4. CAPÍTULO I. DE LA CATEGORÍA DEL ESTUDIANTE
CAPÍTULO II. INSCRIPCIONES
CAPÍTULO III DE LAS ADMISIONES
CAPÍTULO IV. DE LAS MATRICULAS
CAPÍTULO V. DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
CAPÍTULO VI. EL HORARIO Y LA ASISTENCIA A CLASE
CAPÍTULO VII. RÉGIMEN ACADÉMICO
CAPÍTULO VIII. DE LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE
CAPÍTULO IX. DE LAS CALIFICACIONES
CAPÍTULO X. PÉRDIDA DE SEMESTRE, REPETICIÓN DE ESPACIOS ACADÉMICOS O MÓDULOS DE FORMACIÓN
CAPÍTULO XI. CURSOS DE VACACIONES O ESPECIALES
CAPÍTULO XII. REINGRESOS, TRANSFERENCIAS, TRASLADOS, TRANSICIONES Y HOMOLOGACIONES
CAPÍTULO XIII. FALTAS, SANCIONES Y PROCESOS DISCIPLINARIOS
CAPÍTULO XIV. ESTÍMULOS
CAPÍTULO XV. DE LA PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL
CAPÍTULO XVI. DE LOS GRADOS
CAPÍTULO XVII. PROPIEDAD INTELECTUAL
CAPÍTULO XVIII. INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS
CAPÍTULO XIX. DISPOSICIONES FINALES
5. CAPÍTULO V
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 21º. Son derechos de los estudiantes
Ser tratado en toda circunstancia como corresponde a su dignidad humana.
Expresar libremente sus ideas y desarrollar su personalidad.
Tener acceso a todos los medios y servicios que le brinda la Corporación
Universitaria Autónoma de Nariño
Conocer previamente los criterios que se emplearán para ser evaluado
Recibir la información y las respuestas a las peticiones que formule a las
instancias universitarias correspondientes
6. CAPÍTULO V
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 22º. Son deberes de los estudiantes
Conocer, aceptar y cumplir íntegramente los Estatutos y Reglamentos de la
Corporación Universitaria Autónoma de Nariño - “AUNAR”.
Ser agente principal de su formación integral y contribuir a la formación de
los demás..
Asistir puntualmente a sus clases y participar activamente en ellas
Ser responsable con los compromisos asumidos en las actividades del medio
universitario.
Respetar el buen nombre de la Corporación Universitaria Autónoma de Nariño -
“AUNAR”, dentro y fuera del recinto universitario.
7. CAPÍTULO VI
EL HORARIO Y LA ASISTENCIA A CLASE
Los estudiantes de la modalidad diurna
o nocturna, cuentan con tres días
siguientes a la inasistencia para
justificarla, los estudiantes de
modalidad a distancia y virtual, el plazo
máximo será de 8 días después de la
inasistencia.
La asistencia a todas las actividades
académicas del plan de estudios es
obligatoria,
La excusa no suprime la Inasistencias,
pero da derecho al estudiante a ser
evaluado con las pruebas intermedias
sustitutivas que el docente considere
oportunas.
Al estudiante cuyas faltas de asistencia
a clases teóricas, prácticas, seminarios
talleres y diplomados, superen el
quince por ciento (15%) de las
programadas, se le calificará el espacio
académico al finalizar el periodo
académico con una nota de cero punto
cero (0.0).
8. CAPÍTULO VII
RÉGIMEN ACADÉMICO
El Calendario Académico
contiene las fechas definidas
para adelantar las actividades
académicas, períodos de
inscripción, fechas para
matrícula, exámenes de
admisión, exámenes
parciales, supletorios,
habilitaciones, celebraciones,
grados, entre otros.
La hora académica de cada
espacio académico o módulo
de formación tienen una
duración de sesenta (60)
minutos.
El Módulo de formación
puede ser: teórico,
laboratorios, práctico, teórico
laboratorio y teórico práctico.
