Alcaide de la cárcel de San Nicolás, para reemplazar las vacantes producidas
por las destituciones promovidas por la evasión de presos del día 11 pasado.
Fueron designados por unanimidad para desempeñar la Alcaidía de la Cárcel el Sr.
Manuel Vidal y para 2º Alcaide el llavero Don Anselmo Rosales, con 13 años de
servicios, sin haber, durante ellos, motivado queja alguna por su conducta y actividad en el
desempeño de sus funciones.
Dada la urgencia de completar el personal de la Cárcel se elevó la propuesta por la
vía telegráfica, sin perjuicio de dirigir el oficio de práctica, con lo que terminó el acuerdo,
que firmaron los miembros de la Cámara Dres. Francisco Costa y Agustín P. Justo.
69
1893- Medidas de mejoramiento del servicio.
El 21 de febrero de 1893, los miembros de la Cámara (Cámara de Apelaciones,
Libro Conocimientos Generales, Folio 157, Acta 232), resolvieron dirigir nota a la
Suprema Corte haciéndole presente la urgencia de adoptar, en la cárcel pública de San
Nicolás, las medidas siguientes:
1º) La provisión de alumbrado a gas o eléctrico, por ser el actual a más de deficiente, mal
servido por el estado en que siempre se encuentran los artefactos, a tal punto de quedar a
oscuras la Cárcel en las noches de tormenta.
2º) La provisión de agua corriente que reclama la salud e higiene de los presos de una
manera apremiante, según se ha hecho ya presente en diferentes acordadas.
3º) Reparación de las puertas de las celdas y la adopción de un sistema de herrajes que den
seguridad a las celdas, como a las puertas de rejas de los pabellones, pues las cerraduras
que actualmente existen son candados ordinarios que no prestan servicio eficaz alguno.
4º) el arreglo de las letrinas que importan un peligro real para la salud de los detenidos,
5º) la reparación de la pared externa que hace tiempo se encuentra derrumbada,
6º) la construcción de una mampara que impida a los detenidos observar los movimientos
de la guardia y lo que pasa en la vía pública,
7º) se practiquen las obras de reparación que debe haber aconsejado el ingeniero que según
datos extraoficiales se mandó a estudiar el estado en que se encuentra el establecimiento,
8º) se asigne una cantidad mensual a disposición de este Tribunal para atender las
refacciones que exige la conservación del establecimiento.
9º) finalmente se practiquen las diligencia para que a la brevedad posible se adopten o se
lleven a la práctica las indicaciones expresadas así como las que viene haciendo el tribunal
de algunos años a esta parte. Firmaban este acuerdo los Sres, Camaristas. Federico García
Alberdi, Francisco Costa y Agustín. P. Justo.
1893- La revolución radical.
El 31 de julio de 1893 estalló otro movimiento revolucionario, y en San Nicolás se
pusieron al frente miembros del Partido Radical y de la Unión Cívica Nacional, en contra
del gobierno del Gobernador Julio Costa.
El 29 de julio se habían notado movilizaciones en reparticiones del gobierno,
concentración de fuerzas policiales y de guardia cárceles, y transporte de armas al Banco
de la Provincia.
Las fuerzas leales al gobierno estaban preparadas y el Senador Pedro Goytía dirigía
esas acciones. El Colegio de los Padres Salesianos, la Cárcel Departamental, y la Estación
del Ferrocarril, estaban en poder de los gubernistas; eran construcciones que parecían
fortalezas inexpugnables, una muy cercana de la otra.
Apenas iniciadas las acciones, los revolucionarios, con el apoyo de refuerzos que
habían llegado desde Pergamino, tomaron la Cárcel, apoyados por los guardia cárceles (un
piquete de 20 hombres), que se habían pasado a las filas revolucionarias .
Las fuerzas gubernistas iniciaron entonces un ataque a la Cárcel Departamental y al
Colegio San Nicolás, que apenas estaban separados por las vías del ferrocarril. El fuego se
hizo intenso y pronto se supo que comenzaban a caer muertos y heridos en ambos bandos.
En el centro de la ciudad también se comenzaron a levantar cantones de la
revolución sin orden, plan, ni disciplina y al comenzar a disminuir los disparos, al
mediodía, se comprobó que habían muerto dos jóvenes radicales Augusto de la Riestra y
Teodoro Arturo Nuñez, y que eran varios los heridos.
El 1º de agosto la revolución había triunfado, el Gobernador Julio Costa había sido
destituido y en los muros de la cárcel aparecían las boinas blancas de los revolucionarios
radicales.


70
1898 - Ley 2668. Reparaciones en el edificio
El 10 de octubre de 1898, fue promulgada la Ley 2668, por la cual se autorizaban
reparaciones en las Cárceles de San Nicolás, Dolores y Mercedes.
La suma a invertir era de 100.000 pesos y estaba distribuida de la siguiente manera:
$ 40.000.- correspondían a reparaciones en la Cárcel de San Nicolás; $ 20.000 para la
Cárcel de Dolores y $ 40.000 para la Cárcel de Mercedes. El gasto que se autorizaba por
esta Ley se pagaría de Rentas Generales.


1900 - Escuela de la Cárcel Nº 11. Inventario.
En el año 1900, el Director de la Escuela de la Cárcel era Miguel C. Sánchez
Araya, la Escuela contaba con 65 alumnos y había cambiado su número en el Distrito de
San Nicolás, había pasado a ser la Escuela Nº 11.
