SlideShare a Scribd company logo
1 of 144
Download to read offline
MINISTERIO p
FISCALÍA D
ÚBLICO
E LA NACIÓN
e 1
¿ ¡(No
E
|
po ——
(ESTADO: ]
o
C > INV. PRELIM.
o INV. PREP.
ERMEDIA.
GQ
=
s JUZGAMIENTO
Ministerio Público-SGF
01.FPCEDCF-LIMA
Modo de Ingreso: MUP
*0050601550520220003820000*
CARGO DE INGRESO DE CARPETA FISCAL
1? FPCEDCF - 1” DESPACHO: QUICO PALOMINO, ROSARIO ISABEL
CASO :
ESPECIALIDAD ;
F. INGRESO :
MOTIVO INGRESO
INFORME POLICIAL. :
NUMERO DE OFICIO :
506015505-2022-382-0 DEPENDENCIA — : 01*FPCEDCF-LIMA
PENAL DISTRITO FISCAL — : LIMA
04/11/2022 16:03
: DENUNCIA DE PARTE NRO. FOLIOS + 92
OBSERVACIONES : DENUNCIA INTERPUESTA_DYLAN E.LÓPEZ ENCARNACIÓN_CON DNI N.*71337549. ADJUNTA
01(UNO) CD EN SOBRE MANILA CERRADO A FOLIOS 90. SE REMITE DOCUMENTO EN FÍSICO.
DELITO(S):
C.F. (NEGOCIACION INCOMPATIBLE O APROVECHAMIENTO INDEBIDO DE CARGO)
INVESTIGADO : SEGURA REQUENA JULIO CESAR
INVESTIGADO : JERI ALVAREZ MAGALY ANDREA
INVESTIGADO : L.Q.R.R.
INVESTIGADO : VALLE MARTINEZ MARIA ISABEL
INVESTIGADO : ALCA AYAQUE RICHARD
AGRAVIADO : EL ESTADO
Recibido
USUARIO: AMILCAR VICENTE CABALLERO CALIXTO Página 1 de 1 Fecha: 04/11/2022 Hora: 16:08
4 C.F. 302-2022 /4F- 1D /)
JUNO
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
Cf. n.*:
Escrito n.*: 01
Sumilla: Denuncia penal por
delito de corrupción de
04 NOV, 2022 : | funcionarios
: e a Y a 92 fp
> o pes
SEÑOR(A) FISCAL PROVINCIAL PENAL DEL
DESPACHO DE TURNO DE LA FISCALÍA PROVINCIAL
CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE
CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS DEL DISTRITO
FISCAL DE LIMA
Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN,
identificado con D.N.I. n.2 71337549,
señalando como datos de contacto el
número de teléfono móvil 995 949 592, el
correo electrónico dylanlopezeQOgmail.com,
como dirección legal Jr. Júpiter Mz. 7, Lt. 75,
Urb. Villa Collique, distrito de Comas,
provincia y departamento de Lima, acudo a su
despacho para:
l. PETITORIO:
1.1 — Invocando interés legítimo por obtener justicia y en virtud del art.
12 del D.L. n.? 052 — Ley Orgánica del Ministerio Público y sus modificatorias, así
como del art. 326, inc. 1 del Código Procesal Penal (D.L. n.? 957), interponer
DENUNCIA PENAL por el delito de Negociación incompatible o
aprovechamiento indebido del cargo, tipo penal previsto y penado en el art.
399 del Código Penal peruano vigente, sin perjuicio de los delitos que se puedan
advertir y calificar posteriormente, y se disponga iniciar las diligencias
preliminares contra las siguientes personas:
II. NOMBRE DE LOS DENUNCIADOS — INDIVIDUALIZACIÓN DEL
AAA REE ELO DENUNEAADOS — ENDIVIDUALIZACION DEL
PRESUNTO RESPONSABLE (ART. 328, INC. 1 DEL CPP):
2.1 María Ysabel VALLE MARTÍNEZ, identificada con D.N.L n.*
09361594, y quien para el momento de los hechos denunciados ocupaba el cargo
de directora general (s) de la Dirección General de Asuntos Ambientales
de Industria del Viceministerio
de MYPE e Industria del Ministerio de la
Producción (PRODUCE).
mada
Z
dos
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
2.2 Magaly Andrea JERÍ GÁLVEZ, identificada con D.N.L n.2
46086500, y quien para el momento de los hechos denunciados ocupaba el cargo
de profesional
de ingeniera de la Dirección de Evaluación Ambiental
(DEAM) del Ministerio de la Producción (PRODUCE).
2.3 Julio César SEGURA REQUENA, identificado con D.N.T. n.2
42825820, y quien para el momento de los hechos denunciados ocupaba el cargo
de abogado de la Dirección de Evaluación Ambiental (DEAM) del
Ministerio de la Producción (PRODUCE).
244 Richard ALCA AYAQUE, identificado con D.N.L. n.* 41173532, y
quien para el momento de los hechos denunciados ocupaba el cargo de director
de la Dirección de Evaluación Ambiental (DEAM) del Ministerio de la
Producción (PRODUCE).
2.5 Los que resulten responsables (L.Q.R.R.).
III. NOMBRE DEL AGRAVIADO:
3.1 La Procuraduría Pública Especializada en Delitos de
Corrupción del distrito fiscal de Lima (sede central) con domicilio en Av.
Arequipa n.* 5060-5070, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima.
IV. NARRACIÓN DETALLADA Y VERAZ DE LOS HECHOS (ART. 328
INC. 1 DEL CPP):
> Resumen del caso
4.1 Setrata del otorgamiento irregular e ilegal de una Declaración de
Adecuación de Impacto Ambiental (DAA) contenida en la Resolución
Directoral N* 622-2019-PRODUCE/ DVMYPE-1/DGAAMI del 16 de julio
de 2019 a favor de una empresa privada en flagrante violación a la SEGUNDA
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL del D.S. n.? 017-2015-PRODUCE,
> Circunstancias precedentes
4.2 El suscrito mediante solicitud presentada en la mesa de partes física
del Ministerio de la Producción con Registro N* 00004338-2019 el 14 de enero
de 2019 a las 16:21:30 Hrs! pidió a este ministerio que informe mediante
escrito si la empresa MALL PLAZA COMAS S.A, (identificada con R.U.C..
n.* 20601279640)? ha tramitado su aprobación de estudio de impacto
1, Fuente web: ittos: //uvww.scribd.com/document/603443687/CEDULA-DE-NOTIFICACION-2221-2022-Muy-Urgente-27-
OCT-2022-Cf-n-281-2020-peculado-uso-Comas-OCR
2. Según la partida 13641068 del registro de personas jurídicas de la Oficina Registral Lima de la Zona Registral N9 IX -
Sede Lima_13641068 del registro de personas jurídicas de la Oficina Registral Lima de la Zona Registral N* 1X - Sede
“Página 42—
Tis
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
ambiental para la construcción del centro comercial que pretendían
construir en el terreno conocido como Parcela B en el distrito de Comas,
provincia y departamento de Lima.
4.3 En respuesta a esa solicitud, la denunciada María Ysabel VALLE
MARTINEZ emite el OFICIO N* 394-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI del 18
de enero de 20193 mediante la cual informa que con respecto a la empresa MALL
PLAZA COMAS S.A. (refiriéndose a la empresa Mall Plaza Inmobiliaria S.A.) se ha
realizado la búsqueda en la base de datos (de PRODUCE) y no se ha
identificado que dicha empresa cuente con Instrumento de Gestión
Ambiental (IGA) aprobado por la autoridad ambiental (Dirección General
de Asuntos Ambientales de Industria).
4.4 Para confirmar que la empresa Mall Plaza Inmobiliaria S.A. no había
tramitado ningún IGA, el suscrito volvió a presentar una solicitud dirigida
igualmente al Ministerio de la Producción con Registro N? 00024280-019 el 06 de
marzo de 2019 a las 14:58:05 Hrs.* precisando que
centro comercial "Mall Plaza Comas" y pidiendo comuniquen
oficialmente si la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. ha
tramitado su Estudio de Impacto Ambiental para su proyecto en Comas
y, Por consiguiente, si ha conseguido su aprobación por parte del
ministerio.
4.5 Antes de que el Ministerio de la Producción emita respuesta a esa
solicitud, la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. presenta un formulario
titulado "FORMULARIO DGAAMI - 007" llenado y registrado con REGISTRO N?
00029263-2019 el 22 de marzo de 2019 a las 16:54:40 Hrs.5 en la mesa de partes
física del Ministerio de la Producción mediante el cual en-=ta solicitaban una
evaluación de la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA) para las
"actividades en curso de la industria manufacturera o comercio interno".
4.6 Frente a la solicitud del suscrito antes referida (la del Registro N*
00024280-019), la denunciada María Ysabel VALLE MARTÍNEZ emite dos oficios,
Lima, la empresa inicialmente se llamo Nuevo Dominio S.A., luego MALL PLAZA COMAS S.A, y finalmente MALL PLAZA
INMOBILIARIA S.A. Ver fuente web: https: //www.scribd.com/document/604788212/Copia-literal-N-Partida-13641068-
MALL-PLAZA-INMOBILIARIA-S-A-OCR-22p
3. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603523700/0FICIO-N-394-2019-PRODUCE-DVMYPE-I-DGAAMI-18-
ENE-2019-OCR
4. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603526130/REGISTRO-N-00024280-2019-06-MAR-2019-y-anexos-
SEGUNDO-PEDIDO-PRODUCE-OCR
5. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/445608963/REG-N%C2%BA-00029263-2019-N-Folios-279-Solicitud-
de-Declaracion-de-Adecuacion-Ambiental-DAA-de-Mall-Plaza-Inmobiliaria-S-A-ante-el-Ministerio-de-la
Página+3
cualro
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
que fueron comunicados al suscrito vía Gmail el 28 de marzo de 2019 a las 16:48
Hrs.* por la persona Andrea Dennis ROBLES REYES, que son los siguientes:
4.6.1 El oficio titulado "OFICIO N* 2075-2019-PRODUCE/DVMYPE-
I/DGAAMI" del 28 de marzo de 20109.
4.6.2 El oficio titulado "OFICIO N* 2076-2019-PRODUCE/DVMYPE-
I/DGAAMI" del 28 de marzo de 2019.
4.7 En el primer oficio la denunciada María Ysabel VALLE MARTÍNEZ se
dirige a la persona Christhian Leonardo DIAZ RUÍZ, director temporal de la
Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas del Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) indicándole que su institución (la de
él, OFEA) es competente para atender denuncias ambientales presentadas por
los administrados, mencionando que no existe ningún instrumento de gestión
ambiental aprobado o en evaluación a favor de la empresa MALL PLAZA
INMOBILIARIA S.A.
4.8 Y finaliza recordando que respecto de los proyectos de inversión
solo requerirán certificación ambiental, aprobada por la dirección de la
denunciada, aquellos que se encuentren en una lista de proyectos regulado por
las leyes ambientales pertinentes y que más adelante detallaremos.
4.9 En el segundo oficio la denunciada María Ysabel VALLE MARTÍNEZ
se dirige al suscrito informándome que el Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental (OEFA) es competente para atender las denuncias ambientales
presentadas por los administrados (refiriéndose al suscrito, en tanto
denunciante). Y que mi solicitud (que ella toma como denuncia) ha sido
trasladada al OEFA mediante Oficio N* 2075-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI
para el trámite correspondiente.
4.10 Y que es preciso informarme que no se ha identificado que la
empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. cuente con algún instrumento de
gestión ambiental aprobado o (en) evaluación en su Dirección General de Asuntos
Ambientales de Industria.
4.11 Cabe precisar que el OFICIO N* 2075-2019-PRODUCE/DVMYPE-
I/DGAAMI del 29 de marzo de 2019 fue recibido por la mesa de partes física de
la OEFA el 29 de marzo de 2019 con el Reg. N* 31416.”
4.12 Además es necesario resaltar que la empresa Mall Plaza
Inmobiliaria S.A. sí estaba obligada a presentar su certificación
6. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603529105/Gmail-28-MAR-2019-16-48-Hrs-OFICIO-N-2075-2019-y-
OFICIO-N-2076-2019-PRODUCE-Caso-Mall-Plaza-Comas-3p
7, Fuente web: https://www.scribd.com/document/603531185/0FICIO-N-2075-2019-PRODUCE-DVMYPE-I-DGAAMI-
RECIBIDO-OEFA-29-MAR-2019-Reg-N-31416-OCR
Pan
CULO?
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
ambiental para su proyecto Mall Plaza Comas pues por las características |
de su proyecto de inversión privada (y que se detallaron en el informe de los
denunciados) se encontraba sujeta al SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN DE
IMPACTO AMBIENTAL (SEIA), especificamente en la clasificación de la
Resolución Ministerial N* 157-2011-MINAM publicada en el Diario
Oficial “El Peruano” el 21 de julio de 20113: Ministerio de la Producción |
- 5. Complejos comerciales con una superficie superior a 2 5000 m2 y |
con densidad neta promedio de 1500 hab/ha (Resolución Ministerial NO
218-2010-PRODUCE).
4.13 Amén de quea lo largo de la denuncia ante OEFA ni esta autoridad
administrativa ni el administrado denunciado (Mall Plaza Inmobiliaria S.A.)
desvirtuaron dicha premisa (de que el proyecto Mall Plaza Comas requería
certificación ambiental).
4.14 Pero no sólo eso, sino que esta conducta por parte del
administrado denunciado, de iniciar la construcción de su proyecto sin
certificación ambiental estaba debidamente tipificada como infracción )--
de conformidad con la Resolución de Consejo Directivo N* 049-2013-
OEFA/CD del 18 de diciembre de 2013: 3 - DESARROLLAR |
ACTIVIDADES SIN CONTAR CON INSTRUMENTO DE GESTIÓN |
AMBIENTAL APROBADO PREVIAMENTE POR LA AUTORIDAD _|
COMPETENTE.?
4.15 En cuanto a la labor de OEFA Dirección de Supervisión Ambiental
en Actividades Productivas (DSAP) se limitó a solicitar información a la
Municipalidad Distrital de Comas*" y a Mall Plaza Inmobiliaria S.A,
4.16 Siendo que el suscrito amplió su denuncia siendo este escrito
recibido el 3 de julio de 2019 con Reg. N* 64413.12
4.17 Luego, mediante CARTA N* 0947-2019-OEFA/DSAP del 5 de agosto
de 2019, comunicada al suscrito mediante correo electrónico de
<coordinacionindustriasQoefa.gob.pe> el 9 de agosto de 2019 a las 09:21 Hrs. 13,
8. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603536453/RESOLUCION-MINISTERIAL-N-157-2011-MINAM-
Aprueban-Primera-Actualizacion-del-Listado-SEIA-EP-21-JUL-2011-7p
9, Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603533629/RESOLUCION-CONSEJO-DIRECTIVO-N-049-2013-OEFA-
CD-Tipifican-infracciones-IGA-Cuadro-EP-30-DIC-2013-18p
10. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603538248/0OFICIO-N-00387-2019-OEFA-DSAP-20-MAY-2019-2019-
E01-031416
11. Fuente web: https://www.scribd .com/document/603538271/CARTA-M-00604-2019-OEFA-DSAP-21-MAY-2019-2019-
101-024038
12, Fuente web: https://www.scribd.com/document/603538408/Rea-N-64413-03-JUL-2019-OEFA-AMPLIACION-DE-
DENUNCIA-Caso-Mall-Plaza-Comas
13, Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603540742/Gmail-9-AGO-2019-09-20-Hrs-y-CARTA-N-0947-OEFA-
DSAP-4p
Pádi 5
ss
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
la directora de la DSAP, Gladys Kailyn RENGIFO REÁTEGUI, me infiorma que “no
corresponde priorizar y programar una supervisión especial para atender los
hechos denunciados” pues a la empresa Mall Plaza Inmobiliaria S.A. se le había
aprobado un “instrumento de gestión ambiental” del proyecto denominado Mall
Plaza Comas mediante Resolución Directoral NS 622-2019-PRODUCE/DVMYPE-
I/DGAAMI (no especificó la fecha de este acto administrativo).
4.18 Fue a partir de ahí que el suscrito pidió al Ministerio de la
Producción copia certificada de esa Resolución Directoral N? 622-2019-
PRODUYCE/DVMYPE-I/DGAAM mediante solicitud registrada con REGISTRO
N* 00092400-2019 del 24 de setiembre de 2019 a las 14:07:58 Hrs.14
4.19 Luego que se diera atención mediante “OFICIO N* 02617-
2019/PRODUCE-FUN.RES.ACC.INF” del 26 de setiembre de 201915 a dicha
solicitud, fue el 30 de setiembre de 2019 cuando el suscrito acudió
personalmente al Ministerio de la Producción a recoger la información y recién
después de eso me enteré del contenido de la Resolución Directoral NO 622-
2019-PRODUYCE/DVMYPE-1/DGAAMI.
4.20 Esta Resolución Directoral N' 622-2019-PRODUCE/DVMYPE-
I/DGAAMI fue emitida el 16 de julio de 20191 por la mismísima denunciada
María Ysabel VALLE MARTÍNEZ, es decir la funcionaria ública que
antes había derivado la denunciado a OEFA, ahora rácticamente se
onía del lado de los infractores, Mall Plaza Inmobiliaria_S.A.
4.21 Ese acto administrativo tiene como base el INFORME TÉCNICO
LEGAL N* 1945-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI-DEAM del 15 de
julio de 2019*”, firmado por los denunciados Magaly Andrea JERÍ GÁLVEZ, Julio
César SEGURA REQUENA y Richard ALCA AYAQUE.
¿Por qué no correspondía entregar una Declaración de
Adecuación Ambiental (DAA)?
14. Fuente web: https: //www.scribd .com/document/603571905/REG-N-00092400-2019-24-SET-2019-14-07-58-Hrs-
Solicite-Res-Direc-622-2019-OCR-2p
15. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603592177/Gmail-27-SET-2019-10-33-Hrs-y-OFICIO-N-02617-
2019PRODUCE-FUN-RES-ACC-INF-3p
16. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603595686/Resolucion-Directoral-N-622-2019-PRODUCE-DVMYPE-
I-DGAAMI-16-JUL-2019-OCR-3p
17. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603595722/INFORME-TECNICO-LEGAL-N-1945-2019-PRODUCE-
DVMYPE-I-DGAAM-DEAM-15-JUL-2019-OCR-33p
Página+6—
6
.
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
4.22 En principio, en ese informe los denunciados antes referidos
reconocen la infracción parte de Mall Plaza Inmobiliaria:_haber _ Iniciado la
construcción de su proyecto sin certificación ambiental. ¿
—_——— a a
NX
NS
4.23 Pero luego plantean una premisa que resulta surrealista y
reprochable en un Estado de Derecho: "En ese contexto... no ha contemplado de
forma expresa, una previsión legal para atender las solicitudes de evaluación
ambiental de proyectos de inversión sin certificación ambiental que ya han
iniciado su etapa constructiva pero que aún no desarrollan la operación de su
actividad económica".
4.24 En principio, porque para la fecha de los hechos, año 2019, estaba
vigente el DECRETO SUPREMO N* 017-2015-PRODUCE “Aprueban el Reglamento
de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno”
publicada el 6 de junio de 2015 en el Diario Oficial “El Peruano”* y en cuya
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL se estableció que A partir de la
vigencia del presente Reglamento, los proyectos de inversión deben
contar, previamente, con la certificación ambiental respectiva para su
ejecución, de conformidad con la normatividad vigente; caso contrario
el titular, incurre en infracción administrativa sancionable. (Lo resaltado
en negrita y subrayado es nuestro).
4.25 También porque los denunciados se amparan en el informe titulado
“INFORME TECNICO NO 0058-2017-MINAM/VMGA/DGPNIGA/JVASQUEZ” del 21 de
marzo de 20171* emitido en un procedimiento administrativo ajeno al de Mall
Plaza Inmobiliaria S.A. y que trataba sobre, para esa fecha 2017, existencia de
solicitudes de evaluación ambiental de proyectos de inversión que cuentan con
etapa de construcción iniclada pendiente de iniciar su etapa de construcción.
4.26 La pregunta es muy sencilla, si Mall Plaza Inmobiliaria S.A. en su
solicitud de DAA con REGISTRO N* 00029263-2019 el 22 de marzo de 2019 a las
16:54:40 Hrs. no cita en ningún extremo ese “INFORME TECNICO N* 0058-
2017-MINAM/VMGA/DGPNIGA/JVASQUEZ” del 21 de marzo de 2017, ¿cómo así
sabían que les iban a dar la DAA?
4.27 Es claro que los funcionarios denunciados que suscribieron el
INFORME TÉCNICO LEGAL N' 1945-2019-PRODUCE/DVMYPE-
I/DGAAMI-DEAM del 15 de julio de 2019 lo hicieron para justificar
indebidamente la conducta infractora de Mall Plaza Inmobiliaria S.A. (de haber
iniciado la construcción de su centro comercial sin su certificación ambiental) con
el claro afán de favorecer a dicha persona jurídica particular a pesar de que ya
se conocía que estaban inmersos en una denuncia ante OEFA, utilizando
un informe de un procedimiento administrativo externo y de años atrás por
18. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603535180/D-S-N-017-2015-PRODUCE-Aprueban-el-Re lamento-
de-Gestion-Ambiental-para-la-Industria-EP-6-JUN-2015-13p
19. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603599434/0FICIO-N-176-2017-MINAM-VMGA-DGPNIGA-
INFORME-TECNICO-N-0058-2017-MINAM-VMGA-DGPNIGA-JVASQUEZ-y-mas-OCR-12p
Página
Ú
echo
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
encima de la ley, siendo que ese “INFORME TECNICO _N*_0058-2017-
MINAM/VMGA/DGPNIGA/JVASQUEZ” del 21 de marzo de 2017 no constituye
(ningún precedente de observancia obligatoria para los rocecimientos |
administrativos vinculádosa la normativa ambiental. A
4.28 Y al final esa DAA resultó siendo totalmente favorable, de
forma indebida, para los intereses de Mall Plaza Inmobiliaria S.A.: la
DSAP- OEFA justificó la no sanción a dicha em resa privada por la
existencia de esa DAA a su favor,
4.29 Todo ello en clara violación a la SEGUNDA DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA FINAL del D.S. n.2 017-2015-PRODUCE.
4.30 Cuando lo que correspondía era declarar improcedente la solicitud
de aprobación de DAA de Mall Plaza Inmobiliaria S.A. y oficiar a la Procuraduría
Pública del Ministerio de la Producción para que proceda conforme a sus
atribuciones, pero de ninguna manera darles un instrumento de gestión
ambiental cuando sabían que había una denuncia en curso.
4.31 Como sustentaremos más adelante, es en esta operación de la DAA
que los funcionarios denunciados se interesaron para favorecer a Mall Plaza
Inmobiliaria S.A. y lo que al final ocurrió: los salvaron de una cuantiosa multa
pues la entidad sancionadora, la OEFA, tuvo un “pretexto” con el cual no
sancionarlos: que la empresa contaba con una DAA aprobada.
> Circunstancias posteriores
4.32 El suscrito presentó un recurso de apelación, ingresado mediante
registro 2019-E01-080253 del 15 de agosto de 2019 a las 04:57:12 Hrs, contra
la decisión de la DSAP-OEFA de no sancionar a Mall Plaza Inmobiliaria S.A., sin
e
embargó la DSAP-OEFA no dio trámite a la apelación por considerar que no había
acto administrativo de por medio.
administrativo, ingresado
con REGISTRO N* 00011609-2020 el 10 de febrero de 2020 a las 10:16:29 Hrs.20,
ante PRODUCE contra los funcionarios ahora denunciados en la presente
denuncia penal, sin embargo hasta la fecha no conozco el resultado del mismo y
no me ha llegado ninguna notificación.
4.34 Cabe destacar que Mall Plaza Inmobiliaria S.A. había contratado a
una empresa particular el 2018, 'Cynide S.A.C., para realizar un estudio de
impacto ambiental, sin embargo ello no se concretó quedando, en ésa fecha
2018, el estudio en la etapa de Evaluación Ambiental Preliminar (EVAP), pero
que es relevante para demostrar que Mall Plaza Inmobiliaria S.A. sí
20. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/446603654/DENUNCIA-PRODUCE-REGISTRO-N-11609-2020-10-
FEB-2020-CASO-MALL-PLAZA-COMAS
—Página+8—
NMLYR
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
conocía de la obligatoriedad de contar con certificación ambiental y no
con una burda DAA.
4.35 El hecho anterior fue registrado en una conversación del 3 de junio
de 2019 a las 03:59 HRS. con el ingeniero César Julio CHENG-FONG BARRÓN,
identificado con D.N.I. 07209925, presidente del directorio de la consultora
ambiental CONSULTORIA INTERNACIONAL EN INGENIERIA Y GESTION PARA EL
DESARROLLO SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
= CINYDE S.A.C.?1
4.36 El 27 de setiembre de 2019 a las 15:31 Hrs. se presentó una
denuncia penal generando el caso fiscal n.? 606015500-2019-343-0 por motivo
de la entrega ilegal e irregular de las licencias de habilitación urbana y edificación
por parte de la Municipalidad Distrital de Comas a favor de Mall Plaza Inmobiliaria
S.A., denuncia penal que a la fecha se encuentra debidamente formalizada en el
Exp. n.? 02979-2021-0-0901-JR-PE-03 ante la Corte Superior de Justicia de Lima
Norte.
4.37 En la investigación el Segundo Despacho de la Fiscalía
Anticorrupción de' Lima Norte solicitó mediante OFICIO N* 343-2019-2*D-
FPCEDCF-MP-FN-LN a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria
del Ministerio de la Producción que remita al despacho fiscal un informe
detallando si la empresa Mall Plaza Inmobiliaria S.A. (antes denominada
Nuevo Mundo S.A.) ha tramitado y/u obtenido Instrumento de Gestión Ambiental
(IGA); y, en su condición de órgano especializado y que informe si el IGA es
requisito para aprobar una solicitud de habilitación urbana para un
complejo comercial (habilitación urbana comercial Mall Plaza Comas).
4.38 Ante ese pedido, el director general de la Dirección General de
Asuntos Ambientales de Industria, Vlademir Alcides LOZANO COTERA,
identificado con D.N.I. n.2 40070926, mediante OFICIO N* 7732-2019-
PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI del 12 de noviembre de 2019 informa al fiscal que
la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. para ese momento contaba con un
instrumento de gestión ambiental para su proyecto Mall Plaza Comas pero que
"no corresponde a esta DGAAMI realizar una valoración del cumplimiento de los
requisitos legalmente exigibles para la aprobación de licencias de habilitaciones
urbanas solicitadas por los administrados...".
4.39 La negativa de responder al fiscal por parte del funcionario
público Vlademir Alcides LOZANO COTERA si el IGA, sea cual fuere, es
requisito para aprobar una solicitud de habilitación urbana para un complejo
comercial (habilitación urbana comercial Mall Plaza Comas) no resulta
conforme a ley, y peor cuando él como director de la DGAAMI conoce la
normativa del caso, pues el art. 22 del Reglamento de la Ley n.* 27446
es clarísimo al señalar que no podrán otorgarse licencias derecho,
21. Fuente web: https: //soundcloud.com/dylan-lopez-encarnacion/llamada-a-cinyde-reconoce-que-mall-plaza-no-
continuo-con-estudio-03-59-hrs-03-06-2019?utm_ source=clipboard8.utm medium=textRutm campaign=social sharing
Ponoaa
0
3
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
autorizaciones, ni cualquier otro título habilitante para el inicio de la
ejecución de proyectos de inversión sujetos al SEIA, sin contar con la
Certificación Ambiental, expedida por la Autoridad Competente.
4.40 Esta negativa a pronunciarse por parte de Vlademir Alcides
LOZANO COTERA si el IGA es requisito para aprobar una solicitud de
habilitación urbana para un complejo comercial (habilitación urbana comercial
Mall Plaza Comas) constituye un/Índicio del delito de Negociación
incompatible o aproschinlents frida del” cargo pues dicho
* PRODUCE, era requisito para que Mall
e
Plaza Inmobiliaria S.A. recién pudiera :tramitar sus licencias de habilitación urbana
y edificación.
4.41 Creemos que la explicación de esa burda negativa a responder al
fiscal es que si este Vlademir Alcides LOZANO COTERA afirmaba, como
correspondía conforme a ley, que Mall Plaza Inmobiliaria S.A. sí debió tramitar su
certificación ambiental, dejaría claro dos cosas: 1. Que su dirección nunca
debió otorgar la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA) y 2. Debió
oficiar a la Procuraduría Pública del Ministerio de la Producción para
que inicie las acciones legales correspondientes contra Mall Plaza
Inmobiliaria S.A. por haber iniciado la construcción de su centro
comercial Mall Plaza Comas sin certificación ambiental. Dos cuestiones
importantes que al final no se dieron.
4.42 Insistimos en que la explicación surrealista que da esta Dirección
General de Asuntos Ambientales de Industria para justificar la conducta infractora
de Mall Plaza Inmobiliaria S.A. se ampara en un oficio titulado "Oficio N* 176-
2017-MINAM/VMGA/DGPNICA del 21 de marzo de 2017, pretendiendo utilizar
este por encima de la ley, cuando la normativa ambiental es clara al prohibir la
conducta de Mall Plaza Inmobiliaria S.A. de construir sin certificación ambiental y
nosolo prohibirla sino también castigarla mediante multa.
v. FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Como quiera que se trata de una denuncia de parte y en el contenido de esta se
debe priorizar la narración de los hechos materia de denuncia, nos permitimos
hacer un análisis preliminar de subsunción de los hechos materia de imputación
de acuerdo con la teoría del delito para tener un marco teórico y generar un
grado de convicción e interés debido, al momento de que vuestro despacho toque
el caso.
Para el delito de Negociación incompatible o aprovechamiento
indebido de cargo (art. 399 del Código Penal peruano vigente)
>» Acción
41
gnu
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
5.1 En atención al art. 1, inc. 1 del Código Procesal Penal, la acción
penal es pública y su ejercicio en los delitos de persecución pública, corresponde
al Ministerio Público. Siendo que, para el presente caso, ejercerá de oficio la
acción penal a instancia del recurrente (denuncia de parte).
5.2 Por lo que, como la regla es que ejercicio de la acción penal sea
pública y la excepción que sea privada, al tratarse de un delito en cuyo título y/o
capítulo no se habla de ejercicio de la acción privada, es procedente que el
Ministerio Público ejercite la acción penal para el delito de Negociación
incompatible o aprovechamiento indebido de cargo denunciado en este
caso.
> Tipicidad objetiva
5.3 El tipo penal del delito de Negociación incompatible o
aprovechamiento indebido de cargo está descrito en el art. 399 del Código
Penal peruano vigente tal como sigue:
"El funcionario o servidor público que indebidamente
en forma directa o
indirecta O por acto simulado se interesa, en provecho propio o de tercero,
por cualquier contrato u operación en que interviene por razón de su
cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro
ni, mayor de seis años e inhabilitación conforme a los incisos 1 y 2 del
artículo 36 del Código Penal y con ciento ochenta a trescientos sesenta y
cinco días multa. ”
5.4 Según José Luis Castillo Alva , citando Marcelo A. Sancinetti , el bien
jurídico protegido para este delito es la transparencia en los procesos de '
contratación estatal, en las operaciones y la exclusiva promoción de los
intereses públicos? ”
5.5 En esa misma línea, David Rosales Artica señala que en el delito de
Negociación incompatible se reprime la conducta del agente estatal, que en el
contexto de cualquier contrato u operación en el que interviene por razón de su
cargo, revela un interés privado.
5.6 En ese contexto, debemos centrar nuestra atención en el centro de
gravedad de la notitia críminis. la entrega de una Declaración de Adecuación
Ambiental (DAA).
5.7 Justamente, dicho acto administrativo encaja en lo que alude la ley
penal como operación.
22. Castillo Alva, José Luis. £/ delito de negociación incompatible. Instituto Pacífico S.A.C., Lima, 2015, p 15.
23, Rosales Artica, David. £/ delito de negociación incompatible con el ejercicio de la función pública. Editores del Centro
E.LR.L., Lima, 2021, p 52.
—Página
| tt
42
do
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
5.8 ¿Por qué sostenemos ello? Porque, a contrario sensu, cuando se
habla de operación los estudiosos del delito, como José Luis Castillo Alva, señalan
que los actos administrativos o toda clase de actos estatales que no son ni
contratos ni operaciones no pueden ser considerados como objeto de acción del
delito de negociación incompatible, no obstante cuando definen lo que es
operación definen exactamente lo que es un acto administrativo.
5.9 Así, según el mismo Castillo Alva , a diferencia de lo que pasa en el
contrato, hay una voluntad unilateral del Estado, pero lo que está haciendo es
justamente definir lo que es acto administrativo: un acto jurídico celebrado
por el Estado con un administrado en el cual este mismo Estado expresa su
voluntad de manera unilateral.
5.10 Debiendo tenerse en cuenta que en todo razonamiento lógico
jurídico deben imperar los conceptos establecidos en otras disciplinas,
concatenadas con el tipo penal, como lo es el caso de acto administrativo
debidamente definido en el art. 1.1 del TUO de la Ley n.” 27444 (D.S. n.* 004-
2019-JUS): son actos administrativos, las declaraciones de las entidades
que, en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir
efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados
dentro de una situación concreta.
5.11 La actual tendencia con respecto a este debate la vemos en la
Casación n.? 231-2017 Puno de la Segunda Sala Penal Transitoria del 14 de
setiembre de 2017** la jurisprudencia menciona ya normativas de carácter
administrativo como parte de lo que sostenemos que las operaciones incluyen
a ciertos actos administrativos: no corresponde sancionar tipo de acciones que
signifiquen el incumplimiento de alguna normativa de carácter administrativo,
sino que serán típicas aquellas conductas que por su magnitud supongan un daño
inminente para la administración pública.
5.12 Siendo que la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA) le ha
permitido a la parte privada, Mall Plaza Inmobiliaria S.A., no ser multada por
OEFA, lo cual de cierta está vinculado a un contenido económico.
> Tipicidad subjetiva
5.13 El delito de Negociación incompatible o aprovechamiento
indebido de cargo es un delito doloso que, a decir de Castillo Alva, cualquiera
de las tres formas de dolo puede estar presente en su comisión.?25
24. — Fuente web: https: //www.scribd.com/document/60248107 1/CASACION-N-231-2017-PUNO-14-SET-2017-
SENTENCIA-DE-CASACION-30p
25. Castillo Alva, ob. cit, p. 109.
13
Hna
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
5.14 Siendo que en el presente caso se debe tener en cuenta la siguiente |
premisa: es la misma denunciada María Ysabel VALLE MARTÍNEZ quien
en un primer momento denunció el hecho de que Mall Plaza.
Inmobiliaria S.A. estaba construyendo su centro comercial Mall Plaza
Comas sin un instrumento de gestión ambiental derivando la denuncia
a OEFA, pero luego ella misma entregó una DAA a favor de esa misma |
empresa que terminó saboteando la denuncia que ella había generado_
ante OEFA.
5.15 Con respecto a los otros denunciados se tiene que en su informe “|
reconocen la infracción de Mall Plaza Inmobiliaria S.A., pero en lugar
de recomendar una eventual sanción y acciones legales al respecto,
citan informes pasados y de diferente procedimiento administrativo y
