4. Requisitos
Según el código de comercio:
Utilizar medios de c omunic ac ión para darse a
conocer.
·A la inscripción en registro público de comercio
·Llevar contabilidad adecuada.
·Conservar la correspondencia relacionada con
el giro del comerciante.
Dar a enterar la apertura del establecimiento o
sucursal con los requisitos necesarios.
·I nformar c ualquier c ambio relacionado a lo
anterior.
La sec retaría de C omerc io y Fomento
I ndustrial emitirá los lineamientos necesarios
para la adecuada operación del registro público
de comercio.
La inscripción o matrícula será un derecho para
los individuos que se dediquen al comercio y
obligatoria para todas las sociedades mercantiles.
E xistirá un folio elec trónic o por cada
comerciante o sociedad con los datos en base al
art. 21.
6. 2 .1.4
Obligaciones
TITULO SEGUNDO
De las Obligaciones Comunes a
todos los que Profesan el Comercio
Artículo 16.-
Todos los
comerciantes,
por el hecho de
serlo, están
obligados.
I. A la publicación, por medio de la prensa, de la
calidad mercantil; con sus circunstancias
esenciales, y en su oportunidad, de las
modificaciones que se adopten;
II. A la inscripción en el Registro público de
comercio, de los documentos cuyo tenor y
autenticidad deben hacerse notorios;
III. A mantener un sistema de Contabilidad
conforme al artículo 33.
IV. A la conservación de la
correspondencia que tenga relación con el
giro del comerciante.
7. Autoridades Federales
Otras
obligaciones
Autoridades locales
Obtener licencia del giro
mercantil ante el gobierno en el
interior de la República, en la
Presidencia Municipal.
Registro en la Tesorería y en las
entidades federativas en la
Tesorería del Municipio, para
pagos de nóminas, predial y
agua.
Obtener la licencia de uso de
inmueble, en
corresponda
Obtener
Departamento
el área que
permiso del
de Bomberos,
para uso de escaleras y tomas
de agua contra incendio,
puertas de emergencia, etc.
Obtener diversos permisos para
colocación del letrero exterior,
modificación de fachada,
arreglos del interior del
inmueble; para construir,
Darse de alta
como patrón ante
el IMSS,
Infonavit, SAR.
Obtener Licencia
de las
Secretarías de
Salud y de la
Secretaría del
ramo que vigile
su giro mercantil.
8. Registro ante Derechos y privilegios
Otras
obligaciones
Los derechos y privilegios del comerciante se
encuentran en correlación con sus obligaciones,
siendo los siguientes:
•Derecho de asociación para ser miembro de la
Cámara de Comercio
•Derecho exclusivo de uso y explotación del nombre
y marca comercial.
•Derecho de explotación exclusiva de un invento y
sus mejoras a través de las patentes
•Derecho de uso y explotación exclusiva de avisos
comerciales originales para publicitar su negocio o
calidad mercantil
•Derecho a realizar operaciones bancarias, de
seguros y fianzas.
•Derecho a obtener declaración de suspensión de
pagos, permitiéndosele administrar su negocio con
vigilancia del síndico, sin que durante el concurso
mercantil pueda exigírsele coactivamente el pago de
sus deudas.
•Derecho a obtener quita o espera de sus deudas
por convenio con la mayoría de sus acreedores en el
concurso mercantil.
•Derecho a estar exento de pago de impuestos si es
comerciante cumplido con deberes fiscales.
•Derecho a obtener permiso de importación o
exportación dependiendo del volumen de mercancías
adquiridas en años anteriores.
•Derecho de Prórroga para celebrar contrato de
arrendamiento si está al corriente en el pago de la
renta.
INEGI (Instituto Nacional de
Estadística, Geografía e
Informática), a fin de proporcionar
información estadística.
SAT (Sistema de Administración
Tributaria), para pago de ISR, IVA y
otros impuestos de carácter federal.
SE (Secretaría de Economía), para
obtener licencias y permisos para
celebrar actos de comercio.
STPS (Secretaría del Trabajo y
Previsión Social), para capacitación
y adiestramiento, libro de exámenes
médicos, etc. Sedena (Secretaría de
Defensa Nacional), para registro de
armas de seguridad y de fuego.
SEMARNAP, para un debido control
de la contaminación ambiental, en
caso de usar chimeneas o desechar
aguas industriales.
10. 3 Abogados, contadores,
ingenieros, obreros
2
Caracter jurídico con poder de
presentación.
1 Caracter intelectual o material
Colaboración
El comerciante, en el ejercicio de su empresa, requiere
la colaboración de otras personas; de la actividad y
servicios ajenos.
MDM y Asociados, S. A. 1 de junio de 2021
11. En su representación, son los llamados auxiliares
del comerciante. Es, pues, nota característica de
los auxiliares del comerciante tener –en diferente
grado- facultad de representación
Característica
delosauxiliares
A CTU A N, EN M EN O R O M A Y OR G RA D O
12. AUXILIARES
AUTÓNOMOS
No forman parte de la organización de la empresa
y se encuentran, por tanto, e n una posición
independiente respecto al comerciante. Su
actividad se despliega no solo al servicio de un
comerciante determinado, sino de todo el que lo
solicita, y, por eso, la doctrina los conoce también
con el nombre de auxiliares del comercio.
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