La escuela según inventario, al 30 de noviembre de 1900, contaba con un escritorio,
tres mesas, una mesa chica, un reloj y 30 bancos largos.
71
1900- Creación de la Biblioteca.
El 24 de setiembre de 1900, el Director de la Escuela Nº 11, de la Cárcel Pública
del Departamento del Norte de la Provincia de Buenos Aires, (MAHMSN, Caja Archivo
“Cárcel”), velando por el fomento de la instrucción, se dirigía al Intendente Municipal de
San Nicolás, solicitando apoyo para “colocar al preso al nivel de la educación moderna”.
72
1900 - Estadística Escolar. Escuela de Cárcel. Tercer Director Miguel Sánchez Araya
73
La última visita realizada por los miembros de la Cámara de Apelaciones, en el fin
del Siglo XIX. (Cámara de Apelaciones, Libro Conocimientos Generales, Folio 247, Acta
304), fue realizada el 4 de diciembre de 1900.
Constituidos en la Cárcel, para practicar la visita trimestral y atender los reclamos
que interpusieran los detenidos pidiendo el pronto despacho de sus causas ante el juzgado
del crimen, constataron que el estado del edifico e higiene de la cárcel era bueno en
general y se dispuso dirigir una nota a la Suprema Corte haciéndole presente las
necesidades de que se practicasen trabajos solicitados con anterioridad.
Foto de la Cárcel Departamental del Norte
de la Provincia de Buenos Aires, a fines del Siglo XIX.
Foto Colección César Bustos

74
1948 .- Foto aérea de la Cárcel Pública de San Nicolás de los Arroyos,
a mediados del Siglo XX, y ya en los últimos días de su existencia.
(Fuente : “Reseña General Histórica, Geográfica y Económica del Partido de San Nicolás de los
Arroyos”; 1948; Instituto Agrario Argentino, “Reseñas Argentinas”; Año VIII, Nº 61.
75
EPILOGO.
En el “Anuario San Nicolás”, publicado en el año 1931, cuyos editores fueron
Eduardo Lázzari y Mario Raúl Rueda, tenemos noticias sobre la antigua Cárcel del
Departamento Judicial del Norte, con asiento en San Nicolás de los Arroyos.
“La fecha de fundación no se conoce con exactitud, -se dice en la publicación-, pero
a pesar de ello se puede asegurar que data de algunos años antes de 1863, por existir en
esa fecha un pequeño cuaderno que lleva la siguiente leyenda: Cuaderno Nº 1 - Libro de
entradas y salidas de presos de la Cárcel Departamental.
Según este cuaderno figura como primera entrada la de un señor Martínez, que es
mandado a prisión por el Juez de la instancia por faltar, dice el texto de la entrada, a sus
deberes de alcaide de la Cárcel. Esta firmada por el nuevo alcaide de ese entonces, señor
José Barga, con fecha 31 de marzo de 1863”.
Para la realización de este trabajo: “CÁRCELES DE SAN NICOLÁS DE LOS
ARROYOS DEL SIGLO XIX”, no hemos tenido acceso al cuaderno de 1863 que
menciona la publicación de referencia. No conocemos su existencia en la actualidad.
En base a los documentos que hemos apreciado podemos deducir, que la primera
mención documentada conocida por los autores de este trabajo, hasta el presente, es el
decreto del 28 de octubre de 1824, de la Provincia de Buenos Aires, que establecía la
construcción de una cárcel en San Nicolás de los Arroyos.

En la publicación “Lás Cárceles”, (Carlos Cúneo, Centro Editor de América Latina,
1971), se menciona un estudio realizado en el año 1906 por Antonio Ballvé, un funcionario
que fue Director de la Penitenciaría Nacional, quien dejó establecido que a principios del
Siglo XX, en la Provincia de Buenos Aires, existían
Establecimiento Fecha de Fundación .
1. Presidio de Sierra Chica No la determina
2. Penitenciaría y Cárcel de La Plata 1905
3. Cárcel de Detenidos de La Plata 1886
4. Cárcel de San Nicolás Sin fecha de fundación
5. Cárcel de Mercedes 1876
6. Cárcel de Dolores 1877

Quienes hemos realizado este trabajo consideramos que si un decreto publicado en
el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 28 de octubre de 1824,
establecía la construcción de una cárcel en San Nicolás, y de ella existen constancia de
su funcionamiento, sin duda esa debe ser la fecha de su creación.

76
Fotos de los restos del antiguo paredón de la Cárcel del Siglo XIX, que en el inicio
del Siglo XXI, año 2004, se pueden apreciar en San Nicolás de los Arroyos, sin las
garitas originales, y ya en principio de demolición.
Fotos Colección Ester Camarasa
77
Plano de la ciudad de San Nicolás de los Arroyos (año 1893), con la división en
cuarteles que entonces tenía. Dentro del Nº 1, el espacio que ocupó la Cárcel
Departamental del Norte de la Provincia de Buenos Aires, desde 1824 hasta 1857.
Dentro del cuartel 3 funcionó entre los años 1857 y 1951, y lateral al Cuartel 9, el
espacio actual a partir de 1951. Foto Museo y Archivo Histórico Municipal.
78
El punto final de las antiguas “Cárceles de San Nicolás de los Arroyos del Siglo
XIX”, se puso a mediados del Siglo XX, cuando en 1945, se comenzaban a depositar cien
mil ladrillos en el predio cuyo vértice principal lo formaban las Avenidas Saavedra y
Porvenir (hoy General Savio y Monseñor Ponce de León), y se daba inicio a la
construcción de la que para los autores de este trabajo es la quinta unidad carcelaria, la
Unidad Penal Nº 3 de la Provincia de Buenos Aires, que fue inaugurada el 21 de abril de
1951.