que ni siquiera habían sido citados por la empresa
en su solicitudde
DAA, para recomendar que se apruebe este acto administrativo que
finalmente termina siendo la base para sabotear la denuncia en OEFA.
> Antijuricidad
5.16 En el presente caso no concurre ninguna causa de justificación a
favor de las denunciadas:
516.1 No hay legítima defensa, por cuanto los
denunciados no han sido agredidas por el agraviado o por terceros.
5,1052 No hay estado de necesidad justificante, por
cuanto los denunciados no han estado en un conflicto de bienes
jurídicos.
5.16.3 No se ha obrado por disposición de la ley, por”
cuanto las denunciados pudiendo haber denegado la solicitud de
DAA prefirieron darle trámite utilizando informes administrativos
pasados y de expedientes administrativos ajenos en lugar de aplicar
la ley como corresponde.
5.16.4 No hay obediencia jerárquica o debida, por cuanto
ha sido decisión de las denunciadas el darle trámite a la DAA sin
que se conozca en el procedimiento administrativa alguna orden
impartida por funcionario público superior.
5.16.5 No hay consentimiento, por cuanto no puede haber
consentimiento en los delitos contra la Administración pública al ser
el Estado peruano el directamente agraviado.
+ Culpabilidad
44
colma
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
5.17 Como expone el profesor Villa Stein, tres son los elementos
fundamentales de la culpabilidad: a) La imputabilidad o capacidad de
culpabilidad; b) Conocimiento de la antijuricidad; c) La exigibilidad del
comportamiento.?£
5.18 Siendo que los denunciados cumplen con esos tres elementos pues:
son profesionales (educación superior completa), han estado conscientes y tenían
pleno uso de sus facultades al momento de darle trámite a la DAA y peor cuando
ellos conocían plenamente de la infracción del administrado.
Sujeto activo
5.19 De acuerdo a la descripción típica, el delito solo puede ser cometido
por funcionario público cuya categorización se encuentra en el art. 425 del Código
Penal, siendo perfectamente para los aplicados el inciso 3 de dicho artículo en
tanto son profesionales del Ministerio de la Producción.??
Sujeto pasivo
5.20 Viene a ser el Estado, en este caso la Procuraduría Pública
Especializada en Delitos de Corrupción del distrito fiscal de Lima.
VI. ANEXOS DE LA DENUNCIA:
En atención al art. 130, inc. 6 del Código Procesal Civil (CPC), esto a su vez en
virtud a la PRIMERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL de ese mismo
código adjetivo, adjunto como anexos:
Para la identificación del denunciante adjunto:
1-A Copia del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) del recurrente.
1 página
Como medios probatorios ofrezco:
1-B La solicitud presentada en la mesa de partes física del Ministerio
de la Producción con Registro N* 00004338-2019 el 14 de enero de 2019 a las
16:21:30 Hrs. 8 páginas
1-C. El OFICIO N* 394-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI del 18 de
enero de 2019. 1 página
26. VILLA STEIN, Javier. Op. cit. 437-438.
27. PEÑA CABRERA FREYRE, Alonso R. Peña. CURSO ELEMENTAL DE DERECHO PENAL. Parte Especial. 2015. Legales
Ediciones.
———Pbágina
| 14
43
Guo CO_
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
1-D Solicitud dirigida al Ministerio de la Producción con Registro N?
00024280-019 el 06 de marzo de 2019 a las 14:58:05 Hrs. 10 páginas
1-E Solicitud de la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. bajo el
formulario titulado "FORMULARIO DGAAMI - 007" llenado y registrado con
REGISTRO N* 00029263-2019 el 22 de marzo de 2019 a las 16:54:40 Hrs. 3
ro.
páginas
1-F El correo Gmail del 28 de marzo de 2019 a las 16:48 Hrs. 1 página
1-G El oficio titulado "OFICIO N* 2075-2019-PRODUCE/DVMYPE-
I/DGAAMTI” del 28 de marzo de 2019. 1 página
1-H El oficio titulado "OFICIO N* 2076-2019-PRODUCE/DVMYPE-
I/DGAAMTI" del 28 de marzo de 2019. 1 página
1-1 El OFICIO N* 2075-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI del 29 de
marzo de 2019 recibido por la mesa de partes física de la OEFA el 29 de marzo
de 2019 con el Reg. N* 31416. 11 páginas
1-J El escrito de ampliación de denuncia recibido el 3 de julio de 2019
con Reg. N* 64413 por el OEFA (sin anexos). 9 páginas
1-K El escrito de Mall Plaza Inmobiliaria S.A. ingresado con el registro
2019-E01-072230 el 23 de julio de 2019 a las 08:56:06 Hrs. que alcanza a la
DSAP-OEFA el Instrumento de Gestión Ambiental (IGA). 1 página
1-L El correo electrónico de <coordinacionindustriasOoefa.gob.pe> el
9 de agosto de 2019 a las 09:21 Hrs. 1 página
1-M La CARTA N* 0947-2019-OEFA/DSAP del 5 de agosto de 2019. 3
páginas
1-N La solicitud registrada con REGISTRO N* 00092400-2019 del 24 de
setiembre de 2019 a las 14:07:58 Hrs. 2 páginas
1-0 El correo Gmail del 27 de setiembre de 2019 a las 10:33 Hrs. 2
páginas
1-P El oficio titulado "OFICIO N* 02617-2019/PRODUCE-
FUN.RES.ACC.INF" del 26 de setiembre de 2019. 1 página
1-Q La Resolución Directoral N* 622-2019-PRODUYCE/DVMYPE-
I/DGAAMI del 16 de julio de 2019. 3 páginas
16.
oULC "Le48
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
1-R El INFORME TÉCNICO LEGAL NO 1945-2019-PRODUCE/DVMYPE-
I/DGAAMI-DEAM del 15 de julio de 2019. 33 páginas
1-S El OFICIO N* 176-2017-MINAM/VMGA/DGPNIGA del 21 de marzo
de 2017. 1 página
1-T El INFORME TECNICO NO 0058-2017-
MINAM/VMGA/DGPNIGA/JVASQUEZ del 21 de marzo de 2017. 5 páginas
1-U El recurso de apelación, ingresado mediante registro 2019-E01-
080253 del 15 de agosto de 2019 a las 04:57:12 Hrs. 7 páginas
1-V El correo Gmail del 24 de octubre de 2019 a las 17:51 Hrs. 1 página
1-W La CARTA N* 1332-2019-OEFA/DSAP del 17 de octubre del 2019. 4
páginas
1-X La denuncia a nivel administrativo, ingresada ante el Ministerio de
la Producción con REGISTRO N* 00011609-2020 el 10 de febrero de 2020 a las
10:16:29 Hrs. 9 páginas
1-Y El OFICIO N* 343-2019-2*D-FPCEDCF-MP-FN-LN del 9 de octubre
de 2019 recibido por el Ministerio de la Producción mediante REGISTRO N?
00106614-2019 el 6 de noviembre de 2019 a las 10:57:59 Hrs. 1 página
1-2 El OFICIO NO 7732-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI del 12 de
noviembre de 2019. 3 páginas
1-AA Un CD que contiene la grabación en audio tipo MP3 de la
conversación del suscrito Con el gerente general de CINYDE S.A.C,, Ele César
Julio CHENG-FONG BARRÓN del 3 de junio de 2019 a las 03:59 Hrs.1 página
1-BB La transcripción del audio de la conversación del suscrito con el
gerente general de CINYDE S.A.C., Ing. César Julio CHENG-FONG BARRÓN del 3
de junio de 2019 a las 03:59 Hrs. presentada al Segundo Despacho de la Fiscalía
Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del
distrito fiscal de Lima Norte. 3 páginas
VII. DILIGENCIAS A LLEVAR A CABO:
En base a lo expuesto, y en atención al art. 330, inc. 1 del NCPP, pido a
Ud. señora fiscal provincial titular actúe las siguientes diligencias, sin perjuicio de
las que Ud. vaya a disponer:
7.1 La declaración del denunciante.
7.2 La declaración de los denunciados.
A?
ole HÓL
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
7.3 La declaración en calidad de testigo del ingeniero César Julio
CHENG-FONG BARRÓN, identificado con D.N.I. 07209925, para que declare con
respecto al servicio sobre estudio de impacto ambiental que prestó a Mall Plaza
Inmobiliaria S.A. pero que no llegó a concluir.
7.4 La declaración en calidad de testigo del director general de la
Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, Vlademir Alcides LOZANO
COTERA, identificado con D.N.I. n.? 40070926, para que declare con respecto al
OFICIO N* 7732-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI del 12 de noviembre de
2019 y si tuvo alguna participación en los hechos denunciados, sin perjuicio de
que se lo incluya como investigado.
7.5 Se oficie al Ministerio de la Producción a fin de que informe con
respecto a la denuncia contenida en el REGISTRO N* 00011609-2020 el 10 de
febrero de 2020 a las 10:16:29 Hrs.
POR TANTO:
A Ud. señor(a) fiscal provincial titular, solicito tener por recibida la presente
denuncia penal y disponer el inicio de las diligencias preliminar que correspondan
a fin de llegar a las debidas conclusiones sobre el caso denunciado.
PRIMER OTROSÍ DIGO: Que, pedimos que las notificaciones se envíen a mi
correo electrónico dylanlopeze(OMgmail.com.
SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Que, los datos de contacto del abogado
patrocinante Ernesto Ramón GAMARRA OLIVARES son el correo electrónico
ernestogamarraolivares1(0gmail.com y el número de teléfono móvil 997 200 518.
TERCER OTROSÍ DIGO: Que, en atención a la extensión del caso y la cantidad
de denunciados, pedimos que las investigaciones se lleven a cabo en sede fiscal.
Comas, 3 de noviembre de 2022
AD
olecioch e
Y nn A
Doa
ANEXO NNA A A
a
A A
REPÚBLICA DEL PERÚ cul
Ó
ES erro mó seteniriacónr asno cm. 71397849.2
Primer Apellido
LOPEZ 1594 406
ENCARNACIÓN
: $ oe
> Arenambres |
az DYLAN EZEQUIEL
Sa 2330430 PERO a
ET A ar: Estado Civil Fecha de Emisión
> SOLTERO 10 05 2022
e : N? de Tarjeta Fecha de Caducidad
0201288739 10052030
Constancia Constancia Constancia Grupo de Votación SE . =
de Sufragio de Sufragio de Sufragio 263211 3 “==
Ubigeo de Nacimiento 140101 — Dirección 5 e =
Donación de Órganos NO JR. JUPITER URB. VILLA COLLIQUE MZ. 7 <s 13
LE 75 S ==
? Y Departamento/Provincia/Distrito = . =
3 LIMA/LIMA/CON AS e =
dedica ( >
Der. a Carmen Velarde Koechto
Jefa Nacional
I<PER71337549=<7<<<<<<<<<<<<<<<
9604135M3005189PER<<<<<<<<<<<2
LOPEZ<<DYLAN<EZEQUIEL<<<<<<<<<
49
y eS ua có Dylan López Encamación oULSCMMU Ly
EEE Df y
EN r Investigador
A PR Domicillo: J;. Júpiter Mz.7 11.75 Urb, Villa Collique, distrito de Comas
a Xu Celular: 995 949 592 RPM: 4995949592
Correo electrónico: dylantopeze£gmail.com
“Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
“Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
Comas, 4 4 ENE. 2019 má a A
A O |
Señores: ¡ANE» (Ol Yo a o
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Calle Uno Oeste N* 060 - Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de
Lima.
Presente.-
Asunto: Solicito CONOCER TRAMITACIÓN DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DE MALL PLAZA COMAS
Referencia: Carta N* 010-2019-VIVIENDA/VMCS-DGAA de fecha 9 de enero Á 0 G 0
De mi mayor consideración:
Yo, Dylan Ezequiel lópez Encarnación, identificado con DNI n.? 71337549, me apersono muy
respetuosamente a vuestra institución en base a la carta de la referencia en la cual la Dirección
General de Asuntos Ambientales del MVCyS me informa que la institución estatal a cargo de ver los
trámites para aprobación de estudio de impacto ambiental en lo referente a Centros Comerciales
es el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN. En base a ello, solicito a Uds. que informen mediante un escrito
(oficio, informe, memorándum, etc.) lo siguiente:
1. Sila empresa MALL PLAZA COMAS S.A. (Antes denominada NUEVO DOMINIO S.A., inscrita en la
Partida N.? 13641068 del Registro de Personas Jurídicas), o en su defecto otra constructora, ha
tramitado su aprobación de estudio de impacto ambiental para la construcción del centro
comercial que pretenden construir en el tereno conocido como Parcela B (inscrito en la Partida
Electrónica N.?* 12111729) dividido en las Parcelas B1 (Partida Electrónica N.* 12283983) y B2
(Partida Electrónica N.* 12283984) y bajo los parámetros establecidos en la ORDENANZA N* 1932
de fecha 4 de febrero de 2016, que establece los usos de suelos en esas parcelas [Comercio
Zonal para la manzana Al de la Parcela Bl y Comercio Zonal para la Parcela B2-C). De ser
afirmativa la respuesta, especificar el número de expediente.
Esta solicitud se hace en mérito a lo establecido el Decreto Supremo N.* 019-2009-MINAM (Capítulo
4 Del procedimiento de evaluación del Estudio de Impacto ambiental y el Otorgamiento de la
Certificación Ambiental) y la Resolución Ministerial N* 157-201 1-MINAM de fecha 19 de julio de 2011.
Sin otro particular. fhago propicia la ocasión para mostrarles los sentimientos de mi especial
consideración. |
N? Folios: 4
BAENA15645236
REGISTRO N* 00004338-2019
FECHA: 14/01/2019 16:21:30 JeLave: 0967
z Encarpación ' RAZÓN SOCIAL: DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCA...
713 87549 ASUNTO: SOLICITA INFORMACION RESP..,
REGISTRADO POR: barevalo
https: /Awww.produce.gob.pe/consulta-tramite
616-2222 Anexos: 2460 - 2461
Dykn 15
D no
(
SE
Adjunto:
l. CARTA N* 010-2019-VIVIENDA VMCS-DGAA 9-ENE-2019
2. Impresiones de la ota de la página www.peru-retail.com de fecha 8 de enero del 2009. Ver URL: hHps://www.peru-
—
retail.com/mallplaza-comas/
—
Los INIA
878 PERU | de Vivienda, Construcción
/ AF
“Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"
“Año de la lucha contra la violencia hacia las mujeres y la erradicación del feminicidio”
San Isidro
CARTA N* O/O -2019-VIVIENDA/VMCS-DGAA
Señor .
DYLAN LOPEZ ENCARNACIÓN
Jirón Júpiter Mz. 7 Lt. 75 Urbanización Villa Collique
Comas.-
Asunto : Consulta sobre certificación ambiental
Referencia : Hoja de Trámite N*184504-2018. Solicitud s/n
Por la presente me dirijo a usted, con relación a su pedido de información relacionada
respecto a la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental para la construcción del
proyecto “Centro Comercial Mall Plaza Comas”.
Al respecto, cabe señalar que mediante Resolución Ministerial N* 157-2011-MINAM,
publicada el 21 de julio de 2011, el Ministerio del Ambiente aprobó la Primera
Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión Sujetos al Sistema
h] Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), en el cual se precisa que la
autoridad ambiental competente para otorgar la certificación ambiental para complejos
comerciales! es el Ministerio de la Producción.
En tal sentido, considerando dicha modificatoria, se recomienda dirigir su consulta a la
Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Ministerio de la Producción.
Es propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración.
Atentamente,
VD
A,
a
SEGUNDO EIA ONCAL VERGARA
Dir 4 O
Dirección Gérferal de Asuntos Ambientales
Ministerio de Vivenda, Construcción y Saneamiento
+ Complejos comerciales con una superficie superior a 2500 m2 y con densidad neta promedio de 1500
hab./ha., de acuerdo a la Resolución Ministerial N*218-2010-PRODUCE.
SFRVIJCCV/ TE Pery P RIMERO |
Av. Paseo de la República 3361, San Isidro - Lima 27 — Perú / Teléfono: (511) 2117930 / www.vivienda.gob.pe
7 PerúRetail
LAVA DEL AMET LON TAMALES COMERCIALES
oa Moboas Retad o Naconaes > ¿Cómo importará
la llegada de Mafipiaza
al distrito de Comas?
¿Cómo impactará la llegada de
Mallplaza al distrito de Comas?
E January 2019 — Nacionales Retail
nulpuza conta
SELECCIÓN ANUALE
Este articulo fue publicado el 9 de julio de 2018 y es parte Je los contenidos seleccionados para nuestros lectores.
$
Mallplaza llega a Comas. Dado que el distrito
de Comas (Lima) está pasando por una gran evolución de infraestructura de viviendas, el operador
de centros comerciales Mallplaza (Falabella) decidió poner en ejecución un proyecto comercial para el 2019.
El Mallplaza Comas cumple con estar en una ubicación estratégica, puesto que estará rodeado por grandes vias. El shopping center tiene como
principales vias la carretera Panamericana Norte, Av. Universitaria, Av. Túpac Amaru, Av. El Retablo y Av. Los Ángeles, que permitirán u “cil
conexión con varios distritos de Lima. ES
LEE TAMBIÉN: Mallplaza confía Related Post
en el crecimiento de sus centros
comerciales en Perú
Carrito
a La mayoría del consumo digital en Perú sucede a través de dispositivos móviles
DEMUNVEMICR 202 ;
OS NOVEMEER 220 No products in the cart.
El centro comercial tiene 83 mil metros cuadrados
Rappi lanza tecnología para emprendedores del sector retail
OSNIVINE A 2120
de área arrendable y contará con:
Restaurantes, un hipermercado (Tottus), 12 salas de
cine, un gimnasio, 220 locales comerciales, 2 tiendas
por departamento (Saga Falabella y Ripley), patio de < >
comidas, un centro médico, ? mil m2 de oficinas,
estacionamientos y 2 centros educacionales.
EVOLUCIÓN DEL MERCADO DE COMAS
Enel 2017 la empresa chilena anunció su proyecto. Fue un momento decisivo porque encontraron en Comas un espacio con mucho potencial.
Por ello, prevén que la población aumente en 4% para el 2020, y que haya un crecimiento del 10% en ingreso mensual.
complejos habitacionales. de los cuales 24 mil departa mentos se sitúan alrededor del proyecto. De esta forma, también incrementará el valor del
precio del metro cuadrado en el distrito.
21
yemluno
No producte im the cart
Previous Post Next Post
Sears rechaza oferta de su CEO y se va a liquidación CES 2019: Conace los nuevos productos y tendencias tecnológicas
Discussion about thís post
0 Commerts Sortby Oldest
Add a comment...
A
= PerúRetail'
LA IR EL ATTAL Y LD CALC CIA
En Perú Retail encontrarás información
exclusiva sobre el sector retail elearning
capacitación retail y desarrollo de tendas
vituales
Más Recientes
La mayoría del
consumo digital en
Perú sucede a través
de dispositivos
móviles
O SNIVEWBIR 200
22 e
npesÚalos
Carrito
No products in the cart
Suscríbase a nuestro Boletín
Recie nolicías destacadas del sestor retail
mlemacionaicon suestra bojetin.
M0 O a LA MS PA SR PT
2 Suscribirse
-. 2 3
A esmdainas
Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria
| NO a!
1.8 ENE, 201 ANEXO NoE
O e dr rl NN
San Isidro,
OFICIO N2 8 Y -2019-PRODUCE/DVMYPE-!/DGAAMI
Señor
DYLAN LOPEZ ENCARNACIÓN
Jr. Júpiter Mz. 7 Lt. 75 Urb. Villa Collique
Comas - Lima - Lima
Asunto: Solicitud para conocer tramitación de Estudio de Impacto Ambiental de Mall Plaza Comas.
Referencia: Registro N* 00004338-2019
“77 —* Tengo el agrado de dirigirme a usted
en relación al documento de la referencia
a través del cual solicita a esta
Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria (DGAAMI) informe si la empresa MALL PLAZA COMAS
S.A. (antes denominado NUEVO MUNDO S.A.) ha tramitado su aprobación de estudio de impacto ambiental
para la construcción de un centro comercial.
Al respecto, hago de vuestro conocimiento que se ha realizado la búsqueda en nuestra base de datos! y no se
ha identificado que la empresa MALL PLAZA COMAS S.A., cuente con Instrumento de Gestión Ambiental (IGA)
aprobado por esta autoridad ambiental; asimismo, informo a usted que a la fecha la referida empresa no ha
presentado IGA que se encuentre en evaluación en esta DGAAMI, lo que comunico a usted para los fines
correspondientes.
Atentamente,
A YSABEL VALLE MARTÍN
Directora General (s)
DIRECCIÓN GENERAL CE ASUNTOS AMBIENTALES DE INDUSTRIA
1 Disponible en nuestro portal institucional https://www.produce.gob.pe/index.php/ministerio/sector-mype-e-industria
94
vesmiicu ano
Dylan López Encamación
Investigador
Domicilio: Jt. Júpiter Mz.7 11.75 Urb. Villa Collique, distrito de Comas
Celular: 295 949 592 RPM: 995949592
Correo electrónica: dylaniopeze2 gmail.com
"Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
“Año de la Lucha contra la Corupción y la Impunidad"
Comas, 06 MAR, 2019
,
es El Ministerio de la Producción
l
ANEXON*4-0.|
Señores: OA o
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Calle Uno Oeste N* 060 - Urbanización Córpac, d
N* Folios: 7
REGISTRO N”? 00024280-2019
RAZÓN SOCIAL: DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCA...
ASUNTO: SOLICITA COMUNICACION OFI...
¡ REGISTRADO POR: FECHA: 06/03/2019
departamento de Lima. STRADO A: 08/03
DGAAMI
Presente. -
Asunto: EMPRESA MALL PLAZA COMAS S.A. CONSTRUYE SIN TENER EIA APROBADO
Yo, Dylan López Encarnación, identificado con DNI N.? 71337549, me apersono muy
respetuosamente a vuestra institución para manifestarle mi profunda preocupación
porque he tomado conocimiento de que la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A.
(inicialmente llamado NUEVO DOMINIO S.A. con RUC 20601279640, luego llamada
MALL PLAZA COMAS S.A., e inscrita en la Partida Electrónica 13641068 del Registro
de Personas Jurídicas de Lima) ha hecho ingreso de maquinaria para Loción de
tierras, ha ingresado grúas para el inicio de obras de construcción de un centro
comercial en una porción de lo que se conoce como Parcela B (cono de vuelo sur
de lo que fue el aeródromo de Collique), y a la fecha viene comunicando
ilegalmente (documentos sin firma) a la población residente del distrito, sobre la
construcción de lo que ellos llaman el MALL PLAZA COMAS. Esto genera bastante
preocupación por el hecho de que mediante OCIO N? STA-2019s
PRODUCE/DVMYPE: I/DGAAMI de fecha 18 de enero de 2019 la directora ¡general de
la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES DE INDUSTRIA informa que la
empresa MALL PLAZA COMAS S.A. NO HA TRAMITADO su APR
RECIBIDO
ea > e...”
, Dylan López Encammación
Investigador
Domicilio: Jr. Júpiter Mz.7 1.75 Urb. Villa Collique, distrito de Comas
Celular: 995 949 592 RPM: EPPSIAPEP
2 uc a Yoga
Correo electrónico! dylanlopeze4gmail com )' .
"Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
“Año de la Lucha contra la Corupción
y la mpuridad"
DE IMPACTO AMBIENTAL que por ley (D.S. N” 019-2009-MINAM) ESTÁ OBLIGADA A
A
TRAMITAR.
Peor Gún, que NI SIQUIERA ESTÁN CUMPLIENDO LO ORDENADO POR EL D.S. N* 02-
2009-MINAM en cuyo capítulo Il establece la obligatoriedad que tiene la empresa
al momento de tramitar sy ElA de hacer una audiencia pública para que los
pobladores residentes del distrito conozcan las implicancias negativas al ambiente
del proyecto a ejecutarse; personalmente no he encontrado ni recibido
comunicado oficial alguno para acudir a una audiencia pública de MALL PLAZA
INMOBILIARIA S.A. en el distrito de Comos. 7
Y PEOR AÚN, ESTÁN ANUNCIANDO QUE ESTÁN TRAMITANDÓ LA DECLARACIÓN DE
ADECUACIÓN AMBIENTAL CUANDO NI SIQUIERA TIENEN APROBADO SU ElA.
Por tanto, señores Ministerio de la Producción, solicito que comuniquen oficialmente
si la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. ha tramitado su Estudio de Impacto
Ambiental para su proyecto en Comas y, por consiguiente, si ha conseguido su
aprobación por parte del ministerio.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para mostrarles los sentimientos de mi
o
especial estima. Jo OAIS SR AMAS
Adjunto
1. Carta a PRODUCE can REGISTRO N' D00004338-2019 de techa 14 de enero de 2019
2. OFICIO N* 394-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI
3. Carta NOTARIAL de fecha 5 de abril de 2018 diligenciada por la notaría Alzamora dirigida a Cynide S.A.C (consultora
contratada por MAL[ PLAZA COMAS S.A.) para elaborar el supuesto estudio de impacto ambiental
4. CONSTATACIÓN POHICIAL DE ANUNCIO SIN FIRMA DEMALL PLAZA COMAS S.A de fecha 19 ENE 2019
|
25
a yeimbicinico-
Dylan López Encamación
Invesiigador
Domicilio: Jr. Júpiter Mz.7 11.75 Urb. Viña Collique, distrito de Comas
Celular: 995 949 592 RPM: 4995949592
Correo electónico: dylanlopezeS8gmail.com
“Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
“Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
Comas, 1 4 ENE. 209
Señores:
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
;
Calle Uno Oeste N* 050 - Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y depariamento de
Lima.
Presente.-
Asunto: Solicito CONOCER TRAMITACIÓN DE ESTUDIO DEIMPACTO AMBIENTAL DE MALL PLAZA COMAS
Referencia: Carta N” 010-2019-VIVIENDA/VMCS-DGAA de fecha 9 de enero dE 2079 |
CARGO |
De mi mayor consideración:
A
Yo, Dylan Ezequiel lópez Encarnación, identificado con DNI n2 71337549, me apersono muy
respetuosamente a vuestra institución en base a la carta de la referencia en la cual la Dirección
General de Asuntos Ambientales de! MYCyS me informa que la institución estatal a cargo de ver los
trámites para aprobación de estudio de impacto ambiental en lo referente a Centros Comerciales
es el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN. En base a ello, solicito a Uds. que informen mediante un escrito
(oficio, informe, memorándum, etc.) lo siguiente:
|. Sila empresa MALL PLAZA COMAS S.A. [Antes denominada NUEVO DOMINIO S.A., inscrita en la
Partida N.* 13641068 del Registro de Personas Jurídicas), o en su defecto otra constructora, ha
tramitado su aprobación de estudio de impacto ambiental para la construcción del centro
comercial que pretenden construir en el terreno conocido como Parcela B (inscrita en la Partida
Electrónica N.? 12111729) dividido en las Parcelas B|] (Partida Electrónica N.? 12283983) y B2
(Partida Electrónica N.* 12283984) y bajo los parámetros establecidos en la ORDENANZA Ne 1932
de fecha 4 de febrero de 2016, que establece los usos de suelos en esas parcelas (Comercio
Zonal para la manzana A] de la Parcela B1 y Comercio Zonal para la Parcela B2-C). De ser
afirmativa la respuesta, especificar el número de expediente.
Esta solicitud se hace en mérito a lo establecido el Decreto Supremo N.* 019-2009-MINAM [Capítulo
4 Del procedimiento de evaluación del Estudio de Impacto ambiental y el Otorgamiento de la
Certificación Ambiental!) y la Resolución Ministerial N* 157-207 1-MINAM de fecha 19 de julio de 2011.
Sin otro particular, fhago propicia la ocasión para mostrarles los sentimientos de mi especial
'
yo
PETT
N* Folios: 4
consideración.
SS :
REGISTRO N* 00004338-2019
> FECHA: 14/01/2019 16:21:30 lcLave: 0967
Atentamente; >
| RAZÓN SOCIAL: DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCA...
Df LÓR Encarhación
DM n.* 71 97549 ¡ ) ASUNTO: SOLICITA INFORMACION RESP...
PIN
+ REGISTRADO POR: barevalo
'
j
ii Y
https:/www.produce.gob.ps/consulta-tramite
Adjunta”
616-2222 Anexos: 2460- 2461
l. CARTA N*010-2019-VIVIENDA VMCS-DGAA 9-ENE-2019 ul o . o
2. Impresiones de la ota de la página www.peru-retail.com de fecho 8 de énero del 2009. Ver URL: https: //Www.peru-
retail. com/mollplaza-comas/
: TI Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria
ate
San isidro, 1 8 ENE. 2019
oricio ne 394 -2019-PRODUCE/DVMYPE-1/DGAAMI
Señor -
DYLAN LOPEZ ENCARNACIÓN
Jr. Júpiter Mz. 7 Lt. 75 Urb. Villa Collique
Comas - Líma - Lima
Asunto; Solicitud para conocer tramitación de Estudio de Impacto Ambiental de Mall Plaza Comas.
Referencia: Registro N” 00004338-2019
Tengo el agrado de di irme a usted en relición al documento de la referencia a través del cual solicita a esta
Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria [DGAAMI) informe si la empresa MALL PLAZA COMAS
S.A. (antes denominado NUEVO MUNDO S.A.) ha tramitado su aprobación de estudio de impacto ambiental
para la construcción de un centro comercial,
Al respecto, hago de vuestro conocimiento que se ha realizado la búsqueda en nuestra base de datos* ynose
ha identificado que la empresa MALLPLAZA COMASS.A., cuente con instrumento de Gestión Ambiental (IGA)
aprobado por esta autoridad ambiental, asimismo, informo a usted que a la fecha la referida empresa no ha
presentado [GA que se encuentre en evaluación en esta DGAAMI, lo que comunico a usted para los fir.es
correspondientes.
;
Atentamente,
7
TR és Kat ad
MARÍÁ YSABEL VALLE MARTÍNEZ
Directora General (s)
DIRECCIÓN GENERAL CE ASUNTOS AMBIENTALES DE INDUSTRIA
' Disponible en nuestro portal institucional https /fararw produce gob pefindex pho/ministerio/sector-mype-e-industoa
| 8 A | 05 ABR. 201
Comas, 5 de abril de 2018 yo / Ja init Ta ;
r sr A
e Señores:
R ccibil DO
Lo ¡SINIDE SAC. (cacao 18%, fr
DE Av. Petit Thouars 1775 Oficina 803, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima Perú. e
¡1Sz]
i += Í
2.5 Asunto: Pronunciamiento acerca de la
ra pretensión de construir un centro
LO comercial en el cono de vuelo sur del
5, Lince Aeródromo de Colliaue
Í
errado
AN ZA
101 y -¿
= é 2 4
f
i
a
Dial
£
FP + A rt
¡3 Presente.-
¿325 Demi mayor consideración:
Yo, Dylan Ezequiel López Encarnación, identificado con DNI n.? 71337549 y residente del distrito de Comas,
=7 +. habiendo tomado conocimiento del comunicado a la población de Comas, acerca de la Evaluación Ambiental
| == — Preliminar Del Proyecto (EVAP) "Mall Plaza Comas” de Mall Plaza Inmobiliaria, en el cual invita a los
a interesados a formular sus aportes o sugerencias al EVAP, me dirijo a ustedes para manifestarles mi
ABSOLUTO RECHAZO A LA PRETENSIÓN DE CONSTRUIR UN CENTRO COMERCIAL sobre el cono de
vuelo sur (de salida de aeronaves, en frente del Centro Comercial UNICACHI, av. Los Ángeles) del
Aeródromo de Collique en base a los fundamentos que a continuación expongo:
l CUESTIÓN DE AERÓDROMO
El terreno donde se pretende construir el mall, es uno adyacente al Aeródromo de Collique, aeródromo que
nació de una colecta pública organizada por la Liga Nacional de Aviación (LNA), donde aportaron más de
500,000 (incluso el héroe nacional José Abelardo Quiñones). El aeródromo junto con sus instalaciones FUE
ENTREGADO EN CALIDAD DE DONACIÓN por la LNA el domingo 29 de octubre de 1944 mediante
7) ceremonia pública en el mismo aeródromo al Estado peruano con el OBJETO DE FOMENTAR Y
/ DESARROLLAR LA AVIACIÓN CIVIL EN EL PERÚ. Que en término jurídicos, se traduce como un acto
jurídico de DONACIÓN CON CARGO.
pe3ar de que el Aeródromo de Collique es una donación, y por tanto un bien intangible, el Estado peruano
medio de Prolnversión y la SBN procedió a venderlo mediante Testimonio de Compra Venta de Bienes
- | Inmuebles para el Desarrollo de Proyecto Inmobiliario con Compromiso de Inversión de fecha 11 de mayo de
* 442010, testimonio n.* 687 kárdex 42263, ante notario Manuel Reátegui Tomatis.
Vesta venta ha sido impugnada en instancias judiciales y en la actualidad se mantiene vigente la ACCIÓN DE
- AMPARO con expediente n.” 18633-2017-0-1801-JR-Cl-05 ante el 3* Juzgado Constitucional de la Corte
Superior de Justicia de Lima, y el expediente n.* 21072-2015-0-1801-JR-Cl-14 ante el 14* Juzgado Civil de
= Lima, demandas que buscan que se anule la venta del Aeródromo de Collique.
Lo cual deja la posibilidad de que el terreno donde se viene ejecutando el complejo habitacional Ciudad Sol
de Collique (ahora llamado Ciudad Sol El Retablo) del Consorcio DHMont 8 CG £ MS.A.C. y los Parques de
Comas (ahora Villa Los Molles, Girasoles y Alborada Club Residencial) de Viva GyM vuelva a ser un
71337549
aeródromo, el cual está amparado por la ley n.* 27261 Ley de Aeronáutica Civil, y cuyos CONOS DE VUELOS
= (que incluye al terreno donde se encuentra el Grupo Lider Constructores ejecutando el proyecto Alameda
Cipreses y Alameda Bungavillas) DEBEN ESTAR LIBRES DE CUALQUIER OBSTÁCULO QUE AFECTE LOS
VUELOS DE AERONAVES, al amparo de dicha ley en cuyo CAPÍTULO I! LIMITACIONES A LA PROPIEDAD
PRIVADA Artículo 51”.- establece: Las construcciones o instalaciones en los terrenos adyacentes y
circundantes a los aeródromos así como los obstáculos que constituyen peligro para el tránsito aéreo están
sujetos a las limitaciones a la propiedad privada establecidas en la Ley y en el presente Reglamento.
qa ión
“AA RA Dylan López Encarnaci
La Júpiter Mz.7 1£.75 Urb. Villa Collique Comas 4
Celular: 995 989 592 RPM: 1995949592
Correo electrónico: dylanlopeze
2 gmail.com L
, televisión, telefonía inalámbrica, ferrovias, carreteras y en general cualquier obra y
Objeto que afecte la seguridad de las operaciones aéreas.
En consecuencia. al reestablecerse el Aeródromo de Collique, los propietarios de los conos de vuelo deben
suyetarse a lo establecido por la ley n* 27261.
ll, COMAS ES EL DISTRITO MÁS CONTAMINADO OE LIMA
Más allá de lo discutible si la vente fue legal o no, y que al momento de que se produce la venta el Aeródromo
de Collique y sus instalaciones estaban inscritas en el margesí de bienes de la Fuerza Aérea del Perú además
Que un inmueble (el inmueble B) perteneciente a sus más de 54 hectáreas era una base militar en actividad,
es que la ejecución de un proyecto inmabiliario-comercial sobre lo que fue (y debe ser) un pulmón ecológico
perjudicó (y sigue perjudicando) a Comas, pues este ES EL DISTRITO MÁS CONTAMINADO DE LIMA.
Este grave problema fue reconocido por el alcalde Arnulfo Medina en el año 2001, donde declara de
emergencia ambiental el distrito debido a los altos niveles de contaminantes (nota de diario La República de
fecha 25 de enero de 2001 ). Luego, el posterior alcalde Miguel Ángel Saldaña en el año 2005 también reconoce
Que Comas tiene el aire más contaminado de Lima (nota del diario La República de fecha 22 de enero de
2008). Incluso una autoridad competente como es la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad
Alimentaria-DIGESA reconoció en el año 2009 que los distritos más contaminados atmosféricamente son el
Cercado de Lima y Comas, y mediante correo electrónico en el año 2017, en mérito al D.S. N* 0018-2017-SA
en cuyo reglamento artículo 79.- íncisa €) que establece como función de la DIGESA, Dirigir las acciones de
vigilancia, supervigilancia y fiscalización en materia de Salud Ambiental, me confirma que Comas sigue
teniendo (para el año 201 7) las mayores concentraciones de contaminantes, hecho que no fue refutado
por esa misma autoridad, quien vuelve a reconocer que Comas tiene el aire más contaminado de Lima en el
