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ETAPA DE INVESTIGACIÓN
• En los sistemas acusatorios, los Ministerios Públicos
poseen la dirección de la investigación y pueden
encomendar a las fuerzas de seguridad las pesquisas
que consideren conducentes al esclarecimiento de los
hechos.
• Disponen, en consecuencia, de la posibilidad de realizar
numerosas actuaciones de investigación sin necesidad
de solicitar autorización al Juez, requiriendo de
autorización judicial sólo en los casos en que aquellas
restrinjan o vulneren derechos fundamentales, tales
como allanamientos, requisas, intervención de
comunicaciones y exámenes corporales, cuando las
mismas se nieguen a colaborar.
• La dirección de los cuerpos de seguridad pública
corresponde al ministerio público cuando ellos deban
prestar auxilio en las labores de investigación.
ETAPA DE INVESTIGACIÓN
• El Ministerio Público tiene el deber de actuar durante todo el proceso
con absoluta objetividad y lealtad para el imputado o acusado, el
defensor, la víctima u ofendido y los demás intervinientes en el
proceso.
• La regla general es la publicidad de los antecedentes / legajo de la
investigación para los intervinientes. No así para terceros ajenos.
Este derecho se encuentra limitado por la facultad del MP de disponer la
reserva temporal de ciertas actuaciones, registros o documentos de la
investigación, cuando lo considere necesario para la eficacia de la
investigación. En tal caso debe identificar las piezas o actuaciones
respectivas, de modo que no se vulnere la reserva y fijar un plazo para
la preservación del secreto, prorrogable por un plazo igual solo
mediante autorización judicial.
• Cualquiera de los intervinientes puede solicitar a la autoridad judicial se
ponga término al secreto, se limite el plazo o las piezas y actuaciones
sujetas a secrecía.
GARANTÍAS DEL
IMPUTADO
Y DERECHOS DE LA
VÍCTIMA
GARANTÍAS DEL IMPUTADO
• Principio de Inocencia
• In dubio pro reo
• Carga de la prueba
• Inviolabilidad de la Defensa
• Defensa Material
• Defensa Técnica
• Prohibición de persecución penal múltiple
• Ne bis in idem
• Plazo Razonable
• Inviolabilidad:
• de la persona
• del domicilio
• de los papales privados
PRINCIPIO DE INOCENCIA
• Definición
• “Nadie puede ser considerado culpable sin una
sentencia, obtenida en juicio”
• Constitución Nacional y Tratados de Derechos
Humanos
• Nacimiento: Reacción contra el poder arbitrario
del monarca.
PRINCIPIO DE INOCENCIA
• Significado:
1. Sentencia
2. Culpable o Inocente
3. Culpabilidad jurídicamente construida
4. Con Certeza
• FAVOR REI - IN DUBIO PRO REO
5. A cargo del acusador
• El imputado no tiene que probar su inocencia
• ONUS PROBANDI – carga de la prueba
6. No puede haber ficciones de culpabilidad
7. Imputado debe ser tratado como inocente
• Medidas de coerción
• Vs. Prisión Preventiva
INVIOLABILIDAD DE LA
DEFENSA
• Derecho de Defensa – Garantía Fundamental
• ¿Desde que momento puedo ejercerlo?
• Investigación policial o fiscal
• Imputación
• Formalización
• Defensa Material:
• “derecho a ser oído”
• “derecho a declarar durante el proceso”
DERECHO DE DEFENSA
• Declaración del Imputado
• Intervención en el proceso
• Conocer la imputación (hechos y pruebas)
• Excepciones (secreto)
• Controlar la prueba de cargo
• Ofrecer y producir prueba de descargo
DEFENSA TÉCNICA
• Asistencia de un abogado (defensor letrado)
• Excepcionalmente defensa propia – límites
• Defiendo los intereses de su cliente
• Cumplimiento de reglas éticas
• Función social –
• Legitimidad de los juicios penales E.Dcho
DEFENSA TÉCNICA
• Facultades autónomas
• Elección del Defensor “de confianza”
• Defensa Pública o de oficio
3. Sistemas
Mixtos
2. Delegada
en
abogados
1.