79
1951- Inauguración de la Nueva Cárcel del Siglo XX.
80
Bibliografía y Lugares de Consulta.
Archivo Histórico de la Pcia. de Buenos Aires “Dr.Ricardo Levene”, Juzgado de Paz,
“Causas Célebres”.
Biblioteca de los Tribunales de San Nicolás de los Arroyos
Chervo, G. Santiago; “Crónica de San Nicolás de los Arroyos”, 1988, Edición del Autor.
Chervo, G. Santiago, “Rectificaciones Históricas”; 1990; Publicación del Museo y Archivo
Histórico Municipal de San Nicolás.
Chervo, G. Santiago, “El Municipio de San Nicolás de los Arroyos”; 1979; Publicación del
Museo y Archivo Histórico Municipal de San Nicolás.
Colección Completa de Leyes del Estado y Provincia de Buenos Aires, desde 1854 a 1929;
Editorial Lex; Buenos Aires, 1930.
Cúneo, Carlos; “Las Cárceles”; Centro Editor de América Latina; Buenos Aires, 1971.
De la Torre, José E.; “Historia de San Nicolás de los Arroyos”; José de la Torre; Editorial Rosario;
1947.
De la Torre, José, “La Revolución del 90 en San Nicolás de los Arroyos”, Cía. Gral. de
Artes Gráficas, 1932, Rosario.
Garretón, Adolfo; “Historia de San Nicolás de los Arroyos”; La Plata ; Publicación del
Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires1937
Museo y Archivo Histórico Municipal de San Nicolás de los Arroyos
Museo y Biblioteca de la Casa del Acuerdo de San Nicolás
Registro Oficial de la Provincia de Buenos Aires.
Reseña General, Histórica, Geográfica y Económica del Partido de San Nicolás de los
Arroyos, 1948, Instituto Agrario Argentino, Año VIII; Nº 61.
Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, Oficina de Publicaciones.
Leyes Sancionadas. La Plata , Taller de Impresiones Oficiales, 1941.
Tribunales de Justicia (San Nicolás), Cámara de Apelaciones, Libro “Conocimientos
Generales”, 1875/1900.
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  • 1. 62 1879 - Inicio de las actividades de la Escuela. Con fecha Marzo de 1879, (MAHMSN, Archivo del Consejo Escolar de San Nicolás, Año 1879), podemos apreciar una planilla “Estadística Escolar de la Provincia de Buenos Aires”, correspondiente a la recién creada Escuela Nº 4, de categoría Elemental, del Distrito de San Nicolás, que funcionaba en la Cárcel Pública. En la misma aparecen los datos del Maestro Leopoldo Grillo, firmando como el primer Director de la Escuela, y sus datos personales, que determinaban que había nacido en 1822, en Italia, y que tenía por lo tanto, cuando se hizo cargo de la Escuela de la Cárcel, 57 años de edad; que era viudo, y que se encontraba al servicio de la educación desde 1860. También figura, en la Planilla de referencia que asistían, a la Escuela de Cárcel, 32 alumnos. El edificio de la Escuela era un salón de 80 m2, de 10 metros de largo por 8 metros de ancho, con un altura de 4 metros y ½ , y piso de baldosas    Con fecha 29 de abril de 1879, (MAHMSN, Archivo del Consejo Escolar de San Nicolás, Año 1879, Nota Nº 31), por nota el Maestro Leopoldo Grillo, solicita al Presidente del Consejo Escolar, Don Melchor Echagüe, que le envíen, indispensablemente para la Escuela de la Cárcel, elementos varios como papel, tinta, pizarras, tinteros, lápices, tablas de multiplicar, etc. Por falta de papel, dice el Director “no he podido aun hacer las planas, le mandé la relación de los presos escrita por mi ayudante ad honorem”.  En otra nota de abril de 1879, (MAHMSN, Archivo del Consejo Escolar de San Nicolás, Año 1879, Nota Nº 38), el Maestro Leopoldo Grillo, se dirige al Presidente del Consejo Escolar, Melchor Echagüe: “Mi amigo, dice, hoy estuve con el Dr. Fagnano, para ver si él, o el Sr. Cura, mandarían un sacerdote, los jueves, para la enseñanza religiosa como esta ordenado. El Dr. me contestó que tenían que pasar una nota oficial para ello, sea el Consejo, o bien el Sr. Juez del Crimen, y que tendrá mucho gusto en asistir. Me manifestó además su buen deseo que tenía en coadyuvar a la enseñanza de aquellos infelices, pero que ciertos desagrados que había sufrido cuando iba a decir misa allí le habían privado de ese placer”.   Con fecha Diciembre de 1880, (MAHMSN, Archivo del Consejo Escolar de San Nicolás, Año 1880), podemos apreciar otra planilla “Estadística Escolar de la Provincia de Buenos Aires”., correspondiente a la Escuela Nº 4, categoría Elemental, de la Cárcel Pública de San Nicolás. En la misma aparecen los datos de quien fue su segundo Director, el Maestro Luis Galbusera, y sus datos personales, que determinaban que había nacido en 1857, en Italia, y que tenía por lo tanto, cuando se hizo cargo de la Escuela de la Cárcel, 23 años de edad, que era soltero y que ese era su primer año al servicio de la educación. También figura, en la Planilla de referencia que asistían, a la Escuela de Cárcel, 27 alumnos.     