INFORME N? 0360-2018/DCOVI/DIGESA de fecha 5 de febrero del 2018.
EL PROBLEMA DE QUE COMAS ES EL DISTRITO M CONTAMINADO DE LIMA NO SE HA
SOLUCIONADO, Y POR EL CONTRARIO PERSISTE EN EL TIEMPO.
Los proyectos predecesores al presunto proyecto MALL PLAZA COMAS, es decir Ciudad Sol de Collique
(ahora llamado Ciudad Sol El Retablo) del Consorcio DHMont 8. CGE MSALC. y los Parques de Comas
(ahora llamado Villa Los Molles, Girasoles y Alborada Club Residencial) de Viva GyM, NO CONTARON
CON CERTIFICACIONES AMBIENTALES de acuerdo a lo normado por el DECRETO SUPREMO N* 019- L
El hecho de que los proyectos predecesores no hayan contado con cértificados “ambientales, INVALIDA
CUALQUIER PRETENSIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL PRELIMINAR POSTERIOR A LO QUE DEBIÓ
f y
¿
Mu INN
lIL SITIO ESTRATÉGICO
00 eran
eficazmente por el Estado peruano por falta de prevención y planificación, y por no saber aprovechar una
herramienta fundamental como la aviación civil para atender estos casos. Este perjuicio ha sido materia de
Dylan López Encarnación
Domicilio: Jr. Júpiter Mz.7 Lt.75 Urb. Villa Collique Comas
2
Celular: 995 949 592 RPM: 11995949592
Correo electrónico: dylaniopeze gmail.com
cuestionamiento ante la autoridad competente, Instituto Nacional de Defensa Civil (INDEC) mediante carta
notarial 002245-18 Notaría del Pozo Valdez de fecha 26 de marzo de 2018.
OTROSÍ: Quisiera aclarar QUE NO ME OPONGO A LA INVERSIÓN PRIVADA, SINO QUE RECHAZO
FUNDAMENTADAMENTE CUALQUIER INVERSIÓN que afecta sectores estratégicos y retrasa el
desarrollo, tesis que manejaba el Dr. Alfonso Quiroz Norris para explicar el fenómeno insidioso de la
corrupción en el Perú. Es más, ANTERIORMENTE EXISTIÓ LA POSIBILIDAD DE INVERTIR CON FINES DE
AVIACIÓN CIVIL EN EL AERÓDROMO, uno de esos proyectos fue la construcción del Club de la Reserva
Aérea del año 2006, sin embargo el proyecto fue frustrado debido a las apuradas iniciativas de muchos
“interesados” que tienen el presupuesto para desmantelar sectores estratégicos como la aviación civil, para
cambiarlos por lo que ellos ven supuestamente conveniente.
Y qué duda cabe, si se reconoció mediante OFICIO No. 728-201 2-MINDEF/VRD/C de fecha 11 de julio 2012
que la venta perjudicó a la Fuerza Aérea del Perú. Y ahora con la situación del presunto mall, se ve que ely
interés por construir un centro comercial, siempre fue el fondo del asunto de vender el Aeródromo de Collique
para fines inmobiliarios, no esa demagógica propaganda de "casa para los más pobres”. Un caso donde hay
indicios graves de corrupción, que ya fue materia de investigación por dos comisiones investigadoras del -
Congreso de la República (Comisión Meckler, año 2008 y Comisión Tejada ("Megacomisión”), año 2014) en
donde las conclusiones ameritaban llevar el caso al Ministerio Público (y demás instancias) para las acciones
legales correspondientes, pero que sin embargo “extrañamente” la balanza de la justicia se ha inclinado a favor
de los denunciados/demandados. Y que ahora, ante el contexto del caso Lava Jato (corrupción de Odebrecht
en el Perú) se abre la posibilidad de ver más casos que han pasado desapercibidos en el Perú, y que han
ocasionado enormes perjuicios al país y traen la oportunidad de iniciar varias acciones legales en contra de
quienes participaron en estos negocios.
Sin más por añadir, agradezco de antemano la alención que merezca la presente.
Dylan Lóper Encarnación
Domicilio; Jr. Júpiter Mz.7 1t.75 Urb. Villa Collique Comas 3
Celular; 995 949 592 RPM: 1995949592
Correo electrónico: dylanlapeze
£ gmail.com
,
O
CESAR FERNANDO LOAYZA BELLIDO ABOGADO - NOTARIO DE LIMA, EN
REEMPLAZO DE ANA MARIA ALZAMORA TORRES ABOGADA - NOTARIA DE LIMA POR
LICENCIA CONCEDIDA POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE NOTARIOS DE
I . I MA. — _—A—<——_——___
x= AAA
CERTIFICO ¡===
QUE EL EJEMPLAR ORIGINAL DE LA PRESENTE CARTA HA SIDO DILIGENCIADO EN
LA DIRECCION INDICADA A LAS 14:00 HORAS DEL DIA DE HOY, SIENDO RECIBIDO
POR UNA PERSONA QUE MANIFESTC z NTE DEL DESTINATARIO,
S LA DE RECEPCION-
28
Liadioohe
, ? https://denuncias.pap.2ob.pe/Denuncias/Formularios/ Tegistro_cuerp.
POLICIA NACIONAL DEL PERU COMISARIA PNP
REGPOL - LIMA SANTA LUZMILA
O.P imp. : SO.BRIG. S. PMP GLORIA GLADYS Gá
OTIDOIO 15:07 lr
MEZUTO TU
Fecha imp : 19/
Nro de Orden: 13719145 Clave : VEO Ji0l
COPIA CERTIFICADA GRATUITA - D.L 1246
EL SR CMDTE.PNP COMISARIO DE LA SSUU DE: SANTA LUZMILA
QUE SUSCRIBE, CERTIFICA
QUE EN EL SISTEMA INFORMATICO DE DENUNCIAS POLICIALES, EXISTE UNA CUYO TENOR LITERAL ES EL
SIGUIENTE :
¡Tipo OCURRENCIA Fecha y Hora Registro 19/02/2019 01:15:35 Hrs.
Formalidad ESCRITA Fecha y Hora Hecho 18/02/2019 18:45:00 Hrs.
SOFOCURRENCIA MEFArie
Condición de la Denuncia [GP] Oc RENCIA DE CA
o Código QR Ñ
TIPIFICACION
» HECHOS DE INTERES POLICIAL/INTERVENCION POLICIALES/CONSTATACION POLICIAL
EFECTUADA/CONSTATACION POLICIAL EFECTUADA
LUGAR DEL HECHO
LIMA / LIMA / COMAS / URBANIZACIÓN AVLOS ANGELES NO.782 MZ-A-LOTE-9A-URB.
EL ALAMO MZ:
RECURRENTE
» 1) DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCARNACION(22), CON FECHA DE NACIMIENTO 13/04/1996 , ESTADO CIVIL :
SOLTERO(A), CON DOCUMENTO DE IDENTIDAD DNI NRO : 71337549, DIRECCION : LIMA / LIMA / COMAS :
JR. JUPITER URB. VILLA COLLIQUE MZ. 7 LT. 75
CONTENIDO
> PARTE POLICIAL S/N-2019-CIA STA LUZMILA. ASUNTO: SOBRE CONSTATACION POLICIAL EFECTUADA.-
DA CUENTA.01. SIENDO LAS 18.45 DEL DIA 18FEB2019, EL SUSCRITO A BORDO DE LA MOTOCICLETA
PL-23470, POR ORDEN SUPERIOR Y A SOLICITUD DE LA PERSONA DE DILAN EZEQUIEL LOPEZ
ENCARNACION (22), NATURAL DE LIMA, SOLTERO, ESTUDIANTE UNIVERSITARIO Y DOMICILIADO EN EL
JR. JUPITER-URB, VILLA COLLIQUE MZ-7-LOTE 75-COMAS, EL MISMO SOLICITA UNA CONSTATACION
POLICIAL DE UN COMUNICADO DE PARTICIPACION CIUDADANA" , PUBLICADO EN UNA FARMACIA DE LA
JURISDICCION.2. PRESENTE EN LA AV LOS ÁNGELES N* 782-URB. El ÁLAMO MZ-A-LOTE 9-A,
JUNTAMENTE CON EL RECURRENTE, DONDE FUNCIONA LA FARMACIA DENOMINADA ” D' NICOLL”, SE
PUEDE APRECIAR UN PAPELOGRAFO, PEGADO, AL LADO DE VARIOS AVISOS, SIN FIRMA QUE A LA
LETRA DICE ASÍ " COMUNICADO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA "LA EMPRESA MALL PLAZA-PERU S.A
DE ACUERDO A LA LEY 27446, LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL ,
SU REGLAMENTO Y EL DS NO. 002-2009-MINAN Y DEMAS NORMATIVA QUE REGULA LA PARTICIPACION
CIUDADANA , COMUNICA A LA POBLACION Y PUBLICO EN GENERAL , EL PROCESO DE PARTICIPACION
CIUDADANA PARA EL DESARROLLO DE LA DECLARACION DE ADECUACION AMBIENTAL (DAA) DEL
CENTRO COMERCIAL MALL PLAZA-COMAS; EL CUAL SE EMPLAZARÍA EN DOS TERRENOS (LOTE 1 DE LA
MZ-A-1, PARCELA B1 DE LA PARCELA B Y LA PARCELA 82B-B2C) EN EL DISTRITO DE COMAS ,
PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA .EL PROYECTO ESTA CONSTITUIDO , POR UNA EDIFICACION DE
04 NIVELES DE PISOS COMERCIALES (TIENDA, HOGAR, LOCALES DE SERVICIOS,CINES, BOULEVARD DE
RESTAURANTES , SUPERMERCADOS Y OTROS LOCALES COMERCIALES ) DISTRIBUIDOS EN LOS DOS
TERRENOS ANTES MENCIONADOS .02 NIVELES DE ESTACIONAMIENTOS SUBTERRANEOS Y UNA
TORRE DE 6 PISOS.LA DAA, SE ENCUENTRA EN EL MINISTERIO DE LA PRODUCCION , PARA SU
POSTERIOR APROBACION , ESPERANDO CONTAR CON SUS APORTES Y SUGERENCIAS EN RELACION A ”
LOS POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES QUE PUEDA GENERAR LA CONSTRUCCION Y EL
FUNCIONAMIENTO DEL DESARROLLO COMERCIAL PROYECTADO , EN UN PLAZO DE 5 DIAS UTILES
19/02/2019 15:22
,
https /denuncias pnp gob. pe/Denuncias/Formularios/registro “cuerp
DESDE LA PUBLICACION DEL PRESENTE AVISO Y QUE NOS HAGAN LLEGAR AL BUZON DE
SUGERENCIAS AL SIGUIENTE BUZON ELECTRONICO . PARTICIPAQCONSULTORESAMBIENTALES PE.-
MALL PLAZA PERÚ SA. ASIMISMO SE LE PREGUNTO A UNA PERSONA DE SEXO MASCULINO, DE
APROX.38 AÑOS QUE SE ENCONTRABA ATENDIENDO EN LA CITADA FARMACIA, SOBRE QUIEN HABÍA
PEGADO ESE COMUNICADO, ESTE DIJO DESCONOCER, ASIMISMO NO QUISO IDENTIFICARSE. LO QUE
DA CUENTA PARA LOS FINES DEL CASO. SANTA LUZMILA 18FEB2019.FDO. S3.PNP PARIONA CHANCO
RICHARD.CIP NO. 31803762
RESOLUCION
2 OBRA COMO CONSTANCIA NRO :, FECHA : 19/02/2019 , AUTORIDAD : OTROS - , OFIC ATENCION :,
ASUNTO :, FORMULADO POR : COMISARÍA SANTA LUZMILA - REGPOL - LIMA
Fda EL INSTRUCTOR - Edo El DENUNCIANTE .- IMPRESION DIGITAL
DN
INTERVINIENTE : SO 3RA. PNP, RICHARD LORENZO PARIONA CHANCO
AUTENTIFICADOR 1: SO.$UP PNP JORGE LUIS NEVADO ANTON
xa
:
El código QR impreso en la parte superior de esta denuncia, sirve para verificár el contenido de la misma
contrastándola con la que se encuentra en la base de datos. Para visualizar ÉÁicho resultado, se debe utilizar la app
para teléfonos móviles llamada SIDPOL QR disponible en Play Store.
19/02/2019 15:22
A
A
$2 7
Dirección General de Asuntos Ambientales de industria
FORMULARIO DGAAMI - 007
A A A f
A ' FIUFA
Solicitud de' educó Ideta ll de Adecuación Ambiental (DAA) para las
actividades en curso de la industria manufacturera o comercio interno
Señor (a)
Director (a) General de Asuntos Ambientales de Industria
Presente,:
El (los) que suscribe (n) la presente, solicita (n) la evaluación de la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA), para las actividades en curso CENTRO COMERCIAL MALL
PLAZA COMAS
para lo cual se detalla la siguiente información:
3] (Llenar con letra imprenta y marcar con X los espacios según corresponda)
cris
otro: e
Apellido Materno :
Apellido Paterno:
Nombres :
t Persona Jurídica 2060/12 71640
Razón Social: MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A.
Datos de publicidad registral de la empresa OO CIN" de Partida: — 13641068
Zona Registral: 1X Título de acto inscrito;
Domicilio (AY./Jr./Asoc./Ca./ PJ.) |Av. MARISCAL OSCAR R. BENAVIDES
O J Mz. 3666 Dpto. / Int. / Lote: INT. C-P3 Urb. / Localidad:
Distrito: BELLAVISTA Provincia: CALLAO Departamento: CALLAO
Referencia del domicilio:
Teléfono fijo: 01 6266000 Celutar:
Correo electrónico 1: mauricio.mendozaO9maliplaza.com _ [Correo electrónico 2:
REPRESENTANTE LEGAL(De la persona hatural o Juridica): 22000007 A, [persona natural [EF [persona Juridica
lora C.E.N" 000814230 | [otro: Noirmiin Í
Apellido Paterno : MENDOZA [Apeltido Materno : JENKIN
Hombres: MAURICIO
Domicilio (Av.JUr./Asoc./Ca./ Ps] 0005] av. MARISCAL OSCAR R. BENAVIDES
NI Mz.: 3866 Dpto. / Int. / Lote: INT. C-P3 Urb. / Localidad:
e Íto: BELLAVISTA Provincia: CALLAO Departamento: CALLAO
¡Referencia del domicilio:
Teléfono fijo: 01 6266000
Correo electrónico 1: mauricio. dileiaerlco c com
ONE
Datos del poder. cón que actua el representante:31
1. Datos de publicidad registral de poder vecs
N' de Partida: 13641068
Zona Registral: ix
N'" de asiento de la partida en que se haya inscrito el poder: B00001
AAN
|iocalidad de Notificación RR
Ab o
Correo electrónico: az
Pornicilio de la Persona Jurídica o Persona Natural: [ars AV. OSCAR R.BENAVIDES 3566 INT E P3 >BELLAVISTA - €
- CALLAO - CALLAO
* Al marcar el recuadro respectivo, las notificaciones serán dirigidas al correo electrónico o dirección de la persona juridica o natural que ha corsignado en las lineas anteriores.
Puede consignar olro correo electrónico o dirección para efectos de notificaciones, para ello debe consignar la Información respectiva en los puntos suspensivos.
Al marcar ta opción de correo electrónico, implica que usted ha solicitado expresamente que las notificaciones de las actuaciones administrativas se realicen bajo dicha modalidad, dando
así cumplimiento al mimera! 20.1.2 del articulo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
ll. INFORMACIÓN DE LA CONSULTORA AMBIENTAL AUTORIZADA A ELABORAR ESTLIDIOS AMBIENTALES: :
Fecha de la inscripción: 12-fek-16 N'" de Resolución: OFICIO N9578-2016-PRODUCE/DVMYPEJ/DIGGAM REGISTRO N0357
IL. INFORMACIÓN DETALLADA: 73:
[Resumen de la actidad en curso
Nombre del establecimiento: MALL PLAZA COMAS
Actividad que realiza: CENTRO COMERCIAL
Ubicación: AV. LOS ANGELES LOTE 1 M2 A-1 PARCELAS B1-E Y B2B-B2C - COMAS - LIMA - LIMA
CHU Revisión 4 Isoto en caso de industria manufacturera):
IV. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS TUPA (marcar con X) A
1.Solicitud dirigida al Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, con carácter de declaración jurada, segun formulario DGAAMI - DO,
2. Un (01) ejemplar impreso y uno (01) en formato digital de la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA), adjuntando ol desarrollo de la metodología que lo sustenta,
debidamente tolíados y suscritos por el titular, el representante de la Consultora Ambiental cue lo elaboró (con inscripción vigente en el Registro de Consultoras
Ambientales) y los profesionales que participaron en su elaboracion. En los casos que se requiera opinión tecnica de otras autoridades, el titular debe presentar tantes
copias como opiniones se requieran.
3. Croquis de ubicación del predio a escala 1:5000.
4. Planos de distribucion de la planta y otra infraestructura auxiliar o complementaria de la actividad en curso.
5.Copia del Certificado de Compati
vatibile con la zon
ad de Uso o documento otargado por la autoridad municipal en el que conste que la actividad económica a desarrollar es
icación asignada, o licencia de funcionamiento,
VI. DECLARACIÓN JURADA : |
Manifiesto con carácter de Declaración Jurada:
Que toda la informaci
previstas en el Texto 1
proporcionada es veraz, así como los documentos presentados son auténticos, en caso contrario, me someto al procedimiento y a las sanciones
7 jeo Seneral, aprobado por Decreto Supremo N' 006-2017- JUS.
IL. REFRENDO SOLICITANTE ]
NOMBRE Y APELLIDO : MAURICIO MENDOZA JENKINS /
Lima, 21 de marzo del 2019
Sres.
Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria
PRODUCE
Presente.-
De nuestra consideración,
Conforme a lo establecido por el TUPA-PRODUCE, en su procedimiento
N%164, los que a continuación firman, suscriben la Declaración de Adecuación
Ambiental (DAA) del proyecto “MALL PLAZA COMAS”:
ERA
NN / Ny
Por la empresa titular DS /
Jioo PRSEA INMOBEARA MAURICIO oa JENKIN
o --CE-N*000814230
Vo
Por la consultora ambiental OE
(PICCONE A ELSA MARÍA DEL CARMEN 7
ESTILOS AMBIENTALES PICCONE SAPONARA
DNI N*21465802
Profesionales que
participaron en la A
elaboración de la DAA ELSA MARIA DEL CARMEN
PICCONE SAPONARA
DNI N*21465802
E
'ANÁ CECILIA
PICCONE SAPONARA
DNI N*21545562
o 31
E le queno
ANEXON' A ¡Gmail - RE: Notificación DYLAN EZEQUIEL PL
22/10/22, 10:19
o A
dese Gmail Dylan E. LÓPEZ ENCARNACIÓN <dylanlopeze(Ogmail.co
RE: Notificación DYLAN EZEQUIEL
Andrea Dennis Robles Reyes <aroblesWproduce.gob.pe> 28 de marzo de 2019, 16:48
Para: "dylanlopezeOgmail.com" <dylanlopeze(OHgmail.com>
CC: Leslie Elizabeth Terrones Cernaque <lterrones(Mproduce.gob.pe>
Señor
DYLAN EZEQUIEL LÓPEZ ENCARNACIÓN
dylanlopeze(OWHgmail.com
Presente.-
Por medio del presente le notificamos el Oficio N* 2076 -2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI, de fecha 28 de
marzo de 2019, así como copia del Oficio N* 2075-2019-PRODUCE/DVMYPE-l/DGAAMI (dirigido al OEFA),
mediante los cuales se absuelve su consulta efectuada con Registro N2 00024280-2019 (08.03.19, siendo que en
dicho procedimiento solicitó que todo acto administrativo derivado del referido procedimiento sea notificado por
correo electrónico (e-mail), de conformidad con el numeral 20.1.2 del artículo 20 del Texto Único Ordenado de la
Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N* 004-2019-JUS.
En ese sentido, el presente Oficio se entiende válidamente notificado con la respuesta automática de recepción
de su dirección electrónica, cabe señalar que en caso de no recibirse respuesta automática de recepción en un
plazo máximo de dos (2) días útiles contados desde el día siguiente de efectuado el acto de notificación vía correo
electrónico, se procede a notificar por cédula de notificación conforme al inciso 20.1.1 del mencionado artículo.
Agradeceremos, confirmación de acuse de recibo.
LESLIE ELIZABETH TERRONES CERNAQUÉ
Asistente Legal
Dirección de Evaluación Ambiental
Dirección General de Asuntos Ambientales De Industria
Av. Republica de Panamá N* 3418, San Isidro - Perú
Teléfono: (511) 616-2222 anexo 3536
www.produce.gob.pe
Ñ q
SA PERÚ | Ministerio
LAN Medios)
A A A A A A A A A IA NI TS MEA
==» OFICIO 2076-2019-DGAAMI.pdf
1222K
https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=27c5a4233f8view=ptésearch=all8permmsgid=msg-f43A1 6292875886352800528simpl=msg-f/43A1629287... 1/1
e
Ada dos
Sci i Dirección General de Asuntos Ambientales de Indústri
(3 la Producción
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
San Isidro, 28 MAR, 2019
e
ANEXO N' 4=<..!
OFICIO no220457019-PRODUCE DVMYPE-I/DGAAMI
Señor
CHRISTHIAN LEONARDO DÍAZ RUIZ
Director Temporal
Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA)
Av. Faustino Sánchez Carrión N* 603, 607 y 615
Jesús María, Lima, Lima.-
Asunto : Se traslada denuncia sobre actividades de la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A,
Referencia : Registro N2 00024280-2019 (06.03.19)
Tengo a bien dirigirme a usted en relación al documento de la referencia mediante el cual el señor DYLAN EZEQUIEL
LÓPEZ ENCARNACIÓN presenta a esta Dirección General una denuncia sobre las actividades desarrolladas por la
empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A., informando que la misma habría iniciado obras de construcción de un centro
comercial, sin contar con el instrumento de gestión ambiental correspondiente, en el predio ubicado sobre el cono de
vuelo sur del Aeródromo de Collique (salida de aeronaves, al frente del Centro Comercial UNICACHI) en el distrito de
Comas, provincia y departamento de Lima.
Al respecto, tomando en consideración que, conforme al proceso de transferencia de funciones del Ministerio de la
Producción al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), su institución es competente para atender
denuncias ambientales presentadas por los administrados, se traslada el escrito presentado por el señor DYLAN
EZEQUIEL LÓPEZ ENCARNACIÓN, a fin que adopte las acciones que estime pertinentes en el marco de sus competencias.
Sin perjuicio de lo mencionado en el párrafo precedente y, a efectos de facilitar la atención de dicha denuncia, es preciso
252%. informarle que, de acuerdo a la búsqueda efectuada en la base de datos de la Dirección General de Asuntos Ambientales
on, y de Industria (DGAAMI)! y del Sistema de Trámite Documentario (SITRADOC) del Ministerio de la Producción, se tiene
e m0 que, actualmente, no existe ningún instrumento de gestión ambiental aprobado o en evaluación a favor de la empresa
+ "MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A.
Asimismo, se le recuerda que, respecto de los proyectos de inversión, solo requerirán certificación ambiental, aprobada
por esta Dirección General aquellos que se encuentren comprendidos en el Listado de Proyectos de Inversión Sujetos al
Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), incluido en el Anexo ll del Reglamento de la Ley del SEIA,
aprobado por Decreto Supremo N* 019-2009-MINAM, el cual fue actualizado mediante Resolución Ministerial N* 157-
2011-MINAM y modificado por Resolución Ministerial N” 159-2017-MINAM bajo competencia del Ministerio de la
Producción.
Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi especial consideración.
Atentamente,
NÁcANA
ÍA YSABEL VALLE MARTÍNEZ
Directora General (s)
1 la lista de instrumentos de gestión ambiental aprobados puede ser verificada ingresando al link:
http://www.produce.gob.pe/index.php/ministerio/sector-mype-e-industria
y eligiendo la opción: “Estudios Ambientales aprobados”.
PCDN/Letc
Ministerio de la Producción | Calle Uno Oeste N* 060 - Urbanización Córpac - San Isidro - Lima | T. (511) 616 2222 | produce.gob.pe
353
Arisile ¿ATA
Meco Dirección General de Asuntos Ambientales de Ind
Producción
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
San Isidro, 2 8 MAR, 2019 42H
a
OFICIO N2ZOFO 2019. PRODUCE/DVMYPE-1 0
Señor
DYLAN EZEQUIEL LÓPEZ ENCARNACIÓN
dylanlopeze(OWgmail.com
Presente.-
Asunto ; Se traslada denuncia sobre actividades de la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A,
Referencia ; Registro N2 00024280-2019 (08.03.19)
Tengo a bien dirigirme a usted en relación al documento de la referencia mediante el cual presenta a esta
Dirección General una denuncia sobre las actividades desarrolladas por la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA
S.A., informando que la misma habría iniciado obras de construcción de un centro comercial, sin contar con el
instrumento de gestión ambiental correspondiente, en el predio ubicado sobre el cono de vuelo sur del
Aeródromo de Collique (salida de aeronaves, al frente del Centro Comercial UNICACHI) en el distrito de Comas,
provincia y departamento de Lima.
Al respecto, tomando en consideración el proceso de transferencia de funciones del Ministerio de la Producción
al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA)!, esta entidad es competente para atender las
denuncias ambientales presentadas por los administrados. Considerando lo antes mencionado, se hace de su
conocimiento que su denuncia ha sido trasladad a dicha entidad mediante Oficio N?*: 20%S -2019-
PRODUCE/DVMYPE-|/DGAAM1?, para el trámite correspondiente.
Pa Asimismo, es preciso informarle que, conforme a lo expuesto en el Oficio N” 394-2019-PRODUCE/DVMYPE-
E Ei Es /DGAAMI (18.01.19), a la fecha, no se ha identificado que la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. cuente
SS =jcon algún instrumento de gestión ambiental aprobado o evaluación en esta Dirección General para las
S molactividades señaladas en el primer párrafo del presente documento.
rt
P.BSLSAR Sin otro particular, hago propicia la ocasión para expresarle los sentimientos de mi especial consideración.
NE
SE LARPass
19
PUES
SA
Atentamente,
Cartt
MARÍA YSABEL VALLE MARTÍNE
Directora General (s) S
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AM S DE INDUSTRIA
1 El proceso de transferencia de funciones inició con el Decreto Supremo N* 009-2011-MINAM y finalizó con la Resolución de Consejo Directivo N*
032-2017-OEFA/CD mediante la cual el OEFA asume el total de competencias sobre el universo de administrados del sector industria
manufacturera y comercio interno en materia ambiental.
2 Cuyacopia se adjunta
PCDN/Letc
Ministerio de la Producción | Calle Uno Oeste N* 060 — Urbanización Córpac —San Isidro — Lima | T. (511) 616 2222 | produce.gob.pe
2
ze
RES | das Ministerio
1e.s
Al de la Producción
“Decenio de la Igualdad de Oportunidados para Mujeres y Hombres”
“Año de la lucha contra la < inidad”
2 g MAR. 2018
San Isidro,
OFICIO 20 S 010-PRODUCE/DVMYPE-/OGAAMI
Señor
CHRISTHIAN LEONARDO DÍAZ RUIZ
Director Temporal
Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA)
Av. Faustino Sánchez Carrión N” 603, 607 y 615
Jesús María, Lima, Lima.-
a
Asunto ; Se traslada denuncia sobre actividades de la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A.
Referencia q Registro N2 00024280-2019 (06.03.19)
Tengo a bien dirigirme a usted en relación al documento de la referencia mediante el cual el señor DYLAN EZEQUIEL
LÓPEZ ENCARNACIÓN presenta a esta Dirección General una denuncia sobre las actividades desarrolladas por la |
empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A., informando que la misma habría iniciado obras de construcción de un centro !
comercial, sin contar con el instrumento de gestión ambiental correspondiente, en el predio ubicado sobre el cono de
vuelo sur del Aeródromo de Collique (salida de aeronaves, al frente del Centro Comercial UNICACHI) en el distrito de
Comas, provincia y departamento de Lima.
Al respecto, tomando en consideración que, conforme al proceso de transferencia de funciones del Ministerio de la
Producción al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), su institución es competente para atender
denuncias ambientales presentadas por los administrados, se traslada el escrito presentado por el señor DYLAN
EZEQUIEL LÓPEZ ENCARNACIÓN, a fin que adopte las acciones que estime pertinentes en el marco de sus competencias.
Sin perjuicio de lo mencionado en el párrafo precedente y, a efectos de facilitar la atención de dicha denuncia, es preciso .
informarle que, de acuerdo a la búsqueda efectuada en la base de datos de la Dirección General de Asuntos Ambientales
de Industria (DGAAMI)! y del Sistema de Trámite Documentario (SITRADOC) del Ministerio de la Producción, se tiene
que, actualmente, no existe ningún instrumento de gestión ambiental aprobado o en evaluación a favor de la empresa
MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A.
Asimismo, se le recuerda que, respecto de los proyectos de inversión, sólo requerirán certificación ambiental, aprobada
por esta Dirección General aquellos que se encuentren comprendidos en el Listado de Proyectos de Inversión Sujetos al
Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), incluido en el Anexo || del Reglamento de la Ley del SEIA,
aprobado por Decreto Supremo N* 019-2009-MINAM, el cual fue actualizado mediante Resolución Ministerial N* 157-
2011-MINAM y modificado por Resolución Ministerial N* 159-2017-MINAM bajo competencia del Ministerio de la
Producción.
Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi especial consideración.
Atentamente,
ARÍA YSABEL VALLE MARTÍNEZ
Directora General (s)
1 ta lista de instrumentos de gestión ambiental aprobados puede ser verificada ingresando al link:
hup://www.produce.gob.pe/index.php/ministerio/sector-mype-e-
industria y eligiendo la opción: “Estudios Ambientales oprobudos”.
PCDN/Letc
Ministerio de la Producción | Calle Uno Oeste N* 060 - Urbanización Córpac - San Isidro - Lima | T. (511) 616 2222 | produce.gob.pe
AMARE
1 4 Dylan López Encamación
] Investigador
CA Domicilio: 41. Júpiter M2.7 11.75 Urb. Villa Colllque, distrito de Comas
Celular: 995 949 592 RPM: 11995949592
AS Correo electrónico: dylantopeze2gmail.com
“Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
“Año dela Lucha contra la Comupción
yla Impunidad"
Comas, Í 5 MAR, 2019
Ministerio de la Producción
N* Folios: 7
Señores: | Ú 15767382
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN '' REGISTRO N* 00024280-2019
RAZÓN SOCIAL: DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCA...
ASUNTO: SOLICITA COMUNICACION OF)...
departamento de Lima. REGISTRADO POR: FECHA: 08/03/2019
barevalo 14:58:05
DGAAMI
Calle Uno Oeste N* 060 - Urbanización Córpac, d
Presente.-
Asunto: EMPRESA MALL PLAZA COMAS S.A. CONSTRUYE SIN TENER ElA APROBADO
Yo, Dylan López Encarnación, identificado con DNI N.? 71337549, me apersono muy
respetuosamente a vuestra institución para manifestarle mi profunda preocupación
porque he tomado conocimiento de que la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A.
(inicialmente llamado NUEVO DOMINIO S.A., con RUC 20601279640, luego llamada
MALL PLAZA COMAS S.A., e inscrita en la Partida Electrónica 13641068 del Registro
de Personas Jurídicas de Lima) ha hecho ingreso de maquinaria para temoción de
tierras, ha ingresado grúas para el inicio de obras de construcción de un centro
comercial en una porción de lo que se conoce como Parcela 8 (cono de vuelo sur
de lo que fue el aeródromo de Collique), y a la fecha viene comunicando
ilegalmente (documentos sin firma) a la población residente del distrito, sobre la
construcción de lo que ellos llaman el MALL PLAZA COMAS. Esto genera bastante
preocupación por el hecho de que mediante OFICIO N”* 394-2019-
PRODUCE/DVMYPE-I|/DGAAMI de fecha 18 de enero de 2019 la directora general de
la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES DE INDUSTRIA informa que la
MINISTER |
TAL
£) SOJRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIEN
a ASES
,
PA 2 040710 98
Doa
DÍRECIBIDO |
] AA... Hora Judi Li 4
| 35.
THGnMla Conca
, Dylan López Encamación
Investigador
Domicilio: Jr, Júpiter Mz.7 11.75 Urb. Villa Collique, distrito de Comas
Celular: 995 949 592 RPM: APEPARDO Dec La
Correo electrónicoS dylanlopezeWgmail.com -)* pa
"Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
"Año de ka Lucha contra la Cormupción y la Impunidad"
DE IMPACTO AMBIENTAL que por ley (D,S. N? 019-2009-MINAM) ESTÁ OBLIGADA A
e e
NA
TRAMITAR.
Peor aún, que NI SIQUIERA ESTÁN CUMPLIENDO LO ORDENADO POR EL D.S, N* 02-
2009-MINAM en cuyo capítulo Il establece la obligatoriedad que tiene la empresa
al momento de tramitar su ElA de hacer una audiencia pública para que los
a
pobladores residentes del distrito conozcan las implicancias negativas al ambiente
del proyecto a ejecutarse; personalmente no he encontrado ni recibido
comunicado oficial alguno para acudir a una audiencia pública de MALL PLAZA -
” O
my O
INMOBILIARIA S.A. en el distrito de Comas. a ES
a PP mc
, , - A. .
Y PEOR AÚN, ESTÁN ANUNCIANDO QUE ESTÁN TRAMITANDÓ LA DECLARACIÓN DE 1
o cs)
ADECUACIÓN AMBIENTAL CUANDO NI SIQUIERA TIENEN APROBADO SU ElA.
a pr
Por tanto, señores Ministerio de la Producción, solicito que comuniquen oficialmente
si la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. ha tramitado su Estudio de Impacto
Ambiental para su proyecto en Comas y, por consiguiente, si ha conseguido su
aprobación por parte del ministerio.
sin otro particular, hago propicia la ocasión para mostrarles los sentimientos de mi
4 .
» ., A o o
especial estima.
> »
AM GA Leg y SL
a a mn
( ss ETT IA,
conti ¿Rich ii,
Í
E
Adjunto
1. Carta a PRODUCE can REGISTRO N* 00004338-2019 de fecha 14 de enero de 2019
2. OFICIO N* 394-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI
3, Corta NOTARIAL de fecha 5 de abril de 2018 diligenciada por la notaría Alzamora dirigida a Cynide S.A.C (consultora
contratada por MALL PLAZA COMAS S.A.) para elaborar el supuesto estudio de impacto ambiental
4. CONSTATACIÓN POFICIAL DE ANUNCIO SIN FIRMA DEMALL PLAZA COMAS S.A de lecha 19 ENE 2019
(
Dylan López Encamación
Investigador
Domicilio: 31. Júplter M2.7 11.75 Urb. Villa Collique, distila de Comas
0 At Celular: 995 949 592 RPM: 4995949592
ec Corteo electónica: dylanlopezeSgmail.com
“Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hambres"
“Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
Comas, 4 1 ENE. 20
Señores:
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Calle Uno Oeste N* 040 - Urbanización Córpac. distrito de San Isidro, provincia y depariamento de
Lima.
Presente.-
Asunto: Solicito CONOCER TRAMITACIÓN DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DE MALL PLAZA COMAS
Referencia: Carta N* 010-2019-VIVIENDA/VMCS-DGAA de fecha 9 de enero PF o 2 |
De mi mayor consideración: | y Al G0
ro
Yo, Dylan Ezequiel López Encarnación. identificado con DNI n.2 71337549, me apersono muy
respeluosamente a vuestra institución en base a la carta de la referencia en la cual la Dirección
General de Asuntos Ambientales del MVCyS me informa que la institución estatal a cargo de verlos
trámites para aprobación de estudio de impacto ambiental en lo referente a Centros Comerciales
es el MINISTERIO DELA PRODUCCIÓN. En base a ello, solicito a Uds. que informen mediante un escrilo
loficio, informe, memorándum, ete.) lo siguiente:
1
( $ la empresa MALL PLAZA COMAS S.A. (Antes denominada NUEVO DOMINIO S.A., inscrita en la
Partida N.* 13641068 del Registro de Personas Jurídicas), o en su defecto otra constructora, ha
tramitado su aprobación de estudio de impacto ambiental para la construcción del centro
comercial que pretenden construir en el terreno conocido como Parcela B (inscrito en la Panida
Eiectrónica N.* 12111729) dividido en las Parcelas B1] (Partida Electrónica N.* 12283983) y B2
(Partida Electrónica N.? 12283984) y bajo los parámetros establecidos en la ORDENANZA N* 1932
de fecha 4 de febrero de 2016, que establece los usos de suelos en esas parcelas [Cornercio
Zonal para la manzana Aj de la Parcela B] y Comercio Zonal para la Parcela B2-C). De ser
afirmativa la respuesta, especificar el número de expediente.
Esta solicitud se hace en mérilo a lo establecido el Decreto Supremo N.* 019-2009-MINAM (Capítulo
4 Del procedimiento de evaluación del Estudio de Impacto ambiental y el Otorgamiento de la
Certificación Arnbiental) y la Resolución Ministeria! N*] 57-201 1-MINAM de fecha 19 de julio de 2011.
Sin otro panicular, fhago propicia la ocasión para mostrarles los sentimientos de mi especial
k:
”
consideroción. |
A 4 o
E AR, INTA
Alenicmente;””—> Le ) 3 de | ¡ N* Folios: 4
( —— 15645236
SN 2 REGISTRO N* 00004338-2018
o - - ed h ds E FECHA: 14/01/2019 16:21:30 [cLave: 0967
Dn LóRep Encarhación | RAZÓN SOCIAL: DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCA...
. 0
DIM n. 7 1387549 ASUNTO: SOLICITA INFORMACION RESP...
E ¿
A 4 ad al REGISTRADO POR: barevalo
Acjuntó:- ¡ https:/fwww.produce.gob.pe/consulta-trarnite
616-2222 Anexos: 2460 - 2481
CARTA N* 010-2019-VIVIENDA VMCS-DGAA 9-EME-2019
impresiones de la ota de lo página www.peru-retail.com de fecha 8 de ¿nero del 2009. Ver URL: hltps://wmww.peru-"
seiail.com/mallplaza-comas,
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p
Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p