Defensorias
Públicas
 Gratuidad de la defensa pública -
significado
DERECHO DE DEFENSA
• Acusación concreta y precisa - detallada -
específica
• Hechos y calificación jurídica
• PRINCIPIO DE CONGRUENCIA
• Acusación y Sentencia
• Iura novit curia
• Ampliación de la acusación
• Hecho nuevo c/ nuevos hechos
• Derecho a una Acusación Única
• Presencia del Imputado en el Juicio
NE BIS IN IDEM
• Prohibición de persecución penal múltiple
• Simultánea o Sucesiva
• Raíz constitucional:
• 28 Constitución Nacional
• Convención Americana de Derechos Humanos /
Pacto de San José de Costa Rica: art. 8 inc. 4º
• Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos:
art. 14.7
NE BIS IN IDEM
• Alcance de la garantía
• Imposibilidad de condenar mas de una vez por un
mismo hecho – restringida –
• Imposibilidad de someter a dos procesos simultáneos
o sucesivos, sobre los mismos hechos.
• Identidad de la persona
• Identidad de los hechos
• Hecho procesal
• Derecho penal sustancial – concurso real – concurso ideal -
delito continuado – unidad de acción pluralidad de
resultados -
• Identidad de los motivos de persecución
• Reparación del daño / sanción del causante
• Sanción disciplinaria / Sanción penal
• Efectos:
• Sentencia firme hace cosa juzgada
• Excepción revisión a favor del condenado.
• Excepción de litispendencia
GARANTÍAS
• Limitaciones al poder penal del Estado
• Protección del individuo frente al estado
• Progresividad de las garantías en pos de la
contención del poder punitivo
INVIOLABILIDAD DE LA PERSONA
• “Nadie puede ser obligado a declarar contra si
mismo” art. 18 CN
• Derecho a declarar - Defensa
• No deber a de declarar verdad
• No pueden extraerse argumentos en contra:
• Del silencio
• De su negativa
• De su mentira
INVIOLABILIDAD DE LA PERSONA
• Facultad de confesar
• Prohibición:
• Coacción: Violencia, Amenazas.
• Engaño: Capciosas, Sugestivas.
• Testigos: facultad de abstención
• Riesgos de perjuicio penal
• Otros riesgos
INVIOLABILIDAD DE LA PERSONA
• Alcance: “declaración”
• Sujeto de prueba
• Objeto de prueba
• Criterios
• Supuestos:
• Declaración oral y escrita
• Cuerpos de escritura o voz
• Rueda de reconocimiento
• Extracción compulsiva de sangre
EJEMPLO
• Un mujer es detenida por llevar ocho cápsulas
conteniendo cocaína en su cuerpo, luego de
concurrir al hospital por sentirse muy
descompuesta a causa de la ruptura de una de
las cápsulas. La policía fue “anoticiada” por los
médicos.
INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO, LA
CORRESPONDENCIA Y LOS PAPELES
PRIVADOS
• “El domicilio es inviolable, como también la
correspondencia epistolar y los papeles
privados; y una ley determinará en qué
casos y con qué justificativos podrá
procederse a su allanamiento y ocupación.”
Art. 18 CN
• Domicilio
• Definición
• Alcances
INVIOLABILIDAD DEL
DOMICILIO…
• Orden de Allanamiento
• juez, escrita, fundada
• Tiempo, lugar y objeto
• Allanamiento ilegal
• Excepciones. Allanamientos sin orden
• Razones humanitarias
• Razones necesidad
INVIOLABILIDAD DEL
DOMICILIO…
• Consentimiento – discusión -
• Valor
• Libre y Expreso
• Prueba
• Allanamiento nocturno
• Jurisprudencia
INVIOLABILIDAD DE LA
CORRESPONDENCIA Y LOS PAPELES
PRIVADOS (CONT.)
