2. BASE LEGAL:
TUO DE LA
LEY DEL
IMPUESTO A
LA RENTA
D.S. 179-
2004-EF
R E N TA D E T E RC E R A C AT E G O R Í A
En el Art. 28 Son rentas de tercera categoría
Las derivadas del comercio, la industria o minería; de la explotación agropecuaria,
forestal, pesquera o de otros recursos naturales; de la presentación de servicios
comerciales, industriales o de índole similar, como transportes, comunicaciones,
sanatorios, hoteles, depósitos, garajes, reparaciones, construcciones, bancos,
financieras, seguros, fianzas y capitalización; y en general de cualquier otra actividad
que constituya negocio habitual de compra o producción y venta, permuta o disposición
de bienes.
Las derivadas de la actividad de los agentes mediadores de comercio, rematadores y
martilleros y de cualquier otra actividad similar.
Las que obtengan los Notarios
3. N U E VO RU S
D . S . 0 9 7 - 2 0 0 4 - E F
3
CARACTERÍSTICAS
Es un régimen tributario creado para los pequeños
comerciantes y productores, el cual les permite el pago
de una cuota mensual fijada en función a sus compras
y/o ingresos, con la que se reemplaza el pago de
diversos tributos.
Este régimen está dirigido a personas naturales que
realizan ventas de mercadería o servicios a
consumidores finales
En este régimen tributario está permitida la emisión de
boletas de venta y tickers de maquina registradora como
comprobante de pago.
Para el Nuevo RUS está prohibida la emisión de factura
y otros comprobantes que dan derecho a crédito
tributario y hay restricciones respecto al máximo de
ingresos y/o compras mensuales y/o anuales y también
respecto al desarrollo de algunas actividades no
permitidas.
4. ¿ Q U I É N P U E D E A C O G E R S E A E S T E R É G I M E N ?
4
Transporte
de carga
de
mercancías
Servicios de
transporte
terrestre nacional
o internacional de
pasajeros
Organizar
espectáculos
públicos
Negocios de
casinos,
maquinas
tragamonedas
y/o otros de
naturaleza
similar
Agencia de
viaje,
propaganda
y/o
publicidad.
Realicen
venta de
inmuebles.
Entreguen
bienes en
consignación
Sean notarios, martilleros,
comisionistas y/o
rematadores; agentes
corredores de productos, de
bolsa de valores y/u
operadores especiales que
realizan actividades en la
bolsa de productos; agentes
de aduana; los intermediarios
y/o auxiliares de seguros.
Las personas naturales y
sucesiones indivisas que
tienen un pequeño negocio
cuyo cliente son
consumidores finales.
Quienes desarrollan un
oficio, tales como un
gasfitero, pintor, carpintero,
entre otros, siempre que no
se trate de una carrera
profesional universitaria
El NUEVO RUS no permite la emisión
de facturas, únicamente puede emitir
boletas de venta y tickets
5. ¿ Q U É L I M I T E S T I E N E E L N U E VO
RU S ?
CATEGORÍA
VENTA
MENSUAL
HASTA
COMPRA
MENSUAL
HASTA
CUOTA
MENSUAL
1 S/5,000.00
S/8,000.00
20.00
2 S/5,000.00 S/8,000.00 50.00
5
Monto de ingreso bruto no mayor a S/ 96,000.00 en el año.
Realizar actividades en un solo establecimiento o sede
productiva.
Valores de activos fijos, con excepción de predios y vehículos ,
no mayor a S/7,000.00
El monto anual de adquisiciones no supere S/ 96,000.00
si ha superado cualquiera de los límites indicados tendrá
que acoger un Régimen Tributario distinto al Nuevo RUS
¿Cuánto debo pagar?