More Related Content

What's hot

Organigrama constructora
Organigrama constructoraOrganigrama constructora
Organigrama constructoraKARYZ1015
 
Saneamiento de Predios Rurales
Saneamiento de Predios RuralesSaneamiento de Predios Rurales
Saneamiento de Predios RuralesIndyceCampus
 
Modelo requerimientos tecnicos
Modelo requerimientos tecnicosModelo requerimientos tecnicos
Modelo requerimientos tecnicosAna Seminario
 
Generacion de información Catastral Rural
Generacion de información Catastral RuralGeneracion de información Catastral Rural
Generacion de información Catastral RuralIndyceCampus
 
Diapositivas - Clase N° 08.pptx
Diapositivas - Clase N° 08.pptxDiapositivas - Clase N° 08.pptx
Diapositivas - Clase N° 08.pptxCarlosWangZhu
 
modelo informe.docx
modelo informe.docxmodelo informe.docx
modelo informe.docxErickRivas52
 
Presupuesto montaje-de-tuberia-hdpe
Presupuesto montaje-de-tuberia-hdpePresupuesto montaje-de-tuberia-hdpe
Presupuesto montaje-de-tuberia-hdpeWilson Cordova
 
Reporte Fotografico Ureblock
Reporte Fotografico UreblockReporte Fotografico Ureblock
Reporte Fotografico Ureblockgali75
 
Impactos ambientales del desvio del rancheria
Impactos ambientales del desvio del rancheriaImpactos ambientales del desvio del rancheria
Impactos ambientales del desvio del rancheriauniguajiros
 
ACUMULACION-DE-LOTES-URBANOS (1).pdf
ACUMULACION-DE-LOTES-URBANOS (1).pdfACUMULACION-DE-LOTES-URBANOS (1).pdf
ACUMULACION-DE-LOTES-URBANOS (1).pdfGosaDan
 
INFORME DE ESTIMACIÓN DE RIESGO.pdf
INFORME DE ESTIMACIÓN DE RIESGO.pdfINFORME DE ESTIMACIÓN DE RIESGO.pdf
INFORME DE ESTIMACIÓN DE RIESGO.pdfJackelineJoseph1
 
Informe de visita técnica
Informe de visita técnicaInforme de visita técnica
Informe de visita técnicaluisseledonio
 
Procedimiento de saneamiento fisico legal
Procedimiento de saneamiento fisico legalProcedimiento de saneamiento fisico legal
Procedimiento de saneamiento fisico legalStefany Maurtua
 
Acta de coordinacion
Acta de coordinacionActa de coordinacion
Acta de coordinacioncesar toscano
 
CERTIFICADO DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS
CERTIFICADO DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOSCERTIFICADO DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS
CERTIFICADO DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOSPedro Israel Moran Comitre
 
Bases integradas vaso leche
Bases integradas vaso lecheBases integradas vaso leche
Bases integradas vaso lecheyaneth soto q
 
Trabajo de gestión documental.1
Trabajo de gestión documental.1Trabajo de gestión documental.1
Trabajo de gestión documental.1Yarlenis Cisneros
 

What's hot (20)

Organigrama constructora
Organigrama constructoraOrganigrama constructora
Organigrama constructora
 
Saneamiento de Predios Rurales
Saneamiento de Predios RuralesSaneamiento de Predios Rurales
Saneamiento de Predios Rurales
 
Modelo requerimientos tecnicos
Modelo requerimientos tecnicosModelo requerimientos tecnicos
Modelo requerimientos tecnicos
 
Tdr viñas
Tdr viñasTdr viñas
Tdr viñas
 
Generacion de información Catastral Rural
Generacion de información Catastral RuralGeneracion de información Catastral Rural
Generacion de información Catastral Rural
 
liquidacion de obras publicas
liquidacion de obras publicasliquidacion de obras publicas
liquidacion de obras publicas
 
Diapositivas - Clase N° 08.pptx
Diapositivas - Clase N° 08.pptxDiapositivas - Clase N° 08.pptx
Diapositivas - Clase N° 08.pptx
 
modelo informe.docx
modelo informe.docxmodelo informe.docx
modelo informe.docx
 
Presupuesto montaje-de-tuberia-hdpe
Presupuesto montaje-de-tuberia-hdpePresupuesto montaje-de-tuberia-hdpe
Presupuesto montaje-de-tuberia-hdpe
 
Reporte Fotografico Ureblock
Reporte Fotografico UreblockReporte Fotografico Ureblock
Reporte Fotografico Ureblock
 
Impactos ambientales del desvio del rancheria
Impactos ambientales del desvio del rancheriaImpactos ambientales del desvio del rancheria
Impactos ambientales del desvio del rancheria
 
ACUMULACION-DE-LOTES-URBANOS (1).pdf
ACUMULACION-DE-LOTES-URBANOS (1).pdfACUMULACION-DE-LOTES-URBANOS (1).pdf
ACUMULACION-DE-LOTES-URBANOS (1).pdf
 
INFORME DE ESTIMACIÓN DE RIESGO.pdf
INFORME DE ESTIMACIÓN DE RIESGO.pdfINFORME DE ESTIMACIÓN DE RIESGO.pdf
INFORME DE ESTIMACIÓN DE RIESGO.pdf
 
Informe de visita técnica
Informe de visita técnicaInforme de visita técnica
Informe de visita técnica
 
Procedimiento de saneamiento fisico legal
Procedimiento de saneamiento fisico legalProcedimiento de saneamiento fisico legal
Procedimiento de saneamiento fisico legal
 
Acta de coordinacion
Acta de coordinacionActa de coordinacion
Acta de coordinacion
 
CERTIFICADO DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS
CERTIFICADO DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOSCERTIFICADO DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS
CERTIFICADO DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS
 
Bases integradas vaso leche
Bases integradas vaso lecheBases integradas vaso leche
Bases integradas vaso leche
 
REGULARIZACIONES CARTAGENA
REGULARIZACIONES CARTAGENAREGULARIZACIONES CARTAGENA
REGULARIZACIONES CARTAGENA
 
Trabajo de gestión documental.1
Trabajo de gestión documental.1Trabajo de gestión documental.1
Trabajo de gestión documental.1
 

Similar to Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p

oefa.ultimo (5).docx
oefa.ultimo (5).docxoefa.ultimo (5).docx
oefa.ultimo (5).docxADATREJOREYES
 
Gmail 15 ENE 2024; 10:06 Hrs., CÉDULA 25-2024. Disp fiscal n.° 01. 13p
Gmail 15 ENE 2024; 10:06 Hrs., CÉDULA 25-2024. Disp fiscal n.° 01. 13pGmail 15 ENE 2024; 10:06 Hrs., CÉDULA 25-2024. Disp fiscal n.° 01. 13p
Gmail 15 ENE 2024; 10:06 Hrs., CÉDULA 25-2024. Disp fiscal n.° 01. 13pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
informe favorable para la construcción Huentelauquén - Canela
informe favorable para la construcción Huentelauquén - Canelainforme favorable para la construcción Huentelauquén - Canela
informe favorable para la construcción Huentelauquén - CanelaArquitecto Chile
 
Acto de alguacil para notificar emplazamiento juan ramon septiembre 22
Acto de alguacil para notificar emplazamiento juan ramon  septiembre 22Acto de alguacil para notificar emplazamiento juan ramon  septiembre 22
Acto de alguacil para notificar emplazamiento juan ramon septiembre 22RafaelOrlandoCiprian
 
La ANSeS desestimó recurso de La Rioja Telecomunicaciones SAPEM
La ANSeS desestimó recurso de La Rioja Telecomunicaciones SAPEMLa ANSeS desestimó recurso de La Rioja Telecomunicaciones SAPEM
La ANSeS desestimó recurso de La Rioja Telecomunicaciones SAPEMEduardo Nelson German
 
1.escrito descargo de requerimiento 2021 ada lino salas
1.escrito descargo de requerimiento 2021 ada lino salas1.escrito descargo de requerimiento 2021 ada lino salas
1.escrito descargo de requerimiento 2021 ada lino salasRoberto Valladares
 
Informe Legal de Apelación del Procedimiento administrativo sancionador
Informe Legal de Apelación del Procedimiento administrativo sancionadorInforme Legal de Apelación del Procedimiento administrativo sancionador
Informe Legal de Apelación del Procedimiento administrativo sancionadorCintyaRivera2
 
63 2016 iestpricardorp-mantenimiento
63 2016 iestpricardorp-mantenimiento63 2016 iestpricardorp-mantenimiento
63 2016 iestpricardorp-mantenimientoAlexis Benites
 
Informe favorable para la construcción (IFC) Talagante - Maipú - San Bernardo
Informe favorable para la construcción (IFC) Talagante - Maipú - San BernardoInforme favorable para la construcción (IFC) Talagante - Maipú - San Bernardo
Informe favorable para la construcción (IFC) Talagante - Maipú - San BernardoARQUITECTOREACACONCO
 
Organismos de Inspección_00 Directorio de Org. Inspeccion (2023-03-08).pdf
Organismos de Inspección_00 Directorio de Org. Inspeccion  (2023-03-08).pdfOrganismos de Inspección_00 Directorio de Org. Inspeccion  (2023-03-08).pdf
Organismos de Inspección_00 Directorio de Org. Inspeccion (2023-03-08).pdfEscalanteRodriguezGi
 
Abogado trucho del Ministerio de Seguridad
Abogado trucho del Ministerio de SeguridadAbogado trucho del Ministerio de Seguridad
Abogado trucho del Ministerio de SeguridadMariano Manuel Bustos
 
SED CARTAGENA JOSE PINZkkkkekkwhhiON.pdf
SED CARTAGENA JOSE PINZkkkkekkwhhiON.pdfSED CARTAGENA JOSE PINZkkkkekkwhhiON.pdf
SED CARTAGENA JOSE PINZkkkkekkwhhiON.pdfingjoche
 
3 ra video conferencia virtual 20 oct 2020
3 ra video conferencia virtual 20 oct 20203 ra video conferencia virtual 20 oct 2020
3 ra video conferencia virtual 20 oct 2020Eduardo Trigo
 
Ari bbilonia de oficio se requiere a la municipalidad, presentar lo solicitado
Ari bbilonia  de oficio se requiere a la municipalidad, presentar lo solicitadoAri bbilonia  de oficio se requiere a la municipalidad, presentar lo solicitado
Ari bbilonia de oficio se requiere a la municipalidad, presentar lo solicitadoVictor Reyes
 
Gmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27p
Gmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27pGmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27p
Gmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Investigación Caravana Santurbán
Investigación Caravana SanturbánInvestigación Caravana Santurbán
Investigación Caravana SanturbánCARCTERNoticias
 
Investigación Caravana Santurbán
Investigación Caravana SanturbánInvestigación Caravana Santurbán
Investigación Caravana Santurbánjeferduran
 

Similar to Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p (20)

oefa.ultimo (5).docx
oefa.ultimo (5).docxoefa.ultimo (5).docx
oefa.ultimo (5).docx
 
Gmail 15 ENE 2024; 10:06 Hrs., CÉDULA 25-2024. Disp fiscal n.° 01. 13p
Gmail 15 ENE 2024; 10:06 Hrs., CÉDULA 25-2024. Disp fiscal n.° 01. 13pGmail 15 ENE 2024; 10:06 Hrs., CÉDULA 25-2024. Disp fiscal n.° 01. 13p
Gmail 15 ENE 2024; 10:06 Hrs., CÉDULA 25-2024. Disp fiscal n.° 01. 13p
 
Nocontestacionrad18269334 tvaztecamxcase
Nocontestacionrad18269334 tvaztecamxcaseNocontestacionrad18269334 tvaztecamxcase
Nocontestacionrad18269334 tvaztecamxcase
 
informe favorable para la construcción Huentelauquén - Canela
informe favorable para la construcción Huentelauquén - Canelainforme favorable para la construcción Huentelauquén - Canela
informe favorable para la construcción Huentelauquén - Canela
 
codigo penal
codigo penalcodigo penal
codigo penal
 
Acto de alguacil para notificar emplazamiento juan ramon septiembre 22
Acto de alguacil para notificar emplazamiento juan ramon  septiembre 22Acto de alguacil para notificar emplazamiento juan ramon  septiembre 22
Acto de alguacil para notificar emplazamiento juan ramon septiembre 22
 
La ANSeS desestimó recurso de La Rioja Telecomunicaciones SAPEM
La ANSeS desestimó recurso de La Rioja Telecomunicaciones SAPEMLa ANSeS desestimó recurso de La Rioja Telecomunicaciones SAPEM
La ANSeS desestimó recurso de La Rioja Telecomunicaciones SAPEM
 
1.escrito descargo de requerimiento 2021 ada lino salas
1.escrito descargo de requerimiento 2021 ada lino salas1.escrito descargo de requerimiento 2021 ada lino salas
1.escrito descargo de requerimiento 2021 ada lino salas
 
Informe Legal de Apelación del Procedimiento administrativo sancionador
Informe Legal de Apelación del Procedimiento administrativo sancionadorInforme Legal de Apelación del Procedimiento administrativo sancionador
Informe Legal de Apelación del Procedimiento administrativo sancionador
 
63 2016 iestpricardorp-mantenimiento
63 2016 iestpricardorp-mantenimiento63 2016 iestpricardorp-mantenimiento
63 2016 iestpricardorp-mantenimiento
 
Informe favorable para la construcción (IFC) Talagante - Maipú - San Bernardo
Informe favorable para la construcción (IFC) Talagante - Maipú - San BernardoInforme favorable para la construcción (IFC) Talagante - Maipú - San Bernardo
Informe favorable para la construcción (IFC) Talagante - Maipú - San Bernardo
 
Organismos de Inspección_00 Directorio de Org. Inspeccion (2023-03-08).pdf
Organismos de Inspección_00 Directorio de Org. Inspeccion  (2023-03-08).pdfOrganismos de Inspección_00 Directorio de Org. Inspeccion  (2023-03-08).pdf
Organismos de Inspección_00 Directorio de Org. Inspeccion (2023-03-08).pdf
 
Abogado trucho del Ministerio de Seguridad
Abogado trucho del Ministerio de SeguridadAbogado trucho del Ministerio de Seguridad
Abogado trucho del Ministerio de Seguridad
 
Apersonamiento servitred sac.
Apersonamiento servitred sac.Apersonamiento servitred sac.
Apersonamiento servitred sac.
 