• Manifestaciones de la persona
• Concepto
• documentos privados
• Comunicaciones privadas
• Autorización judicial
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  • 1. ETAPA DE INVESTIGACIÓN • En los sistemas acusatorios, los Ministerios Públicos poseen la dirección de la investigación y pueden encomendar a las fuerzas de seguridad las pesquisas que consideren conducentes al esclarecimiento de los hechos. • Disponen, en consecuencia, de la posibilidad de realizar numerosas actuaciones de investigación sin necesidad de solicitar autorización al Juez, requiriendo de autorización judicial sólo en los casos en que aquellas restrinjan o vulneren derechos fundamentales, tales como allanamientos, requisas, intervención de comunicaciones y exámenes corporales, cuando las mismas se nieguen a colaborar. • La dirección de los cuerpos de seguridad pública corresponde al ministerio público cuando ellos deban prestar auxilio en las labores de investigación.
  • 2. ETAPA DE INVESTIGACIÓN • El Ministerio Público tiene el deber de actuar durante todo el proceso con absoluta objetividad y lealtad para el imputado o acusado, el defensor, la víctima u ofendido y los demás intervinientes en el proceso. • La regla general es la publicidad de los antecedentes / legajo de la investigación para los intervinientes. No así para terceros ajenos. Este derecho se encuentra limitado por la facultad del MP de disponer la reserva temporal de ciertas actuaciones, registros o documentos de la investigación, cuando lo considere necesario para la eficacia de la investigación. En tal caso debe identificar las piezas o actuaciones respectivas, de modo que no se vulnere la reserva y fijar un plazo para la preservación del secreto, prorrogable por un plazo igual solo mediante autorización judicial. • Cualquiera de los intervinientes puede solicitar a la autoridad judicial se ponga término al secreto, se limite el plazo o las piezas y actuaciones sujetas a secrecía.
  • 4. GARANTÍAS DEL IMPUTADO • Principio de Inocencia • In dubio pro reo • Carga de la prueba • Inviolabilidad de la Defensa • Defensa Material • Defensa Técnica • Prohibición de persecución penal múltiple • Ne bis in idem • Plazo Razonable • Inviolabilidad: • de la persona • del domicilio • de los papales privados
  • 5. PRINCIPIO DE INOCENCIA • Definición • “Nadie puede ser considerado culpable sin una sentencia, obtenida en juicio” • Constitución Nacional y Tratados de Derechos Humanos • Nacimiento: Reacción contra el poder arbitrario del monarca.
  • 6. PRINCIPIO DE INOCENCIA • Significado: 1. Sentencia 2. Culpable o Inocente 3. Culpabilidad jurídicamente construida 4. Con Certeza • FAVOR REI - IN DUBIO PRO REO 5. A cargo del acusador • El imputado no tiene que probar su inocencia • ONUS PROBANDI – carga de la prueba 6. No puede haber ficciones de culpabilidad 7. Imputado debe ser tratado como inocente • Medidas de coerción • Vs. Prisión Preventiva
  • 7. INVIOLABILIDAD DE LA DEFENSA • Derecho de Defensa – Garantía Fundamental • ¿Desde que momento puedo ejercerlo? • Investigación policial o fiscal • Imputación • Formalización • Defensa Material: • “derecho a ser oído” • “derecho a declarar durante el proceso”
  • 8. DERECHO DE DEFENSA • Declaración del Imputado • Intervención en el proceso • Conocer la imputación (hechos y pruebas) • Excepciones (secreto) • Controlar la prueba de cargo • Ofrecer y producir prueba de descargo
  • 9. DEFENSA TÉCNICA • Asistencia de un abogado (defensor letrado) • Excepcionalmente defensa propia – límites • Defiendo los intereses de su cliente • Cumplimiento de reglas éticas • Función social – • Legitimidad de los juicios penales E.Dcho