  • 2. 63 1879 - Estadística Escolar. Escuela de la Cárcel. Primer Director Leopoldo Grillo.
  • 3. 64 1880 - Estadística Escolar. Escuela de la Cárcel. Segundo Director Luis Galbusera.           
  • 4. 65 1879. Plano y presupuesto para continuar el murallón. En el Registro Oficial de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 1º de agosto de 1879, se publica la ley que manda levantar el plano y formular el presupuesto, por medio del Departamento de Ingenieros, para la construcción de la muralla de circunvalación de las Cárceles de San Nicolás y Dolores. La Ley fue promulgada con fecha 6 de agosto de 1879 por el Gobernador Carlos Tejedor  1880. Servicio de Guardia de Cárceles de Campaña. Con fecha 6 de octubre de 1880, (Registro Oficial de la Pcia. de Bs. As.), se organiza de una manera uniforme el servicio de guardia en las cárceles de campaña. Para ello se determina que la guardia de las cárceles de los tres departamentos de Campaña, deben ser hechas por compañías de gendarmes con la siguiente dotación: Un capitán, dos tenientes y 50 soldados de tropa. Los oficiales gozaran del sueldo correspondiente a su clase, y los individuos de tropa, el de 500 pesos mensuales, de los que se deducirá el importe del racionamiento de cada uno. La provisión de estas compañías se hará por licitación publica. Los Jueces de Paz del Partido, cabeza del Departamento, quedaban facultados para la organización del personal de la guardia de la Cárcel, debiendo presentar para su aprobación la propuesta de los oficiales. Si en alguno de los Departamentos, el personal de la guardia de la Cárcel fuera mayor, o menor, que el que designaba esta Ley, se debía proceder inmediatamente a reducirlo o a aumentarlo.  1881 - Ley 1408 - Construcción de muros. El 16 de julio de 1881, fue promulgada la Ley 1408, por el Gobernador Dardo Rocha; por la misma se autorizaban los gastos de construcción de los muros de circunvalación de las Cárceles de Dolores y San Nicolás. El Poder Ejecutivo estaba autorizado para invertir hasta la suma de $ 1.415.000 moneda corriente, y con fecha 29 de julio de 1881, se dispone sacar a licitación la construcción de los muros, que debían ser construidos de acuerdo con los planos y detalles contenidos en los presupuestos levantados por el Departamento de Ingenieros, que se ponían a la vista de los interesados en la Secretaría de Gobierno  1881- Plaza Alsina. A fines de 1881, (Libro de Sesiones Nº 5, Folio 260, de la Municipalidad de San Nicolás de los Arroyos, MAHMSN), consta la recepción de una nota enviada del Capitán de la Cárcel Pública, ofreciendo sus servicios para arreglar, con presos que envíe el Juzgado de Paz, la plaza pública que existe frente a la Cárcel. En la nota el Oficial solicita se le remitan algunas cadenas, herramientas y postes, para circunvalar la misma. Se resolvió en esa oportunidad hacer practicar la delineación de la Plaza y remitir lo que se solicitaba, pudiendo gastar hasta la suma de 3000 pesos. En el Libro de Sesiones mencionado, (folio 278), el 14 de octubre de 1881, don Santiago Puzzia y Cía. presenta una cuenta por valor de 2500 pesos, por construcción de la pirámide de la Plaza Alsina .
  • 5. 66 La Comisión Municipal resolvió mandar a pagar dicha cuenta, dejando constancia que ningún presidente puede autorizar gastos que la Corporación no haya prestado su aprobación, acordando, al mismo tiempo la suma de 500 pesos como remuneración, al preso que había trabajado los bancos para dicha plaza, con la obligación de pintarlos. El 10 de noviembre de 1881, (Libro de Sesiones Nº 5 - Folio 279), se da cuenta de una nota enviada por el Capitán de la Cárcel, Don Hilario Villegas, quien informa haber concluido los trabajos que se le encomendaron para formar una plaza frente a la cárcel, como así también el pedestal que ha de ocupar el busto del malogrado Dr. Alsina, y que espera se le de aviso, del día que se designe para su inauguración, a fin de que la compañía a su mando pueda rendirle los honores militares de ordenanza. En esa oportunidad se resolvió pasar nota agradeciendo los servicios prestados al Capitán de la Cárcel, comunicándole que oportunamente se designaría el día de la inauguración. A comienzos de 1882, folio 316 del Libro de sesiones municipales Nº 5, consta que se recibe una nota del Capitán de la Guardia de la Cárcel solicitando la suma de 1300 pesos moneda corriente para el pago de una verja que ha mandado construir, circunvalando el pedestal de la Plaza Alsina, o en su defecto se contribuya con una cantidad que sirva de base para una suscripción pública.   