SED CARTAGENA JOSE PINZkkkkekkwhhiON.pdf
SED CARTAGENA JOSE PINZkkkkekkwhhiON.pdfSED CARTAGENA JOSE PINZkkkkekkwhhiON.pdf
SED CARTAGENA JOSE PINZkkkkekkwhhiON.pdf
 
3 ra video conferencia virtual 20 oct 2020
3 ra video conferencia virtual 20 oct 20203 ra video conferencia virtual 20 oct 2020
3 ra video conferencia virtual 20 oct 2020
 
Ari bbilonia de oficio se requiere a la municipalidad, presentar lo solicitado
Ari bbilonia  de oficio se requiere a la municipalidad, presentar lo solicitadoAri bbilonia  de oficio se requiere a la municipalidad, presentar lo solicitado
Ari bbilonia de oficio se requiere a la municipalidad, presentar lo solicitado
 
Gmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27p
Gmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27pGmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27p
Gmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27p
 
Investigación Caravana Santurbán
Investigación Caravana SanturbánInvestigación Caravana Santurbán
Investigación Caravana Santurbán
 
Investigación Caravana Santurbán
Investigación Caravana SanturbánInvestigación Caravana Santurbán
Investigación Caravana Santurbán
 

More from Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN

DOC-202406481; 19 FEB 2024, 17:47:25 Hrs. Solicito participar en declaración. 3p
DOC-202406481; 19 FEB 2024, 17:47:25 Hrs. Solicito participar en declaración. 3pDOC-202406481; 19 FEB 2024, 17:47:25 Hrs. Solicito participar en declaración. 3p
DOC-202406481; 19 FEB 2024, 17:47:25 Hrs. Solicito participar en declaración. 3pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
DOC-202406479; 19 FEB 2024, 17:23:08 Hrs. Solicito transcriban contenido acta...
DOC-202406479; 19 FEB 2024, 17:23:08 Hrs. Solicito transcriban contenido acta...DOC-202406479; 19 FEB 2024, 17:23:08 Hrs. Solicito transcriban contenido acta...
DOC-202406479; 19 FEB 2024, 17:23:08 Hrs. Solicito transcriban contenido acta...Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
DOC-202406471; 19 FEB 2024, 17:07:14 Hrs. Solicito entregue archivo PDF. 3p
DOC-202406471; 19 FEB 2024, 17:07:14 Hrs. Solicito entregue archivo PDF. 3pDOC-202406471; 19 FEB 2024, 17:07:14 Hrs. Solicito entregue archivo PDF. 3p
DOC-202406471; 19 FEB 2024, 17:07:14 Hrs. Solicito entregue archivo PDF. 3pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
[CARGO] 16 FEB 2024; 12:53 Hrs. Esc. n.° 02; pide legítimo interés y acceso a...
[CARGO] 16 FEB 2024; 12:53 Hrs. Esc. n.° 02; pide legítimo interés y acceso a...[CARGO] 16 FEB 2024; 12:53 Hrs. Esc. n.° 02; pide legítimo interés y acceso a...
[CARGO] 16 FEB 2024; 12:53 Hrs. Esc. n.° 02; pide legítimo interés y acceso a...Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Cf. n.° 506110102-2019-27-0; 07 ENE 2019. Denuncia penal. Sin anexos. 20p
Cf. n.° 506110102-2019-27-0; 07 ENE 2019. Denuncia penal. Sin anexos. 20pCf. n.° 506110102-2019-27-0; 07 ENE 2019. Denuncia penal. Sin anexos. 20p
Cf. n.° 506110102-2019-27-0; 07 ENE 2019. Denuncia penal. Sin anexos. 20pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
DOC-202361030; Esc. n.° 12. REQUERIMIENTO ELEVACIÓN ACTUADOS. 11p
DOC-202361030; Esc. n.° 12. REQUERIMIENTO ELEVACIÓN ACTUADOS. 11pDOC-202361030; Esc. n.° 12. REQUERIMIENTO ELEVACIÓN ACTUADOS. 11p
DOC-202361030; Esc. n.° 12. REQUERIMIENTO ELEVACIÓN ACTUADOS. 11pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Gmail 5 DIC 2023; 11:54 Hrs. DISPOSICIÓN DE ARCHIVO DEFINITIVO. 19p
Gmail 5 DIC 2023; 11:54 Hrs. DISPOSICIÓN DE ARCHIVO DEFINITIVO. 19pGmail 5 DIC 2023; 11:54 Hrs. DISPOSICIÓN DE ARCHIVO DEFINITIVO. 19p
Gmail 5 DIC 2023; 11:54 Hrs. DISPOSICIÓN DE ARCHIVO DEFINITIVO. 19pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Notificación (DOM 3 DIC 2023). Disposición fiscal n.° SEIS. 3p
Notificación (DOM 3 DIC 2023). Disposición fiscal n.° SEIS. 3pNotificación (DOM 3 DIC 2023). Disposición fiscal n.° SEIS. 3p
Notificación (DOM 3 DIC 2023). Disposición fiscal n.° SEIS. 3pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Denuncia constitucional; 27 NOV 2023. Acusación n.° 425/2021-2026. 165p
Denuncia constitucional; 27 NOV 2023. Acusación n.° 425/2021-2026. 165pDenuncia constitucional; 27 NOV 2023. Acusación n.° 425/2021-2026. 165p
Denuncia constitucional; 27 NOV 2023. Acusación n.° 425/2021-2026. 165pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Resolución N.° 1; 25 NOV 2023. AUTO QUE RESUELVE DETENCIÓN PRELIMINAR. 124p
Resolución N.° 1; 25 NOV 2023. AUTO QUE RESUELVE DETENCIÓN PRELIMINAR. 124pResolución N.° 1; 25 NOV 2023. AUTO QUE RESUELVE DETENCIÓN PRELIMINAR. 124p
Resolución N.° 1; 25 NOV 2023. AUTO QUE RESUELVE DETENCIÓN PRELIMINAR. 124pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Cf. n.° 506015506-2023-500-0; 31 OCT 2023; denuncia penal fideicomiso. Caso C...
Cf. n.° 506015506-2023-500-0; 31 OCT 2023; denuncia penal fideicomiso. Caso C...Cf. n.° 506015506-2023-500-0; 31 OCT 2023; denuncia penal fideicomiso. Caso C...
Cf. n.° 506015506-2023-500-0; 31 OCT 2023; denuncia penal fideicomiso. Caso C...Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
N° Doc 9777-2023; 7 SET 2023. Recurso de agravio constitucional. Caso habeas ...
N° Doc 9777-2023; 7 SET 2023. Recurso de agravio constitucional. Caso habeas ...N° Doc 9777-2023; 7 SET 2023. Recurso de agravio constitucional. Caso habeas ...
N° Doc 9777-2023; 7 SET 2023. Recurso de agravio constitucional. Caso habeas ...Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Not n.° 17427-2023-SP-CI 23 AGO 2023, Res. n.° 23. SENTENCIA VISTA. 26p
Not n.° 17427-2023-SP-CI 23 AGO 2023, Res. n.° 23. SENTENCIA VISTA. 26pNot n.° 17427-2023-SP-CI 23 AGO 2023, Res. n.° 23. SENTENCIA VISTA. 26p
Not n.° 17427-2023-SP-CI 23 AGO 2023, Res. n.° 23. SENTENCIA VISTA. 26pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Not n.° 189705-2023-JR-CA; 29 AGO 2023. Res. n.° OCHO. SENTENCIA. 7p
Not n.° 189705-2023-JR-CA; 29 AGO 2023. Res. n.° OCHO. SENTENCIA. 7pNot n.° 189705-2023-JR-CA; 29 AGO 2023. Res. n.° OCHO. SENTENCIA. 7p
Not n.° 189705-2023-JR-CA; 29 AGO 2023. Res. n.° OCHO. SENTENCIA. 7pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...
Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...
Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Not n.° 183599-2023-JR-CA; 23 AGO 2023. Res n.° SEIS (SENTENCIA). 7p
Not n.° 183599-2023-JR-CA; 23 AGO 2023. Res n.° SEIS (SENTENCIA). 7pNot n.° 183599-2023-JR-CA; 23 AGO 2023. Res n.° SEIS (SENTENCIA). 7p
Not n.° 183599-2023-JR-CA; 23 AGO 2023. Res n.° SEIS (SENTENCIA). 7pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Not n.° 187603-2023-JR-CA; 25 AGO 2023. Res. n.° SEIS. Info oral 5 SET 2023 1...
Not n.° 187603-2023-JR-CA; 25 AGO 2023. Res. n.° SEIS. Info oral 5 SET 2023 1...Not n.° 187603-2023-JR-CA; 25 AGO 2023. Res. n.° SEIS. Info oral 5 SET 2023 1...
Not n.° 187603-2023-JR-CA; 25 AGO 2023. Res. n.° SEIS. Info oral 5 SET 2023 1...Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Exp. T-113628-2023; 07 MAR 2023, 09:03:15 Hrs. Permiso de operaciones. DGAC. ...
Exp. T-113628-2023; 07 MAR 2023, 09:03:15 Hrs. Permiso de operaciones. DGAC. ...Exp. T-113628-2023; 07 MAR 2023, 09:03:15 Hrs. Permiso de operaciones. DGAC. ...
Exp. T-113628-2023; 07 MAR 2023, 09:03:15 Hrs. Permiso de operaciones. DGAC. ...Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 

More from Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN (20)

DOC-202406481; 19 FEB 2024, 17:47:25 Hrs. Solicito participar en declaración. 3p
DOC-202406481; 19 FEB 2024, 17:47:25 Hrs. Solicito participar en declaración. 3pDOC-202406481; 19 FEB 2024, 17:47:25 Hrs. Solicito participar en declaración. 3p
DOC-202406481; 19 FEB 2024, 17:47:25 Hrs. Solicito participar en declaración. 3p
 
DOC-202406479; 19 FEB 2024, 17:23:08 Hrs. Solicito transcriban contenido acta...
DOC-202406479; 19 FEB 2024, 17:23:08 Hrs. Solicito transcriban contenido acta...DOC-202406479; 19 FEB 2024, 17:23:08 Hrs. Solicito transcriban contenido acta...
DOC-202406479; 19 FEB 2024, 17:23:08 Hrs. Solicito transcriban contenido acta...
 
DOC-202406471; 19 FEB 2024, 17:07:14 Hrs. Solicito entregue archivo PDF. 3p
DOC-202406471; 19 FEB 2024, 17:07:14 Hrs. Solicito entregue archivo PDF. 3pDOC-202406471; 19 FEB 2024, 17:07:14 Hrs. Solicito entregue archivo PDF. 3p
DOC-202406471; 19 FEB 2024, 17:07:14 Hrs. Solicito entregue archivo PDF. 3p
 
[CARGO] 16 FEB 2024; 12:53 Hrs. Esc. n.° 02; pide legítimo interés y acceso a...
[CARGO] 16 FEB 2024; 12:53 Hrs. Esc. n.° 02; pide legítimo interés y acceso a...[CARGO] 16 FEB 2024; 12:53 Hrs. Esc. n.° 02; pide legítimo interés y acceso a...
[CARGO] 16 FEB 2024; 12:53 Hrs. Esc. n.° 02; pide legítimo interés y acceso a...
 
Cf. n.° 506110102-2019-27-0; 07 ENE 2019. Denuncia penal. Sin anexos. 20p
Cf. n.° 506110102-2019-27-0; 07 ENE 2019. Denuncia penal. Sin anexos. 20pCf. n.° 506110102-2019-27-0; 07 ENE 2019. Denuncia penal. Sin anexos. 20p
Cf. n.° 506110102-2019-27-0; 07 ENE 2019. Denuncia penal. Sin anexos. 20p
 
DOC-202361740; 18 DIC 2023. REQ ELEV ACTUADOS. 9p
DOC-202361740; 18 DIC 2023. REQ ELEV ACTUADOS. 9pDOC-202361740; 18 DIC 2023. REQ ELEV ACTUADOS. 9p
DOC-202361740; 18 DIC 2023. REQ ELEV ACTUADOS. 9p
 
Not n.° 123108-2023-SP-CA; 11 DIC 2023. Res. n.° 03. 5p
Not n.° 123108-2023-SP-CA; 11 DIC 2023. Res. n.° 03. 5pNot n.° 123108-2023-SP-CA; 11 DIC 2023. Res. n.° 03. 5p
Not n.° 123108-2023-SP-CA; 11 DIC 2023. Res. n.° 03. 5p
 
DOC-202361030; Esc. n.° 12. REQUERIMIENTO ELEVACIÓN ACTUADOS. 11p
DOC-202361030; Esc. n.° 12. REQUERIMIENTO ELEVACIÓN ACTUADOS. 11pDOC-202361030; Esc. n.° 12. REQUERIMIENTO ELEVACIÓN ACTUADOS. 11p
DOC-202361030; Esc. n.° 12. REQUERIMIENTO ELEVACIÓN ACTUADOS. 11p
 
Gmail 5 DIC 2023; 11:54 Hrs. DISPOSICIÓN DE ARCHIVO DEFINITIVO. 19p
Gmail 5 DIC 2023; 11:54 Hrs. DISPOSICIÓN DE ARCHIVO DEFINITIVO. 19pGmail 5 DIC 2023; 11:54 Hrs. DISPOSICIÓN DE ARCHIVO DEFINITIVO. 19p
Gmail 5 DIC 2023; 11:54 Hrs. DISPOSICIÓN DE ARCHIVO DEFINITIVO. 19p
 
Notificación (DOM 3 DIC 2023). Disposición fiscal n.° SEIS. 3p
Notificación (DOM 3 DIC 2023). Disposición fiscal n.° SEIS. 3pNotificación (DOM 3 DIC 2023). Disposición fiscal n.° SEIS. 3p
Notificación (DOM 3 DIC 2023). Disposición fiscal n.° SEIS. 3p
 
Denuncia constitucional; 27 NOV 2023. Acusación n.° 425/2021-2026. 165p
Denuncia constitucional; 27 NOV 2023. Acusación n.° 425/2021-2026. 165pDenuncia constitucional; 27 NOV 2023. Acusación n.° 425/2021-2026. 165p
Denuncia constitucional; 27 NOV 2023. Acusación n.° 425/2021-2026. 165p
 
Resolución N.° 1; 25 NOV 2023. AUTO QUE RESUELVE DETENCIÓN PRELIMINAR. 124p
Resolución N.° 1; 25 NOV 2023. AUTO QUE RESUELVE DETENCIÓN PRELIMINAR. 124pResolución N.° 1; 25 NOV 2023. AUTO QUE RESUELVE DETENCIÓN PRELIMINAR. 124p
Resolución N.° 1; 25 NOV 2023. AUTO QUE RESUELVE DETENCIÓN PRELIMINAR. 124p
 
Cf. n.° 506015506-2023-500-0; 31 OCT 2023; denuncia penal fideicomiso. Caso C...
Cf. n.° 506015506-2023-500-0; 31 OCT 2023; denuncia penal fideicomiso. Caso C...Cf. n.° 506015506-2023-500-0; 31 OCT 2023; denuncia penal fideicomiso. Caso C...
Cf. n.° 506015506-2023-500-0; 31 OCT 2023; denuncia penal fideicomiso. Caso C...
 
N° Doc 9777-2023; 7 SET 2023. Recurso de agravio constitucional. Caso habeas ...
N° Doc 9777-2023; 7 SET 2023. Recurso de agravio constitucional. Caso habeas ...N° Doc 9777-2023; 7 SET 2023. Recurso de agravio constitucional. Caso habeas ...
N° Doc 9777-2023; 7 SET 2023. Recurso de agravio constitucional. Caso habeas ...
 
Not n.° 17427-2023-SP-CI 23 AGO 2023, Res. n.° 23. SENTENCIA VISTA. 26p
Not n.° 17427-2023-SP-CI 23 AGO 2023, Res. n.° 23. SENTENCIA VISTA. 26pNot n.° 17427-2023-SP-CI 23 AGO 2023, Res. n.° 23. SENTENCIA VISTA. 26p
Not n.° 17427-2023-SP-CI 23 AGO 2023, Res. n.° 23. SENTENCIA VISTA. 26p
 
Not n.° 189705-2023-JR-CA; 29 AGO 2023. Res. n.° OCHO. SENTENCIA. 7p
Not n.° 189705-2023-JR-CA; 29 AGO 2023. Res. n.° OCHO. SENTENCIA. 7pNot n.° 189705-2023-JR-CA; 29 AGO 2023. Res. n.° OCHO. SENTENCIA. 7p
Not n.° 189705-2023-JR-CA; 29 AGO 2023. Res. n.° OCHO. SENTENCIA. 7p
 
Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...
Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...
Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...
 
Not n.° 183599-2023-JR-CA; 23 AGO 2023. Res n.° SEIS (SENTENCIA). 7p
Not n.° 183599-2023-JR-CA; 23 AGO 2023. Res n.° SEIS (SENTENCIA). 7pNot n.° 183599-2023-JR-CA; 23 AGO 2023. Res n.° SEIS (SENTENCIA). 7p
Not n.° 183599-2023-JR-CA; 23 AGO 2023. Res n.° SEIS (SENTENCIA). 7p
 
Not n.° 187603-2023-JR-CA; 25 AGO 2023. Res. n.° SEIS. Info oral 5 SET 2023 1...
Not n.° 187603-2023-JR-CA; 25 AGO 2023. Res. n.° SEIS. Info oral 5 SET 2023 1...Not n.° 187603-2023-JR-CA; 25 AGO 2023. Res. n.° SEIS. Info oral 5 SET 2023 1...
Not n.° 187603-2023-JR-CA; 25 AGO 2023. Res. n.° SEIS. Info oral 5 SET 2023 1...
 
Exp. T-113628-2023; 07 MAR 2023, 09:03:15 Hrs. Permiso de operaciones. DGAC. ...
Exp. T-113628-2023; 07 MAR 2023, 09:03:15 Hrs. Permiso de operaciones. DGAC. ...Exp. T-113628-2023; 07 MAR 2023, 09:03:15 Hrs. Permiso de operaciones. DGAC. ...
Exp. T-113628-2023; 07 MAR 2023, 09:03:15 Hrs. Permiso de operaciones. DGAC. ...
 

Recently uploaded

Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfanagc806
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxjbernardomaidana
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptxantidoxxeo29
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioEdwinRubio14
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxcontestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxMarioCasimiroAraniba1
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombiaylbonilla
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOMarianaCuevas22
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalPoder Judicial
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFmilenamora37
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxJonathanGiriron
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasGvHaideni
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguerofreddymendoza64
 

Recently uploaded (20)

Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxcontestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
 

Caso fiscal n.° 506015505-2022-382-0; 04 NOV 2022, 16_03 Hrs. Denuncia penal. Caso DAA Mall Plaza Comas. OCR. 144p