Espacios académicos
reprobados bajo el sistema de
Créditos Académicos. Si el
estudiante reprueba espacios
académicos o módulos de
formación debe registrarla (s)
y cursarla (s) en el período
siguiente.
Si reprueba espacios
académicos o módulos de
formación, que sumados
superen el 50% del total de
Créditos Académicos en el
período cursado, deberá ver
las mismas en exclusiva en el
periodo siguiente
La cancelación académica no
causa devolución de los
derechos pecuniarios en
ningún caso.
9. CAPÍTULO VIII
DE LA EVALUACIÓN DEL
APRENDIZAJE
El estudiante que no
presente una evaluación en
la fecha y hora señaladas
sin causa justa, tendrá una
calificación de cero punto
cero (0.0).
El estudiante que cometa
fraude en una actividad de
evaluación será calificado
con la nota cero punto cero
(0.0)
En el evento que el fraude
se cometido en la
evaluación final, el espacio
académico será reprobado,
no será habilitable y
tampoco validable.
Los estudiantes de la
modalidad diurna o
nocturna, cuentan con tres
días siguientes a la
inasistencia para
justificarla, los estudiantes
de modalidad a distancia y
virtual, el plazo máximo
será de 8 días después de
la inasistencia.
Para tener derecho a
presentar evaluación final,
el estudiante deberá tener
una calificación promedio
no inferior a dos punto cero
(2.0).
10. CAPÍTULO IX
DE LAS CALIFICACIONES
Las calificaciones en la Corporación
Universitaria, se presentarán en
términos numéricos de cero punto
cero (0.0) a cinco punto cero (5.0)
Las evaluaciones y pruebas en la
Corporación Universitaria, se
aprobarán con calificación de tres
punto cero (3.0) para espacios
académicos teóricos y de tres punto
cinco (3.5) para los teórico-prácticos
y los prácticos, con excepción de lo
establecido en este Reglamento.
El estudiante que obtenga un
promedio aritmético inferior a tres
punto dos (3.2) en los espacios
académicos del semestre será
sometido a un seguimiento
académico a través de un acta de
compromiso, debiendo obtener en el
semestre siguiente un promedio
superior a dicha nota.
11. CAPÍTULO X
PÉRDIDA DE SEMESTRE, REPETICIÓN DE ESPACIOS
ACADÉMICOS O MÓDULOS DE FORMACIÓN
ARTÍCULO
60º
El semestre se reprueba
con la pérdida de cuatro o
más espacios académicos
o módulos de formación.
ARTÍCULO
61ºEl estudiante no podrá
matricular en el semestre
siguiente el espacio
académico o módulo de
formación que tenga
como prerrequisito la que
ha perdido.
ARTÍCULO
62º
El estudiante que pierda
por segunda vez uno a
tres espacios académicos
o módulo de formación,
sólo podrá matricularse en
el periodo siguiente en
dichas espacios
académicos o módulo de
formación. Si volviera a
perder cualquiera de
estos, perderá el
derecho a continuar sus
estudios en el programa
respectivo
12. Artículo 63.
► Se podrán programar cursos de Vacaciones o cursos
Especiales. (Cuando las circunstancias lo reclamen).
► Hay dos modalidades de cursos vacacionales:
1. Los que se programan para que los estudiantes se nivelen en
su desarrollo académico.
2. Los que se programan para que los estudiantes avancen en su
desarrollo educativo.
CAPÍTULO XI
CURSOS DE VACACIONES O ESPECIALES
Artículo 64. Los cursos del Numeral 1. los podrán realizar quienes hayan perdido el
espacio académico o quienes, por alguna circunstancia, debían cursarlo antes y no
lo hayan hecho. - Serán costeados por el estudiante.