1882- Murallón de Circunvalación. El 5 de Abril de 1882, (MAHMSN, Libro de Sesiones de la Comisión Municipal, Nº 5, Folio 300), reunidos en sesión extraordinaria los Sres. Juan M. Argerich, José del Valle, Fernando Iturburu, Eduardo Rojo, Federico García Alberdi, Francisco Güena, bajo la presidencia del Sr. Juez de Paz Melitón Cernadas, que declara abierta la sesión, se manifiesta que el objeto de la reunión lo motivaba una nota del Departamento de Ingenieros, respecto de la construcción del paredón de circunvalación de la Cárcel Pública. Se toma conocimiento que al Departamento de Ingenieros le asiste la duda de que la traza que se le ha dado al paredón de la Cárcel no reviste el carácter de oficial que debe tener, y piden que la Comisión Municipal se sirva informar si las fuentes que han sido indicadas son las verdaderas, o si ello responde a alguna traza aprobada, mandando suspender las obras en caso necesario. Considerado el tema, fue aprobada una moción presentada por el Dr. Fernando Iturburu de que el Sr. Presidente, acompañado por el Agrimensor Municipal, y un secretario, se traslade al terreno y se levante un croquis exacto de la situación de la Cárcel y su muro de circunvalación, con relación a la traza de la ciudad. El problema planteado estaba dado en el hecho que una parte del edificio de la Cárcel obstruía la prolongación de la Calle Pringles, desde el río Paraná en dirección NE - SO, entre las calles Rivadavia y Buenos Aires. Al respecto, en la sesión se manifestó que esa calle no tenía tránsito en esos días, y no lo tendría en muchos años, que se indique al Departamento de Ingenieros que a este efecto pida la autorización necesaria del Gobierno, y de ese modo se aprovechará el edificio actual. La calle Pringles apenas sufriría una desviación de 30 o 40 varas, desviación que no era perjudicial, porque estaba cerca del término noreste de dicha calle, a una cuadra de la barranca, con lo cual se dio por terminada la sesión. Firma el acta respectiva de la sesión, el Procurador Municipal Domingo Ballestero y el secretario Venegas. En el 2004, 122 años después de aquella sesión de la Comisión Municipal, y más de medio siglo después que la Cárcel dejó de funcionar, la Calle Pringles, de San Nicolás, aún se encuentra cortada en su trayecto hacia el río, por el paredón de la antigua cárcel, y la desviación de 30 o 40 varas, como se dijo en su momento, jamás se llevó a cabo. 
  • 6. 67 En la sesión de la Comisión Municipal del día 5 de Mayo de 1882, (MAHMSN, Libro de Sesiones Nº 5, Folio 301), se tomó conocimiento que el Depto. de Ingenieros, había nombrado a Don Agustín Rodríguez sobrestante en la obra de la cárcel de San Nicolás, por lo cual éste quedaba a cargo de la vigilancia de la construcción. El Departamento esperaba que la delineación del murallón fuera trazada por el agrimensor municipal con arreglo a las disposiciones vigentes. Con ese motivo el Sr. Municipal Dr. Iturburu, presentó la moción de que se contestase al Depto. de Ingenieros que la traza del murallón de circunvalación levantada por el Ing. Esteves, y cuyos cimientos estaban ya abiertos, no obstruían calle alguna, porque la calle Pringles, que era la única comprendida en ese espacio estaba obstruida desde hace años por el edificio de la cárcel que se había hecho con anterioridad. En consecuencia, la Municipalidad no tenía inconvenientes en que la obra del murallón se constituyera sobre la traza de sus cimientos ya abiertos; la moción fue aprobada por unanimidad, y el murallón fue construido.  1883 - Mejoras en la plaza. Busto de Alsina. En la sesión de la Comisión Municipal del día 1º de mayo de 1883, (MAHMSN, Libro de sesiones Nº 5, Folio 329), bajo la presidencia del Señor Juez de Paz Juan Manuel Argerich, consta una nota enviada por el Capitán de la Guardia de la Cárcel, acompañando un croquis para el arreglo de la Plaza Alsina, donde pide autorización para realizar trabajos de mejoramiento. En la Sesión del 12 de setiembre de 1883 (Libro de sesiones Nº 5, Folio 343), el Capitán de la Guardia de Cárcel hace conocer un busto del Dr. Adolfo Alsina donado por el Sr.Antonio Pozzo, para ser colocado en la Plaza. Se autoriza al municipal González para que haga los gastos necesarios para la colocación del busto y que se dirija nota al Sr. Pozzo agradeciendo su donación.  El 13 de noviembre de 1883, (MAHMSN, Libro de sesiones Nº 5, Folio 349), bajo la presidencia del Procurador Municipal Dr. Tiburcio Gimenez, la Comisión de Policía informaba que Santiago Zamboni, solicitaba el pago de una verja de fierro ya colocada, en vista de lo cual la Comisión Municipal dispuso abonar 1300 pesos moneda corriente, cantidad que había sido solicitada por el Capitán de la Guardia de Cárcel.  