  • 1. MINISTERIO p FISCALÍA D ÚBLICO E LA NACIÓN e 1 ¿ ¡(No E | po —— (ESTADO: ] o C > INV. PRELIM. o INV. PREP. ERMEDIA. GQ = s JUZGAMIENTO
  • 2. Ministerio Público-SGF 01.FPCEDCF-LIMA Modo de Ingreso: MUP *0050601550520220003820000* CARGO DE INGRESO DE CARPETA FISCAL 1? FPCEDCF - 1” DESPACHO: QUICO PALOMINO, ROSARIO ISABEL CASO : ESPECIALIDAD ; F. INGRESO : MOTIVO INGRESO INFORME POLICIAL. : NUMERO DE OFICIO : 506015505-2022-382-0 DEPENDENCIA — : 01*FPCEDCF-LIMA PENAL DISTRITO FISCAL — : LIMA 04/11/2022 16:03 : DENUNCIA DE PARTE NRO. FOLIOS + 92 OBSERVACIONES : DENUNCIA INTERPUESTA_DYLAN E.LÓPEZ ENCARNACIÓN_CON DNI N.*71337549. ADJUNTA 01(UNO) CD EN SOBRE MANILA CERRADO A FOLIOS 90. SE REMITE DOCUMENTO EN FÍSICO. DELITO(S): C.F. (NEGOCIACION INCOMPATIBLE O APROVECHAMIENTO INDEBIDO DE CARGO) INVESTIGADO : SEGURA REQUENA JULIO CESAR INVESTIGADO : JERI ALVAREZ MAGALY ANDREA INVESTIGADO : L.Q.R.R. INVESTIGADO : VALLE MARTINEZ MARIA ISABEL INVESTIGADO : ALCA AYAQUE RICHARD AGRAVIADO : EL ESTADO Recibido USUARIO: AMILCAR VICENTE CABALLERO CALIXTO Página 1 de 1 Fecha: 04/11/2022 Hora: 16:08
  • 3. 4 C.F. 302-2022 /4F- 1D /) JUNO Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional Cf. n.*: Escrito n.*: 01 Sumilla: Denuncia penal por delito de corrupción de 04 NOV, 2022 : | funcionarios : e a Y a 92 fp > o pes SEÑOR(A) FISCAL PROVINCIAL PENAL DEL DESPACHO DE TURNO DE LA FISCALÍA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS DEL DISTRITO FISCAL DE LIMA Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN, identificado con D.N.I. n.2 71337549, señalando como datos de contacto el número de teléfono móvil 995 949 592, el correo electrónico dylanlopezeQOgmail.com, como dirección legal Jr. Júpiter Mz. 7, Lt. 75, Urb. Villa Collique, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, acudo a su despacho para: l. PETITORIO: 1.1 — Invocando interés legítimo por obtener justicia y en virtud del art. 12 del D.L. n.? 052 — Ley Orgánica del Ministerio Público y sus modificatorias, así como del art. 326, inc. 1 del Código Procesal Penal (D.L. n.? 957), interponer DENUNCIA PENAL por el delito de Negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, tipo penal previsto y penado en el art. 399 del Código Penal peruano vigente, sin perjuicio de los delitos que se puedan advertir y calificar posteriormente, y se disponga iniciar las diligencias preliminares contra las siguientes personas: II. NOMBRE DE LOS DENUNCIADOS — INDIVIDUALIZACIÓN DEL AAA REE ELO DENUNEAADOS — ENDIVIDUALIZACION DEL PRESUNTO RESPONSABLE (ART. 328, INC. 1 DEL CPP): 2.1 María Ysabel VALLE MARTÍNEZ, identificada con D.N.L n.* 09361594, y quien para el momento de los hechos denunciados ocupaba el cargo de directora general (s) de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Viceministerio de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción (PRODUCE). mada
  • 4. Z dos Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional 2.2 Magaly Andrea JERÍ GÁLVEZ, identificada con D.N.L n.2 46086500, y quien para el momento de los hechos denunciados ocupaba el cargo de profesional de ingeniera de la Dirección de Evaluación Ambiental (DEAM) del Ministerio de la Producción (PRODUCE). 2.3 Julio César SEGURA REQUENA, identificado con D.N.T. n.2 42825820, y quien para el momento de los hechos denunciados ocupaba el cargo de abogado de la Dirección de Evaluación Ambiental (DEAM) del Ministerio de la Producción (PRODUCE). 244 Richard ALCA AYAQUE, identificado con D.N.L. n.* 41173532, y quien para el momento de los hechos denunciados ocupaba el cargo de director de la Dirección de Evaluación Ambiental (DEAM) del Ministerio de la Producción (PRODUCE). 2.5 Los que resulten responsables (L.Q.R.R.). III. NOMBRE DEL AGRAVIADO: 3.1 La Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción del distrito fiscal de Lima (sede central) con domicilio en Av. Arequipa n.* 5060-5070, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. IV. NARRACIÓN DETALLADA Y VERAZ DE LOS HECHOS (ART. 328 INC. 1 DEL CPP): > Resumen del caso 4.1 Setrata del otorgamiento irregular e ilegal de una Declaración de Adecuación de Impacto Ambiental (DAA) contenida en la Resolución Directoral N* 622-2019-PRODUCE/ DVMYPE-1/DGAAMI del 16 de julio de 2019 a favor de una empresa privada en flagrante violación a la SEGUNDA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL del D.S. n.? 017-2015-PRODUCE, > Circunstancias precedentes 4.2 El suscrito mediante solicitud presentada en la mesa de partes física del Ministerio de la Producción con Registro N* 00004338-2019 el 14 de enero de 2019 a las 16:21:30 Hrs! pidió a este ministerio que informe mediante escrito si la empresa MALL PLAZA COMAS S.A, (identificada con R.U.C.. n.* 20601279640)? ha tramitado su aprobación de estudio de impacto 1, Fuente web: ittos: //uvww.scribd.com/document/603443687/CEDULA-DE-NOTIFICACION-2221-2022-Muy-Urgente-27- OCT-2022-Cf-n-281-2020-peculado-uso-Comas-OCR 2. Según la partida 13641068 del registro de personas jurídicas de la Oficina Registral Lima de la Zona Registral N9 IX - Sede Lima_13641068 del registro de personas jurídicas de la Oficina Registral Lima de la Zona Registral N* 1X - Sede “Página 42—
  • 5. Tis Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional ambiental para la construcción del centro comercial que pretendían construir en el terreno conocido como Parcela B en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. 4.3 En respuesta a esa solicitud, la denunciada María Ysabel VALLE MARTINEZ emite el OFICIO N* 394-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI del 18 de enero de 20193 mediante la cual informa que con respecto a la empresa MALL PLAZA COMAS S.A. (refiriéndose a la empresa Mall Plaza Inmobiliaria S.A.) se ha realizado la búsqueda en la base de datos (de PRODUCE) y no se ha identificado que dicha empresa cuente con Instrumento de Gestión Ambiental (IGA) aprobado por la autoridad ambiental (Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria). 4.4 Para confirmar que la empresa Mall Plaza Inmobiliaria S.A. no había tramitado ningún IGA, el suscrito volvió a presentar una solicitud dirigida igualmente al Ministerio de la Producción con Registro N? 00024280-019 el 06 de marzo de 2019 a las 14:58:05 Hrs.* precisando que centro comercial "Mall Plaza Comas" y pidiendo comuniquen oficialmente si la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. ha tramitado su Estudio de Impacto Ambiental para su proyecto en Comas y, Por consiguiente, si ha conseguido su aprobación por parte del ministerio. 4.5 Antes de que el Ministerio de la Producción emita respuesta a esa solicitud, la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. presenta un formulario titulado "FORMULARIO DGAAMI - 007" llenado y registrado con REGISTRO N? 00029263-2019 el 22 de marzo de 2019 a las 16:54:40 Hrs.5 en la mesa de partes física del Ministerio de la Producción mediante el cual en-=ta solicitaban una evaluación de la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA) para las "actividades en curso de la industria manufacturera o comercio interno". 4.6 Frente a la solicitud del suscrito antes referida (la del Registro N* 00024280-019), la denunciada María Ysabel VALLE MARTÍNEZ emite dos oficios, Lima, la empresa inicialmente se llamo Nuevo Dominio S.A., luego MALL PLAZA COMAS S.A, y finalmente MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. Ver fuente web: https: //www.scribd.com/document/604788212/Copia-literal-N-Partida-13641068- MALL-PLAZA-INMOBILIARIA-S-A-OCR-22p 3. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603523700/0FICIO-N-394-2019-PRODUCE-DVMYPE-I-DGAAMI-18- ENE-2019-OCR 4. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603526130/REGISTRO-N-00024280-2019-06-MAR-2019-y-anexos- SEGUNDO-PEDIDO-PRODUCE-OCR 5. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/445608963/REG-N%C2%BA-00029263-2019-N-Folios-279-Solicitud- de-Declaracion-de-Adecuacion-Ambiental-DAA-de-Mall-Plaza-Inmobiliaria-S-A-ante-el-Ministerio-de-la Página+3
  • 6. cualro Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional que fueron comunicados al suscrito vía Gmail el 28 de marzo de 2019 a las 16:48 Hrs.* por la persona Andrea Dennis ROBLES REYES, que son los siguientes: 4.6.1 El oficio titulado "OFICIO N* 2075-2019-PRODUCE/DVMYPE- I/DGAAMI" del 28 de marzo de 20109. 4.6.2 El oficio titulado "OFICIO N* 2076-2019-PRODUCE/DVMYPE- I/DGAAMI" del 28 de marzo de 2019. 4.7 En el primer oficio la denunciada María Ysabel VALLE MARTÍNEZ se dirige a la persona Christhian Leonardo DIAZ RUÍZ, director temporal de la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) indicándole que su institución (la de él, OFEA) es competente para atender denuncias ambientales presentadas por los administrados, mencionando que no existe ningún instrumento de gestión ambiental aprobado o en evaluación a favor de la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. 4.8 Y finaliza recordando que respecto de los proyectos de inversión solo requerirán certificación ambiental, aprobada por la dirección de la denunciada, aquellos que se encuentren en una lista de proyectos regulado por las leyes ambientales pertinentes y que más adelante detallaremos. 4.9 En el segundo oficio la denunciada María Ysabel VALLE MARTÍNEZ se dirige al suscrito informándome que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) es competente para atender las denuncias ambientales presentadas por los administrados (refiriéndose al suscrito, en tanto denunciante). Y que mi solicitud (que ella toma como denuncia) ha sido trasladada al OEFA mediante Oficio N* 2075-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI para el trámite correspondiente. 4.10 Y que es preciso informarme que no se ha identificado que la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. cuente con algún instrumento de gestión ambiental aprobado o (en) evaluación en su Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria. 4.11 Cabe precisar que el OFICIO N* 2075-2019-PRODUCE/DVMYPE- I/DGAAMI del 29 de marzo de 2019 fue recibido por la mesa de partes física de la OEFA el 29 de marzo de 2019 con el Reg. N* 31416.” 4.12 Además es necesario resaltar que la empresa Mall Plaza Inmobiliaria S.A. sí estaba obligada a presentar su certificación 6. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603529105/Gmail-28-MAR-2019-16-48-Hrs-OFICIO-N-2075-2019-y- OFICIO-N-2076-2019-PRODUCE-Caso-Mall-Plaza-Comas-3p 7, Fuente web: https://www.scribd.com/document/603531185/0FICIO-N-2075-2019-PRODUCE-DVMYPE-I-DGAAMI- RECIBIDO-OEFA-29-MAR-2019-Reg-N-31416-OCR Pan
  • 7. CULO? Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional ambiental para su proyecto Mall Plaza Comas pues por las características | de su proyecto de inversión privada (y que se detallaron en el informe de los denunciados) se encontraba sujeta al SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (SEIA), especificamente en la clasificación de la Resolución Ministerial N* 157-2011-MINAM publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 21 de julio de 20113: Ministerio de la Producción | - 5. Complejos comerciales con una superficie superior a 2 5000 m2 y | con densidad neta promedio de 1500 hab/ha (Resolución Ministerial NO 218-2010-PRODUCE). 4.13 Amén de quea lo largo de la denuncia ante OEFA ni esta autoridad administrativa ni el administrado denunciado (Mall Plaza Inmobiliaria S.A.) desvirtuaron dicha premisa (de que el proyecto Mall Plaza Comas requería certificación ambiental). 4.14 Pero no sólo eso, sino que esta conducta por parte del administrado denunciado, de iniciar la construcción de su proyecto sin certificación ambiental estaba debidamente tipificada como infracción )-- de conformidad con la Resolución de Consejo Directivo N* 049-2013- OEFA/CD del 18 de diciembre de 2013: 3 - DESARROLLAR | ACTIVIDADES SIN CONTAR CON INSTRUMENTO DE GESTIÓN | AMBIENTAL APROBADO PREVIAMENTE POR LA AUTORIDAD _| COMPETENTE.? 4.15 En cuanto a la labor de OEFA Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas (DSAP) se limitó a solicitar información a la Municipalidad Distrital de Comas*" y a Mall Plaza Inmobiliaria S.A, 4.16 Siendo que el suscrito amplió su denuncia siendo este escrito recibido el 3 de julio de 2019 con Reg. N* 64413.12 4.17 Luego, mediante CARTA N* 0947-2019-OEFA/DSAP del 5 de agosto de 2019, comunicada al suscrito mediante correo electrónico de <coordinacionindustriasQoefa.gob.pe> el 9 de agosto de 2019 a las 09:21 Hrs. 13, 8. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603536453/RESOLUCION-MINISTERIAL-N-157-2011-MINAM- Aprueban-Primera-Actualizacion-del-Listado-SEIA-EP-21-JUL-2011-7p 9, Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603533629/RESOLUCION-CONSEJO-DIRECTIVO-N-049-2013-OEFA- CD-Tipifican-infracciones-IGA-Cuadro-EP-30-DIC-2013-18p 10. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603538248/0OFICIO-N-00387-2019-OEFA-DSAP-20-MAY-2019-2019- E01-031416 11. Fuente web: https://www.scribd .com/document/603538271/CARTA-M-00604-2019-OEFA-DSAP-21-MAY-2019-2019- 101-024038 12, Fuente web: https://www.scribd.com/document/603538408/Rea-N-64413-03-JUL-2019-OEFA-AMPLIACION-DE- DENUNCIA-Caso-Mall-Plaza-Comas 13, Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603540742/Gmail-9-AGO-2019-09-20-Hrs-y-CARTA-N-0947-OEFA- DSAP-4p Pádi 5
  • 8. ss Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional la directora de la DSAP, Gladys Kailyn RENGIFO REÁTEGUI, me infiorma que “no corresponde priorizar y programar una supervisión especial para atender los hechos denunciados” pues a la empresa Mall Plaza Inmobiliaria S.A. se le había aprobado un “instrumento de gestión ambiental” del proyecto denominado Mall Plaza Comas mediante Resolución Directoral NS 622-2019-PRODUCE/DVMYPE- I/DGAAMI (no especificó la fecha de este acto administrativo). 4.18 Fue a partir de ahí que el suscrito pidió al Ministerio de la Producción copia certificada de esa Resolución Directoral N? 622-2019- PRODUYCE/DVMYPE-I/DGAAM mediante solicitud registrada con REGISTRO N* 00092400-2019 del 24 de setiembre de 2019 a las 14:07:58 Hrs.14 4.19 Luego que se diera atención mediante “OFICIO N* 02617- 2019/PRODUCE-FUN.RES.ACC.INF” del 26 de setiembre de 201915 a dicha solicitud, fue el 30 de setiembre de 2019 cuando el suscrito acudió personalmente al Ministerio de la Producción a recoger la información y recién después de eso me enteré del contenido de la Resolución Directoral NO 622- 2019-PRODUYCE/DVMYPE-1/DGAAMI. 4.20 Esta Resolución Directoral N' 622-2019-PRODUCE/DVMYPE- I/DGAAMI fue emitida el 16 de julio de 20191 por la mismísima denunciada María Ysabel VALLE MARTÍNEZ, es decir la funcionaria ública que antes había derivado la denunciado a OEFA, ahora rácticamente se onía del lado de los infractores, Mall Plaza Inmobiliaria_S.A. 4.21 Ese acto administrativo tiene como base el INFORME TÉCNICO LEGAL N* 1945-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI-DEAM del 15 de julio de 2019*”, firmado por los denunciados Magaly Andrea JERÍ GÁLVEZ, Julio César SEGURA REQUENA y Richard ALCA AYAQUE. ¿Por qué no correspondía entregar una Declaración de Adecuación Ambiental (DAA)? 14. Fuente web: https: //www.scribd .com/document/603571905/REG-N-00092400-2019-24-SET-2019-14-07-58-Hrs- Solicite-Res-Direc-622-2019-OCR-2p 15. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603592177/Gmail-27-SET-2019-10-33-Hrs-y-OFICIO-N-02617- 2019PRODUCE-FUN-RES-ACC-INF-3p 16. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603595686/Resolucion-Directoral-N-622-2019-PRODUCE-DVMYPE- I-DGAAMI-16-JUL-2019-OCR-3p 17. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603595722/INFORME-TECNICO-LEGAL-N-1945-2019-PRODUCE- DVMYPE-I-DGAAM-DEAM-15-JUL-2019-OCR-33p Página+6— 6 .
  • 9. Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional 4.22 En principio, en ese informe los denunciados antes referidos reconocen la infracción parte de Mall Plaza Inmobiliaria:_haber _ Iniciado la construcción de su proyecto sin certificación ambiental. ¿ —_——— a a NX NS 4.23 Pero luego plantean una premisa que resulta surrealista y reprochable en un Estado de Derecho: "En ese contexto... no ha contemplado de forma expresa, una previsión legal para atender las solicitudes de evaluación ambiental de proyectos de inversión sin certificación ambiental que ya han iniciado su etapa constructiva pero que aún no desarrollan la operación de su actividad económica". 4.24 En principio, porque para la fecha de los hechos, año 2019, estaba vigente el DECRETO SUPREMO N* 017-2015-PRODUCE “Aprueban el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno” publicada el 6 de junio de 2015 en el Diario Oficial “El Peruano”* y en cuya DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL se estableció que A partir de la vigencia del presente Reglamento, los proyectos de inversión deben contar, previamente, con la certificación ambiental respectiva para su ejecución, de conformidad con la normatividad vigente; caso contrario el titular, incurre en infracción administrativa sancionable. (Lo resaltado en negrita y subrayado es nuestro). 4.25 También porque los denunciados se amparan en el informe titulado “INFORME TECNICO NO 0058-2017-MINAM/VMGA/DGPNIGA/JVASQUEZ” del 21 de marzo de 20171* emitido en un procedimiento administrativo ajeno al de Mall Plaza Inmobiliaria S.A. y que trataba sobre, para esa fecha 2017, existencia de solicitudes de evaluación ambiental de proyectos de inversión que cuentan con etapa de construcción iniclada pendiente de iniciar su etapa de construcción. 4.26 La pregunta es muy sencilla, si Mall Plaza Inmobiliaria S.A. en su solicitud de DAA con REGISTRO N* 00029263-2019 el 22 de marzo de 2019 a las 16:54:40 Hrs. no cita en ningún extremo ese “INFORME TECNICO N* 0058- 2017-MINAM/VMGA/DGPNIGA/JVASQUEZ” del 21 de marzo de 2017, ¿cómo así sabían que les iban a dar la DAA? 4.27 Es claro que los funcionarios denunciados que suscribieron el INFORME TÉCNICO LEGAL N' 1945-2019-PRODUCE/DVMYPE- I/DGAAMI-DEAM del 15 de julio de 2019 lo hicieron para justificar indebidamente la conducta infractora de Mall Plaza Inmobiliaria S.A. (de haber iniciado la construcción de su centro comercial sin su certificación ambiental) con el claro afán de favorecer a dicha persona jurídica particular a pesar de que ya se conocía que estaban inmersos en una denuncia ante OEFA, utilizando un informe de un procedimiento administrativo externo y de años atrás por 18. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603535180/D-S-N-017-2015-PRODUCE-Aprueban-el-Re lamento- de-Gestion-Ambiental-para-la-Industria-EP-6-JUN-2015-13p 19. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/603599434/0FICIO-N-176-2017-MINAM-VMGA-DGPNIGA- INFORME-TECNICO-N-0058-2017-MINAM-VMGA-DGPNIGA-JVASQUEZ-y-mas-OCR-12p Página
  • 10. Ú echo Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional encima de la ley, siendo que ese “INFORME TECNICO _N*_0058-2017- MINAM/VMGA/DGPNIGA/JVASQUEZ” del 21 de marzo de 2017 no constituye (ningún precedente de observancia obligatoria para los rocecimientos | administrativos vinculádosa la normativa ambiental. A 4.28 Y al final esa DAA resultó siendo totalmente favorable, de forma indebida, para los intereses de Mall Plaza Inmobiliaria S.A.: la DSAP- OEFA justificó la no sanción a dicha em resa privada por la existencia de esa DAA a su favor, 4.29 Todo ello en clara violación a la SEGUNDA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL del D.S. n.2 017-2015-PRODUCE. 4.30 Cuando lo que correspondía era declarar improcedente la solicitud de aprobación de DAA de Mall Plaza Inmobiliaria S.A. y oficiar a la Procuraduría Pública del Ministerio de la Producción para que proceda conforme a sus atribuciones, pero de ninguna manera darles un instrumento de gestión ambiental cuando sabían que había una denuncia en curso. 4.31 Como sustentaremos más adelante, es en esta operación de la DAA que los funcionarios denunciados se interesaron para favorecer a Mall Plaza Inmobiliaria S.A. y lo que al final ocurrió: los salvaron de una cuantiosa multa pues la entidad sancionadora, la OEFA, tuvo un “pretexto” con el cual no sancionarlos: que la empresa contaba con una DAA aprobada. > Circunstancias posteriores 4.32 El suscrito presentó un recurso de apelación, ingresado mediante registro 2019-E01-080253 del 15 de agosto de 2019 a las 04:57:12 Hrs, contra la decisión de la DSAP-OEFA de no sancionar a Mall Plaza Inmobiliaria S.A., sin e embargó la DSAP-OEFA no dio trámite a la apelación por considerar que no había acto administrativo de por medio. administrativo, ingresado con REGISTRO N* 00011609-2020 el 10 de febrero de 2020 a las 10:16:29 Hrs.20, ante PRODUCE contra los funcionarios ahora denunciados en la presente denuncia penal, sin embargo hasta la fecha no conozco el resultado del mismo y no me ha llegado ninguna notificación. 4.34 Cabe destacar que Mall Plaza Inmobiliaria S.A. había contratado a una empresa particular el 2018, 'Cynide S.A.C., para realizar un estudio de impacto ambiental, sin embargo ello no se concretó quedando, en ésa fecha 2018, el estudio en la etapa de Evaluación Ambiental Preliminar (EVAP), pero que es relevante para demostrar que Mall Plaza Inmobiliaria S.A. sí 20. Fuente web: https: //www.scribd.com/document/446603654/DENUNCIA-PRODUCE-REGISTRO-N-11609-2020-10- FEB-2020-CASO-MALL-PLAZA-COMAS —Página+8—
  • 11. NMLYR Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional conocía de la obligatoriedad de contar con certificación ambiental y no con una burda DAA. 4.35 El hecho anterior fue registrado en una conversación del 3 de junio de 2019 a las 03:59 HRS. con el ingeniero César Julio CHENG-FONG BARRÓN, identificado con D.N.I. 07209925, presidente del directorio de la consultora ambiental CONSULTORIA INTERNACIONAL EN INGENIERIA Y GESTION PARA EL DESARROLLO SOCIEDAD ANONIMA CERRADA = CINYDE S.A.C.?1 4.36 El 27 de setiembre de 2019 a las 15:31 Hrs. se presentó una denuncia penal generando el caso fiscal n.? 606015500-2019-343-0 por motivo de la entrega ilegal e irregular de las licencias de habilitación urbana y edificación por parte de la Municipalidad Distrital de Comas a favor de Mall Plaza Inmobiliaria S.A., denuncia penal que a la fecha se encuentra debidamente formalizada en el Exp. n.? 02979-2021-0-0901-JR-PE-03 ante la Corte Superior de Justicia de Lima Norte. 4.37 En la investigación el Segundo Despacho de la Fiscalía Anticorrupción de' Lima Norte solicitó mediante OFICIO N* 343-2019-2*D- FPCEDCF-MP-FN-LN a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Ministerio de la Producción que remita al despacho fiscal un informe detallando si la empresa Mall Plaza Inmobiliaria S.A. (antes denominada Nuevo Mundo S.A.) ha tramitado y/u obtenido Instrumento de Gestión Ambiental (IGA); y, en su condición de órgano especializado y que informe si el IGA es requisito para aprobar una solicitud de habilitación urbana para un complejo comercial (habilitación urbana comercial Mall Plaza Comas). 4.38 Ante ese pedido, el director general de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, Vlademir Alcides LOZANO COTERA, identificado con D.N.I. n.2 40070926, mediante OFICIO N* 7732-2019- PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI del 12 de noviembre de 2019 informa al fiscal que la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. para ese momento contaba con un instrumento de gestión ambiental para su proyecto Mall Plaza Comas pero que "no corresponde a esta DGAAMI realizar una valoración del cumplimiento de los requisitos legalmente exigibles para la aprobación de licencias de habilitaciones urbanas solicitadas por los administrados...". 4.39 La negativa de responder al fiscal por parte del funcionario público Vlademir Alcides LOZANO COTERA si el IGA, sea cual fuere, es requisito para aprobar una solicitud de habilitación urbana para un complejo comercial (habilitación urbana comercial Mall Plaza Comas) no resulta conforme a ley, y peor cuando él como director de la DGAAMI conoce la normativa del caso, pues el art. 22 del Reglamento de la Ley n.* 27446 es clarísimo al señalar que no podrán otorgarse licencias derecho, 21. Fuente web: https: //soundcloud.com/dylan-lopez-encarnacion/llamada-a-cinyde-reconoce-que-mall-plaza-no- continuo-con-estudio-03-59-hrs-03-06-2019?utm_ source=clipboard8.utm medium=textRutm campaign=social sharing Ponoaa
  • 12. 0 3 Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional autorizaciones, ni cualquier otro título habilitante para el inicio de la ejecución de proyectos de inversión sujetos al SEIA, sin contar con la Certificación Ambiental, expedida por la Autoridad Competente. 4.40 Esta negativa a pronunciarse por parte de Vlademir Alcides LOZANO COTERA si el IGA es requisito para aprobar una solicitud de habilitación urbana para un complejo comercial (habilitación urbana comercial Mall Plaza Comas) constituye un/Índicio del delito de Negociación incompatible o aproschinlents frida del” cargo pues dicho * PRODUCE, era requisito para que Mall e Plaza Inmobiliaria S.A. recién pudiera :tramitar sus licencias de habilitación urbana y edificación. 4.41 Creemos que la explicación de esa burda negativa a responder al fiscal es que si este Vlademir Alcides LOZANO COTERA afirmaba, como correspondía conforme a ley, que Mall Plaza Inmobiliaria S.A. sí debió tramitar su certificación ambiental, dejaría claro dos cosas: 1. Que su dirección nunca debió otorgar la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA) y 2. Debió oficiar a la Procuraduría Pública del Ministerio de la Producción para que inicie las acciones legales correspondientes contra Mall Plaza Inmobiliaria S.A. por haber iniciado la construcción de su centro comercial Mall Plaza Comas sin certificación ambiental. Dos cuestiones importantes que al final no se dieron. 4.42 Insistimos en que la explicación surrealista que da esta Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria para justificar la conducta infractora de Mall Plaza Inmobiliaria S.A. se ampara en un oficio titulado "Oficio N* 176- 2017-MINAM/VMGA/DGPNICA del 21 de marzo de 2017, pretendiendo utilizar este por encima de la ley, cuando la normativa ambiental es clara al prohibir la conducta de Mall Plaza Inmobiliaria S.A. de construir sin certificación ambiental y nosolo prohibirla sino también castigarla mediante multa. v. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Como quiera que se trata de una denuncia de parte y en el contenido de esta se debe priorizar la narración de los hechos materia de denuncia, nos permitimos hacer un análisis preliminar de subsunción de los hechos materia de imputación de acuerdo con la teoría del delito para tener un marco teórico y generar un grado de convicción e interés debido, al momento de que vuestro despacho toque el caso. Para el delito de Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo (art. 399 del Código Penal peruano vigente) >» Acción
  • 13. 41 gnu Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional 5.1 En atención al art. 1, inc. 1 del Código Procesal Penal, la acción penal es pública y su ejercicio en los delitos de persecución pública, corresponde al Ministerio Público. Siendo que, para el presente caso, ejercerá de oficio la acción penal a instancia del recurrente (denuncia de parte). 5.2 Por lo que, como la regla es que ejercicio de la acción penal sea pública y la excepción que sea privada, al tratarse de un delito en cuyo título y/o capítulo no se habla de ejercicio de la acción privada, es procedente que el Ministerio Público ejercite la acción penal para el delito de Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo denunciado en este caso. > Tipicidad objetiva 5.3 El tipo penal del delito de Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo está descrito en el art. 399 del Código Penal peruano vigente tal como sigue: "El funcionario o servidor público que indebidamente en forma directa o indirecta O por acto simulado se interesa, en provecho propio o de tercero, por cualquier contrato u operación en que interviene por razón de su cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni, mayor de seis años e inhabilitación conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36 del Código Penal y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días multa. ” 5.4 Según José Luis Castillo Alva , citando Marcelo A. Sancinetti , el bien jurídico protegido para este delito es la transparencia en los procesos de ' contratación estatal, en las operaciones y la exclusiva promoción de los intereses públicos? ” 5.5 En esa misma línea, David Rosales Artica señala que en el delito de Negociación incompatible se reprime la conducta del agente estatal, que en el contexto de cualquier contrato u operación en el que interviene por razón de su cargo, revela un interés privado. 5.6 En ese contexto, debemos centrar nuestra atención en el centro de gravedad de la notitia críminis. la entrega de una Declaración de Adecuación Ambiental (DAA). 5.7 Justamente, dicho acto administrativo encaja en lo que alude la ley penal como operación. 22. Castillo Alva, José Luis. £/ delito de negociación incompatible. Instituto Pacífico S.A.C., Lima, 2015, p 15. 23, Rosales Artica, David. £/ delito de negociación incompatible con el ejercicio de la función pública. Editores del Centro E.LR.L., Lima, 2021, p 52. —Página | tt
  • 14. 42 do Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional 5.8 ¿Por qué sostenemos ello? Porque, a contrario sensu, cuando se habla de operación los estudiosos del delito, como José Luis Castillo Alva, señalan que los actos administrativos o toda clase de actos estatales que no son ni contratos ni operaciones no pueden ser considerados como objeto de acción del delito de negociación incompatible, no obstante cuando definen lo que es operación definen exactamente lo que es un acto administrativo. 5.9 Así, según el mismo Castillo Alva , a diferencia de lo que pasa en el contrato, hay una voluntad unilateral del Estado, pero lo que está haciendo es justamente definir lo que es acto administrativo: un acto jurídico celebrado por el Estado con un administrado en el cual este mismo Estado expresa su voluntad de manera unilateral. 5.10 Debiendo tenerse en cuenta que en todo razonamiento lógico jurídico deben imperar los conceptos establecidos en otras disciplinas, concatenadas con el tipo penal, como lo es el caso de acto administrativo debidamente definido en el art. 1.1 del TUO de la Ley n.” 27444 (D.S. n.* 004- 2019-JUS): son actos administrativos, las declaraciones de las entidades que, en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta. 5.11 La actual tendencia con respecto a este debate la vemos en la Casación n.? 231-2017 Puno de la Segunda Sala Penal Transitoria del 14 de setiembre de 2017** la jurisprudencia menciona ya normativas de carácter administrativo como parte de lo que sostenemos que las operaciones incluyen a ciertos actos administrativos: no corresponde sancionar tipo de acciones que signifiquen el incumplimiento de alguna normativa de carácter administrativo, sino que serán típicas aquellas conductas que por su magnitud supongan un daño inminente para la administración pública. 5.12 Siendo que la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA) le ha permitido a la parte privada, Mall Plaza Inmobiliaria S.A., no ser multada por OEFA, lo cual de cierta está vinculado a un contenido económico. > Tipicidad subjetiva 5.13 El delito de Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo es un delito doloso que, a decir de Castillo Alva, cualquiera de las tres formas de dolo puede estar presente en su comisión.?25 24. — Fuente web: https: //www.scribd.com/document/60248107 1/CASACION-N-231-2017-PUNO-14-SET-2017- SENTENCIA-DE-CASACION-30p 25. Castillo Alva, ob. cit, p. 109.