13. CAPÍTULO XI
CURSOS DE VACACIONES O ESPECIALES
Artículo 65. Los cursos del Numeral 2. están dirigidos a estudiantes que adquirieron el derecho
a cursar el espacio académico y este, por diversas razones, no se haya incluido en la
programación académica en su momento.
Artículo
66.
• Calificación de los cursos = Según lo establecido en el CAPÍTULO VIII
(Excepción de supletorios y habilitaciones).
1. Los docentes para este tipo de cursos serán elegidos por el director
del programa o el coordinador académico.
2. El docente presentará la programación del curso y su intensidad
horaria a la decanatura correspondiente.
3. Los cursos serán avalados por el comité curricular o académico
correspondiente.
4. Los estudiantes interesados en estos cursos deben presentar
solicitud escrita ante la decanatura o coordinación académica
correspondiente.
Artículo 67.
14. CAPÍTULO XIII
FALTAS, SANCIONES Y PROCESOS DISCIPLINARIOS
FALTAS DISCIPLINARIAS (ART. 77)
1. Leves (Art. 78)
2. Graves (Art. 79)
3. Gravísimas (Art. 80)
TPOS DE CONDUCTAS
1. Desorden, irrespeto, mal uso recursos,
bebidas y sus efectos, no obediencia,
hostilidad, agresión y conducta
negligente.
2. Reincidencia Anterior + Suplantación
3. Reincidencia Anterior + Hurto, fraude,
sustancias, armas, todo según
magnitud.
15. CAPÍTULO XIII
FALTAS, SANCIONES Y PROCESOS DISCIPLINARIOS
SANCIONES DISCIPLINARIAS (ART. 82)
1. Amonestación escrita
2. Registro en hoja de vida
3. Matricula condicional
4. Cancelación de matricula
5. Expulsión
*Proceso Disciplinario (Art. 84 al Art. 100)
FALTAS DISCIPLINARIAS (ART. 77)
1. Leves (Art. 78)
2. Graves (Art. 79)
3. Gravísimas (Art. 80)
16. Rendimiento
académico
Que se obtenga el mayor promedio en su programa siempre y cuando sea
superior o igual a cuatro punto cinco (4.5),
En caso de existir empate entre los mayores promedios las becas establecidas
en el literal a, se sortearán entre estos.
Todos los estímulos merecidos y concedidos se harán constar en la hoja de vida
académica del estudiante, y se difundirán en la Corporación Universitaria.
CAPÍTULO XIV
ESTÍMULOS RENDIMIENTO ACADÉMICO
17. Medalla de ORO en
campeonato regional,
nacional e
internacional.
Medalla de PLATA en
campeonato regional,
nacional e
internacional.
El promedio de las
calificaciones de los
deportistas para ser
acreedores a estos
estímulos debe ser de
cuatro punto cero (4.0).
CAPÍTULO XIV
ESTÍMULOS RENDIMIENTO DEPORTIVO
18. Primer puesto
en evento
nacional o
internacional
Segundo puesto
evento nacional
o internacional
primer puesto
en evento
regional
El promedio de las calificaciones para ser acreedores a estos estímulos
debe ser de cuatro punto cero (4.0).
CAPÍTULO XIV
ESTÍMULOS CULTURALES
19. CAPÍTULO XVI
DE LOS GRADOS
Haber aprobado la totalidad de
los espacios académicos o
módulos del plan de estudios.
Estar a Paz y Salvo con la
Corporación Universitaria
Autónoma de Nariño - “AUNAR”,
por todo concepto.
Cumplir con los requisitos que el
Gobierno Nacional establezca
para un programa específico,
mediante decreto reglamentario
y los demás que la Corporación
Universitaria estime
Cumplir con una de las opciones
de grado establecidas y
reglamentadas por la
Corporación Universitaria
Autónoma de Nariño - “AUNAR”,
Haber elaborado, sustentado y
aprobado el trabajo de grado
Cursar y aprobar
reglamentariamente el CIP
Haber cumplido con los
requisitos y reglamentación de
pasantía empresarial.