1884 - Cambios jefatura Alcaidía. El 30 de abril de 1884, reunidos los vocales de la Cámara de Apelaciones del Depto. del Norte, (Cámara de Apelaciones, Libro Conocimientos Generales, Folio 94, Acta 148), con motivo de haber sido separado de su empleo el Alcaide de la Cárcel, Don José L. Baigorria, resolvieron proponer a la Suprema Corte de Justicia para cubrir el cargo, a quien era el 2º Alcaide Don Miguel Nievas, y para reemplazar a éste se proponía a don Pedro Santa Cruz. Con fecha 29 de mayo de 1885, (Cámara de Apelaciones, Libro Conocimientos Generales, Folio 106, Acta 162), por renuncia del Alcaide Don Miguel Nievas, se propone, en su reemplazo, al 2º. Alcaide don Pedro Santa Cruz, y para ocupar el empleo de éste a don Blas González. El 10 de enero de 1888, (Cámara de Apelaciones, Libro Conocimientos Generales, Folio 128, Acta 189), habiéndose comprobado que los Alcaides 1º y 2º de la Cárcel Pública Pedro Santa Cruz y Blas González habían faltado reiteradamente a los deberes de sus cargos infringiendo los art. 16, 34 y 35 del reglamento de la Cárcel Pública ausentándose del lugar de sus funciones sin permiso, no practicando todas las visitas ordenadas por el reglamento, ni presidiendo las requisas que debían practicar, se resolvió separarlos de sus puestos, y se nombró, previo acuerdo, (Cámara de Apelaciones, Libro Conocimientos Generales, Folio 129, Acta 191), el 16 de enero de 1888, como Alcaide 1º al Sr. Miguel Nievas, y como Alcaide 2º a Don Mariano Pombo. Firmaban esta resolución los camaristas Dres. Federico García Alberdi, Agustín P. Justo y José Cevallos 
  • 7. 68 1890 - Actividades en la Escuela. En 1890, el joven maestro Luis Galbusera, continuaba siendo Director de la Escuela de la Cárcel, en la que cursaban estudios 70 alumnos. Una Planilla (MAHMSN, Caja Archivo del Consejo escolar, 1890), con fecha 5 de mayo de 1890, determina que había 46 alumnos que cursaban primer grado; 20 en segundo grado; y 4 en tercer grado. El salón que ocupaba la escuela seguía siendo el mismo de su fundación. Las materias que se enseñaban eran Primeras Letras, Lectura corriente, Escritura, Aritmética, Gramática, Geografía, y Religión. De los setenta alumnos que cursaban en la Escuela de la Cárcel existe la lista con sus nombres y apellidos, y las edades correspondientes, en el Archivo del Consejo Escolar de San Nicolás.   1890. Revolución. En julio de 1890, el pueblo argentino se unió para terminar con una época de oprobio y con el fin de lograr una regeneración social, política y económica, contra el régimen inescrupuloso que gobernaba. En esos días se habían vendido en Europa tierras que el gobierno había obtenido después de la llamada Conquista del Desierto, y la deuda pública se incrementaba notablemente. La crisis no tenía salida. En San Nicolás, como en el resto del país, el pueblo se había rebelado contra el gobierno que encabezaba el presidente Miguel Juárez Celman, y cuando todos se encontraban ocupados, y preocupados, por la marcha de los acontecimientos, el 31 de julio de 1890, se produjo un conato de sublevación en la Cárcel Departamental. Varios detenidos, aprovechando la escasa guardia que controlaba las instalaciones, debido a los sucesos, trataron de fugar. Algunos presos, después de violentar los cerrojos de sus celdas, aparecieron por la reja del pabellón que daba frente a la guardia, profiriendo gritos y arrojando ladrillos sobre los centinelas, pero las escasas fuerzas que controlaban la Cárcel reaccionaron de inmediato, hicieron fuego sobre los amotinados, y lograron dominar la sublevación. A raíz de los acontecimientos, resultó herido el preso Santiago Ferreira (a) “Pico Negro”, quien era uno de los cabecillas de la sublevación, y que, a pesar de haber sido tratado, no pudo ser salvado, y falleció al día siguiente. Finalmente, si bien la revolución fue dominada, el presidente de la Nación debió renunciar y cuando esto se supo, el pueblo entero celebró el acontecimiento.  1893- Designaciones. El 19 de enero de 1893, (Cámara de Apelaciones, Libro Conocimientos Generales, Folio 155, Acta 229), reunidos en acuerdo extraordinario los vocales titulares de la Cámara Dres. Agustín P. Justo y Francisco Costas, y el Juez en lo Civil y Comercial Domingo Susviela, integrante del Tribunal por ausencia del titular don Federico García Alberdi, se procedió a designar los candidatos que la Cámara debía presentar a la Suprema Corte para Alcaide y 2º Alcaide de la cárcel de San Nicolás, para reemplazar las vacantes producidas por las destituciones promovidas por la evasión de presos del día 11 pasado. Fueron designados por unanimidad para desempeñar la Alcaidía de la Cárcel el Sr. Manuel Vidal y para 2º Alcaide el llavero Don Anselmo Rosales, con 13 años de servicios, sin haber, durante ellos, motivado queja alguna por su conducta y actividad en el desempeño de sus funciones. Dada la urgencia de completar el personal de la Cárcel se elevó la propuesta por la vía telegráfica, sin perjuicio de dirigir el oficio de práctica, con lo que terminó el acuerdo, que firmaron los miembros de la Cámara Dres. Francisco Costa y Agustín P. Justo.