  • 15. 13 Hna Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional 5.14 Siendo que en el presente caso se debe tener en cuenta la siguiente | premisa: es la misma denunciada María Ysabel VALLE MARTÍNEZ quien en un primer momento denunció el hecho de que Mall Plaza. Inmobiliaria S.A. estaba construyendo su centro comercial Mall Plaza Comas sin un instrumento de gestión ambiental derivando la denuncia a OEFA, pero luego ella misma entregó una DAA a favor de esa misma | empresa que terminó saboteando la denuncia que ella había generado_ ante OEFA. 5.15 Con respecto a los otros denunciados se tiene que en su informe “| reconocen la infracción de Mall Plaza Inmobiliaria S.A., pero en lugar de recomendar una eventual sanción y acciones legales al respecto, citan informes pasados y de diferente procedimiento administrativo y que ni siquiera habían sido citados por la empresa en su solicitudde DAA, para recomendar que se apruebe este acto administrativo que finalmente termina siendo la base para sabotear la denuncia en OEFA. > Antijuricidad 5.16 En el presente caso no concurre ninguna causa de justificación a favor de las denunciadas: 516.1 No hay legítima defensa, por cuanto los denunciados no han sido agredidas por el agraviado o por terceros. 5,1052 No hay estado de necesidad justificante, por cuanto los denunciados no han estado en un conflicto de bienes jurídicos. 5.16.3 No se ha obrado por disposición de la ley, por” cuanto las denunciados pudiendo haber denegado la solicitud de DAA prefirieron darle trámite utilizando informes administrativos pasados y de expedientes administrativos ajenos en lugar de aplicar la ley como corresponde. 5.16.4 No hay obediencia jerárquica o debida, por cuanto ha sido decisión de las denunciadas el darle trámite a la DAA sin que se conozca en el procedimiento administrativa alguna orden impartida por funcionario público superior. 5.16.5 No hay consentimiento, por cuanto no puede haber consentimiento en los delitos contra la Administración pública al ser el Estado peruano el directamente agraviado. + Culpabilidad
  • 16. 44 colma Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional 5.17 Como expone el profesor Villa Stein, tres son los elementos fundamentales de la culpabilidad: a) La imputabilidad o capacidad de culpabilidad; b) Conocimiento de la antijuricidad; c) La exigibilidad del comportamiento.?£ 5.18 Siendo que los denunciados cumplen con esos tres elementos pues: son profesionales (educación superior completa), han estado conscientes y tenían pleno uso de sus facultades al momento de darle trámite a la DAA y peor cuando ellos conocían plenamente de la infracción del administrado. Sujeto activo 5.19 De acuerdo a la descripción típica, el delito solo puede ser cometido por funcionario público cuya categorización se encuentra en el art. 425 del Código Penal, siendo perfectamente para los aplicados el inciso 3 de dicho artículo en tanto son profesionales del Ministerio de la Producción.?? Sujeto pasivo 5.20 Viene a ser el Estado, en este caso la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción del distrito fiscal de Lima. VI. ANEXOS DE LA DENUNCIA: En atención al art. 130, inc. 6 del Código Procesal Civil (CPC), esto a su vez en virtud a la PRIMERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL de ese mismo código adjetivo, adjunto como anexos: Para la identificación del denunciante adjunto: 1-A Copia del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) del recurrente. 1 página Como medios probatorios ofrezco: 1-B La solicitud presentada en la mesa de partes física del Ministerio de la Producción con Registro N* 00004338-2019 el 14 de enero de 2019 a las 16:21:30 Hrs. 8 páginas 1-C. El OFICIO N* 394-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI del 18 de enero de 2019. 1 página 26. VILLA STEIN, Javier. Op. cit. 437-438. 27. PEÑA CABRERA FREYRE, Alonso R. Peña. CURSO ELEMENTAL DE DERECHO PENAL. Parte Especial. 2015. Legales Ediciones. ———Pbágina | 14
  • 17. 43 Guo CO_ Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional 1-D Solicitud dirigida al Ministerio de la Producción con Registro N? 00024280-019 el 06 de marzo de 2019 a las 14:58:05 Hrs. 10 páginas 1-E Solicitud de la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. bajo el formulario titulado "FORMULARIO DGAAMI - 007" llenado y registrado con REGISTRO N* 00029263-2019 el 22 de marzo de 2019 a las 16:54:40 Hrs. 3 ro. páginas 1-F El correo Gmail del 28 de marzo de 2019 a las 16:48 Hrs. 1 página 1-G El oficio titulado "OFICIO N* 2075-2019-PRODUCE/DVMYPE- I/DGAAMTI” del 28 de marzo de 2019. 1 página 1-H El oficio titulado "OFICIO N* 2076-2019-PRODUCE/DVMYPE- I/DGAAMTI" del 28 de marzo de 2019. 1 página 1-1 El OFICIO N* 2075-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI del 29 de marzo de 2019 recibido por la mesa de partes física de la OEFA el 29 de marzo de 2019 con el Reg. N* 31416. 11 páginas 1-J El escrito de ampliación de denuncia recibido el 3 de julio de 2019 con Reg. N* 64413 por el OEFA (sin anexos). 9 páginas 1-K El escrito de Mall Plaza Inmobiliaria S.A. ingresado con el registro 2019-E01-072230 el 23 de julio de 2019 a las 08:56:06 Hrs. que alcanza a la DSAP-OEFA el Instrumento de Gestión Ambiental (IGA). 1 página 1-L El correo electrónico de <coordinacionindustriasOoefa.gob.pe> el 9 de agosto de 2019 a las 09:21 Hrs. 1 página 1-M La CARTA N* 0947-2019-OEFA/DSAP del 5 de agosto de 2019. 3 páginas 1-N La solicitud registrada con REGISTRO N* 00092400-2019 del 24 de setiembre de 2019 a las 14:07:58 Hrs. 2 páginas 1-0 El correo Gmail del 27 de setiembre de 2019 a las 10:33 Hrs. 2 páginas 1-P El oficio titulado "OFICIO N* 02617-2019/PRODUCE- FUN.RES.ACC.INF" del 26 de setiembre de 2019. 1 página 1-Q La Resolución Directoral N* 622-2019-PRODUYCE/DVMYPE- I/DGAAMI del 16 de julio de 2019. 3 páginas
  • 18. 16. oULC "Le48 Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional 1-R El INFORME TÉCNICO LEGAL NO 1945-2019-PRODUCE/DVMYPE- I/DGAAMI-DEAM del 15 de julio de 2019. 33 páginas 1-S El OFICIO N* 176-2017-MINAM/VMGA/DGPNIGA del 21 de marzo de 2017. 1 página 1-T El INFORME TECNICO NO 0058-2017- MINAM/VMGA/DGPNIGA/JVASQUEZ del 21 de marzo de 2017. 5 páginas 1-U El recurso de apelación, ingresado mediante registro 2019-E01- 080253 del 15 de agosto de 2019 a las 04:57:12 Hrs. 7 páginas 1-V El correo Gmail del 24 de octubre de 2019 a las 17:51 Hrs. 1 página 1-W La CARTA N* 1332-2019-OEFA/DSAP del 17 de octubre del 2019. 4 páginas 1-X La denuncia a nivel administrativo, ingresada ante el Ministerio de la Producción con REGISTRO N* 00011609-2020 el 10 de febrero de 2020 a las 10:16:29 Hrs. 9 páginas 1-Y El OFICIO N* 343-2019-2*D-FPCEDCF-MP-FN-LN del 9 de octubre de 2019 recibido por el Ministerio de la Producción mediante REGISTRO N? 00106614-2019 el 6 de noviembre de 2019 a las 10:57:59 Hrs. 1 página 1-2 El OFICIO NO 7732-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI del 12 de noviembre de 2019. 3 páginas 1-AA Un CD que contiene la grabación en audio tipo MP3 de la conversación del suscrito Con el gerente general de CINYDE S.A.C,, Ele César Julio CHENG-FONG BARRÓN del 3 de junio de 2019 a las 03:59 Hrs.1 página 1-BB La transcripción del audio de la conversación del suscrito con el gerente general de CINYDE S.A.C., Ing. César Julio CHENG-FONG BARRÓN del 3 de junio de 2019 a las 03:59 Hrs. presentada al Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del distrito fiscal de Lima Norte. 3 páginas VII. DILIGENCIAS A LLEVAR A CABO: En base a lo expuesto, y en atención al art. 330, inc. 1 del NCPP, pido a Ud. señora fiscal provincial titular actúe las siguientes diligencias, sin perjuicio de las que Ud. vaya a disponer: 7.1 La declaración del denunciante. 7.2 La declaración de los denunciados.
  • 19. A? ole HÓL Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional 7.3 La declaración en calidad de testigo del ingeniero César Julio CHENG-FONG BARRÓN, identificado con D.N.I. 07209925, para que declare con respecto al servicio sobre estudio de impacto ambiental que prestó a Mall Plaza Inmobiliaria S.A. pero que no llegó a concluir. 7.4 La declaración en calidad de testigo del director general de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, Vlademir Alcides LOZANO COTERA, identificado con D.N.I. n.? 40070926, para que declare con respecto al OFICIO N* 7732-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI del 12 de noviembre de 2019 y si tuvo alguna participación en los hechos denunciados, sin perjuicio de que se lo incluya como investigado. 7.5 Se oficie al Ministerio de la Producción a fin de que informe con respecto a la denuncia contenida en el REGISTRO N* 00011609-2020 el 10 de febrero de 2020 a las 10:16:29 Hrs. POR TANTO: A Ud. señor(a) fiscal provincial titular, solicito tener por recibida la presente denuncia penal y disponer el inicio de las diligencias preliminar que correspondan a fin de llegar a las debidas conclusiones sobre el caso denunciado. PRIMER OTROSÍ DIGO: Que, pedimos que las notificaciones se envíen a mi correo electrónico dylanlopeze(OMgmail.com. SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Que, los datos de contacto del abogado patrocinante Ernesto Ramón GAMARRA OLIVARES son el correo electrónico ernestogamarraolivares1(0gmail.com y el número de teléfono móvil 997 200 518. TERCER OTROSÍ DIGO: Que, en atención a la extensión del caso y la cantidad de denunciados, pedimos que las investigaciones se lleven a cabo en sede fiscal. Comas, 3 de noviembre de 2022
  • 20. AD olecioch e Y nn A Doa ANEXO NNA A A a A A REPÚBLICA DEL PERÚ cul Ó ES erro mó seteniriacónr asno cm. 71397849.2 Primer Apellido LOPEZ 1594 406 ENCARNACIÓN : $ oe > Arenambres | az DYLAN EZEQUIEL Sa 2330430 PERO a ET A ar: Estado Civil Fecha de Emisión > SOLTERO 10 05 2022 e : N? de Tarjeta Fecha de Caducidad 0201288739 10052030 Constancia Constancia Constancia Grupo de Votación SE . = de Sufragio de Sufragio de Sufragio 263211 3 “== Ubigeo de Nacimiento 140101 — Dirección 5 e = Donación de Órganos NO JR. JUPITER URB. VILLA COLLIQUE MZ. 7 <s 13 LE 75 S == ? Y Departamento/Provincia/Distrito = . = 3 LIMA/LIMA/CON AS e = dedica ( > Der. a Carmen Velarde Koechto Jefa Nacional I<PER71337549=<7<<<<<<<<<<<<<<< 9604135M3005189PER<<<<<<<<<<<2 LOPEZ<<DYLAN<EZEQUIEL<<<<<<<<<
  • 21. 49 y eS ua có Dylan López Encamación oULSCMMU Ly EEE Df y EN r Investigador A PR Domicillo: J;. Júpiter Mz.7 11.75 Urb, Villa Collique, distrito de Comas a Xu Celular: 995 949 592 RPM: 4995949592 Correo electrónico: dylantopeze£gmail.com “Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" “Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad" Comas, 4 4 ENE. 2019 má a A A O | Señores: ¡ANE» (Ol Yo a o MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Calle Uno Oeste N* 060 - Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Presente.- Asunto: Solicito CONOCER TRAMITACIÓN DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DE MALL PLAZA COMAS Referencia: Carta N* 010-2019-VIVIENDA/VMCS-DGAA de fecha 9 de enero Á 0 G 0 De mi mayor consideración: Yo, Dylan Ezequiel lópez Encarnación, identificado con DNI n.? 71337549, me apersono muy respetuosamente a vuestra institución en base a la carta de la referencia en la cual la Dirección General de Asuntos Ambientales del MVCyS me informa que la institución estatal a cargo de ver los trámites para aprobación de estudio de impacto ambiental en lo referente a Centros Comerciales es el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN. En base a ello, solicito a Uds. que informen mediante un escrito (oficio, informe, memorándum, etc.) lo siguiente: 1. Sila empresa MALL PLAZA COMAS S.A. (Antes denominada NUEVO DOMINIO S.A., inscrita en la Partida N.? 13641068 del Registro de Personas Jurídicas), o en su defecto otra constructora, ha tramitado su aprobación de estudio de impacto ambiental para la construcción del centro comercial que pretenden construir en el tereno conocido como Parcela B (inscrito en la Partida Electrónica N.?* 12111729) dividido en las Parcelas B1 (Partida Electrónica N.* 12283983) y B2 (Partida Electrónica N.* 12283984) y bajo los parámetros establecidos en la ORDENANZA N* 1932 de fecha 4 de febrero de 2016, que establece los usos de suelos en esas parcelas [Comercio Zonal para la manzana Al de la Parcela Bl y Comercio Zonal para la Parcela B2-C). De ser afirmativa la respuesta, especificar el número de expediente. Esta solicitud se hace en mérito a lo establecido el Decreto Supremo N.* 019-2009-MINAM (Capítulo 4 Del procedimiento de evaluación del Estudio de Impacto ambiental y el Otorgamiento de la Certificación Ambiental) y la Resolución Ministerial N* 157-201 1-MINAM de fecha 19 de julio de 2011. Sin otro particular. fhago propicia la ocasión para mostrarles los sentimientos de mi especial consideración. | N? Folios: 4 BAENA15645236 REGISTRO N* 00004338-2019 FECHA: 14/01/2019 16:21:30 JeLave: 0967 z Encarpación ' RAZÓN SOCIAL: DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCA... 713 87549 ASUNTO: SOLICITA INFORMACION RESP.., REGISTRADO POR: barevalo https: /Awww.produce.gob.pe/consulta-tramite 616-2222 Anexos: 2460 - 2461 Dykn 15 D no ( SE Adjunto: l. CARTA N* 010-2019-VIVIENDA VMCS-DGAA 9-ENE-2019 2. Impresiones de la ota de la página www.peru-retail.com de fecha 8 de enero del 2009. Ver URL: hHps://www.peru- — retail.com/mallplaza-comas/
  • 22. — Los INIA 878 PERU | de Vivienda, Construcción / AF “Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres" “Año de la lucha contra la violencia hacia las mujeres y la erradicación del feminicidio” San Isidro CARTA N* O/O -2019-VIVIENDA/VMCS-DGAA Señor . DYLAN LOPEZ ENCARNACIÓN Jirón Júpiter Mz. 7 Lt. 75 Urbanización Villa Collique Comas.- Asunto : Consulta sobre certificación ambiental Referencia : Hoja de Trámite N*184504-2018. Solicitud s/n Por la presente me dirijo a usted, con relación a su pedido de información relacionada respecto a la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental para la construcción del proyecto “Centro Comercial Mall Plaza Comas”. Al respecto, cabe señalar que mediante Resolución Ministerial N* 157-2011-MINAM, publicada el 21 de julio de 2011, el Ministerio del Ambiente aprobó la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión Sujetos al Sistema h] Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), en el cual se precisa que la autoridad ambiental competente para otorgar la certificación ambiental para complejos comerciales! es el Ministerio de la Producción. En tal sentido, considerando dicha modificatoria, se recomienda dirigir su consulta a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Ministerio de la Producción. Es propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración. Atentamente, VD A, a SEGUNDO EIA ONCAL VERGARA Dir 4 O Dirección Gérferal de Asuntos Ambientales Ministerio de Vivenda, Construcción y Saneamiento + Complejos comerciales con una superficie superior a 2500 m2 y con densidad neta promedio de 1500 hab./ha., de acuerdo a la Resolución Ministerial N*218-2010-PRODUCE. SFRVIJCCV/ TE Pery P RIMERO | Av. Paseo de la República 3361, San Isidro - Lima 27 — Perú / Teléfono: (511) 2117930 / www.vivienda.gob.pe
  • 23. 7 PerúRetail LAVA DEL AMET LON TAMALES COMERCIALES oa Moboas Retad o Naconaes > ¿Cómo importará la llegada de Mafipiaza al distrito de Comas? ¿Cómo impactará la llegada de Mallplaza al distrito de Comas? E January 2019 — Nacionales Retail nulpuza conta SELECCIÓN ANUALE Este articulo fue publicado el 9 de julio de 2018 y es parte Je los contenidos seleccionados para nuestros lectores. $ Mallplaza llega a Comas. Dado que el distrito de Comas (Lima) está pasando por una gran evolución de infraestructura de viviendas, el operador de centros comerciales Mallplaza (Falabella) decidió poner en ejecución un proyecto comercial para el 2019. El Mallplaza Comas cumple con estar en una ubicación estratégica, puesto que estará rodeado por grandes vias. El shopping center tiene como principales vias la carretera Panamericana Norte, Av. Universitaria, Av. Túpac Amaru, Av. El Retablo y Av. Los Ángeles, que permitirán u “cil conexión con varios distritos de Lima. ES
  • 24. LEE TAMBIÉN: Mallplaza confía Related Post en el crecimiento de sus centros comerciales en Perú Carrito a La mayoría del consumo digital en Perú sucede a través de dispositivos móviles DEMUNVEMICR 202 ; OS NOVEMEER 220 No products in the cart. El centro comercial tiene 83 mil metros cuadrados Rappi lanza tecnología para emprendedores del sector retail OSNIVINE A 2120 de área arrendable y contará con: Restaurantes, un hipermercado (Tottus), 12 salas de cine, un gimnasio, 220 locales comerciales, 2 tiendas por departamento (Saga Falabella y Ripley), patio de < > comidas, un centro médico, ? mil m2 de oficinas, estacionamientos y 2 centros educacionales. EVOLUCIÓN DEL MERCADO DE COMAS Enel 2017 la empresa chilena anunció su proyecto. Fue un momento decisivo porque encontraron en Comas un espacio con mucho potencial. Por ello, prevén que la población aumente en 4% para el 2020, y que haya un crecimiento del 10% en ingreso mensual. complejos habitacionales. de los cuales 24 mil departa mentos se sitúan alrededor del proyecto. De esta forma, también incrementará el valor del precio del metro cuadrado en el distrito.
  • 25. 21 yemluno No producte im the cart Previous Post Next Post Sears rechaza oferta de su CEO y se va a liquidación CES 2019: Conace los nuevos productos y tendencias tecnológicas Discussion about thís post 0 Commerts Sortby Oldest Add a comment...
  • 26. A = PerúRetail' LA IR EL ATTAL Y LD CALC CIA En Perú Retail encontrarás información exclusiva sobre el sector retail elearning capacitación retail y desarrollo de tendas vituales Más Recientes La mayoría del consumo digital en Perú sucede a través de dispositivos móviles O SNIVEWBIR 200 22 e npesÚalos Carrito No products in the cart Suscríbase a nuestro Boletín Recie nolicías destacadas del sestor retail mlemacionaicon suestra bojetin. M0 O a LA MS PA SR PT 2 Suscribirse
  • 27. -. 2 3 A esmdainas Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria | NO a! 1.8 ENE, 201 ANEXO NoE O e dr rl NN San Isidro, OFICIO N2 8 Y -2019-PRODUCE/DVMYPE-!/DGAAMI Señor DYLAN LOPEZ ENCARNACIÓN Jr. Júpiter Mz. 7 Lt. 75 Urb. Villa Collique Comas - Lima - Lima Asunto: Solicitud para conocer tramitación de Estudio de Impacto Ambiental de Mall Plaza Comas. Referencia: Registro N* 00004338-2019 “77 —* Tengo el agrado de dirigirme a usted en relación al documento de la referencia a través del cual solicita a esta Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria (DGAAMI) informe si la empresa MALL PLAZA COMAS S.A. (antes denominado NUEVO MUNDO S.A.) ha tramitado su aprobación de estudio de impacto ambiental para la construcción de un centro comercial. Al respecto, hago de vuestro conocimiento que se ha realizado la búsqueda en nuestra base de datos! y no se ha identificado que la empresa MALL PLAZA COMAS S.A., cuente con Instrumento de Gestión Ambiental (IGA) aprobado por esta autoridad ambiental; asimismo, informo a usted que a la fecha la referida empresa no ha presentado IGA que se encuentre en evaluación en esta DGAAMI, lo que comunico a usted para los fines correspondientes. Atentamente, A YSABEL VALLE MARTÍN Directora General (s) DIRECCIÓN GENERAL CE ASUNTOS AMBIENTALES DE INDUSTRIA 1 Disponible en nuestro portal institucional https://www.produce.gob.pe/index.php/ministerio/sector-mype-e-industria
  • 28. 94 vesmiicu ano Dylan López Encamación Investigador Domicilio: Jt. Júpiter Mz.7 11.75 Urb. Villa Collique, distrito de Comas Celular: 295 949 592 RPM: 995949592 Correo electrónica: dylaniopeze2 gmail.com "Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" “Año de la Lucha contra la Corupción y la Impunidad" Comas, 06 MAR, 2019 , es El Ministerio de la Producción l ANEXON*4-0.| Señores: OA o MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Calle Uno Oeste N* 060 - Urbanización Córpac, d N* Folios: 7 REGISTRO N”? 00024280-2019 RAZÓN SOCIAL: DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCA... ASUNTO: SOLICITA COMUNICACION OFI... ¡ REGISTRADO POR: FECHA: 06/03/2019 departamento de Lima. STRADO A: 08/03 DGAAMI Presente. - Asunto: EMPRESA MALL PLAZA COMAS S.A. CONSTRUYE SIN TENER EIA APROBADO Yo, Dylan López Encarnación, identificado con DNI N.? 71337549, me apersono muy respetuosamente a vuestra institución para manifestarle mi profunda preocupación porque he tomado conocimiento de que la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. (inicialmente llamado NUEVO DOMINIO S.A. con RUC 20601279640, luego llamada MALL PLAZA COMAS S.A., e inscrita en la Partida Electrónica 13641068 del Registro de Personas Jurídicas de Lima) ha hecho ingreso de maquinaria para Loción de tierras, ha ingresado grúas para el inicio de obras de construcción de un centro comercial en una porción de lo que se conoce como Parcela B (cono de vuelo sur de lo que fue el aeródromo de Collique), y a la fecha viene comunicando ilegalmente (documentos sin firma) a la población residente del distrito, sobre la construcción de lo que ellos llaman el MALL PLAZA COMAS. Esto genera bastante preocupación por el hecho de que mediante OCIO N? STA-2019s PRODUCE/DVMYPE: I/DGAAMI de fecha 18 de enero de 2019 la directora ¡general de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES DE INDUSTRIA informa que la empresa MALL PLAZA COMAS S.A. NO HA TRAMITADO su APR RECIBIDO ea > e...”
  • 29. , Dylan López Encammación Investigador Domicilio: Jr. Júpiter Mz.7 1.75 Urb. Villa Collique, distrito de Comas Celular: 995 949 592 RPM: EPPSIAPEP 2 uc a Yoga Correo electrónico! dylanlopeze4gmail com )' . "Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" “Año de la Lucha contra la Corupción y la mpuridad" DE IMPACTO AMBIENTAL que por ley (D.S. N” 019-2009-MINAM) ESTÁ OBLIGADA A A TRAMITAR. Peor Gún, que NI SIQUIERA ESTÁN CUMPLIENDO LO ORDENADO POR EL D.S. N* 02- 2009-MINAM en cuyo capítulo Il establece la obligatoriedad que tiene la empresa al momento de tramitar sy ElA de hacer una audiencia pública para que los pobladores residentes del distrito conozcan las implicancias negativas al ambiente del proyecto a ejecutarse; personalmente no he encontrado ni recibido comunicado oficial alguno para acudir a una audiencia pública de MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. en el distrito de Comos. 7 Y PEOR AÚN, ESTÁN ANUNCIANDO QUE ESTÁN TRAMITANDÓ LA DECLARACIÓN DE ADECUACIÓN AMBIENTAL CUANDO NI SIQUIERA TIENEN APROBADO SU ElA. Por tanto, señores Ministerio de la Producción, solicito que comuniquen oficialmente si la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. ha tramitado su Estudio de Impacto Ambiental para su proyecto en Comas y, por consiguiente, si ha conseguido su aprobación por parte del ministerio. Sin otro particular, hago propicia la ocasión para mostrarles los sentimientos de mi o especial estima. Jo OAIS SR AMAS Adjunto 1. Carta a PRODUCE can REGISTRO N' D00004338-2019 de techa 14 de enero de 2019 2. OFICIO N* 394-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI 3. Carta NOTARIAL de fecha 5 de abril de 2018 diligenciada por la notaría Alzamora dirigida a Cynide S.A.C (consultora contratada por MAL[ PLAZA COMAS S.A.) para elaborar el supuesto estudio de impacto ambiental 4. CONSTATACIÓN POHICIAL DE ANUNCIO SIN FIRMA DEMALL PLAZA COMAS S.A de fecha 19 ENE 2019 |
  • 30. 25 a yeimbicinico- Dylan López Encamación Invesiigador Domicilio: Jr. Júpiter Mz.7 11.75 Urb. Viña Collique, distrito de Comas Celular: 995 949 592 RPM: 4995949592 Correo electónico: dylanlopezeS8gmail.com “Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres” “Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad" Comas, 1 4 ENE. 209 Señores: MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN ; Calle Uno Oeste N* 050 - Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y depariamento de Lima. Presente.- Asunto: Solicito CONOCER TRAMITACIÓN DE ESTUDIO DEIMPACTO AMBIENTAL DE MALL PLAZA COMAS Referencia: Carta N” 010-2019-VIVIENDA/VMCS-DGAA de fecha 9 de enero dE 2079 | CARGO | De mi mayor consideración: A Yo, Dylan Ezequiel lópez Encarnación, identificado con DNI n2 71337549, me apersono muy respetuosamente a vuestra institución en base a la carta de la referencia en la cual la Dirección General de Asuntos Ambientales de! MYCyS me informa que la institución estatal a cargo de ver los trámites para aprobación de estudio de impacto ambiental en lo referente a Centros Comerciales es el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN. En base a ello, solicito a Uds. que informen mediante un escrito (oficio, informe, memorándum, etc.) lo siguiente: |. Sila empresa MALL PLAZA COMAS S.A. [Antes denominada NUEVO DOMINIO S.A., inscrita en la Partida N.* 13641068 del Registro de Personas Jurídicas), o en su defecto otra constructora, ha tramitado su aprobación de estudio de impacto ambiental para la construcción del centro comercial que pretenden construir en el terreno conocido como Parcela B (inscrita en la Partida Electrónica N.? 12111729) dividido en las Parcelas B|] (Partida Electrónica N.? 12283983) y B2 (Partida Electrónica N.* 12283984) y bajo los parámetros establecidos en la ORDENANZA Ne 1932 de fecha 4 de febrero de 2016, que establece los usos de suelos en esas parcelas (Comercio Zonal para la manzana A] de la Parcela B1 y Comercio Zonal para la Parcela B2-C). De ser afirmativa la respuesta, especificar el número de expediente. Esta solicitud se hace en mérito a lo establecido el Decreto Supremo N.* 019-2009-MINAM [Capítulo 4 Del procedimiento de evaluación del Estudio de Impacto ambiental y el Otorgamiento de la Certificación Ambiental!) y la Resolución Ministerial N* 157-207 1-MINAM de fecha 19 de julio de 2011. Sin otro particular, fhago propicia la ocasión para mostrarles los sentimientos de mi especial ' yo PETT N* Folios: 4 consideración. SS : REGISTRO N* 00004338-2019 > FECHA: 14/01/2019 16:21:30 lcLave: 0967 Atentamente; > | RAZÓN SOCIAL: DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCA... Df LÓR Encarhación DM n.* 71 97549 ¡ ) ASUNTO: SOLICITA INFORMACION RESP... PIN + REGISTRADO POR: barevalo ' j ii Y https:/www.produce.gob.ps/consulta-tramite Adjunta” 616-2222 Anexos: 2460- 2461 l. CARTA N*010-2019-VIVIENDA VMCS-DGAA 9-ENE-2019 ul o . o 2. Impresiones de la ota de la página www.peru-retail.com de fecho 8 de énero del 2009. Ver URL: https: //Www.peru- retail. com/mollplaza-comas/
  • 31. : TI Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria ate San isidro, 1 8 ENE. 2019 oricio ne 394 -2019-PRODUCE/DVMYPE-1/DGAAMI Señor - DYLAN LOPEZ ENCARNACIÓN Jr. Júpiter Mz. 7 Lt. 75 Urb. Villa Collique Comas - Líma - Lima Asunto; Solicitud para conocer tramitación de Estudio de Impacto Ambiental de Mall Plaza Comas. Referencia: Registro N” 00004338-2019 Tengo el agrado de di irme a usted en relición al documento de la referencia a través del cual solicita a esta Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria [DGAAMI) informe si la empresa MALL PLAZA COMAS S.A. (antes denominado NUEVO MUNDO S.A.) ha tramitado su aprobación de estudio de impacto ambiental para la construcción de un centro comercial, Al respecto, hago de vuestro conocimiento que se ha realizado la búsqueda en nuestra base de datos* ynose ha identificado que la empresa MALLPLAZA COMASS.A., cuente con instrumento de Gestión Ambiental (IGA) aprobado por esta autoridad ambiental, asimismo, informo a usted que a la fecha la referida empresa no ha presentado [GA que se encuentre en evaluación en esta DGAAMI, lo que comunico a usted para los fir.es correspondientes. ; Atentamente, 7 TR és Kat ad MARÍÁ YSABEL VALLE MARTÍNEZ Directora General (s) DIRECCIÓN GENERAL CE ASUNTOS AMBIENTALES DE INDUSTRIA ' Disponible en nuestro portal institucional https /fararw produce gob pefindex pho/ministerio/sector-mype-e-industoa
  • 32. | 8 A | 05 ABR. 201 Comas, 5 de abril de 2018 yo / Ja init Ta ; r sr A e Señores: R ccibil DO Lo ¡SINIDE SAC. (cacao 18%, fr DE Av. Petit Thouars 1775 Oficina 803, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima Perú. e ¡1Sz] i += Í 2.5 Asunto: Pronunciamiento acerca de la ra pretensión de construir un centro LO comercial en el cono de vuelo sur del 5, Lince Aeródromo de Colliaue Í errado AN ZA 101 y -¿ = é 2 4 f i a Dial £ FP + A rt ¡3 Presente.- ¿325 Demi mayor consideración: Yo, Dylan Ezequiel López Encarnación, identificado con DNI n.? 71337549 y residente del distrito de Comas, =7 +. habiendo tomado conocimiento del comunicado a la población de Comas, acerca de la Evaluación Ambiental | == — Preliminar Del Proyecto (EVAP) "Mall Plaza Comas” de Mall Plaza Inmobiliaria, en el cual invita a los a interesados a formular sus aportes o sugerencias al EVAP, me dirijo a ustedes para manifestarles mi ABSOLUTO RECHAZO A LA PRETENSIÓN DE CONSTRUIR UN CENTRO COMERCIAL sobre el cono de vuelo sur (de salida de aeronaves, en frente del Centro Comercial UNICACHI, av. Los Ángeles) del Aeródromo de Collique en base a los fundamentos que a continuación expongo: l CUESTIÓN DE AERÓDROMO El terreno donde se pretende construir el mall, es uno adyacente al Aeródromo de Collique, aeródromo que nació de una colecta pública organizada por la Liga Nacional de Aviación (LNA), donde aportaron más de 500,000 (incluso el héroe nacional José Abelardo Quiñones). El aeródromo junto con sus instalaciones FUE ENTREGADO EN CALIDAD DE DONACIÓN por la LNA el domingo 29 de octubre de 1944 mediante 7) ceremonia pública en el mismo aeródromo al Estado peruano con el OBJETO DE FOMENTAR Y / DESARROLLAR LA AVIACIÓN CIVIL EN EL PERÚ. Que en término jurídicos, se traduce como un acto jurídico de DONACIÓN CON CARGO. pe3ar de que el Aeródromo de Collique es una donación, y por tanto un bien intangible, el Estado peruano medio de Prolnversión y la SBN procedió a venderlo mediante Testimonio de Compra Venta de Bienes - | Inmuebles para el Desarrollo de Proyecto Inmobiliario con Compromiso de Inversión de fecha 11 de mayo de * 442010, testimonio n.* 687 kárdex 42263, ante notario Manuel Reátegui Tomatis. Vesta venta ha sido impugnada en instancias judiciales y en la actualidad se mantiene vigente la ACCIÓN DE - AMPARO con expediente n.” 18633-2017-0-1801-JR-Cl-05 ante el 3* Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, y el expediente n.* 21072-2015-0-1801-JR-Cl-14 ante el 14* Juzgado Civil de = Lima, demandas que buscan que se anule la venta del Aeródromo de Collique. Lo cual deja la posibilidad de que el terreno donde se viene ejecutando el complejo habitacional Ciudad Sol de Collique (ahora llamado Ciudad Sol El Retablo) del Consorcio DHMont 8 CG £ MS.A.C. y los Parques de Comas (ahora Villa Los Molles, Girasoles y Alborada Club Residencial) de Viva GyM vuelva a ser un 71337549 aeródromo, el cual está amparado por la ley n.* 27261 Ley de Aeronáutica Civil, y cuyos CONOS DE VUELOS = (que incluye al terreno donde se encuentra el Grupo Lider Constructores ejecutando el proyecto Alameda Cipreses y Alameda Bungavillas) DEBEN ESTAR LIBRES DE CUALQUIER OBSTÁCULO QUE AFECTE LOS VUELOS DE AERONAVES, al amparo de dicha ley en cuyo CAPÍTULO I! LIMITACIONES A LA PROPIEDAD PRIVADA Artículo 51”.- establece: Las construcciones o instalaciones en los terrenos adyacentes y circundantes a los aeródromos así como los obstáculos que constituyen peligro para el tránsito aéreo están sujetos a las limitaciones a la propiedad privada establecidas en la Ley y en el presente Reglamento. qa ión “AA RA Dylan López Encarnaci La Júpiter Mz.7 1£.75 Urb. Villa Collique Comas 4 Celular: 995 989 592 RPM: 1995949592 Correo electrónico: dylanlopeze 2 gmail.com L
  • 33. , televisión, telefonía inalámbrica, ferrovias, carreteras y en general cualquier obra y Objeto que afecte la seguridad de las operaciones aéreas. En consecuencia. al reestablecerse el Aeródromo de Collique, los propietarios de los conos de vuelo deben suyetarse a lo establecido por la ley n* 27261. ll, COMAS ES EL DISTRITO MÁS CONTAMINADO OE LIMA Más allá de lo discutible si la vente fue legal o no, y que al momento de que se produce la venta el Aeródromo de Collique y sus instalaciones estaban inscritas en el margesí de bienes de la Fuerza Aérea del Perú además Que un inmueble (el inmueble B) perteneciente a sus más de 54 hectáreas era una base militar en actividad, es que la ejecución de un proyecto inmabiliario-comercial sobre lo que fue (y debe ser) un pulmón ecológico perjudicó (y sigue perjudicando) a Comas, pues este ES EL DISTRITO MÁS CONTAMINADO DE LIMA. Este grave problema fue reconocido por el alcalde Arnulfo Medina en el año 2001, donde declara de emergencia ambiental el distrito debido a los altos niveles de contaminantes (nota de diario La República de fecha 25 de enero de 2001 ). Luego, el posterior alcalde Miguel Ángel Saldaña en el año 2005 también reconoce Que Comas tiene el aire más contaminado de Lima (nota del diario La República de fecha 22 de enero de 2008). Incluso una autoridad competente como es la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria-DIGESA reconoció en el año 2009 que los distritos más contaminados atmosféricamente son el Cercado de Lima y Comas, y mediante correo electrónico en el año 2017, en mérito al D.S. N* 0018-2017-SA en cuyo reglamento artículo 79.- íncisa €) que establece como función de la DIGESA, Dirigir las acciones de vigilancia, supervigilancia y fiscalización en materia de Salud Ambiental, me confirma que Comas sigue teniendo (para el año 201 7) las mayores concentraciones de contaminantes, hecho que no fue refutado por esa misma autoridad, quien vuelve a reconocer que Comas tiene el aire más contaminado de Lima en el INFORME N? 0360-2018/DCOVI/DIGESA de fecha 5 de febrero del 2018. EL PROBLEMA DE QUE COMAS ES EL DISTRITO M CONTAMINADO DE LIMA NO SE HA SOLUCIONADO, Y POR EL CONTRARIO PERSISTE EN EL TIEMPO. Los proyectos predecesores al presunto proyecto MALL PLAZA COMAS, es decir Ciudad Sol de Collique (ahora llamado Ciudad Sol El Retablo) del Consorcio DHMont 8. CGE MSALC. y los Parques de Comas (ahora llamado Villa Los Molles, Girasoles y Alborada Club Residencial) de Viva GyM, NO CONTARON CON CERTIFICACIONES AMBIENTALES de acuerdo a lo normado por el DECRETO SUPREMO N* 019- L El hecho de que los proyectos predecesores no hayan contado con cértificados “ambientales, INVALIDA CUALQUIER PRETENSIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL PRELIMINAR POSTERIOR A LO QUE DEBIÓ f y ¿ Mu INN lIL SITIO ESTRATÉGICO 00 eran eficazmente por el Estado peruano por falta de prevención y planificación, y por no saber aprovechar una herramienta fundamental como la aviación civil para atender estos casos. Este perjuicio ha sido materia de Dylan López Encarnación Domicilio: Jr. Júpiter Mz.7 Lt.75 Urb. Villa Collique Comas 2 Celular: 995 949 592 RPM: 11995949592 Correo electrónico: dylaniopeze gmail.com
