2. NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
-Trastorno Grave en el Desarrollo
-Discapacidad Visual, Auditiva o Física
-Discapacidad Intelectual (PRIMARIA)
-Trastorno de la Comunicación (Trastorno Específico del Lenguaje, Trastornos del Habla,
Afasias)
-Trastorno del Espectro Autista (Autismo, Asperger, TGD No Especificado, Trastorno
Desintegrativo Infantil, Síndrome de Rett)
-Trastorno por Déficit de Atención con o sin Hiperactividad (SOBRE TODO PRIMARIA)
-Trastorno Grave de Conducta
-Otros trastornos mentales
-Enfermedades raras y crónicas
(EXCLUSIVA INFANTIL)
-Retraso Evolutivo Graves o Profundo
-Trastorno Grave en el Desarrollo del Lenguaje
-Trastorno Grave en el Desarrollo Psicomotor
-Medidas Generales
-Programas de Refuerzo
-Plan Recuperación Ap No adquiridos
-Repetición extraordinaria
-PT -PE
-AL -AAC
-PTIS -ACNS
-ACS (Primaria)
-Medidas Generales
-Programas de Refuerzo
-Plan Recuperación Ap No adquiridos
-ACNS
-En casos concretos, en los que se
considere necesario tras la evaluación
psicopedagógica, puede ser atendido por
PT para trabajar un PE
PECAI, ACAI, Flexibilización
POSIBLES RECURSOS
DIFICULTADES DE APRENDIZAJE (Lectura, Escritura, Cálculo, por CI Límite, por Retraso
en el Lenguaje, por TDAH).
ALUMNADO QUE PRECISA ACCIONES DE CARÁCTER COMPENDATORIO
ALTAS CAPACIDADES (Sobredotación, Talento Complejo, Talento Simple)
3. Un alumno/a de mi clase presenta algunas dificultades. Podría tratarse de un alumno/a
NEAE. ¿Qué debo hacer?
Registro de
entrada;
incluirlos en el
expediente del
alumno.
TUTOR
Cuestionario de Indicios de NEAE
(Modelo 1)
Acta de Equipo Docente
(Modelo 2)
Reunión
Equipo
Docente
Debe acudir alguien
del Equipo de
Orientación
Acta de reunión
(Modelo 3)
Reunión
con Familia
7. MODELO 2: ACTA REUNION EQUIPO DOCENTE (DETECCION INDICIOS NEAE).pdf
8. MODELO 3: ACTA COMUNICACIÓN FAMILIA DETECCION INDICIOS NEAE.pdf
Una vez se ha finalizado el Equipo Docente, hay
que informar a las familias de los acuerdos a los
que se ha llegado.
EL TUTOR SE REUNIRÁ CON LA FAMILIA Y
RECOGERÁ ACTA DE DICHA REUNIÓN (modelo 3).
LOS PADRES DEBERÁN FIRMAR DICHA ACTA,
haciendo constar de que han sido informados.
9. Los acuerdos a los que se llega en el Equipo Docente y que se han comunicado a la
familia, DEBEN PONERSE EN MARCHA DURANTE AL MENOS 3 MESES. A lo largo de
este tiempo, hay que llevar a cabo un seguimiento de la efectividad de los mismos.
Al finalizar este período de aplicación de medidas ordinarias, se debe llevar a cabo
una reunión de seguimiento del caso para nuevamente tomar decisiones
(DOCUMENTO 4).
10. NO EN TODOS LOS CASOS ES NECESARIO ESPERAR LOS 3 MESES DE APLICACIÓN DE MEDIDAS
ORDINARIAS PARA DERIVAR AL ORIENTADOR/A. Podemos hacer una derivación psicopedagógica antes
de agotar el plazo de 3 meses cuando:
¿Siempre debe esperarse 3 meses para derivar un caso de sospecha de NEAE?
a. Se aprecien indicios evidentes de NEAE, requiriendo la aplicación de atención específica y/o
estos indicios se encuentren apoyados por informes externos (médicos, logopédicos,
psicológicos...).
b. Se evidencie un agravamiento de las circunstancias que dieron lugar a la intervención, a juicio
del equipo docente con el asesoramiento del profesional de la orientación.
11. MODELO 4:
ACTA REUNION EQUIPO DOCENTE SEGUIMIENTO.pdf
SEGUIMIENTO DE MEDIDAS A APLICAR.pdf
Registro a lo largo del período de seguimiento
12. Si tras la aplicación de las medidas generales de atención a la diversidad durante un período no inferior a tres meses, y según el
cronograma de seguimiento establecido, se evidenciase que las medidas aplicadas no han resultado suficientes o no se apreciase
una mejora de las circunstancias que dieron lugar a la aplicación de las mismas, se realizará el procedimiento de solicitud para la
realización de la evaluación psicopedagógica (DOCUMENTOS 5, 6 Y 7).
INFORMACION PADRES INICIO
EVALUACION
PSICOPEDAGOGICA.pdf
SOLICITUD EVALUACION
PSICOPEDAGOGICA.pdf
INFORME TUTORIAL PRIMARIA.pdf
INFORME TUTORIAL INFANTIL.pdf
13. Documentación aportada por la Familia
Registro de entrada en Secretaría
Cumplimentar documento
“Registro de Entrega de Documentación
por el Padre, la Madre o los
Representantes Legales del Alumno”
(MODELO 8).
REGISTRO DE ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN POR LA
FAMILIA.pdf
14. En caso de que un miembro de la familia o un servicio externo, a través de la familia, considere que el alumno/a
presenta algún tipo de NEAE y solicite una evaluación psicopedagógica, habrá que entenderla como la
detección de indicios de NEAE que se puede producir en el contexto familiar y por ello se iniciaría Protocolo
NEAE desde el PASO 1: tutor/equipo docente/valoración de indicios/toma de decisiones.
En ningún caso, este tipo de demandas o informes pueden sustituir la evaluación psicopedagógica, aunque
supondrán información complementaria a tener en cuenta.