  • 8. 69 1893- Medidas de mejoramiento del servicio. El 21 de febrero de 1893, los miembros de la Cámara (Cámara de Apelaciones, Libro Conocimientos Generales, Folio 157, Acta 232), resolvieron dirigir nota a la Suprema Corte haciéndole presente la urgencia de adoptar, en la cárcel pública de San Nicolás, las medidas siguientes: 1º) La provisión de alumbrado a gas o eléctrico, por ser el actual a más de deficiente, mal servido por el estado en que siempre se encuentran los artefactos, a tal punto de quedar a oscuras la Cárcel en las noches de tormenta. 2º) La provisión de agua corriente que reclama la salud e higiene de los presos de una manera apremiante, según se ha hecho ya presente en diferentes acordadas. 3º) Reparación de las puertas de las celdas y la adopción de un sistema de herrajes que den seguridad a las celdas, como a las puertas de rejas de los pabellones, pues las cerraduras que actualmente existen son candados ordinarios que no prestan servicio eficaz alguno. 4º) el arreglo de las letrinas que importan un peligro real para la salud de los detenidos, 5º) la reparación de la pared externa que hace tiempo se encuentra derrumbada, 6º) la construcción de una mampara que impida a los detenidos observar los movimientos de la guardia y lo que pasa en la vía pública, 7º) se practiquen las obras de reparación que debe haber aconsejado el ingeniero que según datos extraoficiales se mandó a estudiar el estado en que se encuentra el establecimiento, 8º) se asigne una cantidad mensual a disposición de este Tribunal para atender las refacciones que exige la conservación del establecimiento. 9º) finalmente se practiquen las diligencia para que a la brevedad posible se adopten o se lleven a la práctica las indicaciones expresadas así como las que viene haciendo el tribunal de algunos años a esta parte. Firmaban este acuerdo los Sres, Camaristas. Federico García Alberdi, Francisco Costa y Agustín. P. Justo. 1893- La revolución radical. El 31 de julio de 1893 estalló otro movimiento revolucionario, y en San Nicolás se pusieron al frente miembros del Partido Radical y de la Unión Cívica Nacional, en contra del gobierno del Gobernador Julio Costa. El 29 de julio se habían notado movilizaciones en reparticiones del gobierno, concentración de fuerzas policiales y de guardia cárceles, y transporte de armas al Banco de la Provincia. Las fuerzas leales al gobierno estaban preparadas y el Senador Pedro Goytía dirigía esas acciones. El Colegio de los Padres Salesianos, la Cárcel Departamental, y la Estación del Ferrocarril, estaban en poder de los gubernistas; eran construcciones que parecían fortalezas inexpugnables, una muy cercana de la otra. Apenas iniciadas las acciones, los revolucionarios, con el apoyo de refuerzos que habían llegado desde Pergamino, tomaron la Cárcel, apoyados por los guardia cárceles (un piquete de 20 hombres), que se habían pasado a las filas revolucionarias . Las fuerzas gubernistas iniciaron entonces un ataque a la Cárcel Departamental y al Colegio San Nicolás, que apenas estaban separados por las vías del ferrocarril. El fuego se hizo intenso y pronto se supo que comenzaban a caer muertos y heridos en ambos bandos. En el centro de la ciudad también se comenzaron a levantar cantones de la revolución sin orden, plan, ni disciplina y al comenzar a disminuir los disparos, al mediodía, se comprobó que habían muerto dos jóvenes radicales Augusto de la Riestra y Teodoro Arturo Nuñez, y que eran varios los heridos. El 1º de agosto la revolución había triunfado, el Gobernador Julio Costa había sido destituido y en los muros de la cárcel aparecían las boinas blancas de los revolucionarios radicales.  
  • 9. 70 1898 - Ley 2668. Reparaciones en el edificio El 10 de octubre de 1898, fue promulgada la Ley 2668, por la cual se autorizaban reparaciones en las Cárceles de San Nicolás, Dolores y Mercedes. La suma a invertir era de 100.000 pesos y estaba distribuida de la siguiente manera: $ 40.000.- correspondían a reparaciones en la Cárcel de San Nicolás; $ 20.000 para la Cárcel de Dolores y $ 40.000 para la Cárcel de Mercedes. El gasto que se autorizaba por esta Ley se pagaría de Rentas Generales.   1900 - Escuela de la Cárcel Nº 11. Inventario. En el año 1900, el Director de la Escuela de la Cárcel era Miguel C. Sánchez Araya, la Escuela contaba con 65 alumnos y había cambiado su número en el Distrito de San Nicolás, había pasado a ser la Escuela Nº 11. La escuela según inventario, al 30 de noviembre de 1900, contaba con un escritorio, tres mesas, una mesa chica, un reloj y 30 bancos largos.
  • 10. 71 1900- Creación de la Biblioteca. El 24 de setiembre de 1900, el Director de la Escuela Nº 11, de la Cárcel Pública del Departamento del Norte de la Provincia de Buenos Aires, (MAHMSN, Caja Archivo “Cárcel”), velando por el fomento de la instrucción, se dirigía al Intendente Municipal de San Nicolás, solicitando apoyo para “colocar al preso al nivel de la educación moderna”.
  • 11. 72 1900 - Estadística Escolar. Escuela de Cárcel. Tercer Director Miguel Sánchez Araya
  • 12. 73 La última visita realizada por los miembros de la Cámara de Apelaciones, en el fin del Siglo XIX. (Cámara de Apelaciones, Libro Conocimientos Generales, Folio 247, Acta 304), fue realizada el 4 de diciembre de 1900. Constituidos en la Cárcel, para practicar la visita trimestral y atender los reclamos que interpusieran los detenidos pidiendo el pronto despacho de sus causas ante el juzgado del crimen, constataron que el estado del edifico e higiene de la cárcel era bueno en general y se dispuso dirigir una nota a la Suprema Corte haciéndole presente las necesidades de que se practicasen trabajos solicitados con anterioridad. Foto de la Cárcel Departamental del Norte de la Provincia de Buenos Aires, a fines del Siglo XIX. Foto Colección César Bustos 
  • 13. 74 1948 .- Foto aérea de la Cárcel Pública de San Nicolás de los Arroyos, a mediados del Siglo XX, y ya en los últimos días de su existencia. (Fuente : “Reseña General Histórica, Geográfica y Económica del Partido de San Nicolás de los Arroyos”; 1948; Instituto Agrario Argentino, “Reseñas Argentinas”; Año VIII, Nº 61.
