2. QUE ES UN CONTRATO A SUELDO
"Es una forma de contrato en el que se estipula la
remuneración a base de la consideración del tiempo
de un día de labor, o de estar el trabajador a
disposición del patrono. No se toma como base para
el pago la cantidad ce obra realizada o la intensidad
o categoría del servicio"
3. MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO A SUELDO
En la ciudad de Moraspungo, a los 25 días del mes de agosto de 2016 de
forma voluntaria comparecen, ante el inspector de trabajo de Latacunga,
parte el Ingeniero Iván López
en calidad de propietario de los almacenes “INNOVACIONES S.A.” , a quien
de ahora en adelante la denominaremos como la empresa o el
por otra parte el señor Marco Javier Salazar Naranjo por sus propios
derechos a quien en adelante denominaremos EMPLEADO quienes
convienen en celebrar un CONTRATO A SUELDO en conformidad con las
siguientes estipulaciones que pasamos a describir.
4. PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO
El EMPLEADOR para el cumplimiento de sus actividades y desarrollo de las tareas propias
de su actividad necesita contratar los servicios laborales, de un EJECUTIVO EN VENTAS
revisados los antecedentes del señor Marco Salazar , éste declara tener los
necesarios para el desempeño del cargo indicado, por lo que en base a las
anteriores y por lo expresado en los numerales siguientes, el EMPLEADOR y el
TRABAJADOR (a) proceden a celebrar el presente Contrato de Trabajo.
SEGUNDA.- JORNADA ORDINARIA Y HORAS EXTRAORDINARIAS
El TRABAJADOR se obliga y acepta, por su parte, a laborar ocho horas diarias por
de trabajo, las máximas diarias y semanal desde las 7:00 hasta la 15:00, en conformidad
con la Ley, en los horarios establecidos por el EMPLEADOR de acuerdo a sus
actividades. Así mismo, las Partes podrán convenir que, el TRABAJADOR labore tiempo
extraordinario y suplementario cuando las circunstancias lo ameriten y tan solo por orden
escrita del EMPLEADOR.
5. TERCERA.- REMUNERACIÓN
El EMPLEADOR pagará al TRABAJADOR por la prestación de sus servicios la
remuneración convenida de mutuo acuerdo en la suma de CUATROSCIENTOS
DOLARES DE AMERICA (USD$ 400.00).
El EMPLEADOR reconocerá también al TRABAJADOR las obligaciones sociales y
demás beneficios establecidos en la legislación ecuatoriana.
CUARTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato tendrá una duración de 30 días.
Este contrato podrá terminar por las causales establecidas en el Art. 169 del
Código de Trabajo en cuanto sean aplicables para este tipo de contrato.
6. QUINTA.- LUGAR DE TRABAJO
El TRABAJADOR (a) desempeñará las funciones para las cuales ha sido
contratado en las instalaciones ubicadas en las calles, San Martin en la ciudad de
Moraspungo, provincia de Cotopaxi, para el cumplimiento cabal de las funciones a
el encomendadas.
SEXTA.- OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Y EMPLEADORES
En lo que respecta a las obligaciones, derecho y prohibiciones del empleador y
trabajador, estos se sujetan estrictamente a lo dispuesto en el Código de Trabajo
en su Capítulo IV de las obligaciones del empleador y del trabajador, a más de las
estipuladas en este contrato. Se consideran como faltas graves del trabajador, y
por tanto suficientes para dar por terminadas la relación laboral.
SEPTIMA. LEGISLACIÓN APLICABLE
En todo lo no previsto en este Contrato, cuyas modalidades especiales las
reconocen y aceptan las partes, éstas se sujetan al Código del Trabajo. v
7. OCTAVA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
En caso de suscitarse discrepancias en la interpretación, cumplimiento y ejecución
del presente Contrato y cuando no fuere posible llegar a un acuerdo amistoso entre
las Partes, estas se someterán a los jueces competentes del lugar en que este
contrato ha sido celebrado, así como al procedimiento oral determinados por la Ley.
NOVENA.- SUSCRIPCIÓN
Las partes se ratifican en todas y cada una de las cláusulas precedentes y para
constancia y plena validez de lo estipulado firman este contrato en original y dos
ejemplares de igual tenor y valor, en la ciudad de Moraspungo el día 25 del mes de
Agosto del 2016
EMPLEDADOR TRABAJADOR
INSPECTORIA DE TRABAJO