  • 34. cuestionamiento ante la autoridad competente, Instituto Nacional de Defensa Civil (INDEC) mediante carta notarial 002245-18 Notaría del Pozo Valdez de fecha 26 de marzo de 2018. OTROSÍ: Quisiera aclarar QUE NO ME OPONGO A LA INVERSIÓN PRIVADA, SINO QUE RECHAZO FUNDAMENTADAMENTE CUALQUIER INVERSIÓN que afecta sectores estratégicos y retrasa el desarrollo, tesis que manejaba el Dr. Alfonso Quiroz Norris para explicar el fenómeno insidioso de la corrupción en el Perú. Es más, ANTERIORMENTE EXISTIÓ LA POSIBILIDAD DE INVERTIR CON FINES DE AVIACIÓN CIVIL EN EL AERÓDROMO, uno de esos proyectos fue la construcción del Club de la Reserva Aérea del año 2006, sin embargo el proyecto fue frustrado debido a las apuradas iniciativas de muchos “interesados” que tienen el presupuesto para desmantelar sectores estratégicos como la aviación civil, para cambiarlos por lo que ellos ven supuestamente conveniente. Y qué duda cabe, si se reconoció mediante OFICIO No. 728-201 2-MINDEF/VRD/C de fecha 11 de julio 2012 que la venta perjudicó a la Fuerza Aérea del Perú. Y ahora con la situación del presunto mall, se ve que ely interés por construir un centro comercial, siempre fue el fondo del asunto de vender el Aeródromo de Collique para fines inmobiliarios, no esa demagógica propaganda de "casa para los más pobres”. Un caso donde hay indicios graves de corrupción, que ya fue materia de investigación por dos comisiones investigadoras del - Congreso de la República (Comisión Meckler, año 2008 y Comisión Tejada ("Megacomisión”), año 2014) en donde las conclusiones ameritaban llevar el caso al Ministerio Público (y demás instancias) para las acciones legales correspondientes, pero que sin embargo “extrañamente” la balanza de la justicia se ha inclinado a favor de los denunciados/demandados. Y que ahora, ante el contexto del caso Lava Jato (corrupción de Odebrecht en el Perú) se abre la posibilidad de ver más casos que han pasado desapercibidos en el Perú, y que han ocasionado enormes perjuicios al país y traen la oportunidad de iniciar varias acciones legales en contra de quienes participaron en estos negocios. Sin más por añadir, agradezco de antemano la alención que merezca la presente. Dylan Lóper Encarnación Domicilio; Jr. Júpiter Mz.7 1t.75 Urb. Villa Collique Comas 3 Celular; 995 949 592 RPM: 1995949592 Correo electrónico: dylanlapeze £ gmail.com , O
  • 35. CESAR FERNANDO LOAYZA BELLIDO ABOGADO - NOTARIO DE LIMA, EN REEMPLAZO DE ANA MARIA ALZAMORA TORRES ABOGADA - NOTARIA DE LIMA POR LICENCIA CONCEDIDA POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE NOTARIOS DE I . I MA. — _—A—<——_——___ x= AAA CERTIFICO ¡=== QUE EL EJEMPLAR ORIGINAL DE LA PRESENTE CARTA HA SIDO DILIGENCIADO EN LA DIRECCION INDICADA A LAS 14:00 HORAS DEL DIA DE HOY, SIENDO RECIBIDO POR UNA PERSONA QUE MANIFESTC z NTE DEL DESTINATARIO, S LA DE RECEPCION-
  • 36. 28 Liadioohe , ? https://denuncias.pap.2ob.pe/Denuncias/Formularios/ Tegistro_cuerp. POLICIA NACIONAL DEL PERU COMISARIA PNP REGPOL - LIMA SANTA LUZMILA O.P imp. : SO.BRIG. S. PMP GLORIA GLADYS Gá OTIDOIO 15:07 lr MEZUTO TU Fecha imp : 19/ Nro de Orden: 13719145 Clave : VEO Ji0l COPIA CERTIFICADA GRATUITA - D.L 1246 EL SR CMDTE.PNP COMISARIO DE LA SSUU DE: SANTA LUZMILA QUE SUSCRIBE, CERTIFICA QUE EN EL SISTEMA INFORMATICO DE DENUNCIAS POLICIALES, EXISTE UNA CUYO TENOR LITERAL ES EL SIGUIENTE : ¡Tipo OCURRENCIA Fecha y Hora Registro 19/02/2019 01:15:35 Hrs. Formalidad ESCRITA Fecha y Hora Hecho 18/02/2019 18:45:00 Hrs. SOFOCURRENCIA MEFArie Condición de la Denuncia [GP] Oc RENCIA DE CA o Código QR Ñ TIPIFICACION » HECHOS DE INTERES POLICIAL/INTERVENCION POLICIALES/CONSTATACION POLICIAL EFECTUADA/CONSTATACION POLICIAL EFECTUADA LUGAR DEL HECHO LIMA / LIMA / COMAS / URBANIZACIÓN AVLOS ANGELES NO.782 MZ-A-LOTE-9A-URB. EL ALAMO MZ: RECURRENTE » 1) DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCARNACION(22), CON FECHA DE NACIMIENTO 13/04/1996 , ESTADO CIVIL : SOLTERO(A), CON DOCUMENTO DE IDENTIDAD DNI NRO : 71337549, DIRECCION : LIMA / LIMA / COMAS : JR. JUPITER URB. VILLA COLLIQUE MZ. 7 LT. 75 CONTENIDO > PARTE POLICIAL S/N-2019-CIA STA LUZMILA. ASUNTO: SOBRE CONSTATACION POLICIAL EFECTUADA.- DA CUENTA.01. SIENDO LAS 18.45 DEL DIA 18FEB2019, EL SUSCRITO A BORDO DE LA MOTOCICLETA PL-23470, POR ORDEN SUPERIOR Y A SOLICITUD DE LA PERSONA DE DILAN EZEQUIEL LOPEZ ENCARNACION (22), NATURAL DE LIMA, SOLTERO, ESTUDIANTE UNIVERSITARIO Y DOMICILIADO EN EL JR. JUPITER-URB, VILLA COLLIQUE MZ-7-LOTE 75-COMAS, EL MISMO SOLICITA UNA CONSTATACION POLICIAL DE UN COMUNICADO DE PARTICIPACION CIUDADANA" , PUBLICADO EN UNA FARMACIA DE LA JURISDICCION.2. PRESENTE EN LA AV LOS ÁNGELES N* 782-URB. El ÁLAMO MZ-A-LOTE 9-A, JUNTAMENTE CON EL RECURRENTE, DONDE FUNCIONA LA FARMACIA DENOMINADA ” D' NICOLL”, SE PUEDE APRECIAR UN PAPELOGRAFO, PEGADO, AL LADO DE VARIOS AVISOS, SIN FIRMA QUE A LA LETRA DICE ASÍ " COMUNICADO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA "LA EMPRESA MALL PLAZA-PERU S.A DE ACUERDO A LA LEY 27446, LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL , SU REGLAMENTO Y EL DS NO. 002-2009-MINAN Y DEMAS NORMATIVA QUE REGULA LA PARTICIPACION CIUDADANA , COMUNICA A LA POBLACION Y PUBLICO EN GENERAL , EL PROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANA PARA EL DESARROLLO DE LA DECLARACION DE ADECUACION AMBIENTAL (DAA) DEL CENTRO COMERCIAL MALL PLAZA-COMAS; EL CUAL SE EMPLAZARÍA EN DOS TERRENOS (LOTE 1 DE LA MZ-A-1, PARCELA B1 DE LA PARCELA B Y LA PARCELA 82B-B2C) EN EL DISTRITO DE COMAS , PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA .EL PROYECTO ESTA CONSTITUIDO , POR UNA EDIFICACION DE 04 NIVELES DE PISOS COMERCIALES (TIENDA, HOGAR, LOCALES DE SERVICIOS,CINES, BOULEVARD DE RESTAURANTES , SUPERMERCADOS Y OTROS LOCALES COMERCIALES ) DISTRIBUIDOS EN LOS DOS TERRENOS ANTES MENCIONADOS .02 NIVELES DE ESTACIONAMIENTOS SUBTERRANEOS Y UNA TORRE DE 6 PISOS.LA DAA, SE ENCUENTRA EN EL MINISTERIO DE LA PRODUCCION , PARA SU POSTERIOR APROBACION , ESPERANDO CONTAR CON SUS APORTES Y SUGERENCIAS EN RELACION A ” LOS POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES QUE PUEDA GENERAR LA CONSTRUCCION Y EL FUNCIONAMIENTO DEL DESARROLLO COMERCIAL PROYECTADO , EN UN PLAZO DE 5 DIAS UTILES 19/02/2019 15:22
  • 37. , https /denuncias pnp gob. pe/Denuncias/Formularios/registro “cuerp DESDE LA PUBLICACION DEL PRESENTE AVISO Y QUE NOS HAGAN LLEGAR AL BUZON DE SUGERENCIAS AL SIGUIENTE BUZON ELECTRONICO . PARTICIPAQCONSULTORESAMBIENTALES PE.- MALL PLAZA PERÚ SA. ASIMISMO SE LE PREGUNTO A UNA PERSONA DE SEXO MASCULINO, DE APROX.38 AÑOS QUE SE ENCONTRABA ATENDIENDO EN LA CITADA FARMACIA, SOBRE QUIEN HABÍA PEGADO ESE COMUNICADO, ESTE DIJO DESCONOCER, ASIMISMO NO QUISO IDENTIFICARSE. LO QUE DA CUENTA PARA LOS FINES DEL CASO. SANTA LUZMILA 18FEB2019.FDO. S3.PNP PARIONA CHANCO RICHARD.CIP NO. 31803762 RESOLUCION 2 OBRA COMO CONSTANCIA NRO :, FECHA : 19/02/2019 , AUTORIDAD : OTROS - , OFIC ATENCION :, ASUNTO :, FORMULADO POR : COMISARÍA SANTA LUZMILA - REGPOL - LIMA Fda EL INSTRUCTOR - Edo El DENUNCIANTE .- IMPRESION DIGITAL DN INTERVINIENTE : SO 3RA. PNP, RICHARD LORENZO PARIONA CHANCO AUTENTIFICADOR 1: SO.$UP PNP JORGE LUIS NEVADO ANTON xa : El código QR impreso en la parte superior de esta denuncia, sirve para verificár el contenido de la misma contrastándola con la que se encuentra en la base de datos. Para visualizar ÉÁicho resultado, se debe utilizar la app para teléfonos móviles llamada SIDPOL QR disponible en Play Store. 19/02/2019 15:22
  • 38. A A $2 7 Dirección General de Asuntos Ambientales de industria FORMULARIO DGAAMI - 007 A A A f A ' FIUFA Solicitud de' educó Ideta ll de Adecuación Ambiental (DAA) para las actividades en curso de la industria manufacturera o comercio interno Señor (a) Director (a) General de Asuntos Ambientales de Industria Presente,: El (los) que suscribe (n) la presente, solicita (n) la evaluación de la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA), para las actividades en curso CENTRO COMERCIAL MALL PLAZA COMAS para lo cual se detalla la siguiente información: 3] (Llenar con letra imprenta y marcar con X los espacios según corresponda) cris otro: e Apellido Materno : Apellido Paterno: Nombres : t Persona Jurídica 2060/12 71640 Razón Social: MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. Datos de publicidad registral de la empresa OO CIN" de Partida: — 13641068 Zona Registral: 1X Título de acto inscrito; Domicilio (AY./Jr./Asoc./Ca./ PJ.) |Av. MARISCAL OSCAR R. BENAVIDES O J Mz. 3666 Dpto. / Int. / Lote: INT. C-P3 Urb. / Localidad: Distrito: BELLAVISTA Provincia: CALLAO Departamento: CALLAO Referencia del domicilio: Teléfono fijo: 01 6266000 Celutar: Correo electrónico 1: mauricio.mendozaO9maliplaza.com _ [Correo electrónico 2: REPRESENTANTE LEGAL(De la persona hatural o Juridica): 22000007 A, [persona natural [EF [persona Juridica lora C.E.N" 000814230 | [otro: Noirmiin Í Apellido Paterno : MENDOZA [Apeltido Materno : JENKIN Hombres: MAURICIO Domicilio (Av.JUr./Asoc./Ca./ Ps] 0005] av. MARISCAL OSCAR R. BENAVIDES NI Mz.: 3866 Dpto. / Int. / Lote: INT. C-P3 Urb. / Localidad: e Íto: BELLAVISTA Provincia: CALLAO Departamento: CALLAO ¡Referencia del domicilio: Teléfono fijo: 01 6266000 Correo electrónico 1: mauricio. dileiaerlco c com ONE Datos del poder. cón que actua el representante:31 1. Datos de publicidad registral de poder vecs N' de Partida: 13641068 Zona Registral: ix N'" de asiento de la partida en que se haya inscrito el poder: B00001 AAN |iocalidad de Notificación RR Ab o Correo electrónico: az Pornicilio de la Persona Jurídica o Persona Natural: [ars AV. OSCAR R.BENAVIDES 3566 INT E P3 >BELLAVISTA - € - CALLAO - CALLAO * Al marcar el recuadro respectivo, las notificaciones serán dirigidas al correo electrónico o dirección de la persona juridica o natural que ha corsignado en las lineas anteriores. Puede consignar olro correo electrónico o dirección para efectos de notificaciones, para ello debe consignar la Información respectiva en los puntos suspensivos. Al marcar ta opción de correo electrónico, implica que usted ha solicitado expresamente que las notificaciones de las actuaciones administrativas se realicen bajo dicha modalidad, dando así cumplimiento al mimera! 20.1.2 del articulo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. ll. INFORMACIÓN DE LA CONSULTORA AMBIENTAL AUTORIZADA A ELABORAR ESTLIDIOS AMBIENTALES: : Fecha de la inscripción: 12-fek-16 N'" de Resolución: OFICIO N9578-2016-PRODUCE/DVMYPEJ/DIGGAM REGISTRO N0357 IL. INFORMACIÓN DETALLADA: 73:
  • 39. [Resumen de la actidad en curso Nombre del establecimiento: MALL PLAZA COMAS Actividad que realiza: CENTRO COMERCIAL Ubicación: AV. LOS ANGELES LOTE 1 M2 A-1 PARCELAS B1-E Y B2B-B2C - COMAS - LIMA - LIMA CHU Revisión 4 Isoto en caso de industria manufacturera): IV. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS TUPA (marcar con X) A 1.Solicitud dirigida al Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, con carácter de declaración jurada, segun formulario DGAAMI - DO, 2. Un (01) ejemplar impreso y uno (01) en formato digital de la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA), adjuntando ol desarrollo de la metodología que lo sustenta, debidamente tolíados y suscritos por el titular, el representante de la Consultora Ambiental cue lo elaboró (con inscripción vigente en el Registro de Consultoras Ambientales) y los profesionales que participaron en su elaboracion. En los casos que se requiera opinión tecnica de otras autoridades, el titular debe presentar tantes copias como opiniones se requieran. 3. Croquis de ubicación del predio a escala 1:5000. 4. Planos de distribucion de la planta y otra infraestructura auxiliar o complementaria de la actividad en curso. 5.Copia del Certificado de Compati vatibile con la zon ad de Uso o documento otargado por la autoridad municipal en el que conste que la actividad económica a desarrollar es icación asignada, o licencia de funcionamiento, VI. DECLARACIÓN JURADA : | Manifiesto con carácter de Declaración Jurada: Que toda la informaci previstas en el Texto 1 proporcionada es veraz, así como los documentos presentados son auténticos, en caso contrario, me someto al procedimiento y a las sanciones 7 jeo Seneral, aprobado por Decreto Supremo N' 006-2017- JUS. IL. REFRENDO SOLICITANTE ] NOMBRE Y APELLIDO : MAURICIO MENDOZA JENKINS /
  • 40. Lima, 21 de marzo del 2019 Sres. Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria PRODUCE Presente.- De nuestra consideración, Conforme a lo establecido por el TUPA-PRODUCE, en su procedimiento N%164, los que a continuación firman, suscriben la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA) del proyecto “MALL PLAZA COMAS”: ERA NN / Ny Por la empresa titular DS / Jioo PRSEA INMOBEARA MAURICIO oa JENKIN o --CE-N*000814230 Vo Por la consultora ambiental OE (PICCONE A ELSA MARÍA DEL CARMEN 7 ESTILOS AMBIENTALES PICCONE SAPONARA DNI N*21465802 Profesionales que participaron en la A elaboración de la DAA ELSA MARIA DEL CARMEN PICCONE SAPONARA DNI N*21465802 E 'ANÁ CECILIA PICCONE SAPONARA DNI N*21545562
  • 41. o 31 E le queno ANEXON' A ¡Gmail - RE: Notificación DYLAN EZEQUIEL PL 22/10/22, 10:19 o A dese Gmail Dylan E. LÓPEZ ENCARNACIÓN <dylanlopeze(Ogmail.co RE: Notificación DYLAN EZEQUIEL Andrea Dennis Robles Reyes <aroblesWproduce.gob.pe> 28 de marzo de 2019, 16:48 Para: "dylanlopezeOgmail.com" <dylanlopeze(OHgmail.com> CC: Leslie Elizabeth Terrones Cernaque <lterrones(Mproduce.gob.pe> Señor DYLAN EZEQUIEL LÓPEZ ENCARNACIÓN dylanlopeze(OWHgmail.com Presente.- Por medio del presente le notificamos el Oficio N* 2076 -2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI, de fecha 28 de marzo de 2019, así como copia del Oficio N* 2075-2019-PRODUCE/DVMYPE-l/DGAAMI (dirigido al OEFA), mediante los cuales se absuelve su consulta efectuada con Registro N2 00024280-2019 (08.03.19, siendo que en dicho procedimiento solicitó que todo acto administrativo derivado del referido procedimiento sea notificado por correo electrónico (e-mail), de conformidad con el numeral 20.1.2 del artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N* 004-2019-JUS. En ese sentido, el presente Oficio se entiende válidamente notificado con la respuesta automática de recepción de su dirección electrónica, cabe señalar que en caso de no recibirse respuesta automática de recepción en un plazo máximo de dos (2) días útiles contados desde el día siguiente de efectuado el acto de notificación vía correo electrónico, se procede a notificar por cédula de notificación conforme al inciso 20.1.1 del mencionado artículo. Agradeceremos, confirmación de acuse de recibo. LESLIE ELIZABETH TERRONES CERNAQUÉ Asistente Legal Dirección de Evaluación Ambiental Dirección General de Asuntos Ambientales De Industria Av. Republica de Panamá N* 3418, San Isidro - Perú Teléfono: (511) 616-2222 anexo 3536 www.produce.gob.pe Ñ q SA PERÚ | Ministerio LAN Medios) A A A A A A A A A IA NI TS MEA ==» OFICIO 2076-2019-DGAAMI.pdf 1222K https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=27c5a4233f8view=ptésearch=all8permmsgid=msg-f43A1 6292875886352800528simpl=msg-f/43A1629287... 1/1
  • 42. e Ada dos Sci i Dirección General de Asuntos Ambientales de Indústri (3 la Producción “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad” San Isidro, 28 MAR, 2019 e ANEXO N' 4=<..! OFICIO no220457019-PRODUCE DVMYPE-I/DGAAMI Señor CHRISTHIAN LEONARDO DÍAZ RUIZ Director Temporal Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) Av. Faustino Sánchez Carrión N* 603, 607 y 615 Jesús María, Lima, Lima.- Asunto : Se traslada denuncia sobre actividades de la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A, Referencia : Registro N2 00024280-2019 (06.03.19) Tengo a bien dirigirme a usted en relación al documento de la referencia mediante el cual el señor DYLAN EZEQUIEL LÓPEZ ENCARNACIÓN presenta a esta Dirección General una denuncia sobre las actividades desarrolladas por la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A., informando que la misma habría iniciado obras de construcción de un centro comercial, sin contar con el instrumento de gestión ambiental correspondiente, en el predio ubicado sobre el cono de vuelo sur del Aeródromo de Collique (salida de aeronaves, al frente del Centro Comercial UNICACHI) en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Al respecto, tomando en consideración que, conforme al proceso de transferencia de funciones del Ministerio de la Producción al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), su institución es competente para atender denuncias ambientales presentadas por los administrados, se traslada el escrito presentado por el señor DYLAN EZEQUIEL LÓPEZ ENCARNACIÓN, a fin que adopte las acciones que estime pertinentes en el marco de sus competencias. Sin perjuicio de lo mencionado en el párrafo precedente y, a efectos de facilitar la atención de dicha denuncia, es preciso 252%. informarle que, de acuerdo a la búsqueda efectuada en la base de datos de la Dirección General de Asuntos Ambientales on, y de Industria (DGAAMI)! y del Sistema de Trámite Documentario (SITRADOC) del Ministerio de la Producción, se tiene e m0 que, actualmente, no existe ningún instrumento de gestión ambiental aprobado o en evaluación a favor de la empresa + "MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. Asimismo, se le recuerda que, respecto de los proyectos de inversión, solo requerirán certificación ambiental, aprobada por esta Dirección General aquellos que se encuentren comprendidos en el Listado de Proyectos de Inversión Sujetos al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), incluido en el Anexo ll del Reglamento de la Ley del SEIA, aprobado por Decreto Supremo N* 019-2009-MINAM, el cual fue actualizado mediante Resolución Ministerial N* 157- 2011-MINAM y modificado por Resolución Ministerial N” 159-2017-MINAM bajo competencia del Ministerio de la Producción. Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi especial consideración. Atentamente, NÁcANA ÍA YSABEL VALLE MARTÍNEZ Directora General (s) 1 la lista de instrumentos de gestión ambiental aprobados puede ser verificada ingresando al link: http://www.produce.gob.pe/index.php/ministerio/sector-mype-e-industria y eligiendo la opción: “Estudios Ambientales aprobados”. PCDN/Letc Ministerio de la Producción | Calle Uno Oeste N* 060 - Urbanización Córpac - San Isidro - Lima | T. (511) 616 2222 | produce.gob.pe
  • 43. 353 Arisile ¿ATA Meco Dirección General de Asuntos Ambientales de Ind Producción “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad” San Isidro, 2 8 MAR, 2019 42H a OFICIO N2ZOFO 2019. PRODUCE/DVMYPE-1 0 Señor DYLAN EZEQUIEL LÓPEZ ENCARNACIÓN dylanlopeze(OWgmail.com Presente.- Asunto ; Se traslada denuncia sobre actividades de la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A, Referencia ; Registro N2 00024280-2019 (08.03.19) Tengo a bien dirigirme a usted en relación al documento de la referencia mediante el cual presenta a esta Dirección General una denuncia sobre las actividades desarrolladas por la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A., informando que la misma habría iniciado obras de construcción de un centro comercial, sin contar con el instrumento de gestión ambiental correspondiente, en el predio ubicado sobre el cono de vuelo sur del Aeródromo de Collique (salida de aeronaves, al frente del Centro Comercial UNICACHI) en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Al respecto, tomando en consideración el proceso de transferencia de funciones del Ministerio de la Producción al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA)!, esta entidad es competente para atender las denuncias ambientales presentadas por los administrados. Considerando lo antes mencionado, se hace de su conocimiento que su denuncia ha sido trasladad a dicha entidad mediante Oficio N?*: 20%S -2019- PRODUCE/DVMYPE-|/DGAAM1?, para el trámite correspondiente. Pa Asimismo, es preciso informarle que, conforme a lo expuesto en el Oficio N” 394-2019-PRODUCE/DVMYPE- E Ei Es /DGAAMI (18.01.19), a la fecha, no se ha identificado que la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. cuente SS =jcon algún instrumento de gestión ambiental aprobado o evaluación en esta Dirección General para las S molactividades señaladas en el primer párrafo del presente documento. rt P.BSLSAR Sin otro particular, hago propicia la ocasión para expresarle los sentimientos de mi especial consideración. NE SE LARPass 19 PUES SA Atentamente, Cartt MARÍA YSABEL VALLE MARTÍNE Directora General (s) S DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AM S DE INDUSTRIA 1 El proceso de transferencia de funciones inició con el Decreto Supremo N* 009-2011-MINAM y finalizó con la Resolución de Consejo Directivo N* 032-2017-OEFA/CD mediante la cual el OEFA asume el total de competencias sobre el universo de administrados del sector industria manufacturera y comercio interno en materia ambiental. 2 Cuyacopia se adjunta PCDN/Letc Ministerio de la Producción | Calle Uno Oeste N* 060 — Urbanización Córpac —San Isidro — Lima | T. (511) 616 2222 | produce.gob.pe
  • 44. 2 ze RES | das Ministerio 1e.s Al de la Producción “Decenio de la Igualdad de Oportunidados para Mujeres y Hombres” “Año de la lucha contra la < inidad” 2 g MAR. 2018 San Isidro, OFICIO 20 S 010-PRODUCE/DVMYPE-/OGAAMI Señor CHRISTHIAN LEONARDO DÍAZ RUIZ Director Temporal Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) Av. Faustino Sánchez Carrión N” 603, 607 y 615 Jesús María, Lima, Lima.- a Asunto ; Se traslada denuncia sobre actividades de la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. Referencia q Registro N2 00024280-2019 (06.03.19) Tengo a bien dirigirme a usted en relación al documento de la referencia mediante el cual el señor DYLAN EZEQUIEL LÓPEZ ENCARNACIÓN presenta a esta Dirección General una denuncia sobre las actividades desarrolladas por la | empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A., informando que la misma habría iniciado obras de construcción de un centro ! comercial, sin contar con el instrumento de gestión ambiental correspondiente, en el predio ubicado sobre el cono de vuelo sur del Aeródromo de Collique (salida de aeronaves, al frente del Centro Comercial UNICACHI) en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Al respecto, tomando en consideración que, conforme al proceso de transferencia de funciones del Ministerio de la Producción al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), su institución es competente para atender denuncias ambientales presentadas por los administrados, se traslada el escrito presentado por el señor DYLAN EZEQUIEL LÓPEZ ENCARNACIÓN, a fin que adopte las acciones que estime pertinentes en el marco de sus competencias. Sin perjuicio de lo mencionado en el párrafo precedente y, a efectos de facilitar la atención de dicha denuncia, es preciso . informarle que, de acuerdo a la búsqueda efectuada en la base de datos de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria (DGAAMI)! y del Sistema de Trámite Documentario (SITRADOC) del Ministerio de la Producción, se tiene que, actualmente, no existe ningún instrumento de gestión ambiental aprobado o en evaluación a favor de la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. Asimismo, se le recuerda que, respecto de los proyectos de inversión, sólo requerirán certificación ambiental, aprobada por esta Dirección General aquellos que se encuentren comprendidos en el Listado de Proyectos de Inversión Sujetos al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), incluido en el Anexo || del Reglamento de la Ley del SEIA, aprobado por Decreto Supremo N* 019-2009-MINAM, el cual fue actualizado mediante Resolución Ministerial N* 157- 2011-MINAM y modificado por Resolución Ministerial N* 159-2017-MINAM bajo competencia del Ministerio de la Producción. Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi especial consideración. Atentamente, ARÍA YSABEL VALLE MARTÍNEZ Directora General (s) 1 ta lista de instrumentos de gestión ambiental aprobados puede ser verificada ingresando al link: hup://www.produce.gob.pe/index.php/ministerio/sector-mype-e- industria y eligiendo la opción: “Estudios Ambientales oprobudos”. PCDN/Letc Ministerio de la Producción | Calle Uno Oeste N* 060 - Urbanización Córpac - San Isidro - Lima | T. (511) 616 2222 | produce.gob.pe
  • 45. AMARE 1 4 Dylan López Encamación ] Investigador CA Domicilio: 41. Júpiter M2.7 11.75 Urb. Villa Colllque, distrito de Comas Celular: 995 949 592 RPM: 11995949592 AS Correo electrónico: dylantopeze2gmail.com “Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres” “Año dela Lucha contra la Comupción yla Impunidad" Comas, Í 5 MAR, 2019 Ministerio de la Producción N* Folios: 7 Señores: | Ú 15767382 MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN '' REGISTRO N* 00024280-2019 RAZÓN SOCIAL: DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCA... ASUNTO: SOLICITA COMUNICACION OF)... departamento de Lima. REGISTRADO POR: FECHA: 08/03/2019 barevalo 14:58:05 DGAAMI Calle Uno Oeste N* 060 - Urbanización Córpac, d Presente.- Asunto: EMPRESA MALL PLAZA COMAS S.A. CONSTRUYE SIN TENER ElA APROBADO Yo, Dylan López Encarnación, identificado con DNI N.? 71337549, me apersono muy respetuosamente a vuestra institución para manifestarle mi profunda preocupación porque he tomado conocimiento de que la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. (inicialmente llamado NUEVO DOMINIO S.A., con RUC 20601279640, luego llamada MALL PLAZA COMAS S.A., e inscrita en la Partida Electrónica 13641068 del Registro de Personas Jurídicas de Lima) ha hecho ingreso de maquinaria para temoción de tierras, ha ingresado grúas para el inicio de obras de construcción de un centro comercial en una porción de lo que se conoce como Parcela 8 (cono de vuelo sur de lo que fue el aeródromo de Collique), y a la fecha viene comunicando ilegalmente (documentos sin firma) a la población residente del distrito, sobre la construcción de lo que ellos llaman el MALL PLAZA COMAS. Esto genera bastante preocupación por el hecho de que mediante OFICIO N”* 394-2019- PRODUCE/DVMYPE-I|/DGAAMI de fecha 18 de enero de 2019 la directora general de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES DE INDUSTRIA informa que la MINISTER | TAL £) SOJRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIEN a ASES , PA 2 040710 98 Doa DÍRECIBIDO | ] AA... Hora Judi Li 4
  • 46. | 35. THGnMla Conca , Dylan López Encamación Investigador Domicilio: Jr, Júpiter Mz.7 11.75 Urb. Villa Collique, distrito de Comas Celular: 995 949 592 RPM: APEPARDO Dec La Correo electrónicoS dylanlopezeWgmail.com -)* pa "Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres” "Año de ka Lucha contra la Cormupción y la Impunidad" DE IMPACTO AMBIENTAL que por ley (D,S. N? 019-2009-MINAM) ESTÁ OBLIGADA A e e NA TRAMITAR. Peor aún, que NI SIQUIERA ESTÁN CUMPLIENDO LO ORDENADO POR EL D.S, N* 02- 2009-MINAM en cuyo capítulo Il establece la obligatoriedad que tiene la empresa al momento de tramitar su ElA de hacer una audiencia pública para que los a pobladores residentes del distrito conozcan las implicancias negativas al ambiente del proyecto a ejecutarse; personalmente no he encontrado ni recibido comunicado oficial alguno para acudir a una audiencia pública de MALL PLAZA - ” O my O INMOBILIARIA S.A. en el distrito de Comas. a ES a PP mc , , - A. . Y PEOR AÚN, ESTÁN ANUNCIANDO QUE ESTÁN TRAMITANDÓ LA DECLARACIÓN DE 1 o cs) ADECUACIÓN AMBIENTAL CUANDO NI SIQUIERA TIENEN APROBADO SU ElA. a pr Por tanto, señores Ministerio de la Producción, solicito que comuniquen oficialmente si la empresa MALL PLAZA INMOBILIARIA S.A. ha tramitado su Estudio de Impacto Ambiental para su proyecto en Comas y, por consiguiente, si ha conseguido su aprobación por parte del ministerio. sin otro particular, hago propicia la ocasión para mostrarles los sentimientos de mi 4 . » ., A o o especial estima. > » AM GA Leg y SL a a mn ( ss ETT IA, conti ¿Rich ii, Í E Adjunto 1. Carta a PRODUCE can REGISTRO N* 00004338-2019 de fecha 14 de enero de 2019 2. OFICIO N* 394-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI 3, Corta NOTARIAL de fecha 5 de abril de 2018 diligenciada por la notaría Alzamora dirigida a Cynide S.A.C (consultora contratada por MALL PLAZA COMAS S.A.) para elaborar el supuesto estudio de impacto ambiental 4. CONSTATACIÓN POFICIAL DE ANUNCIO SIN FIRMA DEMALL PLAZA COMAS S.A de lecha 19 ENE 2019
  • 47. ( Dylan López Encamación Investigador Domicilio: 31. Júplter M2.7 11.75 Urb. Villa Collique, distila de Comas 0 At Celular: 995 949 592 RPM: 4995949592 ec Corteo electónica: dylanlopezeSgmail.com “Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hambres" “Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad" Comas, 4 1 ENE. 20 Señores: MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Calle Uno Oeste N* 040 - Urbanización Córpac. distrito de San Isidro, provincia y depariamento de Lima. Presente.- Asunto: Solicito CONOCER TRAMITACIÓN DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DE MALL PLAZA COMAS Referencia: Carta N* 010-2019-VIVIENDA/VMCS-DGAA de fecha 9 de enero PF o 2 | De mi mayor consideración: | y Al G0 ro Yo, Dylan Ezequiel López Encarnación. identificado con DNI n.2 71337549, me apersono muy respeluosamente a vuestra institución en base a la carta de la referencia en la cual la Dirección General de Asuntos Ambientales del MVCyS me informa que la institución estatal a cargo de verlos trámites para aprobación de estudio de impacto ambiental en lo referente a Centros Comerciales es el MINISTERIO DELA PRODUCCIÓN. En base a ello, solicito a Uds. que informen mediante un escrilo loficio, informe, memorándum, ete.) lo siguiente: 1 ( $ la empresa MALL PLAZA COMAS S.A. (Antes denominada NUEVO DOMINIO S.A., inscrita en la Partida N.* 13641068 del Registro de Personas Jurídicas), o en su defecto otra constructora, ha tramitado su aprobación de estudio de impacto ambiental para la construcción del centro comercial que pretenden construir en el terreno conocido como Parcela B (inscrito en la Panida Eiectrónica N.* 12111729) dividido en las Parcelas B1] (Partida Electrónica N.* 12283983) y B2 (Partida Electrónica N.? 12283984) y bajo los parámetros establecidos en la ORDENANZA N* 1932 de fecha 4 de febrero de 2016, que establece los usos de suelos en esas parcelas [Cornercio Zonal para la manzana Aj de la Parcela B] y Comercio Zonal para la Parcela B2-C). De ser afirmativa la respuesta, especificar el número de expediente. Esta solicitud se hace en mérilo a lo establecido el Decreto Supremo N.* 019-2009-MINAM (Capítulo 4 Del procedimiento de evaluación del Estudio de Impacto ambiental y el Otorgamiento de la Certificación Arnbiental) y la Resolución Ministeria! N*] 57-201 1-MINAM de fecha 19 de julio de 2011. Sin otro panicular, fhago propicia la ocasión para mostrarles los sentimientos de mi especial k: ” consideroción. | A 4 o E AR, INTA Alenicmente;””—> Le ) 3 de | ¡ N* Folios: 4 ( —— 15645236 SN 2 REGISTRO N* 00004338-2018 o - - ed h ds E FECHA: 14/01/2019 16:21:30 [cLave: 0967 Dn LóRep Encarhación | RAZÓN SOCIAL: DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCA... . 0 DIM n. 7 1387549 ASUNTO: SOLICITA INFORMACION RESP... E ¿ A 4 ad al REGISTRADO POR: barevalo Acjuntó:- ¡ https:/fwww.produce.gob.pe/consulta-trarnite 616-2222 Anexos: 2460 - 2481 CARTA N* 010-2019-VIVIENDA VMCS-DGAA 9-EME-2019 impresiones de la ota de lo página www.peru-retail.com de fecha 8 de ¿nero del 2009. Ver URL: hltps://wmww.peru-" seiail.com/mallplaza-comas,