Este documento trata sobre el derecho laboral colectivo en Venezuela. Explica que este derecho regula las relaciones entre empleadores y trabajadores de manera colectiva en lugar de individual. Luego describe las etapas históricas del derecho laboral colectivo, incluidas la etapa de prohibición, tolerancia y reconocimiento. También analiza los orígenes e influencias políticas de los sindicatos en Venezuela y cómo se han desarrollado a lo largo del tiempo, incluyendo la formación de la primera confederación de trabajadores en 1936.
1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Integrante:
Dudamel B. Maulin
Maite
V-27.736.348
Profesor:
Emily Ramírez
Materia:
Derecho Laboral
Colectivo
UNIDAD I
TEMA 1
2. DERECHO
LABORAL
COLECTIVO
Es aquel derecho que, dentro de la disciplina general del
Derecho del Trabajo, regula las relaciones entre patronos
y trabajadores no de modo individual, sino en atención a
los intereses comunes a todos ellos o a los grupos
profesionales. En ese sentido, el derecho colectivo
laboral establece normas sobre asociaciones
profesionales, huelga, desocupación y lock-out. Cabe
también incluir en él, las normas sobre previsión social,
si bien la doctrina discrepa sobre la exactitud de tal
absorción.
“Toda persona tiene derecho al
trabajo y el deber de trabajar. El
estado garantizará la adopción de
las medidas necesarias a los fines
de que toda persona pueda obtener
ocupación productiva, que le
proporcione una existencia digna y
decorosa y le garantice el pleno
ejercicio de este derecho. Es fin del
Estado fomentar el empleo.
En esta tarea busca la plenitud de empleo y la elevación de los
niveles de vida de los trabajadores, la protección adecuada de
la vida y la salud de los trabajadores, el suministro de
alimentos, vivienda y facilidades de recreación y culturización,
condiciones de trabajo, salario mínimos, la regulación de
jornadas de trabajo, la prevención del empleo, garantías de
iguales oportunidades educativas y profesionales,
reconocimiento del derecho al contrato colectivo, protección
de la infancia y la maternidad, la mujer trabajadora, seguridad
social en general y asistencia médica completa, el
reconocimiento a los principios de libertad de asociación.
Para la OIT, el trabajo no debe
considerarse como un simple
artículo de comercio, debe
existir un pago adecuado al
esfuerzo del trabajo.
4. ETAPAS DEL DERECHO
LABORAL COLECTIVO
DELTRABAJO
Etapa de
prohibición
(Ley Le
Chapelier)
14/07/1791
Etapa de
Tolerancia
Etapa de
Reconocimiento
Internacional y
Constitucional
5. Orígenes e Influencias
Políticas de las Federaciones
y Confederaciones de
Trabajadores en Venezuela
El trabajador venezolano
siempre ha estado dispuesto
para agremiarse en defensa de
sus intereses laborales
Venezuela ha sido un país victima
de gobernantes dictadores o de
seudodictadores, entorpecedores
de las asociaciones gremiales de
trabajadores, precisamente por el
espíritu democrático que éstas
germinan.
Durante los veintisiete (27) años del régimen
del dictador Juan Vicente Gómez, todo el
país y especialmente los trabajadores fueron
perseguidos y torturados. Gómez muere en
diciembre de 1935, por eso es a partir de
1936 cuando florece el sindicalismo, después
del regreso de los líderes de las cárceles o
del exilio. Siendo esta la razón por la cual la
primera Confederación Venezolana de
Trabajadores se constituye es el 26 de
diciembre de 1936.
Los primeros movimientos de
trabajadores venezolanos se forman bajo
las filosofías marxista y socialdemócrata-
De modo que la CTV desde sus inicios
fue conducida por militantes de los
partidos políticos Acción Democrática y
Comunista
Tomado el poder por el Presidente
Hugo Chávez, sus partidarios se
dedican a constituir sindicatos y
forman la Unión de Trabajadores.