21. CAPÍTULO I. DE LOS OBJETIVOS
CAPÍTULO II. DE LA CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE
CAPÍTULO III. DE LA ADMISIÓN Y NOMBRAMIENTO
CAPÍTULO IV. DE LA DEDICACIÓN Y REMUNERACIÓN
CAPÍTULO V. DE LOS DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE
CAPÍTULO VI. DE LAS PROHIBICIONES
CAPÍTULO VII. REGÍMEN DISCIPLINARIO
CAPÍTULO VIII. EVALUACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE
CAPÍTULO IX. DE LA CUALIFICACIÓN DOCENTE
CAPÍTULO X. DE LOS ESTÍMULOS
CAPÍTULO XI. DE LAS DISTINCIONES ESPECIALES
CAPÍTULO XII. DISPOSICIONES VARIAS
22. CAPÍTULO II. DE LA CLASIFICACIÓN
DEL PERSONAL DOCENTE
TC
48 HRS
Docencia
Investigación
Extensión
MT
24 HRS
Docencia
Investigación
Extensión
HC
12 HRS
OPS
Cursos
especiales,
diplomados.
23. CAPÍTULO V
DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE
ARTÍCULO 15. Son deberes de los docentes
Contribuir al mejoramiento de los aspectos académicos y administrativos de
AUNAR.
Desempeñar a cabalidad las actividades docentes, académicas y/o
investigativas.
Formar parte de los jurados de exámenes de validación, tesis, monografías,
etc.
Preparar antes del inicio de cada semestre la UPC actualizada de cada
espacio académico asignado.
Llevar el control de asistencia e informar al Decano lo relacionado con ausencias,
exámenes anulados, faltas contra la disciplina, la moral y las buenas costumbres.
24. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
ARTÍCULO 65. Son obligaciones especiales
Dictar sus cátedras en el horario establecido.
Mantener la prudente reserva sobre los temas académicos de prueba.
Guardar en el método de evaluación, el equilibrio aconsejable que confronte la
severidad académica con la rectitud en la calificación de los alumnos.
Procurar, en guarda de los postulados de la Institución, abstenerse de solicitar o
recibir prestamos o dádivas de los educandos.
Entregar tanto a la institución como a los alumnos, el resultado de sus evaluaciones en
las fechas previstas de acuerdo con el calendario académico.
25. CAPÍTULO V
DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE
ARTÍCULO 16. Obligaciones especiales de los TC y MT
Permanecer en las dependencias de la Corporación cumpliendo sus labores
académicas.
Señalar los días y horas de atención a los estudiantes.
Asumir la carga académica que se le asigne y cumplir con las funciones de
asesoría, consultoría, extensión e investigación que le sean asignadas.
Presentar al finalizar el período, un informe escrito de las actividades
académicas, investigativas y de extensión desarrolladas.
Participar en actividades académicas que realice la facultad sobre temas
relacionados con su área.
26. CAPÍTULO VII
RÉGIMEN DISCIPLINARIO
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
CAPÍTULO XVII (ART. 66 - 68)
CAPÍTULO XVIII (ART. 69 - 70)
Graves (Art. 68)
TIPOS DE CONDUCTAS
Retardos, falta total al trabajo, violación
grave por parte del trabajador de las
obligaciones contractuales o reglamentarias.
28. CALENDARIO ACADÉMICO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16
07 14 21 28 07 14 21 28 04 11 18 25 02 09 16 23 28
Febrero Marzo Abril Mayo
P1
P2
EF
Momento 1 Momento 2
P1: Parcial 1 marzo 14 al 19
P2: Parcial 2 abril 25 al 30
Finalización de clases: Mayo 28
EF: Examen final Semana del 23 al 28 de Mayo
Habilitaciones: Junio 09 al 11
Finalización de actividades: Junio 18
*Semana Santa (lun, mar, mie)