  • 14. 75 EPILOGO. En el “Anuario San Nicolás”, publicado en el año 1931, cuyos editores fueron Eduardo Lázzari y Mario Raúl Rueda, tenemos noticias sobre la antigua Cárcel del Departamento Judicial del Norte, con asiento en San Nicolás de los Arroyos. “La fecha de fundación no se conoce con exactitud, -se dice en la publicación-, pero a pesar de ello se puede asegurar que data de algunos años antes de 1863, por existir en esa fecha un pequeño cuaderno que lleva la siguiente leyenda: Cuaderno Nº 1 - Libro de entradas y salidas de presos de la Cárcel Departamental. Según este cuaderno figura como primera entrada la de un señor Martínez, que es mandado a prisión por el Juez de la instancia por faltar, dice el texto de la entrada, a sus deberes de alcaide de la Cárcel. Esta firmada por el nuevo alcaide de ese entonces, señor José Barga, con fecha 31 de marzo de 1863”. Para la realización de este trabajo: “CÁRCELES DE SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS DEL SIGLO XIX”, no hemos tenido acceso al cuaderno de 1863 que menciona la publicación de referencia. No conocemos su existencia en la actualidad. En base a los documentos que hemos apreciado podemos deducir, que la primera mención documentada conocida por los autores de este trabajo, hasta el presente, es el decreto del 28 de octubre de 1824, de la Provincia de Buenos Aires, que establecía la construcción de una cárcel en San Nicolás de los Arroyos.  En la publicación “Lás Cárceles”, (Carlos Cúneo, Centro Editor de América Latina, 1971), se menciona un estudio realizado en el año 1906 por Antonio Ballvé, un funcionario que fue Director de la Penitenciaría Nacional, quien dejó establecido que a principios del Siglo XX, en la Provincia de Buenos Aires, existían Establecimiento Fecha de Fundación . 1. Presidio de Sierra Chica No la determina 2. Penitenciaría y Cárcel de La Plata 1905 3. Cárcel de Detenidos de La Plata 1886 4. Cárcel de San Nicolás Sin fecha de fundación 5. Cárcel de Mercedes 1876 6. Cárcel de Dolores 1877  Quienes hemos realizado este trabajo consideramos que si un decreto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 28 de octubre de 1824, establecía la construcción de una cárcel en San Nicolás, y de ella existen constancia de su funcionamiento, sin duda esa debe ser la fecha de su creación. 
  • 15. 76 Fotos de los restos del antiguo paredón de la Cárcel del Siglo XIX, que en el inicio del Siglo XXI, año 2004, se pueden apreciar en San Nicolás de los Arroyos, sin las garitas originales, y ya en principio de demolición. Fotos Colección Ester Camarasa
  • 16. 77 Plano de la ciudad de San Nicolás de los Arroyos (año 1893), con la división en cuarteles que entonces tenía. Dentro del Nº 1, el espacio que ocupó la Cárcel Departamental del Norte de la Provincia de Buenos Aires, desde 1824 hasta 1857. Dentro del cuartel 3 funcionó entre los años 1857 y 1951, y lateral al Cuartel 9, el espacio actual a partir de 1951. Foto Museo y Archivo Histórico Municipal.
  • 17. 78 El punto final de las antiguas “Cárceles de San Nicolás de los Arroyos del Siglo XIX”, se puso a mediados del Siglo XX, cuando en 1945, se comenzaban a depositar cien mil ladrillos en el predio cuyo vértice principal lo formaban las Avenidas Saavedra y Porvenir (hoy General Savio y Monseñor Ponce de León), y se daba inicio a la construcción de la que para los autores de este trabajo es la quinta unidad carcelaria, la Unidad Penal Nº 3 de la Provincia de Buenos Aires, que fue inaugurada el 21 de abril de 1951.
  • 18. 79 1951- Inauguración de la Nueva Cárcel del Siglo XX.
  • 19. 80 Bibliografía y Lugares de Consulta. Archivo Histórico de la Pcia. de Buenos Aires “Dr.Ricardo Levene”, Juzgado de Paz, “Causas Célebres”. Biblioteca de los Tribunales de San Nicolás de los Arroyos Chervo, G. Santiago; “Crónica de San Nicolás de los Arroyos”, 1988, Edición del Autor. Chervo, G. Santiago, “Rectificaciones Históricas”; 1990; Publicación del Museo y Archivo Histórico Municipal de San Nicolás. Chervo, G. Santiago, “El Municipio de San Nicolás de los Arroyos”; 1979; Publicación del Museo y Archivo Histórico Municipal de San Nicolás. Colección Completa de Leyes del Estado y Provincia de Buenos Aires, desde 1854 a 1929; Editorial Lex; Buenos Aires, 1930. Cúneo, Carlos; “Las Cárceles”; Centro Editor de América Latina; Buenos Aires, 1971. De la Torre, José E.; “Historia de San Nicolás de los Arroyos”; José de la Torre; Editorial Rosario; 1947. De la Torre, José, “La Revolución del 90 en San Nicolás de los Arroyos”, Cía. Gral. de Artes Gráficas, 1932, Rosario. Garretón, Adolfo; “Historia de San Nicolás de los Arroyos”; La Plata ; Publicación del Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires1937 Museo y Archivo Histórico Municipal de San Nicolás de los Arroyos Museo y Biblioteca de la Casa del Acuerdo de San Nicolás Registro Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Reseña General, Histórica, Geográfica y Económica del Partido de San Nicolás de los Arroyos, 1948, Instituto Agrario Argentino, Año VIII; Nº 61. Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, Oficina de Publicaciones. Leyes Sancionadas. La Plata , Taller de Impresiones Oficiales, 1941. Tribunales de Justicia (San Nicolás), Cámara de Apelaciones, Libro “Conocimientos Generales”, 1875/1900.    