  • 10. DEFENSA TÉCNICA • Facultades autónomas • Elección del Defensor “de confianza” • Defensa Pública o de oficio 3. Sistemas Mixtos 2. Delegada en abogados 1. Defensorias Públicas  Gratuidad de la defensa pública - significado
  • 11. DERECHO DE DEFENSA • Acusación concreta y precisa - detallada - específica • Hechos y calificación jurídica • PRINCIPIO DE CONGRUENCIA • Acusación y Sentencia • Iura novit curia • Ampliación de la acusación • Hecho nuevo c/ nuevos hechos • Derecho a una Acusación Única • Presencia del Imputado en el Juicio
  • 12. NE BIS IN IDEM • Prohibición de persecución penal múltiple • Simultánea o Sucesiva • Raíz constitucional: • 28 Constitución Nacional • Convención Americana de Derechos Humanos / Pacto de San José de Costa Rica: art. 8 inc. 4º • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: art. 14.7
  • 13. NE BIS IN IDEM • Alcance de la garantía • Imposibilidad de condenar mas de una vez por un mismo hecho – restringida – • Imposibilidad de someter a dos procesos simultáneos o sucesivos, sobre los mismos hechos. • Identidad de la persona • Identidad de los hechos • Hecho procesal • Derecho penal sustancial – concurso real – concurso ideal - delito continuado – unidad de acción pluralidad de resultados - • Identidad de los motivos de persecución • Reparación del daño / sanción del causante • Sanción disciplinaria / Sanción penal • Efectos: • Sentencia firme hace cosa juzgada • Excepción revisión a favor del condenado. • Excepción de litispendencia
  • 14. GARANTÍAS • Limitaciones al poder penal del Estado • Protección del individuo frente al estado • Progresividad de las garantías en pos de la contención del poder punitivo
  • 15. INVIOLABILIDAD DE LA PERSONA • “Nadie puede ser obligado a declarar contra si mismo” art. 18 CN • Derecho a declarar - Defensa • No deber a de declarar verdad • No pueden extraerse argumentos en contra: • Del silencio • De su negativa • De su mentira
  • 16. INVIOLABILIDAD DE LA PERSONA • Facultad de confesar • Prohibición: • Coacción: Violencia, Amenazas. • Engaño: Capciosas, Sugestivas. • Testigos: facultad de abstención • Riesgos de perjuicio penal • Otros riesgos
  • 17. INVIOLABILIDAD DE LA PERSONA • Alcance: “declaración” • Sujeto de prueba • Objeto de prueba • Criterios • Supuestos: • Declaración oral y escrita • Cuerpos de escritura o voz • Rueda de reconocimiento • Extracción compulsiva de sangre
  • 18. EJEMPLO • Un mujer es detenida por llevar ocho cápsulas conteniendo cocaína en su cuerpo, luego de concurrir al hospital por sentirse muy descompuesta a causa de la ruptura de una de las cápsulas. La policía fue “anoticiada” por los médicos.
  • 19. INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO, LA CORRESPONDENCIA Y LOS PAPELES PRIVADOS • “El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación.” Art. 18 CN • Domicilio • Definición • Alcances
  • 20. INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO… • Orden de Allanamiento • juez, escrita, fundada • Tiempo, lugar y objeto • Allanamiento ilegal • Excepciones. Allanamientos sin orden • Razones humanitarias • Razones necesidad
  • 21. INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO… • Consentimiento – discusión - • Valor • Libre y Expreso • Prueba • Allanamiento nocturno • Jurisprudencia
  • 22. INVIOLABILIDAD DE LA CORRESPONDENCIA Y LOS PAPELES PRIVADOS (CONT.) • Manifestaciones de la persona • Concepto • documentos privados • Comunicaciones privadas • Autorización judicial • Comunicaciones excluidas